16 abr 2015

La CSJN le abrió la puerta a la cosa juzgada írrita

Despacito, despacito, silbando bajito, y con las firmas de Lorenzetti, Highton y Maqueda. Fuerte golpe con guante de seda, acá

3 comentarios:

  1. Anónimo11:25 a.m.

    Sí, igual hay que tener cuidado con esto. No vaya a ser que mañana se le aplique a cualquier perejil absuelto por un hurto. Resultaría interesante que se fijaran las condiciones bajo las cuales esa doctrina puede ser aplicada.

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  2. Anónimo5:32 p.m.

    Pero esta mal! La corte dijo 280 CPCC como siempre, que tiene que ver lo de cosa juzgada irrita? en todo caso fue la sala I de la camara federal, la de la sentencia, y vaya a saber por qué la CSJN no trato la cuestion. Joaco

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  3. Anónimo7:59 a.m.

    http://www.pagina12.com.ar/diario/economia/2-270706-2015-04-17.html


    Ya era hora que pase algo así, no?

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