tag:blogger.com,1999:blog-24916253.post4434731293552202408..comments2024-03-20T19:29:32.514-03:00Comments on Seminario de Teoría Constitucional y Filosofía Política.: Democratizar la justicia 40:Elitismo judicial e interpretación cualunquista en la decisión de la Procuración GeneralLucas Ahttp://www.blogger.com/profile/00680082022349664754noreply@blogger.comBlogger36125tag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-25428634393635804102013-06-19T15:36:46.047-03:002013-06-19T15:36:46.047-03:00Tito, le decis a RG que sigue sin discutir ideas??...Tito, le decis a RG que sigue sin discutir ideas??<br /><br />Rg publico 40 articulos en este blog sobre la reforma, ademas de participaciones en debates en facultades, television etc...<br /><br />Te parece que no discute ideas?<br /><br />Sobre representar, nosotros elegimos a TODOS los que toman decisiones por nosostros?Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-47690081008861206722013-06-19T10:33:45.348-03:002013-06-19T10:33:45.348-03:001. Negro, creo que como vos lo planteás es el deba...1. Negro, creo que como vos lo planteás es el debate que hay que dar, aunque prefiero una politica más conciente de que sus decsiones son finales y me resulta chocante hablar de "democratizar" el acceso a la justicia si te referís a que los mismos que hoy acceden se jacten de representar a los que no lo hacen. Más bien parece una gestión por terceros (al estilo de las vanguardias o de elites ilustradas bondadosas) que un acto de democracia y participación popular donde las masas actúan por sus intereses o de clase. Y un detalle sobre la acción coletiva para derechos de consumidores, está prevista expresamente en el 43 CN, pero no para temas electorales o políticos. <br /><br />RG: seguís sin discutir ideas, ahora en vez de autoridad con un nombres es con un número: 7 a 0, parece mas de pinchas y triperos q reflexión filosófica. <br /><br />Tito<br /> Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-57126190093296421032013-06-19T08:18:56.239-03:002013-06-19T08:18:56.239-03:00Roberto: estoy casi siempre de acuerdo con casi to...Roberto: estoy casi siempre de acuerdo con casi todo lo que escribís, pero esta vez me da mucha pena que se diga alegremente "les ganamos 7 a 0". Me da pena que haya una mitad festejando un fallo de la corte y la otra mitad denigrando a los jueces de la corte. Estamos al horno si en vez de escaparle a la lógica de blanco/negro, amigo/enemigo, nos sumamos a ella (aunque nos sumemos por el lado que consideramos bueno).Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-29767739864256647592013-06-18T23:43:14.071-03:002013-06-18T23:43:14.071-03:00un poco offtopic, o puro cholulismo, pero... QUÉ G...un poco offtopic, o puro cholulismo, pero... QUÉ GRANDE GARGA recién en palabras+palabras-!!! aunque siempre uno se queda con ganas de más, de escuchar sus interesantes, contundentes, incisivas opiniones y pensamientos. aguante RG!! salú! Flor LindenboimFlowyhttps://www.blogger.com/profile/11388382024958408272noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-35394243435158288172013-06-18T22:02:58.320-03:002013-06-18T22:02:58.320-03:00Recordemos que todos, tanto oposicion como oficial...Recordemos que todos, tanto oposicion como oficialismo antes del fallo, elogiaron a la corte. Diputados y senadores kirchneristas dijeron que esta corte era un orgullo. Por eso ahora nada de quejas ni reproches, la corte fallo lo que fallo.<br /><br />Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-77387414496994409582013-06-18T21:52:58.821-03:002013-06-18T21:52:58.821-03:00qué divertido que se pone esto!! Dos ministros de ...qué divertido que se pone esto!! Dos ministros de la Corte que fueron convencionales constituyentes en 1994 (Maqueda y Zaffaroni) no se pudieron poner de acuerdo acerca del sentido original del texto del 114.<br />¿El originalismo se hará cargo de su artificiosidad? Es un hermoso ejemplo para poner de manifiesto que algo no cierra en esa teoría interpretativa.<br />Zaffaroni da pistas sobre eso cuando critica a la voluntad del constituyente.<br />La interpretación "auténtica" falló también en este caso.<br />Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-75377311366839613222013-06-18T20:14:32.386-03:002013-06-18T20:14:32.386-03:00Tito, no se pueden comparar casos de puro derecho ...Tito, no se pueden comparar casos de puro derecho con casos complejísimos donde están involucradas cuestiones de pruebas. De todas maneras, no estoy diciendo que no haya demora en esos otros casos o utilización de los tiempos políticos.<br /> MAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-9946852818411328362013-06-18T20:05:45.430-03:002013-06-18T20:05:45.430-03:00Lo de zaffaroni es un chiste de mal gusto. El suel...Lo de zaffaroni es un chiste de mal gusto. El suele ver inconstitucionalidades por todos lados, aun cuando la constitucion nada dice al respecto. En este caso, mágicamente, no advirtió la inconstitucionalidad, cuando el 114 sí dice cosas sobre el particular que fueron negadas en la ley declarada inválida.<br />Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-25276369894594839612013-06-18T19:48:31.479-03:002013-06-18T19:48:31.479-03:00en terminos de legitimidad, TODOS los jueces, anch...en terminos de legitimidad, TODOS los jueces, anche zaffaroni, terminaron diciendo lo mismo, asi que 7 a 0 le ganamos a los gilscarboistas que defendian en este blog una legitimacion cerrada, reaccionaria, a lo scalia. una pena la derrota tan abultada (rghttps://www.blogger.com/profile/17636493321007069600noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-21813477868261605922013-06-18T18:46:41.641-03:002013-06-18T18:46:41.641-03:00Tito, con algún delay (también trabajo...), pero a...Tito, con algún delay (también trabajo...), pero acá estoy (y a destiempo. Ya salió el fallo de la Corte, que no leí).<br />En primer lugar, tanto "V" como "Mignone" y "García Méndez" fueron habeas corpus colectivos, en tutela de DIH. Eso es verdad. Pero el principio se repite en las acciones colectivas civiles, como las que se plantean en materia de defensa del consumidor. <br />El problema es que en nuestro medio, aun no están reguladas (y si se lo hiciese a semejanza de las acciones de clase de EEUU, se le permitiría a los no interesados en salirse de la misma y que la cosa juzgada no los alcance -op out-). <br />La regulación de las acciones colectivas SI sería un paso real en materia de democratización de la justicia.<br />De cualquier manera, y como dije en el post anterior, para mí no se trata de un caso de DIH, sino colectivos (el código modelo de proc. col. no distingue más entre colectivos y difusos). Por cuanto los efectos de la sentencia son indivisibles. Se deja de lado la ley o no, pero para todos (o un grupo).<br />Y en cuanto al proceso, en parte es verdad. Pero de cualquier manera es un instrumento válido para controlar los poderes políticos. En cuanto a la legitimidad, la discusión es eterna. Pero creo que un punta viene de la mano de la realidad donde deba analizarse, y en nuestro medio, las desbordes han venido de la mano del Ejecutivo (con la deferencia y complicidad del legislativo y el ejecutivo). Por otra parte, si comparás quienes acceden a la magistratura y a los poderes políticos, verás que no hay mayores diferencias... Eso le quita peso al argumento que uno representa efectivamente al pueblo (punto del que parten Courtis, Abramovich y Bergallo, entre otros, para defender un mayor activismo judicial).<br />Saludos.Negronoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-40793803945759796192013-06-18T18:31:26.326-03:002013-06-18T18:31:26.326-03:00Bueno, el fallo de la CS es notable sobre la LEGIT...Bueno, el fallo de la CS es notable sobre la LEGITIMACIÓN: basta que un abogado se sienta afectado porque su agrupacion no puede competir... para que un juez pueda dictar una sentencia que: a) derogue el modo de elección de los jueces, b) la cantidad de consejeros académicos; c) las mayorías de funcionamiento del consejo, etc. y d) LEGISLE el renacimiento de una ley DEROGADA.<br /><br />¡Cuál es el INTERÉS del abogado Rizzo y su agrupaciòn respecto del modo en que se eligen los consejeros jueces! <br />Debe haber pocos fallos donde la legitimación haya estado más lejos... <br /><br />Y pocos donde los jueces legislen de modo más claro. Ni se preocupan de aclarar que el caso es solo para las partes... en fin, los abogados (¡y jueces! ¡y académicos!) que no fueron parte del proceso... como los visitantes: lo mirán por TV. Y hasta hacen renacer una ley derogada... <br /><br />Como quien dice: lo que mal empieza mal termina. Requiem para una reforma que nunca fue en serio por una justicia más democrática. La conclusión, una justicia cada vez más corporativa y gorila... y con toda su caja (y libre de impuesto a las ganancias, obvio), en un mes. ¿Cuanto lleva la LSCA? ¿Cuánto llevó la multa a las cementeras? ¿Cuánto tardan los juicios penales por corrupción?<br /><br />TitoAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-56603376076841046722013-06-18T18:30:47.438-03:002013-06-18T18:30:47.438-03:00Bueno, salió el fallo. Qué te parecieron los prime...Bueno, salió el fallo. Qué te parecieron los primeros considerandos sobre el control judicial? Más allá de tu tesis sobre el particular, les taparon lindo la boca al gobierno cuando destacaron el uso que ellos le habíam impreso al control judicial, no?Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-76197107284449903742013-06-18T12:43:03.636-03:002013-06-18T12:43:03.636-03:00...realmente estaria mal que los jueces legislen, ......realmente estaria mal que los jueces legislen, pero estaría mucho peor que los partidos políticos juzguen...me parece....Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-73839623988855118282013-06-18T11:49:24.127-03:002013-06-18T11:49:24.127-03:00Totalmente de acuerdo con anónimo 6:59, es compren...Totalmente de acuerdo con anónimo 6:59, es comprensible que GilsCarbó haya planteado argumentos en subsidio a su primaria pretensión sobre la ilegitimidad de los actores. Segundo, el dictamen es completamente "obediente" y sumiso respecto de los deseos del PEN, con evidente error acerca del rol de la titular de la PGNGerardoDnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-25684654378336567012013-06-18T11:25:55.793-03:002013-06-18T11:25:55.793-03:00No he leído el dictamen de Gils Carbó pero si esa ...No he leído el dictamen de Gils Carbó pero si esa reconstrucción que realiza G. Maurino es fiel a la estructura argumentativa seguida por la procuradora, que ella esté ocupando ese cargo es para agarrarse la cabeza!!! <br /><br />El Imparcial del NorteAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-85187510101579583062013-06-18T10:25:16.918-03:002013-06-18T10:25:16.918-03:00(cito al amigo gus maurino, sobre el mismo tema): ...(cito al amigo gus maurino, sobre el mismo tema): <br /><br />FRAGMENTOS CÉLEBRES DEL DICTAMEN DE LA PROCURADORA GENERAL EN EL CASO DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA.<br />LA (NO) TEORÍA DE LA INTERPRETACIÓN CONSTITUCIONAL<br /><br />EMPEZAMOS SIENDO ORIGINALISTAS: “De ello se desprende, con claridad, que la voluntad del constituyente ha sido delegar en el Congreso de la Nación la determinación del sistema de elección de los miembros del Consejo, así como del número de representantes de cada uno de los estamentos que lo componen”.<br /><br />REFORCEMOS EL ORIGINALISMO, ATEMOS LA CONSTITUCIÓN AL "ACUERDO DE VOLUNTADES" QUE LA CONFIGURÓ: “En suma, el estudio de los antecedentes constituyentes de la cláusula del artículo 114 de la Constitución muestra que el acuerdo de voluntades entre los convencionales fue estrictamente el que quedó plasmado en el texto constitucional”.<br /><br />PERO PENSÁNDOLO MEJOR, CAMBIEMOS ORIGINALISMO -ES UN TOQUE RÍGIDO, CHE, POR INTERPRETACIÓN SISTÉMICA;“[tenemos el] deber de interpretar las cláusulas de la Constitución de modo sistemático y coherente, y no en forma aislada y desconectada del todo que componen … De este modo, el articulo 114 no puede ser interpretado en forma aislada, sino como una pieza de nuestra Constitución que es coherente con el resto del engranaje constitucional - esto es, artículos 1 y 37 de la Constitución y los instrumentos internacionales a los que me referiré más adelante”.<br /><br />PERO MEJOR, NO, MEJOR ROMPAMOS TODA ATADURA ORIGINALISTA O SISTÉMICA Y SEAMOS EVOLUTIVOS/DINÁMICOS, A VER SI ASÍ ZAFAMOS“…la consideración de los principios y derechos constitucionales que atañen al diseño de nuestros órganos de gobierno atiende a otro principio rector de la exégesis constitucional, a saber, nuestra ley fundamental no puede ser interpretada como una ley pétrea, sino que debe ser interpretada en forma dinámica y evolutiva para dar una respuesta adecuada a las demandas y necesidades sociales actuales y a los cambios que operan en una comunidad”.<br /><br />PORQUE, EN REALIDAD, NUNCA FUIMOS ORIGINALISTAS “A esta altura no debería buscarse en la opinión explícita o en intenciones presuntas de algún constituyente el sentido verdadero del articulo 114 porque la búsqueda de criterios originarios en una Constitución jamás ha sido una pauta determinante para reflexionar sobre sus principios básicos que rigen nuestro destino como Nación”. <br /><br />oooopsirghttps://www.blogger.com/profile/17636493321007069600noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-27272485719439931062013-06-18T10:16:04.005-03:002013-06-18T10:16:04.005-03:00Negro: gracias por leer mi post.
"Mignone&q...Negro: gracias por leer mi post. <br /><br />"Mignone" y "V" -creo- fueron habeas corpus, que justamente permite la acción por un tercero. Y no hay contradicción sino homogeneidad de intereses: ningún preso puede tener interés en sufrir vejaciones. <br /><br />No es el caso del Consejo: suponé que yo soy juez o abogado y por equis motivos tengo más posibilidades de ser consejero por voto popular que electo por mis colegas... tal vez no tengo derecho conforme al 114 CN, pero es OBVIO que mi interés es DIFERENTE del de Rizzo, que no soy parte del proceso, no me defiendo y, sin embargo, el fallo de la CS, etc. me será oponible de hecho (y para algunos de derecho). <br /><br />Así, tenés razón y coincidimos en que, si te gusta la visión judicialista (que no me convence) al menos deben ser oídos todos los que tienen intereses contrapuestos.<br /><br />Y, en este caso ¿dónde fueron citados? <br /><br />Pero ojo, la dinámica del proceso judicial no deja de ser elitista aunque cites representantes de todos los intereses porque no rige la regla de la mayoría, solo deciden universitarios, median profesionales también universiarios, etc. etc. Por lo que hay que ser muy cuidadosos si de un proceso judicial surge una regla general, porque, repito, además del elitismo, eso hacer reunir en uno solo la facultad de legislar y juzgar; e impedir eso viene de lejos (v. art. 5 de Code, Cód de Com de Véles, etc.). <br /><br />titoAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-53400584488687930582013-06-18T09:58:34.432-03:002013-06-18T09:58:34.432-03:00RG. Mandarme a estudiar me suena autoritario, ¿no ...RG. Mandarme a estudiar me suena autoritario, ¿no es como la cita de autoridad?<br /><br />no decís nunca cómo compatibilizás la legitimación coletiva amplia (que ni definís) con el derecho de defensa en juicio: que la cosa juzgada no sea oponible al que no participa del proceso y, en suma, impedir que los jueces legislen (y, como además juzgan las normas que crean con efectos generales, se viola la regla de oro de Montesqueiu), porque sustituyen a la voluntad popular. Y si el mecanismo electoral no alcanza, hay buscar mejores formas o complmentarias, pero suponer que el proceso judicial es su sustituto... eso sí que es bien reaccionario.<br /><br />volviendo a la legitimación, revisá los fallos de la CS, los más cercanos a tu posición (Halabi -si querés defenderlo...- Asociación Benghalesis, AGGERA, Adepa, o Bolsa de Cereales creo que se llama otro) o las objeciones de Argibay en Mujeres por la Vida, etc. etc. y verás q la homogeneidad de los intereses es central. <br /><br />titoAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-44361336994167991982013-06-18T09:07:07.525-03:002013-06-18T09:07:07.525-03:00Estoy releyendo el trabajo de Laura Roth sobre el ...Estoy releyendo el trabajo de Laura Roth sobre el consejo de la magistratura incluido en el libro coordinado por Roberto. Y, al hacerlo, me encuentro con las siguientes expresiones de Owen Fiss: "...'la justicia independiente puede ser una amenaza para la democracia' (...) si interfiere con las decisiones tomadas por los órganos democráticos, por lo que el objetivo debe ser optimizar y no siempre maximizar la independencia" (Teoría y crítica..., p. 372, nota 22). <br />El kirchnerismo puede sentirse particularmente contento con este tipo de expresiones, más allá de que se inserten en completos teóricos más abarcadores y complejos. Una lectura fragmentada puede resultarle particularmente bienvenida...Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-15371305445592381462013-06-17T23:46:08.671-03:002013-06-17T23:46:08.671-03:00Tito, la lectura de Scalia es la más cerrada posib...Tito, la lectura de Scalia es la más cerrada posible (por eso es la principal fuente de Barra en nuestro medio).<br />Pero más allá de eso, estás descartando de plano la posibilidad de participación política y ciudadana a través de las acciones colectivas.<br />El plateo tuyo se asemeja a Constitución del `49, que no preveía el derecho de huelga, porque resultaba inconcebible que alguien pudiera protestar contra el derecho "justo" consagrado.<br />Por otra parte, si vos dejás de lado en los términos en lo que lo venís haciendo los intereses individuales homogéneos, nunca fallos como "Verbitsky" y "Mignone" nunca se hubieran podido dictar.<br />En las acciones colectivas en tutela de derechos individuales homogéneos siempre está la posibilidad de que haya criterios opuestos, pero eso no se controla mediante restringiendo la legitimación ("la apertura de la legitimación es la medida del acceso a la justicia", diría tu recordado B. Campos), sino mediante la posibilidad de que quienes no compartan esa posibilidad sean oídos. <br />Finalmente, no sé si se trata de un caso de DIH...<br />Saludos.<br /><br />Negronoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-83877250306224347342013-06-17T23:00:03.018-03:002013-06-17T23:00:03.018-03:00si te tiene sin cuidado scalia , mas vale que te c...si te tiene sin cuidado scalia , mas vale que te cuides un poco. es un facho, que es citado no pour la gallerie, sino para sostener (pura cita de autoridad) que no hay que abrirle el juego al pueblo, porque se "sobrejudicializa" el proceso de gobierno¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡ eso es lo que piensa la gente como ella: hablamos de participacion, pero luego que no se me inunde el escritorio de quejas del populacho¡<br /><br />y sobre la legitimacion, tu solo comentario sobre la homogeneidad ya dice toda la respuesta: a estudiar un poco de legitimacion amplia y volvemos a discutir.rghttps://www.blogger.com/profile/17636493321007069600noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-89149527235682102742013-06-17T22:24:25.066-03:002013-06-17T22:24:25.066-03:00rg, Scalia, me tiene sin cuidado y no creo (a dife...rg, Scalia, me tiene sin cuidado y no creo (a diferencia de Najurieta, Guarinoni; o Sarmiento) que los jueces de EEUU son los constituyentes argentinos.<br /><br />Legitimación: seguís adjetivando y no te hacés cargo de que no hay intereses homogéneos en el universo de jueces y abogados. <br />Más allá de lo que diga/cite la PGN no hay forma de sostener que el universo de interesados a los que le vas a oponer la cosa juzgada está representada en el proceso. <br />Y eso es un serio problema de derechos individuales, representación política, producción de las normas generales, y ni hablar si discutís la legitimidad moral de la obligatoriedad de esas normas. <br /><br />"legitimación amplia" ¿a qué te referís? si se trata de derechos de consumidores o desposeídos con intereses homogéneos es una situación MUY diferente de ese asunto. ahora, si la onda no es discutr legitimación en este asunto tan particular, sino pegarle a G.C. no me parece ni siquiera interesante. <br /><br />titoAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-4150800137850904262013-06-17T21:53:50.286-03:002013-06-17T21:53:50.286-03:00Más que el artículo 114 CN, el dictamen de la proc...Más que el artículo 114 CN, el dictamen de la procuradora ha terminado de hacer trizas otra norma del mismo rango: la del 120 CN. Ese penoso dictamen es el epitafio más menemista posible del principio de autonomía del Ministerio Público. Tristísimo. Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-78670232500488317142013-06-17T21:40:48.176-03:002013-06-17T21:40:48.176-03:00ante todo el tema menor, tito, la cita: es mucho p...ante todo el tema menor, tito, la cita: es mucho peor citar a scalia, antiestatista, homofobico, belicista, enemigo de los derechos humanos, retrogrado, antiabortista, republicano de la peor calana<br /><br />luego el tema de la legitimacion. si yo hubiera estado en su lugar, hubiera defendido criterios acerca del valor de una legitimacion amplia, habría retomado lo mejor de la jurisprudencia de la corte y dado razones para favorecer ese razonamiento. ella en cambio hizo lo contrario: se lleno la boca de zonceras sobre la participacion popular, pero en donde podia decir algo interesante sobre el tema, reforzando los mejores criterios existentes, se pronuncio a favor de la lectura mas reaccionaria que se encuentra en el mundo, hoy. la men ta blee rghttps://www.blogger.com/profile/17636493321007069600noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-4126389220152782912013-06-17T21:36:36.919-03:002013-06-17T21:36:36.919-03:00Anónimo 814 ¿la PGN no tuvo acceso al contenido de...Anónimo 814 ¿la PGN no tuvo acceso al contenido del expediente hasta el momento en que le corrieron traslado? <br />La gente ex CELS que labura ahora en PGN no conocía el expediente. Gils Carbó no conocía la causa. El dictamen es horrible porque no hay sustancia para defender la posición del gobierno,Anonymousnoreply@blogger.com