24 jun 2010

Alternativas a la criminalización



"Algunas (violaciones menores a la ley) pueden recibir una mera reprobación informal (si es que son) demasiado trivales como para merecer toda la fuerza de la justicia criminal. O podemos seguir los consejos de quienes abogan por la justicia restaurativa, y recurrir a procesos de mediación entre las partes directamente afectadas, en lugar de mobilizar la fuerza del derecho penal: algunas disputas entre vecinos, por ejemplo, aunque implican faltas que pueden contar como faltas públicas, seguramente pueden resolverse mejor de esta forma. O podemos considerar la cuestión como una de derecho civil, y no de derecho penal, proveyendo las facilidades y procedimientos a través de los cuales las víctimas pueden perseguir a los ofensores por compensaciones o restituciones: rupturas de contratos o difamaciones pueden contarse, plausiblemente, como faltas públicas, que pueden ser vistas como objeto del derecho civil, no del penal -y no es obvio que deban tratarse como propias del derecho penal. O podemos pensar en faltas a tratar como cuestiones no penales, sino sujetas a la regulación administrativa: pueden sujetarse a penalidades (de modo de disuadir a potenciales ofensores), pero sin la condena que involucra el proceso penal, y así también, sin el recurso al costoso y opresivo aparato del juicio penal y del castigo. Si tenemos que clarificar nuestra idea sobre el alcance apropiado del derecho penal, tenemos entonces que preguntarnos no sólo qué faltas debemos considerar faltas públicas, sino también cuándo y por qué es que deberíamos preferir la criminalización sobre otras vías posibles para responder (o no responder) frente a tales faltas."

A.Duff, "Towards a Theory of Criminal Law," Discurso Inaugural al aceptar una nueva posición como Profesor en la Universidad de Minnessota, 2010.

2 comentarios:

  1. Anónimo3:38 p.m.

    no tan solo las infracciones menores deben quedar fuera de la acción del sistema penal; también las mas violentas y dolorosas. Pero el esquema alternativo no aparece tan claro. En los casos de genocidio y lesa humanidad claramente se utilizan mecanismos diferentes al derecho penal y los conflictos tampoco se resuelven...

    de comedido nomas quizás puede ser que sea "movilizar"

    Cristian

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  2. Anónimo6:36 p.m.

    rg, ¿hay forma de acceder al discurso completo?
    gracias.

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