https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2018/08/29/la-camara-de-casacion-declaro-imprescriptibles-los-delitos-de-corrupcion/
Artículo 36.- Esta Constitución mantendrá su imperio aun cuando se interrumpiere su observancia por actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático. Estos actos serán insanablemente nulos. Sus autores serán pasibles de la sanción prevista en el Artículo 29, inhabilitados a perpetuidad para ocupar cargos públicos y excluidos de los beneficios del indulto y la conmutación de penas.
Tendrán las mismas sanciones quienes, como consecuencia de estos actos, usurparen funciones previstas para las autoridades de esta Constitución o las de las provincias, los que responderán civil y penalmente de sus actos. Las acciones respectivas serán imprescriptibles.
Todos los ciudadanos tienen el derecho de resistencia contra quienes ejecutaren los actos de fuerza enunciados en este artículo. Atentará asimismo contra el sistema democrático quien incurriere en grave delito doloso contra el Estado que conlleve enriquecimiento, quedando inhabilitado por el tiempo que las leyes determinen para ocupar cargos o empleos públicos. El Congreso sancionará una ley sobre ética pública para el ejercicio de la función.
La Cámara de Casación, integrada por los jueces Borinsky, Gemignani y Hornos, declaró imprescriptibles los delitos de corrupción. Anticipo ya: estamos MUY en contra del proyecto de Código Penal en el que Borinsky y otros han trabajado (muy mal en términos de aborto, punitivista, conservador).
Ahora bien, el tema de la imprescriptibilidad de la corrupción es otra cosa. Dos breves comentarios al respecto. Uno: la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad es, también, un "invento," que no tiene base legal cierta. Que sea un "invento" colectivo (en la medida en que sea "democrático," y lo es más o menos), no está mal: nos permite dejar de lado la ilusión iusnaturalista de que los crímenes tales o cuales son "imprescriptibles" por derecho natural, porque lo dijo Dios, o porque está en la Biblia. No: se trata de una decisión humana, colectiva, que en todo caso puede ser justificable o no. Lo mismo con la imprescriptibilidad de otros crímenes aberrantes o que nos producen particular "horror", como la pedofilia o, en este caso, la corrupción: por qué no? Otra vez, se trata de un "invento", que tenemos que ver en todo caso si se justifica o no.
El segundo punto al respecto es el siguiente: tal vez nunca se lo miró bien, pero la redacción del art. 36 de la Constitución es bastante impresionante en la materia, y bastante explícito. En lo personal, yo no se si hubiera escrito un artículo así en la Constitución, pero el hecho es que tenemos este artículo, y su contenido en la materia es bastante contundente. Así que los Camaristas leyeron de un modo posible, y no irrazonable, la misma letra de la Constitución. Transcribo el texto del art. 36, con destaques:
Artículo 36.- Esta Constitución mantendrá su imperio aun cuando se interrumpiere su observancia por actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático. Estos actos serán insanablemente nulos. Sus autores serán pasibles de la sanción prevista en el Artículo 29, inhabilitados a perpetuidad para ocupar cargos públicos y excluidos de los beneficios del indulto y la conmutación de penas.
Tendrán las mismas sanciones quienes, como consecuencia de estos actos, usurparen funciones previstas para las autoridades de esta Constitución o las de las provincias, los que responderán civil y penalmente de sus actos. Las acciones respectivas serán imprescriptibles.
Todos los ciudadanos tienen el derecho de resistencia contra quienes ejecutaren los actos de fuerza enunciados en este artículo. Atentará asimismo contra el sistema democrático quien incurriere en grave delito doloso contra el Estado que conlleve enriquecimiento, quedando inhabilitado por el tiempo que las leyes determinen para ocupar cargos o empleos públicos. El Congreso sancionará una ley sobre ética pública para el ejercicio de la función.
Y el desastre que estan haciendo en estos dias? Prescribe?
ResponderBorrartal vez el desastre de hoy tenga algo que ver con la criminalidad de ayer. pena que hoy todos podemos decir "esto es un horrible desastre, no los bancamos mas, que se vayan todos" y antes muchos bancaron la criminalidad que otros denunciamos. nos dejaron solos! dejaron que se llevaran camiones de guita, que vendieran el pais, como vendieron decretos (a buen precio, eso si) a los grandes millonarios de la era. que pena!
ResponderBorrarTe dijimos de mil formas que Macri era peor. Vos seguí en el país de Nunca Jamás de Peter Pan.
ResponderBorrarése es, lamentablemente, el estado mental en el que quedaron: river-boca. para mí entre craxi y berlusconi no es necesario elegir: son los dos detestables, y merecen irse (lo dije mil veces, y lo sigo diciendo: que se vayan todos), por distintas razones. en cambio, ustedes se callaron cuando denunciamos a los craxi de argentina, y en ese sentido quedaron alineados con la mafia. lo siento. los hubiéramos necesitado, pero ya es demasiado tarde.
ResponderBorrarEl articulo 36 no esta bien redactado pero solo una interpretación muy forzada puede llevar a la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción. Tampoco es coherente con la relación gravedad-imprescriptibilidad porque los delitos de corrupción no tienen las penas mas elevadas, ni cerca.
ResponderBorrarAlejandro
Roberto. Cuando analizas los temas constitucionales en abstracto, los derechos de las minorías, el dcho a la protesta etc resultas muy brillante. Cuando analizas la coyuntura política, la situación economica de todos los días tu discurso hablando de mafias y camiones con plata resulta muy basico. Una pena
ResponderBorrarAlejandro tiene mucha razón. Si violó y mato sí prescribe, pero si robo 1000 pesos de una caja chica si. Hay que tomar la noción dworkineana de integridad en serio
ResponderBorrarRG, el macrismo ya fue: como dice Jorge Aleman, a uno le parece que no era mas que una suerte de "grupo de tareas" cuyo objetivo era destruir todo lo que hizo el gobierno anterior, estimulando las "pasiones tristes" contra "la Shegua" mientras medios y poder judicial usan el discurso "anticorrupcion" (Macri trayendonos "trasparencia" es un chiste de mal gusto) para asegurarse que "Ella"..."esa mujer" y sus politicas publicas, no vuelva mas. A mi tu coherencia y probidad me sirve de poco, xq el q goberno era Macri, no Jesus de Nazareth en tandem con Rawls y Ghandi. Hasta que no entiendas el motivo de "la grieta", vas a ser funcional a las peores opciones. Yo quiero mejorar lo q hizo el kirchnerismo, pero la opcion era empeorar todo lo q se hacia bien y continuar con todo lo malo pero usando una "neolengua".
ResponderBorrarEs cierto, Alejandro, además en penal están los principios lex certa y ley estricta. No se pueden tironear así los conceptos.
ResponderBorrarDamián: yo digo "conviene volver a leer el art. 36", y vos: "macri gato." escribo 10 páginas tratando de descifrar la delación premiada, y vos "macri trolo." en los últimos tiempos del kirchnerismo, terminamos todos (este blog también) revolcados en el barro de la cloaca, y hace años que todo es un esfuerzo, acá, por poner la discusión en otro lugar. tus comentarios no hacen sino un llamado a volver y volver a la cloaca del river-boca. andá a leer el diario olé para el river-boca, no me interesa volver ahí
ResponderBorrarAyer cuando termine de leer la ole vi que bajaron salario y jubilaciones el 20 % en un dia mientras los republicanos dialogicos hablaban de ackerman.
ResponderBorrarProfesor Gargarella: pero lo que usted está haciendo es dognatica jurídica en soledad. Cómo se relaciona eso con la idea de justicia dialógica? No deben resolverlo las mayorías políticas?
ResponderBorraranonimo, el problema es si uno IMPONE su decision, no si escribe para contribuir a la discusion!
ResponderBorrarDamián: pero para qué lees a esos giles republicanos? además, seguro que están todos vendidos esperando que les pague de de vido a través de la universidad san martín! seguí leyendo el olé que está bárbaro! y esta semana ganaron river y boca, buenísimo!
ResponderBorrarEncima sos hincha de Racing! Siempre en la vereda de la derrota digna vos, jejeje
ResponderBorrarTo lo que veo aquí es que este desastre financiero no es simple inopia del gobierno sino una maniobra concertada y conciente. El gobierno nos ha endeudado en 120000 millones de dólares . La pregunta, tal como se indignaba anoche Edi zunino en el programa de Fantino, es quién tiene esos dólares. Empecemos a revisar por ahí. EMpecemos a mirar el laberinto desde el final y tal vez resolvamos este problema. Cómo fué que nos quedamos con pesos hiperinflacionarios y ciertos grupos tienen en sus manos los dólares que adquirieron superbarato y ahora no podemos acceder? Cómo es que Sturzeneger criticaba ferozmente a las lebacs en un artículo de la Nación jurando que generaban una pelota inflacionaria inmanejable, ya era inmanejable en dos mil quince, y un año después emite una masa de más un millón de lebacs que al no renovarse han generado este desastre financiero? Alguien me explcia? Yo no creo que sean tontos.
ResponderBorrarYo creo que estamos en un ciclo terrible del que no podemos salir: La derecha roba a través de bicicletas financieras y de maniobras económicas. El populismo roba de una manera brutal pidiendo directametne una parte del botin. A cambio de esa parte deja al capitalista que robe a sus anchas que incumpla sus contratos o directametne que no haga nada. Hay que ver Once.
Seamos realistas. Estos grupos políticos nos han entregado. Han destruido el país. Todos ellos. No importa quien gobierne el que viene, viene a hacer muy buenos negocios. PAgni se sorprende de que Macri en esta coyuntura no saque una ley que redefina las licitaciones- ¿Pagni es así de ingenuo?
EN ese contexto no esta de más esta joyita que RG nos presenta, ese artículo de la constitución. No se si ese artículo significa robarse 1000 de una caja o armar un desfalco financiero descomunal como el que han armado Macri y su banda. O pedir un bocado de la mitad del costo de una obra publica que devoran entre el funcionario y el empresario. Creo que ha llegado el momento de hacer cumplir ese artículo. Así no vamos a ninguna parte.
Saludos
insisto: capaz que yo hubiera rechazado tener ese articulo, pero considerar que "sólo una interpretación forzada" me parece insólito. es el propio artículo que incluye esa referencia a la corrupción, junto con los intentos de golpes de estado, y los atentados contra la democracia! nada menos. que no nos guste, que no encaje con el código, seguro, pero lamentablemente, a pesar de los penalistas, es el código el que debe adecuarse a la constitución, y no al revés
ResponderBorrarandrés: no voy a habilitar más discusiones sobre si yo hago tal o cual cosa. discutamos del tema de los post, o no discutamos, o no nos leamos más, pero no sobre mí y mi moralidad o virtud, se finí
ResponderBorrarEl Art.36 de la Constitución refiere a un universo de situaciones bien particularizadas, en lo que atañe a la imprescriptibilidad de las acciones civiles y penales.
ResponderBorrar1) Son personas que han usurpado funciones de las autoridades nacionales y provinciales
2) Esa usurpación se da en el marco de la interrupción del orden democrático
El segundo grupo estaría conformado por aquellos que, no usurpando funciones, incurrieren en grave delito doloso contra el Estado que conlleve enriquecimiento, quedando inhabilitado por el tiempo que las leyes determinen para ocupar cargos o empleos públicos. La prescriptibilidad o no de la acción puede extenderse en este caso, cuando existe esa suerte de separación en función de la distinta categorías de actos? Entiendo que el adverbio también es problemático, en el sentido que lo que parece distinto asume cierta cualidad de semejanza. Lo cual podría alegarse que esa equivalencia también se verifica en la cualidad imprescriptibles de las acciones, sin embargo las penas no son las mismas, e incluso el “corrupto” no sería pasible de ser equiparado a “traidor a la patria”. No?
Si debiéramos recurrir a las discusiones en el seno de la Convención, el único que refiere a la relación entre corrupción e imprescriptibilidad de las acciones civiles y penales es el Convencional Diaz Araujo de Mendoza, el resto de las discusión se centró en “los sediciosos” (sic en muchos casos) e incluso en la duda de mantener la imprescriptibilidad en materia civil por la injusticia que podría representar para los sucesores.
Me parece interesante que si la cuestión se resuelve por vía de recurrir a la voluntad del constituyente, en la medida en que uno solo de ellos expresó que guardaba un vínculo entre delitos de corrupción e imprescriptibilidad, cómo haríamos? Seria relevante una única opinión?
Martha, es recontra sesgado ese analisis. Ni "populismo" ni "neoliberalismo", analisis academicos y votar a...¿Quien? ¿Como formas un frente para derrotar el poder del capital financiero, los bancos y los sectores concentrados? ¿Con Stolbizer y tres amigos tuyos? ¿Seis troscos y 8 profes universitarios copados? Cualquier analisis en el aire te dice "no soy ni blanco ni negro, soy la tercera posicion virtuosa pero sin votos. No analizas politicas publicas posibles, factores de poder, contexto internacional...solo "populistas ladrones" vs neoliberales rapaces. Saca al kirchnerismo, saca a los sectores que votan a Macri..¿Con que te quedas? ¿Haces de cuenta que no existen publicando papers?
ResponderBorrarNo Rodrigo, no es así la cosa. Lo que yo digo es ni delincuentes ni delincuencia. No sé qué contexto internacional hay que analizar. ¿QUerés un país en la región con un modelo similar al del populismo k? Venezuela, miralo donde está. Es un país con renta petrolera y con recursos turísticos. Dubai que es un desierto en medio de la
ResponderBorrarnada mirá donde esta. Ambos países de la OPEP.
Tiene que aparecer otra opción democrática. Y quienes han gobernado tienen que rendir cuentas y dar explicaciones. Sea Macri sea Cristina Kirchner. Yo no quiero salvadores ni redentores. Ellos son funcionarios y tienen que responder por sus actos administrativos.
martha casas
Se entiende la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción porque el enriquecimiento importa un atentado contra el sistema democrático aunque no tuviera origen en un acto de fuerza.
ResponderBorrarEs muy interesante la relación: enriquecimiento contra democracia.
En cuanto a la gravedad del delito, no solo se ha hecho un daño sino que se ha dejado de hacer un bien pudiéndolo hacer.
Y sí, cabe la aplicación del art. 29.
no es una propuesta, sino una pregunta: quieren barrer bajo la alfombra lo que la const. dice de modo explícito? cómo escondemos la conexión (tal vez desacertada, pero explícita) que hace el art. 36 entre afrenta a la democracia y corrupción, en el marco de sus disposiciones sobre la imprescriptibilidad de la acción?
ResponderBorrarLo único que dice de modo explicito es que los autores del enriquecimiento doloso quedan inhabilitados. Porque el constituyente eligió mencionar esa parte de la sancion y no el resto (pena e imprescriptibilidad)? Se olvidó? Pensó que era evidente un aspecto pero no los otros? En todo caso es pésima la redacción.
ResponderBorrarAlejandro