tag:blogger.com,1999:blog-24916253.post4291473907642470085..comments2024-03-20T19:29:32.514-03:00Comments on Seminario de Teoría Constitucional y Filosofía Política.: Controlar la "ficción de debate" legislativoLucas Ahttp://www.blogger.com/profile/00680082022349664754noreply@blogger.comBlogger7125tag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-17135055788664603992014-11-11T07:54:14.469-03:002014-11-11T07:54:14.469-03:00A veces la falta de debate parlamentario es bueno....A veces la falta de debate parlamentario es bueno. Si van a aprobar una ley de mierda, mejor que lo hagan sin que tengamos que fumarnos veinte horas de Conti o Sabbatella mostrando que se llevaron logica, gramatica y etica a marzo en el secundario.Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-54258585651325708822014-11-09T13:40:41.752-03:002014-11-09T13:40:41.752-03:00Hay que terminar con que las leyes las hagan las m...Hay que terminar con que las leyes las hagan las multinacionales (Chevron y Telefonica, por ejemplo) y poner a los legisladores a trabajar y debatir<br /><br />JorgeAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-51043308440354730262014-11-07T13:09:41.974-03:002014-11-07T13:09:41.974-03:00RG. ¿Cómo funciona una inconstitucionalidad por fa...RG. ¿Cómo funciona una inconstitucionalidad por falta de debate? <br /><br />1. Es, obvio, limitada al "caso" y no erga omnes, porque si no estás modificando la constitución. <br /><br />2. Supongamos un pleito civil o comercial entre particulares. ¿Qué culpa tiene el que se funda en la norma más nueva no "suficientemente debatida" que haya habido omisión de "debate suficiente"?<br /><br />3. Supongamos ahora que no se trata de derecho privado sino público, impuestos o concesiones, etc. Si no se aplica la norma "mal debatida" el hecho imponible queda exento porque es obvio que no renace el régimen tributario anterior; pero la exención sería solo para el que hizo el juicio, lo que lo pondría en una situación de privilegio frente al resto, y la igualdad es clave en el tema tributario (o de concesiones, etc.). <br /><br />4. Ni hablar en un caso penal. ¡Y si la norma "mal debatida" y por ello incostitucional es más benigna para imputado! <br /><br />5. Por otro lado, exigiría una comparación con el "grado de debate" del derecho anterior modificado por la norma nueva "mal debatida". Porque absurdo sería que no apliquemos la norma A votada por un Congreso democrático pero con debate deficiente... y entonces renazca el derecho B creado, p. ej., por una dictadura. ¿En tal caso prevale la "más debatida" o seguimos para atrás hasta encontrar una "bien debatida" o caer en el derecho indiano? <br /><br />6. En fin, parece que la inconstitucionalidad por falta de debate lleva a la desestimación de la norma de derecho por motivos estrictamente formales desentendiéndose del fin sustancial de la aplicación del derecho; y de la idea ética que subyace o debe subyacer, según muchos, en la práctica judicial.<br /><br />Todo ello sin dejar de considerar muy plausible que las leyes se discutan mucho.<br /><br />Tito Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-7501787914881279512014-11-06T18:44:39.253-03:002014-11-06T18:44:39.253-03:00pero a quien se le ocurre que haya una discusión e...pero a quien se le ocurre que haya una discusión en serio en el parlamento! ni en este ni en otro ni ahora ni nunca, preguntale a Obama sinoAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-59413312991789745632014-11-06T11:52:01.423-03:002014-11-06T11:52:01.423-03:00Exacto. Lo que quiero decir es que si aun con la c...Exacto. Lo que quiero decir es que si aun con la claridad de la CN nuestros legisladores "automáticos" no se toman en serio el debate (x no decir que se viola impunemente lo normado por la CN)y se crean ficciones como las que explicas, imaginate al pretender ir un poquito más allá. Creo 100% en el diálogo, pero pareciera que en Argentina faltan años luz para llegar a ese diálogo armónico entre los distintos poderes.<br />Sally McL <br /><br /> Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-56514701845376771642014-11-06T11:40:00.322-03:002014-11-06T11:40:00.322-03:00me resulta llamativa la idea. no se trata de ningu...me resulta llamativa la idea. no se trata de ningun modo de "instalar la utopia," sino de hacer como en cualquier poder de control normal: tomar en serio la letra de la constitucion, si dice debate significa en cualquier lado debate, y si no hay debate, se esta violando la letra de la consticuion. se presta atencion a eso en cualquier lado, pero en la argentina parece que es rarisimo. cuando se lo hace en sudafrica o colombia no solo no se cae el mundo, sino que parece perfecto rghttps://www.blogger.com/profile/17636493321007069600noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-24916253.post-17306458389280130132014-11-06T11:08:40.570-03:002014-11-06T11:08:40.570-03:00A veces, al leer artículos/papers como este, sient...A veces, al leer artículos/papers como este, siento que pretender instaurar una justicia dialógica, de quien te considero el más serio exponente, resulta una total utopía en este país. Ni siquiera podemos sancionar una ley con el diálogo requerido por la CN. <br />Por otro lado, el martes pasado tuve la "suerte" (?) de asistir a las jornadas de "actualización" del Poder Judicial de la CABA, donde magistrados locales admiraban el régimen "exitoso" de audiencias públicas de la CSJN, con un claro desconocimiento del mismo. Lo paradógico es que son los mismos que después de hacer un discurso sobre DESC y "diálogo", y hasta autodenominarse "fuero revolucionario", rechazan con formalismos extremos (x no decir "plancas") el acceso de los ciudadanos a los derechos mínimos. <br />Esas son nuestras instituciones, eso es lo que tenemos, una verdadera lástima. <br />Sally McLAnonymousnoreply@blogger.com