tag:blogger.com,1999:blog-24916253.post3101044267271540222..comments2024-03-07T18:02:20.621-03:00Comments on Seminario de Teoría Constitucional y Filosofía Política.: Un justo compromiso con los derechos humanosLucas Ahttp://www.blogger.com/profile/00680082022349664754noreply@blogger.comBlogger27125tag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-91853695670742655982017-05-17T17:08:27.478-03:002017-05-17T17:08:27.478-03:00Estimado Roberto
Como discípulo de Carlos Nino, ...Estimado Roberto <br /><br />Como discípulo de Carlos Nino, tal como lo fueran el juez Carlos Rosenkrantz, los funcionarios de los ministerios de Justicia y Seguridad, Martín Böhmer y Alberto Fohrig, y el ex Procurador del Tesoro, Carlos Balbín, quisiera formularle una pregunta: <br /><br />Cómo se puede compatibilizar la naturaleza filopositivista del voto (que no contiene cita doctrinaria alguna) de los doctores Rosenkrantz, Rosatti y Highton, con la (algo más que) tácita aprobación al mismo de la jerarquía eclesiástica, cuya raíz iusnaturalista está en las antípodas del voto mayoritario de la Corte?<br /><br />Hart - Fuller revisited 60 años despúes!<br /><br />Cordiales saludos<br /><br />Ricardo H. Bloch<br />www.rhbconsultores.com.arRicardo H. Blochnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-13245272124553369792017-05-15T11:28:20.225-03:002017-05-15T11:28:20.225-03:00Lo que ocurrió con el fallo de la CSJN y su reacci...Lo que ocurrió con el fallo de la CSJN y su reacción es que nos hemos acostumbrado a que la CSJN sea un tribunal político antes que un tribunal jurídico.<br />Hay personas, incluso Secretarios Letrados de la Corte, que sin ruborizarse y abiertamente sostienen que la CSJN es un tribunal político; claramente confunden a un tribunal cabeza de un poder político, que toma decisiones que tienen impacto político, con que sus decisiones tienen que estar basadas antes que nada en la política.<br />El ejemplo más patente de ello es Pichetto diciendo que a la Corte le falta calle.<br />Decir esto, es lo mismo que decir que no nos importa la división de poderes, que no queremos un Poder Judicial independiente, una Corte independiente, sino, que lo que nos importa, es que la Corte tome las decisiones que (algunos) esperan de ella, con independencia de su mayor acierto o desacierto jurídico.<br />Casi nadie se ha ocupado de dar una explicación jurídica sobre el fallo, casi todos los comentarios son políticos, no sólo eso sino que son argumentos políticos dichos a los gritos. Lamentablemente nos hemos acostumbrado en Argentina a que tiene razón el que grita más fuerte, el que ataca de manera vil al otro antes que el que da argumentos.<br />Una marcha, una denuncia penal por prevaricato, una amenaza de juicio político como reacción a un fallo fundado desde el garantismo y los principios del derecho penal liberal, es querer tener razón gritando más fuerte y no dando argumentos. <br />Como el fallo se analiza desde la política, y la política es show en Argentina, la reacción al fallo es un grito, una búsqueda de posicionamiento político personal antes que una valoración fundada de sus conclusiones.<br />Únicamente, y por coherencia, pido que quienes atacan y agravian de manera personal a la CSJN por su disconformidad con el fallo (en las más de las veces sin siquiera dar un argumento), no sean los mismos que pidan independencia judicial, ya que están sembrando las bases para su destrucción.<br />O lo que es lo mismo, que no tengamos el cinismo de decir que la Corte debe ser independiente si va a fallar como a mí me gusta, y dependiente si va a fallar como a mí no me gusta.Jorge Ocantosnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-42530507530052753352017-05-15T11:26:58.248-03:002017-05-15T11:26:58.248-03:00Lo que ocurrió con el fallo de la CSJN y su reacci...Lo que ocurrió con el fallo de la CSJN y su reacción es que nos hemos acostumbrado a que la CSJN sea un tribunal político antes que un tribunal jurídico.<br />Hay personas, incluso Secretarios Letrados de la Corte, que sin ruborizarse y abiertamente sostienen que la CSJN es un tribunal político; claramente confunden a un tribunal cabeza de un poder político, que toma decisiones que tienen impacto político, con que sus decisiones tienen que estar basadas antes que nada en la política.<br />El ejemplo más patente de ello es Pichetto diciendo que a la Corte le falta calle.<br />Decir esto, es lo mismo que decir que no nos importa la división de poderes, que no queremos un Poder Judicial independiente, una Corte independiente, sino, que lo que nos importa, es que la Corte tome las decisiones que (algunos) esperan de ella, con independencia de su mayor acierto o desacierto jurídico.<br />Casi nadie se ha ocupado de dar una explicación jurídica sobre el fallo, casi todos los comentarios son políticos, no sólo eso sino que son argumentos políticos dichos a los gritos. Lamentablemente nos hemos acostumbrado en Argentina a que tiene razón el que grita más fuerte, el que ataca de manera vil al otro antes que el que da argumentos.<br />Una marcha, una denuncia penal por prevaricato, una amenaza de juicio político como reacción a un fallo fundado desde el garantismo y los principios del derecho penal liberal, es querer tener razón gritando más fuerte y no dando argumentos. <br />Como el fallo se analiza desde la política, y la política es show en Argentina, la reacción al fallo es un grito, una búsqueda de posicionamiento político personal antes que una valoración fundada de sus conclusiones.<br />Únicamente, y por coherencia, pido que quienes atacan y agravian de manera personal a la CSJN por su disconformidad con el fallo (en las más de las veces sin siquiera dar un argumento), no sean los mismos que pidan independencia judicial, ya que están sembrando las bases para su destrucción.<br />O lo que es lo mismo, que no tengamos el cinismo de decir que la Corte debe ser independiente si va a fallar como a mí me gusta, y dependiente si va a fallar como a mí no me gusta.<br />Saludos,<br />Jorge OcantosAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-80258603475870319732017-05-14T18:45:59.359-03:002017-05-14T18:45:59.359-03:00"Las garantías no son sólo para los delincuen..."Las garantías no son sólo para los delincuentes, (...). Son para todos los ciudadanos frente al poder punitivo del Estado".<br />"Nunca fue aplicable la ley de 2x1 porque los delitos de lesa humanidad se rigen por otros principios. No hubo "vacío legal"Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-83926782097364695522017-05-14T10:50:52.611-03:002017-05-14T10:50:52.611-03:00Estimado Profesor: Perdone mi ignorancia, pero des...Estimado Profesor: Perdone mi ignorancia, pero desearía saber el por qué no se aplicó la ley vigente 27156 que prohíbe amnistiar, indultar o cambiar penas de los delitos de genocidio, de lesa humanidad y de guerra. Muchas gracias por su amable y experta respuesta.Gusnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-38680551778410054342017-05-14T10:49:19.809-03:002017-05-14T10:49:19.809-03:00Estimado Profesor: Perdone mi ignorancia, pero des...Estimado Profesor: Perdone mi ignorancia, pero desearía saber el por qué no se aplicó la ley vigente 27156 que prohíbe amnistiar, indultar o cambiar penas de los delitos de genocidio, de lesa humanidad y de guerra. Muchas gracias por su amable y experta respuesta.Gusnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-41097985101679978422017-05-11T19:17:27.172-03:002017-05-11T19:17:27.172-03:00Considerando por un lado el "test de la mirad...Considerando por un lado el "test de la mirada" postulado por RG y, por otro, su crítica al criterio de "delito permanente" aplicado a la desaparición forzada de personas y la apropiación y supresión de identidad de bebés (hoy adultos); pregunto como lego absoluto, ¿puede un represor desaparecedor, como Muiña, o un apropiador de bebés mirarnos a los ojos y reclamar que se le aplique el "2 x 1" cuando sigue hoy en día cometiendo el delito? La cuestión de "delito permanente" no es "ficción", es un hecho concreto.<br /><br />Por otra parte, ahora que diversos jueces están declarando inconstitucional el fallo de la Corte Suprema de (In)Justicia de la Nación... ¿será la misma Corte la que deberá finalmente resolver si su propio fallo es inconstitucional o no? ¿O deberá resolverlo una instancia jurídica superior, tal como la CIDH, cuyo fallos la misma Corte acordó que habrá de desconocer?<br /><br />Menudo embrollo.Alejandro Kafkanoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-40737304249500649542017-05-11T13:16:35.204-03:002017-05-11T13:16:35.204-03:00Interesante, claro, es posible que existan "m...Interesante, claro, es posible que existan "malas intenciones" detrás del manejo de una institución, y el derecho no existe fuera de su encarnación social. Para colmo, lo aparente siempre puede no ser genuino. Por otra parte, el lucro con el derecho es una situación normal y aceptada socialmente. Incluso frente a todo ese cuadro me cuesta reconocer la existencia de usos indebidos del derecho. Hay algo paradójico en la idea de que un discurso que define el deber, pueda ser indebidamente usado. Es como si el derecho al "proyecto de vida" creado pretorianamente por la CSJN fuera un uso indebido del derecho, porque es una ficción que altera el modo en que se usan las instituciones sociales para otorgar ventajas que el derecho no reconoce en primer lugar. Además, el uso del derecho reconoce una regulación social importante en el otorgamiento de una matrícula profesional que habilita a su uso. La ética profesional del abogado es un ámbito donde se debate la cuestión. Parece que el derecho no es un patrimonio común de las comunidades políticas, sino de ciertos grupos sociales reconocidos y legitimados como jugadores del campo jurídico. De todas maneras, quizá sea interesante empezar a pensar a los movimientos sociales como actores influyentes en lo que se define como usos indebidos del derecho, sobre todo después de lo que pasó con el fallo "Muiño". Aparentemente la CSJN habría incurrido en tal uso indebido después de todo.Victornoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-42117556901846704972017-05-11T12:41:12.428-03:002017-05-11T12:41:12.428-03:00no, el derecho es un embrollo, muchos litigantes y...no, el derecho es un embrollo, muchos litigantes y jueces lucran y hacen negocio con ello, y otros nos imponen sus dogmas. luego, sí, hay un espacio, también amplio, dentro del cual se hace un esfuerzo genuino por pensar cómo leer mejor las normas, y damos buenos y malos argumentos al respecto, y estamos dispuestos a cambiar de opinión si vemos que nos equivocamos. cada uno sabrá en qué lugar estárghttps://www.blogger.com/profile/17636493321007069600noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-54394966122615900012017-05-11T12:27:21.775-03:002017-05-11T12:27:21.775-03:00Estimado Roberto: Según entiendo postulás que habr...Estimado Roberto: Según entiendo postulás que habría formas moral, ética o políticamente cuestionables de usar el derecho. Lo que llamás "ficciones", como el carácter continuado de un delito, ¿no son simplemente interpretaciones distintas? ¿Cuál es tu criterio para distinguir unas representaciones sobre el derecho de otras? ¿No es parte del "pacto social" que el derecho esté disponible para todos y todas, algo así como lo que ocurrió con la Biblia y el protestantismo? Obviamente hay interpretaciones autorizadas, institucionales, etc., pero "indebidas"? Me suena totalitario Victornoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-24140920440048409652017-05-11T00:24:37.890-03:002017-05-11T00:24:37.890-03:00Lo que no queda del todo claro es cómo los jueces ...Lo que no queda del todo claro es cómo los jueces de la corte suprema llegaron a la conclusión de que el 2x1 es aplicable en este escenario y, además, justo. Vale decir, cuál es el mecanismo técnico o lógico que puede llevar a que este fallo sea técnicamente correcto? Falta, tal vez, para nosotros los lego en cuestiones de legales, la voz de aquellos que se pronunciaron a favor de los militares. O acaso debemos pensar que se acogieron a dicha interpretación de la ley por simpatía con la causa de militares violadores y asesinos?200 de mortadelahttps://www.blogger.com/profile/04570483614185995912noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-6085611764859859932017-05-11T00:12:12.601-03:002017-05-11T00:12:12.601-03:00Este es el sistema de controles populares que uste...Este es el sistema de controles populares que usted imagina para escrutar las decisiones del Poder Judicial? Que las cuestiones judiciales se decidan en la plaza pública? Se acerca bastante al fascismo más que a la democracia robusta en la que dicen apoyarse.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-42347338889289389692017-05-10T21:52:07.240-03:002017-05-10T21:52:07.240-03:00Estimado profesor:
No cree que Rozenkrantz no tien...Estimado profesor:<br />No cree que Rozenkrantz no tiene una línea de pensamiento acorde con la Constitución reformada del 94? Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-71479526923167599892017-05-10T17:48:39.368-03:002017-05-10T17:48:39.368-03:00Designaciones de jueces en comisión, reforma/derog...Designaciones de jueces en comisión, reforma/derogación de leyes relevantísimas y discutidísimas por decreto; ahora este horror: qué desastre institucional que armaron nuestros republicanos.andresvasnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-84875040114025055602017-05-10T12:52:11.929-03:002017-05-10T12:52:11.929-03:00Roberto, no entiendo en que casos consideras "...Roberto, no entiendo en que casos consideras "razonable" la aplicación de la ley intermedia? Si en tu ejemplo se le aplica para su condena pero inmediatamente después se deroga no es mas "intermedia" es la vigente al momento del fallo (que siendo mas benigna obviamente hay que aplicarla). Pero si el legislador expresamente hablo de intermedia es para supuestos donde la ley que se aplica no es ni la del momento del hecho ni del fallo o sea necesariamente una que solo tuvo vigencia transitoria y que no necesariamente (como en este caso) pudo generar expectativas en el imputado (descarto que nunca puede orientar conductas si es posterior al hecho). Puede ser irrazonable pero entonces lo es en la mayoría de los casos.Alejandronoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-71820358910184642842017-05-10T12:43:36.526-03:002017-05-10T12:43:36.526-03:00Coincido 100% con lo dicho por Pepe: somos una soc...Coincido 100% con lo dicho por Pepe: somos una socidedad que lejos de resolver sus problemas, los dilata para adelante. Cuando no puede patearlos más, por algún suceso puntual o por cansancio acumulativo, se dan escándalos periódicos que buscan ser subsanados en la emergencia y a los ponchazos. Esto vale tanto para la oportunidad en que se dictó la ley del 2x1 como para la actual reunión de "urgencia" del Congreso. Y así hasta la próxima emergencia o el próximo escándalo que no admita dilaciones.Gednoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-10004012165022628392017-05-10T11:39:24.076-03:002017-05-10T11:39:24.076-03:00no es que no conozca sino que no concuerdo con esa...no es que no conozca sino que no concuerdo con esa lectura del derecho. creo que, aunque no me guste, lo que se hizo en uruguay, o el acuerdo de paz de colombia, no son "contrarios al derecho convencional," sino modos distintos, posibles, democràticamente avalados (claramente en uruguay, no en colombia) de lidiar con el problema del pasado. las demàs son afirmaciones en buena medida dogmàticas, y conviene repensar y hacerse preguntas, en lugar de simplemente aceptar como dogma esas afirmaciones (inamnistiable, inderogable, imprescriptible, inmodificable, impensable...)rghttps://www.blogger.com/profile/17636493321007069600noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-4038724677868551992017-05-10T09:02:11.052-03:002017-05-10T09:02:11.052-03:00Rg, hay un tema que no estás considerando y es imp...Rg, hay un tema que no estás considerando y es importante desde el punto de vista jurídico. Espero que a vos y a los foristas les parezca de interés. <br />Si los Crimenes de lesa humanidad (que están bien definidos y no es cierto que nadie sabe el contenido: fallo Tadic, art. 7 del Estatuto de la Corte Penal Internacional, la jurisprudencia de la CPI y los Tribunales Ad-Hoc de la ONU, y montones de libros y artículos dedicados a ese tema) son inamnistiables, y no pueden ser indultados ni sus penas pueden dejar de tener proporción con la gravedad de los hechos, como establece el derecho internacional y acaba de ser señalado por el Alto Comisionado de los DDHH de la ONU, una ley, o la interpretación y aplicación de una ley (como es el caso), que genera en los hechos los efectos de una conmutación de penas que le quita a la sanción la proporcionalidad con la que fue impuesta cuando se dictó sentencia, pone al Estado en incumplimiento de este obligación. Esto lleva a que esta reducción automática de las penas que establece el 2x1 sea contraria a normas de derecho internacional, que son también normas de derecho interno, por lo que la ley o bien es inaplicable a estos casos o es inconstitucional. Y esto no se basa en la enemistad con los imputados, sino en normas de derecho interno e internacional aplicables al caso. Saludos, S.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-54243698592445987552017-05-10T05:13:06.436-03:002017-05-10T05:13:06.436-03:00http://sjconsulta.csjn.gov.ar/sjconsulta/documento...http://sjconsulta.csjn.gov.ar/sjconsulta/documentos/verUnicoDocumentoLink.html?idAnalisis=707139<br /><br />Dejo la sentencia en el fallo Rei con disidencia de Zaffaroni, que admite la aplicacion del 2x1. Hey Carlés que chanta eres....Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-36795089371480827252017-05-09T23:01:08.826-03:002017-05-09T23:01:08.826-03:00Triste nuestro pais cuando aplicarle garantias a l...Triste nuestro pais cuando aplicarle garantias a los "malos" se vuelve sacrilegio , que quieren que apliquemos los principios del derecho penal segun la cara del reo ? veo a muchos que son los primeros que se ofenden si les dicen garantistas como insulto pedir derecho penal del enemigo y para colmo la dirigencia politica quiere resolverlo con otra ley que viola todos los principios conocidos !!! divison de poderes , prohibicion de irrectroactidad de la ley penal mas grave , de igualdad.etcAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-35255053219468089172017-05-09T21:13:50.225-03:002017-05-09T21:13:50.225-03:00No soy abogado, por lo que quizá no esté comprendi...No soy abogado, por lo que quizá no esté comprendiendo correctamente lo que la ley establece. La ley 24390 se sanciona en 1994 con el objeto de establecer los plazos de la prisión preventiva. Posteriormente, en 2001, se sanciona la ley 25430 que modifica la anterior y que deroga el artículo que establecía el 2x1. Si Muiño estuvo con prisión preventiva luego de sancionada la ley 25430, ¿por qué su prisión preventiva se termina evaluando desde la ley 24390?<br />Dado que las leyes en juego refieren a la prisión preventiva, ¿es relevante si el delito se sigue cometiendo, o hablar de la ley más benigna? Entiendo que mientras Muiño estuvo con prisión preventiva, no hubo más de una ley aplicable a la evaluación de plazos, por lo que no corresponde compararla con otra.<br />MartínAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-30658511725792317172017-05-09T21:13:32.033-03:002017-05-09T21:13:32.033-03:00El fallo se ajusta perfectamente a lo que se entie...El fallo se ajusta perfectamente a lo que se entiende por ley penal mas benigna ,aparte es un principio en el derecho penal hacer la interpretacion que conlleve menos pena para el reo . Leo con preocupacion en muchos lados intentos de hacer analogias en el derecho penal (cosa prohibida cuando es para aumentar la punicion) todo porque no les gustan las personas que estan juzgando. Justamente un sistema funciona mejor cuando los mas odiados reciben todas las garantias , se reiran ahora pero en el tiempo el fallo sera recordado como uno de los mas progresistas que hubo , uno que no se dejo llevar por presion de la opinion publica y sirvio derechoAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-92100568608483059442017-05-09T21:10:43.905-03:002017-05-09T21:10:43.905-03:00El fallo se ajusta perfectamente a lo que se entie...El fallo se ajusta perfectamente a lo que se entiende por ley penal mas benigna ,aparte es un principio en el derecho penal hacer la interpretacion que conlleve menos pena para el reo . Leo con preocupacion en muchos lados intentos de hacer analogias en el derecho penal (cosa prohibida cuando es para aumentar la punicion) todo porque no les gustan las personas que estan juzgando. Justamente un sistema funciona mejor cuando los mas odiados reciben todas las garantias , se reiran ahora pero en el tiempo el fallo sera recordado como uno de los mas progresistas que hubo , uno que no se dejo llevar por presion de la opinion publica y sirvio derechogastonnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-21766955336751106912017-05-09T19:40:39.870-03:002017-05-09T19:40:39.870-03:00no, esa sería una deferencia boba, y ciega más que...no, esa sería una deferencia boba, y ciega más que bobarghttps://www.blogger.com/profile/17636493321007069600noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-64364011580630278862017-05-09T19:12:51.909-03:002017-05-09T19:12:51.909-03:00Qué solución aporta un deliberativista cuando el d...Qué solución aporta un deliberativista cuando el debate en el Congreso es tan penoso como el que se está dando en este momento sobre el 2x1? Loa jueces también deben ser deferentes frente a él?Anonymousnoreply@blogger.com