tag:blogger.com,1999:blog-24916253.post567670365330381614..comments2024-03-20T19:29:32.514-03:00Comments on Seminario de Teoría Constitucional y Filosofía Política.: 10 diferencias entre la labor del juez penal y la del médico de la Cruz RojaLucas Ahttp://www.blogger.com/profile/00680082022349664754noreply@blogger.comBlogger60125tag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-22301852789175236942011-05-26T08:25:38.750-03:002011-05-26T08:25:38.750-03:00pero mario, que decis? como que NO tienen que apli...pero mario, que decis? como que NO tienen que aplicar la ley? COMO tienen que aplicar la ley, empezando por la ley de leyes, es que tienen que decidir sin insultar-ofender-contradecir la constitucion. y obvio que tienen una responsabilidad fundamental en el hecho de que las carceles sean simil-tortura. quien te dijo que deben esperar a que actue el pe, mientras se producen masivas violaciones gravisimas a los derechos humanos, todos los dias? ellos son los que siguen mandando gente ahi, para que la violencia a los derechos humanos ocurra. ellos, me animaria a decir, tienen la primera responsabilidad en terminar con esa situacion. en todo caso, son co-responsables de las violaciones masivas que ocurren cada diarghttps://www.blogger.com/profile/17636493321007069600noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-89979790687019349742011-05-26T02:55:26.181-03:002011-05-26T02:55:26.181-03:00Artículo 116 de la CN (sobre las atribuciones del ...Artículo 116 de la CN (sobre las atribuciones del Poder Judicial): "Corresponde a la Corte Suprema y a los tribunales inferiores el conocimiento y decisión de todas las causas que versen... CON LA RESERVA hecha en el inciso 12 del artículo 75".<br />Inciso 12 del art. 75 (sobre las atribuciones del Congreso): "Dictar los códigos Civil, Comercial, PENAL, de Minería y del trabajo y seguridad social, correspondiendo su aplicación a los tribunales federales o provinciales...".<br />Artículos 80, 81, 82, etc. etc. del Código Penal: "Se impondrá RECLUSIÓN...".<br />Leyendo como corresponde cada uno de estos lineamientos generales, uno se pregunta: ¿en qué parte de la Constitución o del CP dice que el juez tiene la facultad de aplicar medidas alternativas a la de la reclusión cuando se producen cierto tipo de delitos? Por el contrario, ¿no actúa de forma claramente inconstitucional el juez que apela a algún mecanismo alternativo de sanción, esto es, contraviniendo la reserva mencionada en el art. 116? <br />Claro, alguien dirá que no todos los principios consagrados en nuestra constitución poseen la misma raigambre o importancia. Pero, entonces, ¿qué debe hacer el juez penal? ¿Qué orden lexicográfico debe seguir para decidir cuál principio posee mayor peso? <br />Una discusión suscita otra, esta otra una tercera, esta tercera una cuarta y así sigue la escalada de argumentos y objeciones, con un final absolutamente incierto. Pero el juez, ¿qué hace con los detenidos en las comisarías? ¿Y con las víctimas? ¿Les explica a éstas que existe un orden lexicográfico en virtud del cual lo que dice el CP no debe aplicarse? <br />Pero, de nuevo, la víctima respeta la constitución y respeta el cp, porque cree que esa constitución y ese código juegan a su favor y que se les pondrían en contra tan pronto como intentaran acometer una acción delictiva. Todo esto es producto de un gran berenjenal teórico, de una gran nebulosa ideológica en cuyo contorno, bien pero bien difuso, puede percibirse la figura del pobre tipo que gana 2000 pesos al mes, que ve cómo su vecino, robando y delinquiendo, gana mucho más que él pero que, aún así, decide seguir laburando honestamente. Roberto, ¡basta de pensar en los delincuentes como pobres almitas! En su lugar, ¡comencemos a pensar en los pobres tipos honestos! ¿Qué mensaje le transmitimos a alguien cuando al que se afanó la moto que él había comprado luego de ahorrar durante todo un año le decimos: mire, devuélvale la moto -si ya no la tiene, labure para pagársela-, sea a partir de hoy un buen vecino, riéguele las plantitas dos días a la semana y no afane más? <br />Rodrigo ArtalAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-37464943238244386102011-05-26T02:10:50.538-03:002011-05-26T02:10:50.538-03:00OK. Coincido con vos. Una sola cuestión para termi...OK. Coincido con vos. Una sola cuestión para terminar: ¿No te parece que el estado de las cárceles es responsabilidad exclusiva del Ejecutivo? ¿No te parece que son los miembros de ese poder los que deben ser responsabilizados, incluso penalmente, por lo que en esas instituciones sucede? Y de nuevo, te repito: el hecho de que los jueces sigan enviando presos a quienes se les ha probado la comisión de un delito no implica NECESARIAMENTE, bajo ningún concepto, que ellos avalen lo que vos llamás, de forma analógica, figurativa o comparativa, 'tortura'. Eso sería lo mismo que decir que los jueces que fallaron a favor de los jubilados en los juicios contra el ANSES avalan la tortura, pues más fondos para los jubilados implican menos fondos para otros sectores, incluidos los previstos para mantener el funcionamiento del sistema penitenciario, en el cual se producen hechos que atentan contra la dignidad humana. <br />El rol del juez penal no puede consistir en estar al tanto de lo que sucede en el sistema penitenciario ni menos aún condicionar su sentencia ante probables efectos que pueden o no seguirse de sus decisiones. El rol del juez es aplicar la ley velando para que se respeten absolutamente todas las garantías procesales a favor del acusado. Para el resto existen otros poderes y funcionarios, cada uno de los cuales tiene asignado un rol concreto. Esa es la clave de la división del trabajo social sobre la que tanto teorizaron autores como Weber y sin la cual ninguna comunidad podría funcionar correctamente. Desde luego, en países como el nuestro, es claro que esa división no existe y me parece que eso explica el hecho de que tanto vos, Roberto, como tantos otros especialistas insistan con aquéllo de que los jueces deben dejar los códigos de lado. Para mí la solución es otra: volver a instaurar una clara división del trabajo social, asignando responsabilidades bien pero bien acabadas a todos aquellos que incumplan con sus roles. ¿Y cómo comenzar? Humildemente, no creo que el mejor lugar para hacerlo sea pidiéndole a los jueces que no cumplan con su rol de aplicadores de la ley. <br />MarioAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-8734506113944164062011-05-25T22:33:22.873-03:002011-05-25T22:33:22.873-03:00obvio que es una provocacion mario, lo del papelit...obvio que es una provocacion mario, lo del papelito, pero para hacer ver que el penalismo local esta obsesionado, enceguecido, obnubilado con el cp, sin pensar en la dimension constitucional de lo que hacen. el caso de las carceles, que es el de que hablamos aca, es sintomatico: se piensa en el cp sin pensar en lo que la constitucion ordena.rghttps://www.blogger.com/profile/17636493321007069600noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-91411579454654458902011-05-25T19:45:56.414-03:002011-05-25T19:45:56.414-03:00Roberto, me parece que en esta le chingaste fiero....Roberto, me parece que en esta le chingaste fiero. Los códigos de la Nación deben ser precisamente los medios en virtud de los cuales se realicen los principios constitucionales, faros y brújulas indubitables de toda acción legislativa. ¿Cómo podés decir que el cp es un papelito? Para serte honesto, a mí me parece que, comparada con el monumental código civil de Vélez Sársfiel, por ejemplo, es la misma constitución la que se parece a un papelito (no por su importancia, que no niego, sino por su propia envergadura). A través de los códigos es que habla la misma Constitución nacional. De que, hoy por hoy, aplicar el cp implique vulnerar cierto principio constitucional no se sigue necesariamente que el cp no deba aplicarse pues de su no aplicación también se sigue la vulneración de otro o el mismo principio constitucional. <br />MarioAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-60071433933182031632011-05-25T14:56:01.687-03:002011-05-25T14:56:01.687-03:00seguis sin entender lo que te digo. uso la imagen ...seguis sin entender lo que te digo. uso la imagen "carcel como tortura," que es independiente del hecho de que en la carcel efectivamente se torture. ahora bien, se da la casualidad de que si, ademas se tortura, y que ademas esta llena de perejiles que deberian estar libres bajo cualquier circunstancia, y que ademas estan encerrados una mayoria de procesados, y que ademas las comisarias estan llenas de menores, y que estan super pobladas, y que viven hacinados, y que les aplican violencia sicologica (ademas de fisica) a ellos como a sus parientes y amigos que estan fuera. es decir, uia, es inconstitucional todo lo que alli ocurre, de aca a la china. asi que el juez, con sus acciones y omisiones, ademas de todo lo dicho, debe guardarse el cpenal en...el bolsillito del pantalon, mirar UNA VEZ, por favor, la constitucion (porque, no se si sabes, hay una constitucion por encima de ese papelito que es el codigo penal), y dejar de actuar contra la constitucionrghttps://www.blogger.com/profile/17636493321007069600noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-58919642275300814742011-05-25T14:15:25.358-03:002011-05-25T14:15:25.358-03:00Primero y principal, hablar de 'la cárcel'...Primero y principal, hablar de 'la cárcel' como igual a 'la tortura' es realizar una generalización tan pero tan abstracta que no se sostiene de ninguna forma. De la misma forma, yo podría decirte: todos los políticos son corruptos, todos los jueces son analfabetos y todos los trabajadores de Conicet son unos zánganos. <br />Yo también he ido a las cárceles. He dado clases en el Penal de San Martín, en la Ciudad de Córdoba, y visito regularmente la cárcel de Bower. Te desafío a que me digas si en esos establecimientos se practica la tortura. Por supuesto, están lejos de ser establecimientos modelo. Sin embargo, también están a años luz de ser lo que vos decís que son. Hay bibliotecas, estudiantes que asisten a clases universitarias y que se las ingenian para llevar al día una carrera. Hay profesores de música, derecho y literatura. En otras cárceles, desde ya, los presos viven apiñados y sufren toda clase de abusos. Ahora, ¿qué tiene que ver el juez con todo eso? El juez está para aplicar la ley y enviar a los delincuentes a la cárcel. <br />Si en las cárceles se tortura, como vos decís (y muchos casos evidentemente lo confirman), el problema no es del juez, es del poder ejecutivo que no soluciona el tema de las cárceles. <br />Te cambio la bocha para que comprendas lo que estoy intentando decirte: hoy por hoy muchos jueces fallan a favor de los jubilados para que el estado les reintegre las jubilaciones mal liquidadas. El estado, evidentemente, no puede pagar todos los juicios que cuentan con sentencia firme pues se fundiría. Si el estado no puede pagar por culpa de la impericia de ciertos gobiernos (por ej., el de los K.) pero la ley dicta otra cosa -82 por ciento móvil, etc. -, ¿qué le vas a decir al juez? ¿Que no la aplique? Así como, según vos, el juez no debería enviar a prisión a un delincuente, a pesar de que se lo indique la ley, porque estaría avalando la tortura de las cárceles, según tu misma lógica, el juez no debería fallar a favor de los jubilados porque estaría fundiendo al estado, con todo lo que eso implica: por empezar, de menos recursos se siguen peores cárceles y más tortura. Eso es lo que vos proponés: jueces-gobernantes, jueces-políticos, jueces hercúleos, una democracia bajo el gobierno de los jueces. <br />RicardoAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-44765426458179984342011-05-25T09:39:22.537-03:002011-05-25T09:39:22.537-03:00es decir, chicana ceroes decir, chicana cerorghttps://www.blogger.com/profile/17636493321007069600noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-31495270455365616572011-05-25T09:39:10.028-03:002011-05-25T09:39:10.028-03:00mario, pero entonces no entendiste nada de lo que ...mario, pero entonces no entendiste nada de lo que estoy diciendo desde el comienzo. YO asimilo la carcel a la tortura, pero no solo por una cuestion de gusto-creencia, sino por haber ido muchas veces, y ademas, y esto es lo que importa aca, por leerlo a zaffaroni. lo que describe z sobre la carcel es tremendo. entonces yo le pido que de un pasito muy chiquito, llamando el infierno que describe como carcel, tortura. entonces pregunto: si es tortura, y vos regularmente mandas gente a la carcel, vos regularmente mandas gente a la tortura. por que no reaccionar, entonces, del mismo modo en que reaccionariamos si la ecuacion estuviera explicitada de este modo?rghttps://www.blogger.com/profile/17636493321007069600noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-35577118402789823512011-05-25T02:24:24.010-03:002011-05-25T02:24:24.010-03:00RG, decís que lo inadecuado de muchos posts se deb...RG, decís que lo inadecuado de muchos posts se debe al hecho de que parten (1) "de la idea errónea de ver al derecho penal como dicotomia: carcel-no carcel". Si eso es así, entonces, según estos posts, (2) "el garantista" sería "no carcel". Concluís: (3) "y tampoco se trata de eso. Se trata de hacer otras cosas". <br />En lo que a mí respecta, sobre lo primero (1), te digo: yo no parto de esa dicotomía. Seguramente el derecho penal puede ser muchas otras cosas. Ahora, si el CP dice que quien matare a otro debe ser sancionado con pena de prisión, ¿por qué el juez habría de hacer otra cosa? ¿Cómo podría justificarse luego? <br />Sobre lo segundo (2), te confieso que a mí me tienen sin cuidado ese tipo de motes. Que Zaffaroni sea garantista, agnóstico o escéptico a mí me importa un rabanito. Dejo esas categorías para que las analicen los teóricos del derecho. Lo único que me importa es si Juan, que atropelló a un tipo en pedo y se mandó a mudar, no merece que se le aplique inhabilitación para seguir conduciendo y encierro efectivo. Si a vos te parece otra cosa, entonces quiero ver qué le decís a la familia de Pedro, el flaco que salió a pasear a su perro y perdió la vida.<br />Finalmente, sobre (3), dejame decirte que no entiendo para nada a qué te referís con "hacer otras cosas". Para un caso como el que te acabo de mencionar, ¿qué propondrías en concreto? Te lo pregunto con total buena fé porque a mí, para serte honesto, no me viene ninguna idea a la mente y no veo cómo al funcionario judicial, que no tiene por qué poseer los dotes imaginativos de Ray Bradbury, podría ocurrírsele alguna idea alternativa. Saludos, <br />RicardoAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-60486812951769939422011-05-25T01:29:58.983-03:002011-05-25T01:29:58.983-03:00Mirá, Roberto, sinceramente no sé cómo inferís la ...Mirá, Roberto, sinceramente no sé cómo inferís la tortura de mis comentarios. Me parece nada más ni nada menos que una chicana inválida, similar a cada una de las chicanas que vos criticás en este blog. Nunca avalaría la tortura, NUNCA. Ahora, si una constitución de un país X avala la tortura y, en consonancia con dicha constitución, el cp del mismo país la reglamenta bajo condiciones estrictas, entonces yo no veo qué podría hacer el juez penal para no aplicarla una vez que se dan dichas condiciones. <br />Lo que alguien como yo no haría en ese país inconcebible es ser juez, pues al asumir ese rol estaría contrayendo el deber de aplicar las leyes y la constitución de ese país, mal que te pese. ¿Es muy difícil de entender? Lo que alguien como yo haría en ese país, especialmente si se trata de un país democrático, es postularme en todas y cada una de las elecciones para abolir dicha constitución y/o reformar el cp. Además, escribiría artículos en contra de la tortura, haría manifestaciones en las calles, cortaría rutas (más los actos de desobediencia civil que se te ocurran), hablaría en programa de radio o televisión al que me inviten, escribiría blogs, crearía organizaciones pro derechos humanos, etc., etc.. NUNCA SERÍA JUEZ. <br />La disidencia que tenemos muchos de los que participamos en este blog con vos es que concebimos a la función judicial desde una perspectiva anti-discrecional y democrática, cosa que, evidentemente, vos no hacés. <br />Mario RivadullaAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-42263033148295717012011-05-24T22:35:42.510-03:002011-05-24T22:35:42.510-03:00onimo 10.00, me haces decir cosas que niego. admir...onimo 10.00, me haces decir cosas que niego. admiro el trabajo de z. por que me haces decir otra cosa? y he escrito sobre el en textos academicos, con elogios y criticas. los posts de un blog son otra cosa. para mi expresa -este post, como cualquiera de los que escribo- mis convicciones, pero no es desde aca que daria un debate academico con el. el post es una pequenia reflexion, seria, que me interesa, pero los estudios academicos no los hago aca. si vos lo queres leer como una tomadura de pelo hacia alguien a cuyo trabajo admiro, chau, es tu problema, habla mas de vos que de mirghttps://www.blogger.com/profile/17636493321007069600noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-28350055425296938042011-05-24T22:03:57.555-03:002011-05-24T22:03:57.555-03:00Como dice Zaffaroni, uno "no le puede imputar...Como dice Zaffaroni, uno "no le puede imputar a la Cruz Roja que no suprima la guerra, porque no tiene poder para hacerlo": simplemente, el médico de la Cruz Roja no puede hacer nada para frenar la violencia. En cambio, uno sí puede imputarle al juez penal que no frene los tremendos grados de violencia que sí está en condiciones de frenar, pero que en cambio legitima, alimenta y avala (a través de institutos de menores, hospitales siquiátricos, penitenciarías, cárceles). <br /><br />Nunca leí una crítica más injusta hacia la teoría de zaffaroni que esta. Es todo lo que tengo para decir.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-41071980040278476192011-05-24T22:00:31.030-03:002011-05-24T22:00:31.030-03:00Roberto, lo que uno siente cuando lee esta critica...Roberto, lo que uno siente cuando lee esta critica de las "10 diferencias..." no obstante el reconocimiento constante que haces del aporte de EZ es: 1°) Un claro avance respecto de lo que fué y se discutió en la dogmatica penal. (recuerdese si no lo que discutían Nino y Zafaroni en esa gran discución por el libro de este último... 2°) Que ese avance posee una endeblez teorica muy evidente...<br />EZ para torcer una visión muy arraigada en latinoamerica respecto del derecho penal hizo un arduo trabajo doctrinario.<br />Vos parece que con un simple "miren ! la carcel es una tortura !" pretendes que jueces dejen de aplicar muchas veces la "única" pena establecida legalmente (y con un fuerte consenso democrático respecto de su existencia y aplicabilidad)...<br />Despues hablas de medidas alternativas; etcétera, etcétera...<br />Pues bien, para su época EZ realmente ofreció una pena alternativa (que vos ahora no propones); de fuertísimo impacto en el poder jucial penal; cual fué el de aplicar la menor pena prevista posible... Eso, para aquella época fue una verdadera revolución.<br />Es realemnte pobre que vos generacionalmente, y con los estudios que tenes, simplemente te pongas a marcar las "10 diferencia entre.." como metafora que expuso EZ, respecto de lo que fue su linea de pensamiento.<br />Tu articulo bien se podría titular "10 medidas coercitivas alternativas para casos concretos en donde esta prevista la pena de reclusión"... Pero no, simplemente te mandas estos post cual revista "Digest" marcando una realidad que todos sabemos de sobra (y en gran medida gracias a la labor de EZ)... Creemos que vos estas para mas. En fín, habrá que acostumbrarse. Me viene a la mente aquel post sobre las "Torres".Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-4946271222309919282011-05-24T20:46:18.533-03:002011-05-24T20:46:18.533-03:00otra cuestion que me parece que opera en muchos es...otra cuestion que me parece que opera en muchos es algo que critico siempre: la idea de que ser respetuoso de los derechos-garantista, implica la irresponsabilidad de no hacer nada. otra vez, esto es el mismo error del otro lado, porque parte de la idea erroneo de ver al derecho penal como dicotomia: carcel-no carcel. entonces el garantista es no carcel. y tampoco se trata de eso. se trata de hacer otras cosasrghttps://www.blogger.com/profile/17636493321007069600noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-41470414872001125372011-05-24T20:16:21.544-03:002011-05-24T20:16:21.544-03:00mario, si por la razon x (no hay mas lugar en las ...mario, si por la razon x (no hay mas lugar en las carceles, o en la era post-obama se populariza la practica) se toma como medida habitual la tortura, que es incorporada en el cp. vos la empezas a aplicar porque otras salidas son dificiles? yo norghttps://www.blogger.com/profile/17636493321007069600noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-36234402875324166242011-05-24T20:02:42.839-03:002011-05-24T20:02:42.839-03:00Ricardo, cuando el problema es sistémico, la cuest...Ricardo, cuando el problema es sistémico, la cuestión que se plantea es por dónde 'comenzar'. Para serte honesto, no creo que nadie, ni Zaffaroni, ni Gargarella, ni ningún lector de este blog pueda darte una respuesta que no genere dudas o suspicacias. De una cosa, sin embargo, creo que tanto vos como yo estamos seguros: no se puede 'comenzar' por no encerrar al reo, aún cuando ese encierro conlleve consecuencias ciertamente anti-humanitarias. El punto es el siguiente y es que el juez debe decidir siempre cuál es el mal menor. Para Gargarella, al mal menor te lo indica una medida alternativa al encierro carcelario. Por eso, la pregunta que yo le plantearía sería la siguiente: ¿qué medida alternativa puede haber que no implique que el reo vuelva a su hábitat natural para afectar negativamente la vida de quienes lo rodean? ¿Qué hacemos? ¿Llenamos las villas de especialistas en ejecución penal y asistentes sociales? ¿Ponemos a un tipo para que siga al delincuente donde quiera que vaya? No me imagino cómo algo así sería posible. Respetuosamente, <br />Mario RivadullaAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-11060311353401981732011-05-24T17:19:41.647-03:002011-05-24T17:19:41.647-03:00Como medida alternativa al encierro carcelario, pr...Como medida alternativa al encierro carcelario, propongo: construyamos grandes guarderías para niños-grandotes, dotadas de trepadores y subi-bajas bien grandes, con juegos de Mecano, rompecabezas (con motivos bien pero bien humanitarios: una mujer sonriente, dos niños de la mano, un juez indulgente, etc.), libros aleccionadores que sean leídos por maestrulis bien cancheras, etc., etc.. Pero por sobre todas las cosas, que nuestros jueces abracen la consigna del mayo francés y lleven la imaginación al poder, pues seguramente nuevas medidas alternativas se seguirán de esa premisa. ¿Saben cuál es el problema? Que nuestros jueces no sólo no son imaginativos. Ni siquiera podrían aprobar un examen básico de lógica de primer orden. Muchos de ellos son cuasi analfabetos. ¿Cómo se lleva esa realidad con posturas como la de Gargarella? Según lo que me parece, antes que reformar la cárceles o proponer medidas alternativas, primero habría que reeducar a los jueces. Pero, ¿qué hacer en el mientras tanto con los delincuentes? Si el problema es sistémico, entonces no hay nada que los jueces puedan hacer: por lo pronto, ni siquiera aplicar medidas alternativas. <br />Ricardo FernandezAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-58751282031994542232011-05-24T17:00:08.458-03:002011-05-24T17:00:08.458-03:00A los condenados por delitos hay que hacerles cump...A los condenados por delitos hay que hacerles cumplir pena en prision como sostiene el codigo penal y mandarlos a trabajar para que aprendan distintos oficios que les permitan resocializarse.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-27279872935353296632011-05-24T16:55:37.840-03:002011-05-24T16:55:37.840-03:00O sea, ¿ves lo que te digo? No publicás mi post an...O sea, ¿ves lo que te digo? No publicás mi post anterior. ¿Será porque no lo podés rebatir? ¿Será porque el argumento anti-Frege te dejó helado? Hacé como quieras. Seguí escribiendo en tu blog, publicando lo que querés publicar, que yo ya perdí valiosos minuntos de mi día intentando entrar en razón con alguien que 'se las sabe todas' como vos. Saludos.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-39267278493967821772011-05-24T16:42:44.138-03:002011-05-24T16:42:44.138-03:00Otra cosa: mandar a un antisemita a pasear por el ...Otra cosa: mandar a un antisemita a pasear por el museo del Holocausto es como mandar a Marilyn Manson a que se confiese en una Iglesia Católica. O sea, no se sostiene bajo ningún punto de vista. Hablar de 'medidas alternativas' que no impliquen el encierro efectivo (un encierro que sea para la seguridad y no para el castigo de los reos, como dice la Constitución) lo único que hace es ofrecer una pseudo-solución a un problema real: la delincuencia de todos los días. Que hoy las cárceles no sean como la Constitución dice que deben ser no debe habilitar a los jueces a que no envíen presos a quienes han cometido delitos. Sigamos enviando a los delincuentes a las cárceles, evitémosle a la sociedad el convivir con ellos y, en el interín, MEJOREMOS las cárceles de una buena vez, tarea que le debe corresponder al EJECUTIVO, no al judicial.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-22173512353349015682011-05-24T16:04:09.088-03:002011-05-24T16:04:09.088-03:00primero, no des como datos de la realidad hechos q...primero, no des como datos de la realidad hechos que desconoces sobre mi vida personal. menos, en tu caracter de cobarde anonimo, incapaz siquiera de poner tu nombre en un blog.<br /><br />dicho esto, tambien estas equivocado, porque asumis que la unica manera de impedir un delito es con el encierro, una tonteria atomicarghttps://www.blogger.com/profile/17636493321007069600noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-86845534577599105372011-05-24T15:37:08.758-03:002011-05-24T15:37:08.758-03:00Roberto, lo que vos no decís es que los jueces no ...Roberto, lo que vos no decís es que los jueces no sólo avalan la tortura cuando condenan a prisión a un delincuente. Los jueces también avalarían la tortura si decidieran apelar a mecanismos sancionatorios alternativos. Claro, no la tortura del delincuente sino la tortura de todos aquéllos que deben padecer a ese delincuente en los sitios donde él se mueve. Y no me refiero al dueño del supermercado o de la ferretería. Me refiero más fundamentalmente a sus propios familiares, vecinos y amigos, que padecen sus latrocinios y actos de violencia todos los días de sus vidas. ¿Acaso el juez no debe pensar también en ellos? Aunque a vos te cueste imaginarlo, hay madres desesperadas que bregan ante la justicia para que 'sus propios hijos' sean encerrados, hijos que les roban, les mienten y las golpean. Si vos bajás de las aulas de la DiTella a los barrios marginales de nuestro país te vas a dar cuenta que la tortura de muchos ciudadanos no tiene nada que ver con el padecimiento de las cárceles. Que eso es tortura, no te lo discuto. Ahora, no creo que mandarlo al delincuente a hacer laburo comunitario en las escuelas públicas solucione el drama que vive la gente a la que ese mismo delincuente agrede todos los días.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-92121803240743767492011-05-24T12:56:15.172-03:002011-05-24T12:56:15.172-03:00probando, me gustaría comentar pero no estoy segur...probando, me gustaría comentar pero no estoy seguro cómo hacerloAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-63430730731985241912011-05-24T12:45:52.488-03:002011-05-24T12:45:52.488-03:00Me queda claro. Por ahora no comparto, pero voy a ...Me queda claro. Por ahora no comparto, pero voy a revisar mi postura.A 2noreply@blogger.com