UNA MIRADA IGUALITARIA SOBRE EL CONSTITUCIONALISMO. Coordinador: Roberto Gargarella. CANAL YOUTUBE DEL SEMINARIO: https://www.youtube.com/channel/UCytpairtEH8asvyYRt6LQBg/
29 feb 2008
Periodismo made in Argentina
Comentaba por allí abajo lo que me ocurriera hace un par de días. Un periodista de Página 12 me llamó para responder un pequeño cuestionario sobre el tema del matrimonio entre lesbianas, y lo que podría-debería hacer la Corte frente a ese reclamo (acababa de llegar al tribunal un recurso sobre el tema). Dado que muchas veces había tenido malas experiencias con estas entrevistas telefónicas, le propuse al periodista (que, puedo asumir, era una buena persona, bien intencionada), hacer la entrevista por escrito. De ese modo, el texto podría tener (no se si calidad) pero, al menos, algo de precisión: yo sería responsable de las virtudes o defectos del mismo, y no tendríamos nada que atribuirle a los problemas de comunicación oral entre periodista y entrevistado. El periodista acordó con mi pedido y me envió inmediatamente el cuestionario (eran las 7 de la tarde más o menos, yo recién llegaba a casa). Entonces (él me había rogado que respondiera rápidamente), me tomé más de una hora para responder las preguntas, haciendo una pequeña investigación previa, y leyendo algunos textos que creí pertinentes. Terminada la redacción de mis respuestas, le envié esas líneas, insistiéndole en que por favor me avisara si iba a recortar mucho del texto que le enviase. Es decir, le aclaré que para mí era muy importante que la micro-entrevista reflejara lo que había escrito, sugiriéndole que si le parecía que mis respuestas eran extensas, yo las podría recortar. Bueno, la cuestión es que al otro día me encontré, una vez más, con unas declaraciones mías en el diario que no podía reconocer como propias, y que me daban vergüenza ajena, en su desprolijidad, en su descuidado "saltar" de una cuestión a la otra. El centro de mi investigación había desaparecido, las menciones a los casos extranjeros también, y mis dichos habían quedado deshilachados, uno por aquí, el otro por allí. Les paso el cuestionario que me llegó, las respuestas que envié, y el párrafo que resultó publicado
SUS PREGUNTAS Y MIS RESPUESTAS:
Es viable que la Corte avale el matrimonio gay? Podría instar al Congreso a que sancione una ley que lo permita? Por qué?
Es viable en el sentido de que no es un camino constitucionalmente intransitable. La justicia podría instar al Congreso a actuar de un cierto modo, como forma de dar cumplimiento al principio constitucional de igualdad. Más abajo refiero a otras vías de acción, y a algunos casos en donde los tribunales decidieron en tal sentido.
Hay antecedentes en donde la Corte dispuso en su fallo que el Congreso debia aprobar una ley?
Qué podría fallar la Corte?
La Corte puede y debe trabajar en conjunción con el Congreso, muy en particular cuando de lo que se trata es de asegurar el respeto a ciertas libertades básicas. Puede, entre otras alternativas, definir plazos antes de los cuales el Congreso debe remediar o poner fin a una cierta violación de derechos; puede convocar a diversos actores (estatales y no estatales) involucrados en el tema, para que discutan de qué modo resolver el conflicto que los separa; puede sugerirle al Congreso vías de solución frente a un determinado problema.
Se violan leyes, tratados internacionales que dicen que no permitirle a personas del mismo sexo no casarse? Cuáles?
Como en el derecho local, uno puede encontrar respaldo para tal resultado en las referencias internacionales sobre el principio de igualdad. Más específicamente, de todos modos, diría que la posición dominante en la materia es la que sostiene que el derecho internacional ni avala ni rechaza el matrimonio de personas del mismo sexo. Reflexionando sobre el tema, la Corte Constitucional Sudafricana sostuvo exactamente tal posición, en "Minister of Home Affairs v. Fourie," y agregó que dicha situación no podía entenderse como una que "implicara que los modos alternativos de establecer una familia debían quedar, por siempre, privados de una protección legal."
Hay antecedentes en otros países, donde la Corte Suprema instauró el matrimonio gay?
El matrimonio entre personas del mismo sexo existe hoy en Holanda, Bélgica, España, Canadá y Sudáfrica. Los tribunales tuvieron un papel importante, en algunos casos, para favorecer el desarrollo de una legislación favorable al matrimonio entre personas del mismo sexo.
En el caso "Lesbian and Gay Equality Project and Eighteen Others v Minister of Home Affsairs and Others," del 1 de Diciembre del 2005, la Corte Constitucional Sudafricana sostuvo que el no reconocimiento jurídico al matrimonio de personas del mismo sexo era constitucionalmente insostenible, en tanto que el mismo implicaba afirmar que "las parejas del mismo sexo eran marginadas desde el punto de vista del derecho, y que su necesidad de protección y afirmación hacia sus relaciones íntimas como seres humanos era menor que la que tenían las parejas heterosexuales."
En los Estados Unidos, la Corte Suprema de Massachusetts permitió que las parejas del mismo sexo obtuvieran licencias matrimoniales, en el caso "Goodridge v. Department of Health," en donde se determinó que la Constitución de dicho estado exigía que se le garantizase el matrimonio a las personas del mismo sexo, a partir de la cláusula de los "beneficios comunes"
LO QUE SALIO PUBLICADO:
“En el derecho local, uno puede encontrar respaldo en las referencias internacionales sobre el principio de igualdad. Más específicamente, diría que la posición dominante es la que sostiene que el derecho internacional ni avala ni rechaza el matrimonio de personas del mismo sexo. Así que es viable en el sentido de que no es un camino constitucionalmente intransitable. La Justicia podría instar al Congreso a actuar de un cierto modo, como forma de dar cumplimiento al principio constitucional de igualdad. La Corte puede y debe trabajar en conjunción con el Congreso, muy en particular cuando de lo que se trata es de asegurar el respeto a ciertas libertades básicas. Puede, entre otras alternativas, definir plazos para que el Congreso remedie una cierta violación de derechos.”
Y dale para adelante nomás...
27 feb 2008
El espacio público no se negocia
La amable Gabriela Michetti sostuvo que era su convicción, y la de su partido, que "el espacio público no se negocia." Lo dijo al tiempo que ordenaban echar con violencia y palos a los cartoneros que acampaban cerca de las vías del ramal Mitre, en Belgrano (a las pocas horas desalojarían también a centenares de personas de los lugares miserables que habían ocupado, buscando un techo). Nuestro amigazo Rodríguez Larreta repetiría una idea similar, afirmando que "el espacio público no es negociable, es para todos. Cuando está tomado, no lo pueden usar todos. Ellos dicen que no hubo diálogo, pero se agotó el diálogo hasta el cansancio: hace quince días accedieron a irse, pero no cumplieron". Con argumentos contundentes demostró también lo equivocado que estaban quienes decían que el gobierno de la ciudad había actuado ilegal e ilegítimamente, sin orden judicial que amparase la violencia policial utilizada en los desalojos. Dijo entonces, de modo irrefutable, que no había "ninguna duda" de la legalidad del desalojo. Como mantuviera lúcidamente Gerardo Pisarello, en otro contexto: "Quien mendiga, quien se baña en una fuente o quien acampa en una plaza para reivindicar derechos que incumben a todos, se convierte en arquetipo del "ciudadano desviado", al que debe sancionarse de manera ejemplificadora. Quien especula, quien vende ocio, quien produce ruido o contamina visualmente, pero paga lo suficiente por ello, es en cambio discretamente tolerado, cuando no subvencionado o protegido, sin perder en ningún momento su condición de "ciudadano respetable".
Mensaje para Garland
David Garland es hoy, posiblemente, el criminólogo más interesante, inteligente, informado y carismático que se encuentra en el ámbito internacional. Buena persona y para colmo buen mozo, sus estudiantes suelen fascinarse con él. El año pasado lo conocí personalmente, en una reunión de la Law and Society Association, y más tarde nos reencontramos en su universidad. Contra las posiciones democratistas que yo defendía, él argumentó que básicamente no había que guardar ninguna esperanza sobre la posibilidad de restablecer una conexión fuerte entre derecho penal y decisiones mayoritarias: esa relación siempre terminaba mal y con penas mayores. Hm. I disagree, y hay base empírica para hacerlo (hay unos excelentes estudios empíricos, hechos al calor de las horribles leyes del tipo "three strikes and you are out" que demuestran, por caso, que las convocatorias públicas organizadas a partir de procesos de debate terminan de modo MUY diferente que las meras convocatorias a que la gente "diga algo" sobre el nivel de las penas -i.e., de ningún modo tienden a "disparar" las penas hacia arriba. Garland, que conoce todo en materia penal, conocía también estos estudios que yo le cité, pero mantenía su posición. Pero podemos hablar de estos trabajos en otra ocasión). Ahora me interesaba señalar que, luego de leer un libro de Pierre Rosanvallon, "La Contrademocracia," volví a recordar aquella discusión con Garland, ya que P.R. se refería a las decisiones penales de los primeros jurados populares en Francia (nota al pie: Rosanvallon no es santo de mi devoción, y me gustaría que alguien me explicara qué es lo más atractivo de su obra. Él me parece informado y progresista, pero su obra no me resulta especialmente excitante). Decía que estaba leyendo a Rosanvallon y sus referencias al jurado popular. Y ahí me encontré con una bonita cita del libro "Les Tribunaux criminels sous la Révolution et l' Empire, 1792-1811," en donde se da cuenta de algunas cifras interesantes. Entre ellas, se menciona (y lo cita P.R.) que "Incluso durante el Terror...cerca de tres cuartos de los acusados políticos del período fueron declarados inocentes (por los jurados). En el contexto termidoriano que siguió, se encuentra la misma repugnancia a condenar." La cantidad de absoluciones podían alcanzar el 30 o 40% de las decisiones, y luego de que se incluyeron legislativamente las "circunstancias atenuantes," en 1840, el 68% de los fallos de condena incorporaron tales atenuantes. Pas mal para los jurados populares!!!
26 feb 2008
Habemus preocupación
Hace tiempo no puedo dejar de estremecerme un poco por este breve, pero muy interesante, episodio institucional. En su tiempo, se me pasó el video a pesar de que al tema lo seguí por arriba y con preocupación por las notas de los diarios locales y un poco por la web.
Este episodio sucedió en agosto pasado, aproximadamente, en las audiencias del senado de Alberto Gonzalez, ex-Procurador General de EEUU. En esas audiencias, Gonzalez explicó un poco su interpretación de la Constitución de los Estados Unidos siendo esta, al menos, en extremo peculiar, dado que niega la existencia del derecho de Habeas Corpus, tanto que el senador que lo recusa, aparentemente el chair de la public hearing, quedó como un paladín del sentido común del constitucionalismo.
Una versión extendida del debate del senado, aunque filtrada por la media, parece arrojar luz sobre algunas razones de su renuncia y retiro anticipado.
Pero efectivamente esto ya es pasado (reciente). Salvo para los que están esperando que se cumpla la implementación del fallo de la Corte Suprema de Estados Unidos, estimo que pueden ser Rasul vs. Bush y otros, sobre los detenidos en Guantánamo. El caso es "interpretado" por el mismo Gonzalez y esgrimido por el Senador que lo está enfrentando de una forma muy interesante, porque enfatiza el rol de la misma Corte, en las audiencias y en el debate político.
En el futuro veremos qué dice y, sobre todo, lo que más me importa, qué decide la Supreme Court, cómo condiciona e impacta (si impacta) su decisión en la institución que ejerza la persona que sea futur@ president@. Principalmente ante los casos que siguen en la corte como Al Odah vs. United States. Será interesante ver cuándo lo hará, lo decidirá, y cómo será la dinámica política en el nuevo escenario (electoral y/o post-electoral).
Por eso lo preocupante también es lo que viene, lo que viene.
25 feb 2008
Ficciones
En la línea del Diputado Luis Cicogna, el supremo nonagenario Carlos Santiago Fayt nos deja mucho más tranquilos, cierra el círculo y afirma -en una batería de muy discutibles respuestas- que no hay problemas en el sistema de poderes -¿hiper-presidencialismo?, ¿dependencia del poder judicial?, ¿delegativismo parlamentario?, ¿inercia y quietismo en la implementación de las sentencias de la propia corte? - porque "en la Argentina se puede decir que hay dos poderes" -¿cuáles?- y que ahora hay "una verdadera Corte Suprema" -¿la anterior era de mentira y sus votos una simple ficción?-
Otro tema son los records y las peculiaridades de la Corte Suprema ('80, '90 y '00), dentro de las cuales, el mismísimo Fayt puede ser una prueba de ellas.
Volviendo al tema, dado que no hay problemas por estudiar, habrá que dedicarse a otra cosa.
A veces dan muchas ganas.
To be continue....
PD: No puedo evitarlo. Sabemos que trabaja tanto -a tan elevada edad!!!- por eso nos solidarizamos con sus afirmaciones en este video.
Obviamente las afirmaciones se sostienen si aceptamos una teoría de las ficciones -a la Bentham/Marí- y olvidabamos lo que se sabe hace tiempo pero que J. Massoni explicó -en La Nación- de esta forma que trascribo acá bajito. Será cuestión de seguir los indicios y ver qué pasa:
-¿Explíqueme por qué dice que la Corte Suprema está integrada por 200 jueces?
-Es simple. Porque hay siete ministros (en el pasado fueron cinco y luego nueve), pero además 193 secretarios de Corte que tienen el rango de jueces de Cámara o jueces de primera instancia. Esto sucede cuando, para toda la Justicia nacional -la federal para el país entero y la local para la ciudad de Buenos Aires-, los magistrados son 810. Por eso, la comparación duele por absurda. Existe un gran problema de sobredimensionamiento del poder de la Corte que, paulatinamente, a través de los años, fue tomando competencias sobre más y más cuestiones, básicamente a partir de la llamada "doctrina de la arbitrariedad". Esto originó varios problemas, como la imposibilidad de los jueces de la Corte de resolver los asuntos por una cuestión material y la lentificación de todo el proceso judicial. Además le quitó valor a las decisiones de los jueces de instancias inferiores, de los lugares donde efectivamente se habían suscitado los problemas. Hay algunos indicios de que la Corte está ahora intentando desembarazarse de estas cuestiones.
22 feb 2008
Para anarquistas, el cine de Iosseliani
Bueno, si hablamos de anarquistas, yo hoy prefiero a Otar Iosseliani, director de cine nacido en Georgia, en 1934, y auto-exiliado en París desde 1982. Iosseliani no pudo soportar la censura que sufrió en su país y que impidió la circulación de varias de sus películas (lo que lo llevó a no poder filmar durante casi una década). Aún así, es notable reconocer cómo, aún en sus peores momentos, se las ingenió para producir un cine libertario, sutilmente subversivo. Ahí está, por caso, la orquesta precisa, prolija, impecable, y el músico algo borrachín, que llega siempre tarde a los ensayos, que escapa por la puerta trasera, que salta por la ventana y va a ver a su amante. Desde sus días en París, sus películas acentúan esos rasgos disruptivos, con nobles venidos a menos; ricos que prefieren vivir lavando platos; ancianos que abandonan la sociedad desencantados, y se ponen a jugar; sujetos que derrochan lo que no tienen; un pelícano giogante que cruza la escena, lleno de colores; individualistas que andan por ahí, sentados en los techos, mirando el mundo desde lejos, desde afuera.
Comunitarista en un punto, sus relatos retoman en parte el sueño de la comunidad perdida, nostalgia de otro tiempo, dolor por la vida que fue y no es. Ayer ví Jardines de Otoño, su última película, y me encontré con lo mejor de él: un Ministro vago e irresponsable, rodeado de oropeles, que es expulsado de su puesto y recibido feliz, jocosamente por su madre (Michael Piccoli!), cuando a él ya no le queda una lira in tasca. El ex Ministro deambula por la ciudad, se mezcla ligeramente con inmigrantes desclasados y okupas, vive feliz tomando un poco y rodeado de tanto en tanto de sus conocidos de siempre.
Y luego leí algunos reportajes al viejo, en donde siempre recuerda a su Georgia natal y habla de su imposibilidad de volver a filmar allí porque -nos dice- “el virus del mercantilismo y el egoísmo” entraron con fuerza, convirtiendo a su vuelta en una situación “demasiado dolorosa” para repetirla. Otar, me saco el sombrero y te saludo
21 feb 2008
Un poco de anarquismo
Estuve leyendo "El Anarquismo frente al derecho - Lecturas de Propiedad, Familia, Estado y Justicia" del Grupo de Estudio sobre Anarquismo del Instituto de Investigaciones Gioja de la Facultad de Derecho de la UBA.
Fue publicado en la colección de Utopía Libertaria que tiene otros interesantísimos trabajos de Bakunin, Ferrer, Proudhon, Coelho, Peiratz y Stirner.
Este y los demás libros se pueden conseguir por dos vías. Todos los libros están online en esta página pero también en la avenida corrientes y en otros lugares se consiguen a excelentes módicos precios.
El libro que leí (selectivamente) contiene estudios del pensamiento anarquista clásico de Ánibal D'Auria, Elina Ibarra, Martín Aldao, Leticia Vita, María Emilia Barreyro, Juan Balerdi, Luciano Fornasero y Pablo Taboada en relación a los más diversos tópicos: una introducción al anarquismo, una aproximación a la relación derecho-anarquismo en Bakunin, un estudio del anarko contractualismo, una exploración sobre teoría política anarquista, una indagación sobre la propiedad, el trabajo y el salario, un artículo sobre relaciones matrimoniales, mujer y matrimonio, un análisis del pensamiento de Kropotkin en referencia al estado y a las prisiones, una investigación sobre el anarquismo frente al delito y la pena, un trabajo sobre las nociones educativas anarquistas y un último artículo sobre arte popular anarquista en Argentina.
El libro viene con un muy interesante apéndice de folletos y textos breves de difusión de diversos anarquistas históricos locales e internacionales como Carlo Cafiero, Ricardo Mella, Juan Crusao, Federico Urales y Rafael Barrett.
Trascribo "Los Jueces" escrito por Rafael Barrett:
"Cuando se piensa algún tiempo en los jueces, nace por contraste la idea de la justicia.
La sociedad, en todas sus formas estables, se compone de una minoría armada, dominando a un mayoría desarmada. Goza la minoría, ya del hacer, ya del oro, ya de la confianza de los dioses. La mayoría se sostiene gracias a un extraño e implacable furor por vivir: los sufrimientos hacen que el hombre ame la vida, y que la mujer sea fecunda. Las relaciones entre la minoría y la mayoría son asesoradas por los jueces, que pueden considerarse tenedores de los libros de la casa. Esos últimos empleados se enteran de lo asuntos pendientes, y reciben de la minoría las instrucciones y la autoridad necesarias para revelarlos. El pacto celebrado entre la minoría y los jueces es la ley.
Notemos que el pacto es forzoso, pues no se concibe jueces sin gendarme, cárcel y el verdugo, que son la fuerza, y la fuerza pertenece a la minoría.
Por definición, la ley se establece para conservar y robustecer las posiciones de la minoría dominante; así, en los tiempos presentes, en que el arma de la minorías es el dinero, el objeto principal de las leyes consiste en mantener inalterables la riqueza del rico y la pobreza del pobre. Llega el instante de que la idea de justicia nazca al poderoso, y al humilde, injusta. Sin embargo, nace la idea en sentido contrario: el poderoso encuentra la ley, todavía estrecha a su deseo, y el humilde se conformaría con que la ley se cumpliera como se dice y no como se hace.
Hay algo peor que la ley: es la incertidumbre. El terror del infierno se debe no a que las torturas sean excesivas, ni a que sean eternas, sino a que no se sabe lo que son. El que delinque y sabe que será ahorcado, descansa en un realidad espantosa, pero firme. Si ignora qué género de suplicio le espera, su angustia sería intolerable.
Los jueces prevarican algunas veces, y muchas, se equivocan. De aquí procede su prestigio. Un juez infalible no amenaza más que a los culpables; un juez que yerra, amenaza a culpables e inocentes. Él es el juez verdaderamente augusto; nada escapa a sus ojos; nadie está seguro con él. Y la idea de justicia, en la mente de los humildes, nace menos verosímil aún que el país de utopía, que la edad dorada; es una ventanillo abierto en lo alto de la prisión, sobre el infinito azul del cielo; es lo irrealizable, lo que florece más allá de la tumba. Sólo Dios es justo: para salir por el ventanillo, hacen falta las alas de la muerte. Y únicamente en las épocas felices, cuando durante largos años son los jueces incorruptibles, esclavos de lo escrito, es cuando los hombres empiezan a descubrir las formidable injusticia de las leyes".
"Fuente citada: Obras completas II, Ediciones Solidaridad Obrera, París, 1954 págs. 329-331".
Rafael Barret, nació en 1876 en España y murió en Francia en 1910. Desarrolló la mayor parte de su producción literaria en Paraguay. En 1903 viajó primero a la Argentina y luego a Paraguay, Uruguay y Brasil. Su obra se publicó casi integramente en periódicos de Paraguay, Uruguay y Argentina. Durante su vida sólo vio publicado un libro, Moralidades actuales, que cosechó un gran éxito en Uruguay, cuya intelectualidad siempre conectó con Barrett (Reseña del autor citado, pág.291).
Justo que crecíamos se cerró la canilla!
Parece que el país viene creciendo y, sobre todo, recaudando mucho -como pocas veces en su historia- en ciertas áreas -típicamente, el campo, el turismo. Pero...caramba! Justo cuando estaba por venir el famoso "derrame" parece que la canilla estaba cerrada, y los bordes de la fuente impermeabilizados! Y del "derrame" ni me acuerdo! Según los diarios de hoy, en el ránking de los salarios en la Argentina, los sueldos más bajos son...los del agro y los de hoteles y restaurantes!!!! Pero qué pasó?? Nos falló la teoría?? O es que nos venían engañando??
Justicia y salud mental
Esto saqué hoy en Página12, instigado por algún amigo en la Corte, ante una interesante sentencia de por allí, sobre los derechos de los internados con problemas mentales.
19 feb 2008
Turismo académico-sexual
Siguiendo con los aportes de los amigos colombianos, transcribo una valiosa carta que me hiciera llegar ayer nuestro conocido César Rodríguez, en respuesta a un (digámoslo así) llamativo, asombroso texto del renombrado jurista español García Amado, contando sus "experiencias" (y sobre todo, las de sus colegas españoles) por Colombia. Vale la pena leer el texto (me pregunto si este tipo de "experiencias" y "testimonios" también quedarán incorporados al test de españolidad que nos promete Rajoy). Ahí va:
"Sabíamos que existía el turismo académico, ese que hacemos todos los profesores en los ratos libres que dejan las clases o congresos en ciudades ajenas. Y, por supuesto, que existe el turismo sexual, el que les da de comer a las agencias de prepagos y que tiene inundados de machos europeos a Cartagena, La Habana o Rio de Janeiro.
Pero faltaba un blog de un conocido jurista español para ver de frente la síntesis perfecta: el turismo académico-sexual. Turismo en el que destacan algunos académicos españoles en sus andanzas por estas tierras, a juzgar por lo que dice su autor, Juan Antonio García Amado, profesor visitante más de 40 veces en Colombia.
Comienzo por hacer dos advertencias bien claritas: mi crítica al blog no es nacionalista, ni va contra la academia española en general. Lo primero porque aborrezco el nacionalismo y porque el problema no es que un intelectual español se venga lanza en ristre contra la “patria”, como la llaman ahora tantos en Colombia sacando pecho y con la mano en el corazón. Lo segundo porque, como en todas partes, en la academia jurídica española hay mucha gente competente y responsable que, imagino, tomaría distancia de lo que dice García Amado (y que ojalá lo hagan más temprano que tarde).
Ahora sí, al punto: el blog me parece tan agudo como infame. Agudo al retratar el lado oscuro de tantos posgrados colombianos y latinoamericanos que esconden su mediocridad detrás de una lista de profesores españoles invitados que, oh sorpresa, son tan mediocres como los profesores y estudiantes locales que se descrestan con el sólo acento. Infame al olvidar convenientemente la responsabilidad que le cabe a los profesores españoles en semejante embuste. Y al no darse cuenta de que hace rato nos pillamos el engaño y que ningún académico serio en Colombia o en América Latina daría un peso por la carreta que vienen a repetir a ingenuos y perezosos por igual. Pero dejemos que sea el propio García Amado el que nos cuente la historia de esta nueva colonización a partir de su gozosa experiencia:
“Han vuelto los pícaros conquistadores, pero ahora bien avenidos con los caciques locales. Les estamos enseñando liderazgo empresarial, teoría de la comunicación, técnicas de negociación, ciencia de las finanzas, filosofía deconstruccionista y Derecho constitucional, mucho Derecho constitucional. A tanto la hora y una prima por derecho fundamental que se crean. Los espejitos de hoy tienen nombre de filósofos alemanes o gringos, incrustaciones de esotéricas doctrinas y forma de títulos oficiales. Doctor, que mire que me gustaría hacer un doctorado y no sé cómo. Pues lea, buen hombre lea y luego se lo piensa. Ay, doctor, pero es que yo preferiría unos cursitos, mire que ya tengo especialización y maestría y con poco más me apaño. Pero, caramba, debería hacer usted una investigación larga y complicada para doctorarse. Pues mire que han estado aquí unos señores de una universidad de Madrid y nos han comentado que nos convalidan todo y que con poco más y veinte mil euros nos conseguimos el título. Pues váyase con esos tipos y que le nombren hasta cardenal, hijueputa, malparido.”
Tiene razón García Amado en lo de los espejitos: muchos estudiantes así me he topado. Pero lo que no dice es que en los mismos espejitos se refleja su rostro cínico y el de sus colegas, que siguen el juego mientras cobran en euros. Y que ya ven como parte del paquete de remuneración la nada incierta promesa de sexo tropical (con “una escapadita a Cartagena, por la cosa del color”):
“A los colombianos les gusta mucho que los profesores extranjeros les cuenten cosas de gran empaque y mucho vestir. Les apasiona el soniquete doctrinal. Su mérito tienen, pues después de levantarse de madrugada, trabajar diez horas y pasarse otras dos en el atasco, que aquí se dice trancón, sacan tiempo y fuerzas para aguantar dos o tres horas más de serenata teórica en la especialización o la maestría. Qué más se les puede pedir. Se quedan con la música y la letra les interesa bastante menos. Mire doctor, la semana pasada nos dictó clase el doctor M. que es español y un berraco del Derecho, ¿no le suena? No, de nada, ¿qué escribió? No sé qué escribiría, doctor, creo que trabaja en la judicatura; pero es el Putas y un rumbero de primera. Se comió dos viejas de nuestra clase el tipo, puro genio…”
“Los que han venido más ya saben, pero a los extranjeros novatos hay que advertirlos a tiempo. A algún amigo llegué a escribírselo bien clarito antes de que cogiera por primera vez el avión hacia acá: mira, colega, cuando una colombiana jode contigo es porque tiene las mismas ganas de joder contigo que tú con ella, no le des más vueltas. Aquí a joder le dicen tirar o comer. Es que uno ya ha visto demasiados compatriotas metidos en verdaderos desastres: mira, que estuve con una colombiana maravillosa que me parece que me quiere y me siento muy comprometido con ella, creo que voy a replantearme mi matrimonio. Y así varios. Y quién es ella, acaba uno por preguntar. Te lo diré en confianza, es X. Hostias, la misma en los tres casos. Prodigio de hembras.”
Pues ya sabemos por qué muchos colegas españoles llegan tan disminuidos a clase y sólo atinan a balbucear comentarios refritos sobre Kelsen, Foucault, Habermas o Luhmann. O defensas tan apasionadas como anacrónicas del positivismo jurídico. O respuestas trilladas a preguntas tan novedosas y brillantes como si el derecho es una ciencia. Para no hablar del machismo de los sementales metropolitanos que sostienen la conversación en el blog. Machismo que, claro, suponen que nadie nota por acá porque, al fin y al cabo, la nuestra es una “sociedad machista a carta cabal”, donde “los estudios de género se los hacen con afeites y medias de seda”. Irónico giro histórico del colonialismo: pasamos de la conquista de Indias a la conquista de indias.
Pero el machismo palidece en comparación con el cinismo profesional que sale a flote en perlas como esta, en la que el autor nos cuenta una conversación típica con un estudiante que le pregunta: “Doctor, a mí me interesaría hacer una investigación sobre teoría de la decisión administrativa desde el punto de vista de la teoría de juegos, la teoría de sistemas y la lingüística estructural, ¿qué lecturas me puede recomendar?” Y él responde: “Las primeras veces te quedas apocado, piensas que ahí te pillaron y, por no callar, les recomiendas que comiencen por Elster, Luhmann y Saussure. ¿Elster es con hache, doctor? ¿Liuman se escribe así como suena? Luego vas aprendiendo. Te puedes inventar los autores, no pasa nada. Mire, sobre eso hay un libro muy bueno de Lockerbie y otro de Stammtisch. Y tan contentos. Nunca se van a molestar en descubrir el engaño.”
Ahí, repito, es donde se equivoca: todo el mundo se pilla el engaño. Otra cosa es que le sigan el juego al conquistador que, como siempre, supone la ingenuidad del noble nativo. Porque el negocio es redondo también para los que siguen el juego: una maestría o un doctorado sin dolor, con profesores rumberos que no rajan a nadie aunque no contesten ni un correo electrónico al regresar a casa. Estarán ocupados recuperando el tiempo perdido con sus familias, digo.
El broche de oro viene con esta invectiva contra los intelectuales locales:
“Muchos intelectuales viven de la guerra, que aquí no se llama guerra, sino conflicto. El día que se acabe el conflicto, adiós chollo. El esquema siempre es el mismo: un grupo de profesores sin corbata ha elaborado un programa sobre alternativas para la paz o estrategias de reconciliación, con muchas citas en inglés y varios párrafos de Boaventura de Sousa Santos, y paga casi siempre una ONG noruega. Vuelan los muy sesudos eruditos del dólar a las ciudades conflictivas pero no tanto, y se echan en cada una una novia, como los marineros de antaño. Luego le pasan una encuesta al alcalde y otra al jefe del puesto de policía y con los resultados envían a Oslo un memorandum con manchas de semen. Los noruegos piensan que se trata de sangre, sudor y lágrimas y aumentan la dotación económica, ya que los esfuerzos pacificadores van de vicio.”
“…Proliferan los grupos de investigación y los proyectos de investigación en todas las universidades. Siempre con variantes interesantes. Unos versan sobre violencia y justicia; otros sobre justicia y violencia. Hay muchos sobre Derecho y globalización, pero no menos que sobre globalización y Derecho. Lo del género también se va metiendo poco a poco, aunque todavía se les escapa la risa y la cagan.”
No creo que el veneno de este comentario venga del deseo de desacreditar a la competencia: al fin y al cabo, si le creemos a los comentarios anteriores, aquí hay cursos y mujeres para todos. A mí se me hace, más bien, que es la nostalgia propia de una academia donde abundan los sectores en decadencia: los de tantos glosadores, traductores y clases de 500 estudiantes. Nostalgia de tener una academia y unas ONG a las que les importe el sufrimiento fuera de la torre de marfil y que estén dispuestas a arriesgar la vida en el intento. (Imagino que alguien le habrá contado a García Amado que en las “ciudades conflictivas”, además de novias, hay bala para todo el mundo).
Afortunadamente tanto aquí como en España la gente seria está en otro cuento."
www.cesarrodriguez.net
Buena nueva: el Congreso funciona de modo casi impecable!
Ayer en Clarín apareció este artículo, del Dip. Luis Cicogna, criticando uno que yo había publicado hace unos días, y que fuera objeto de debate con El Criador de G. (aquí). Criador, volvé, te perdonamos!!
18 feb 2008
Del amigo Oscar Parra Vera, del Uprimnysmo Ortodoxo
Él no quiere que lo llame así, pero se lo merece. Es un amigo colombiano, Oscar Parra Vera, que manda una carta-mail-comentario sobre un post anterior. Es abogado colombiano, uprimnysta de los mejores (por los fructíferos años que pasó trabajando junto al gran Rodrigo Uprimny), y actualmente abogado de la Corte Interamericana y, según propia y adecuada descripción, aprendiz de inconforme...Un maestro.
Nos dice:
"Roberto, en uno de tus post anunciaste que estás escribiendo sobre, inter alia, el Caso Barrios Altos y otras cosas de justicia frente a los abusos del pasado. Y me acordé de tu columna de 30 de julio de 2007 en Clarín titulada: "Corte: polémica justificación para decisiones clave". Allí afirmaste que
“en [la sentencia sobre] los indultos— la Corte pecó, en cierto modo, por exceso —por querer hacer, de la mejor buena fe, lo que por sí sola no puede hacer. La decisión de la Corte se basó, en este caso, en dos argumentos centrales: el ius cogens (una especie de derecho natural de la comunidad internacional); y la jurisprudencia de los tribunales internacionales (especialmente, casos como "Barrios Altos", decididos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos).
"Es un problema, según entiendo, que cuestiones de una trascendencia tan extraordinaria (violaciones masivas de derechos humanos) terminen siendo susceptibles de reproche a raíz de principios de ius cogens que nadie conoce ni nadie sabe quién los define; o decisiones de un tribunal internacional de difícil acceso, que no sabemos con qué criterios decide, a cuyos miembros ni conocemos, y a quienes no tenemos forma de controlar". "No creo que sea asumir una postura preciosista decir que políticas tan centrales como las de derechos humanos no deben depender de criterios que no discutimos y que de hecho ignoramos, fijados por personas que desconocemos por completo".
“La Corte ha hecho, en parte, lo mejor que podía hacer para poner fin a una historia de vaivenes y abusos (que incluyó leyes de autoamnistía, leyes de perdón e indultos). Sin embargo, su decisión deja al desnudo la fragilidad de toda nuestra construcción de políticas de derechos humanos, sujetas a la discrecionalidad presidencial de ayer o al decisionismo de hoy”.
Tienes mucha razón en gran parte de tus argumentos. Solo me interesaba comentarte algunas opiniones y me interesaría mucho conocer tu artículo definitivo.
EN CUANTO AL IUS COGENS
No soy experto en el tema pero históricamente el concepto surgió precisamente para enfrentar a países que se negaban a reconocer cualquier tipo de supervisión o control internacional en el marco de los sistemas de protección. Sudafrica, por ejemplo, decía que el apartheid era su costumbre local y que no se le podía imponer una costumbre internacional. Frente a ello, se impulsa el concepto de ius cogens para decir "hay una costumbre, ya universal, unas normas imperativas que no son transables y que un estado no puede desconocer oponiendo una costumbre local" o algo así. Y entonces se impulsan prohibiciones de ius cogens, como la prohibición de discriminar, por ejemplo, entre muchas otras cosas. No defiendo que el concepto esté bien construido argumentativamente, pero creo que tu artículo minimiza su base política al igualarlo con el derecho natural. En similar sentido estoy trabajando un artículo sobre el contenido esencial de los desc, señalando que si bien allí hay mucho de metafísica, su construcción y uso ha sido político y ha permitido que incluso algunos tribunales impulsen, por ejemplo, la justiciabilidad de los Desc.
Por supuesto, no es lo deseable pero creo que eso pasa con estas sentencias como Barrios Altos o la Cantuta. En estos casos si bien se reúnen un conjunto de valiosos estándares jurídicos, a mi juicio, constituyen escenarios políticos, es decir, escenarios donde se proyectan luchas políticas que se habían venido dando desde hace varias décadas y a las que les llega su momento jurídico. En Barrios Altos es posible inferir de los alegatos presentados por el Estado que para éste era importante conseguir un apoyo jurídico de la Corte para poder inaplicar la amnistía. En el Caso La Cantuta, es de importante valor político la determinación de obligaciones de cooperación interestatal respecto de la investigación y eventual extradición de presuntos responsables en casos de graves violaciones de derechos humanos, lo cual constituyó un gran apoyo para lograr la extradición de Fujimori. Con estos ejemplos lo que trato de señalar es que es de la mayor importancia que en la sentencia sobre indultos se haya citado a Barrios Altos. Y que el escenario de la Comisión y la Corte Interamericanas constituyen escenarios que se luchan política y jurídicamente, precisamente por ese impacto que pueden tener, por el apoyo que podrían dar a luchas en el ámbito interno (en ocasiones podrían obstaculizar o dificultar esas luchas, pero la regla general ha sido apoyo). Precisado lo anterior, el debate es en torno a la rendición de cuentas por parte de la Corte.
SOBRE LA RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA CORTE INTERAMERICANA
Creo que tienes razón. Casi nadie conoce a la Corte IDH. Por esta razón se han impulsado recientemente viajes por diversos países, incluyendo Argentina (2006). Obviamente, ello es insuficiente. Por lo pronto, quisiera comentarte de algunas aristas que, en mi opinión, tienen que ver con esta discusión sobre la rendición de cuentas de la Corte. Estoy trabajando en un artículo sobre el activismo judicial de la Corte Interamericana (“El activismo judicial de la Corte Interamericana: escenarios de caracterización y discusión"). Indago sobre el sentido que ha tenido el activismo progresista de la Corte (lo que se hace en Velásquez Rodríguez con la desaparición forzada –algo casi impensable en aquella época-; en reparaciones y en casos como Barrios Altos) pero también sobre el carácter pasivo que en ocasiones podría tener este tribunal, sea porque no se pronuncia tan a fondo sobre ciertas cosas o porque no enfrenta con mayor fuerza el incumplimiento de sus fallos, etc.
Lo que pretendo es utilizar investigaciones empíricas y teóricas sobre el activismo judicial de otras cortes (particularmente Estados Unidos, Colombia, Argentina, India, Sudáfrica y México -hay muchos más, pero son los que medianamente conozco y no he tenido tiempo de investigar a profundidad el estado del arte-). Estos trabajos tratan de responder a la pregunta de por qué y en qué sentido un tribunal es, no es o debería ser activista. Además, caracterizan los activismos de tipo progresista y de tipo conservador. Mi propósito es tan solo plantear rumbos de investigación, escenarios de caracterización
y algunas cuestiones de diseño institucional.
Así por ejemplo, las diferencias entre el activismo judicial a nivel nacional y a nivel internacional. A nivel interno, a veces, algunas fuerzas políticas luchan por situar jueces, lo cual hace que éstos tiendan a representar, en gran número de casos, ideologías más marcadas. A nivel de la Corte IDH, pareciera operar más una lógica de bloque de países –por ejemplo, Centroamérica y los países del Caribe son dos bloques muy definidos-, y a veces se reflejaría cierta tensión entre tradiciones jurídicas -common law, derecho continental, lo cual tiene influencia fuerte en aspectos como la valoración de la prueba-, lo cual hace que valga la pena analizar hasta qué punto se proyectan con menor fuerza ciertas ideologías políticas, o si se proyecta como regla general una lógica poco activista. Mi punto es que en los ámbitos internos pareciera que, a veces, los jueces de cortes constitucionales son deudores de fuerzas e ideologías políticas que, en alguna medida, hace que proyecten cierto activismo.
Otro escenario es lo que implica que las cortes nacionales funcionen por despachos (es decir, un juez y sus clerks) y que la Corte IDH funcione como un único superdespacho. Mi tesis es que en tribunales activistas fueron despachos activistas los que jalaron a despachos moderados –o en algunos casos, mediocres- mientras que un único superdespacho es más proclive a autorestricciones teóricas. Este es un tema de diseño institucional.
Otro ejemplo es la lógica de "argumentos teóricamente incompletos" (Cass Sunstein) con la que, en mi opinión, podría llegar a analizarse gran parte de la jurisprudencia de la Corte IDH. Mientras que en los ámbitos internos las disidencias juegan un rol político de importancia (ver la tesis de Dworkin sobre las buenas razones constitucionales de los salvamentos y la relación que éstas podrían tener con la desobediencia civil) la inexistencia o excesiva minoría de votos disidentes en la Corte IDH pareciera indicar que se persiguen consensos que, en ocasiones, tienen como costo el sacrificio de interpretaciones más vanguardistas o activistas. Es tan solo una hipótesis muy preliminar. Sobre este tema del consenso uno podría analizar hasta qué punto, quizás, algunos votos razonados son materialmente votos disidentes.
Aquí también hay un tema sobre "las restricciones" / "presiones" que enfrenta un tribunal como la Corte, por ejemplo, la posibilidad de que un Estado se retire de la Convención o de la jurisdicción de la Corte. Los documentos de las discusiones de la Asamblea General, del Consejo Permanente o de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos de la OEA son una base para analizar esto, la forma como critican los montos otorgados en reparaciones, la forma como algunos Estados están actuando cada vez más en bloque y lo que eso podría generar en términos de autorestricción.
Finalmente está el manejo "prudencial" o “formal” de algunos allanamientos y desistimientos", según se pueda ver en los textos de las sentencias. En las primeras sentencias en las que se debía valorar un allanamiento (esto es, el reconocimiento de responsabilidad por el respectivo Estado), pareciera que la Corte se limitaba a hacer una declaración muy formal de la violación. En casos posteriores, a pesar de un reconocimiento de responsabilidad, que siempre es algo positivo, la Corte entra a calificar lo ocurrido, quizás en orden a salvaguardar la verdad histórica. Este punto es relevante porque algunos Estados, luego de allanarse, solicitaban que no se hiciera audiencia pública o no se admitiera cierto tipo de prueba o de debate bajo la lógica de que “ya hubo allanamiento”. Allí podría existir una tensión entre narrativas activistas y autorestrictivas.
A lo anterior sumaría las dificultades en la supervisión de cumplimiento de las sentencias como otro escenario que genera retos para el activismo de la Corte. O que podría mostrar, en alguna manera, que su eventual activismo podría resultar, en algunos casos, más retórico que real, si una determinada orden no se llega a cumplir. Vale la pena recordar que ante el incumplimiento de órdenes de la CIDH o la Corte IDH solo proceden mecanismos de sanción “moral” o “política” a través de resoluciones de la Asamblea General. Es decir, que son instituciones que no tienen muchos “dientes”. Por eso, la gran importancia que tienen es por las implicaciones que puedan tener sus fallos, una de ellas, su uso por parte de tribunales internos.
En fin, este tipo de escenarios son los que quiero plantear. Quizás aplicar lo anterior en un caso concreto como el de justicia transicional y los casos colombianos, donde podría ser interesante analizar fragmentos de las sentencias que podrían ilustrar sobre restricciones que tiene un tribunal internacional para ser activista. Esto también se relaciona con el diálogo jurisprudencial entre la Corte IDH y las Cortes Nacionales, como se da en la sentencia de indultos, en el Caso Simón y etc etc.
Como se observa, son temas muy complejos y que quizás sea más difícil para mí escribir sobre ello mientras sea funcionario de la Corte. Pero el artículo va en camino, quizás algún día.
El tema es el sentido que pueda tener lo que hace la Corte IDH y cómo nos pensamos una mejor rendición de cuentas de la misma. En lo que te quería insistir es en que el Caso Barrios Altos es la culminación de un proceso –político- de varias décadas, que ello era impensable hace mucho tiempo y que es muy valioso que la Corte Argentina haya utilizado este precedente en el caso de los indultos. En este contexto, es de la mayor importancia que el sistema interamericano cobre sentido, es decir, que a través de las decisiones de la Comisión y la Corte IDH sea posible irradiar estándares hacia muchos países. Ello hace parte de una inserción, positiva y valiosa, de estándares de derechos humanos en las políticas de derechos humanos del ámbito interno de los Estados. Este horizonte es el que me parece un poco ausente en tu artículo. Pero creo que tienes razón en muchas cosas y creo que este tema de la recepción del derecho internacional de los derechos humanos en el ámbito interno siempre lo hemos visto como algo per se bueno pero que quizás es mejor repensarlo en algunas cosas. En fin, ante todo esto era para enviarte un abrazo"
Oscar
16 feb 2008
Unión blogal por Tucumán
En un modesto esfuerzo conjunto por destacar lo ocurrido en Tucumán, a partir de la impugnación judicial a la auto-favorecedora reforma constitucional Alperovichiana, nos juntamos virtualmente con el colega blogal Gustavo Arballo, y escribimos esto que salió hoy en Página 12 (yo publiqué también este
texto que salió en La Gaceta de Tucumán hace un par de días)
El caso de la reforma en Tucumán
Por Roberto Gargarella * y Gustavo Arballo **
La historia de la función judicial está marcada por la presencia de malentendidos y abusos. En ocasiones, los jueces han tendido a leer la Constitución conforme a principios cambiantes e imprecisos, apoyados en bases jurídicamente frágiles. Esto les ha permitido expandir indebidamente los márgenes de su propio poder (de esto se trató, por ejemplo, el fallo “Marbury vs. Madison” con el que en 1801 naciera el control judicial de constitucionalidad). En otros casos, los jueces han tendido a ocultarse detrás de formalismos legales para evitar confrontaciones con un poder político al que le temían (así nació y creció, por ejemplo, la doctrina de las “cuestiones políticas no judiciables”, que el Poder Judicial invoca recurrentemente para desentenderse del control de decisiones políticas sensibles, casi siempre gravemente restrictivas de derechos). Como resultado de actitudes como las señaladas, la función judicial ha tomado contornos muy difíciles de justificar. Así, de modo habitual, el Poder Judicial ha dejado de cumplir con tareas a las que estaba obligado, a la vez que ha incursionado en otras que no le correspondían, arrogándose poderes que le eran ajenos.
Dentro de este contexto, la decisión que acaba de tomar la Cámara en lo Contencioso Administrativo de Tucumán, considerando inválida parte de la reforma constitucional impulsada por el gobierno de Jorge Alperovich, resulta una novedad llamativa y muy saludable. En una decisión jurídicamente virtuosa y políticamente llena de coraje, la Cámara se ha animado a decirle “no” a parte de las iniciativas reformistas impulsadas por el gobierno tucumano a través de una Convención Constituyente.
La Cámara consideró que la reforma se apartaba en tres puntos del “guión” que se había puesto a consideración del electorado al elegir convencionales. En primer lugar, porque aun cuando la convención se encontraba habilitada para “modificar” el sistema de reforma, ella trascendió ese límite e introdujo un método nuevo, alternativo, que permite a futuro reformar la Constitución a través de enmiendas, sin nuevas convenciones constituyentes. Sin embargo –sostuvo la Cámara–, si la competencia era (sólo) para “modificar” la Constitución, entonces los convencionales no tenían permiso para “agregar” ítems como el mencionado (un nuevo sistema de enmiendas). Por otro lado, la convención debía decidir sobre la organización de un “Consejo Asesor de la Magistratura” y de un “Jurado de Enjuiciamiento”, pero en ambos casos ella propuso versiones tan debilitadas de estos órganos, tan sujetas a la influencia del poder político (sobre todo, por su forma de integración), tan apartadas de los “modelos” conocidos y de los propósitos fijados de lograr sistemas más imparciales de designación y de destitución, que –dedujo la Cámara– los nuevos institutos no iban a poder cumplir con su tarea limitadora de la discrecionalidad del poder político.
La decisión tomada por la Cámara resulta notable, ante todo, por escapar de la impropia dicotomía dentro de la cual tiende a moverse el Poder Judicial, al no intervenir cuando le corresponde (alegando la presencia de inasibles “cuestiones políticas”), o (en el extremo contrario) al arrogarse inequívocamente la facultad de hacerlo, considerando que toda decisión colectiva es una “cuestión judiciable” (reservándose para sí, en los hechos, la “última palabra” institucional). Inesperadamente, la Cámara tucumana ha dejado de lado el mito según el cual el Poder Judicial debe quedarse “mudo” frente a las decisiones de una Convención Constituyente.
Es posible, de todos modos, que la Cámara haya ingresado al lugar correcto por la puerta equivocada. Podría decirse que la puerta es la equivocada porque lo realmente relevante no era –como sostuvo la Cámara, a través de cientos de páginas– la cuestión referida a los márgenes de acción dejados por el legislador al convencional constituyente, ni la reflexión sobre cuál era la “esencia real” de las instituciones que debían crearse. El lugar al que ingresa la Cámara, sin embargo, resulta el correcto porque la Justicia debe, por un lado, aprender a ser más respetuosa de las decisiones colectivas, pero por otro lado (y esto es lo que ha ocurrido en el caso que aquí examinamos), ella debe empezar a controlar los modos en que el poder político toma las decisiones que toma, protegiendo los procedimientos que permiten que esas decisiones se sigan tomando democráticamente. En este sentido, el Poder Judicial debe verificar si se ha escuchado y respondido apropiadamente a todas las voces y críticas relevantes, o si la decisión en cuestión se ha aprobado a partir del silenciamiento de parte de la sociedad. El debe asegurar que la decisión del caso se base en razones públicas, y no en la mera presión de grupos de interés. Debe garantizar que la medida bajo estudio preserve intacta la división de poderes y el básico mecanismo republicano de controles mutuos.
Al revés de lo que se ha hecho habitualmente –asignarles un carácter (falsamente) “político” a cuestiones inescapablemente “jurídicas” (por ejemplo, frente a decisiones conculcatorias de derechos)– una concepción más fértil del Poder Judicial debería llevarlo a hacer exactamente lo contrario: dejar de lado muchas de las tareas que hoy realiza para, en cambio, “juridizar” lo “político” cuando sea necesario (normalmente en casos relacionados con la preservación de los procedimientos democráticos). Esto es decir, el Poder Judicial debe aprender a tomarse en serio las precondiciones deliberativas de la soberanía popular, precondiciones que –cabe decirlo– el sistema presupone como su fundamento más precioso.
* Doctor en Derecho. Profesor de Derecho Constitucional. UBA-Universidad Di Tella.
** Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales. Universidad Nacional de La Pampa. www.saberderecho.blogspot.com
15 feb 2008
Reflejos
Les comento que algunos posts y las discusiones del blog inspiraron a Magrio (Guión) y Aníbal (Dibujos) a hacer esta muy buena y pertinente animación que nos enviaron aquí. (Gracias Guido! por asistirme en el uploadeaje)
Muchas gracias y felicitaciones obvias para ellos! Que siga el humor crítico!
No pude evitar recordar varias lecturas sobre esta relación difícil entre Poder Judicial y sociedad. El post de Novoa Monreal o Tushnet de RG por un lado. Por otro, narrativa con la aparición de la figura de los jueces y del proceso judicial en textos de Heinrich Böll, Kafka o el mismo B. Brecht. Sin embargo, la más fresca de las lecturas y con relevancia local, menos literaria pero más necesaria, es la que me parece adecuada.
- Lo valioso del Poder Judicial "se pierde en una conformación institucional que es realmente como la gente del común piensa: una corporación que no conoce a fondo la realidad de lo que pasa. Porque su mundo se limita a lo que ocurre entre las avenidas del Libertador-Figueroa Alcorta, Callao, Pueyrredón y Corrientes hasta el río, y, cuanto mucho, lo que pasa en Bella Vista o Adrogué".
- "Las cosas están organizadas y funcionan de modo tal que las grandes mayorías del país no tienen acceso a la Justicia. Un primer grupo no conoce sus derechos ni sus posibilidades de reclamar. Otro grupo los conoce, pero no logra sortear los innumerables obstáculos que presenta el sistema (como la necesidad de contar con un abogado o las distancias que separan a la gente sin recursos de la mayoría de los Tribunales, por ejemplo). Finalmente, el reducido grupo de privilegiados que accede, no consigue nada -o muy poco-, porque la Justicia demora y generalmente resuelve en contra de los intereses de los más pobres".
- "Los miembros de la magistratura cuentan, a partir de una ignorancia estólida acerca del mundo tangible de las mayorías argentinas, con un prejuicio que en muchas ocasiones es inadvertido por sus portadores, que se sienten inyectados de fluidos de equidad y justicia que creen derramar con imparcial rectitud sobre los destinatarios de sus resoluciones. El valor internalizado en la gran mayoría del cuerpo de operadores de la justicia es que "los negros" (es decir, el populacho que componen todos los que no son ellos mismos, exceptuando a los miembros de la clase media exitosos económicamente), cuando llegan ante sus estrados, en principio, no tienen razón en nada y, si la tienen, no hay que dársela".
José Massoni, fragmentos de una entrevista de La Nación, que posteamos hace tiempo aquí, realizada ante la publicación de su libro -que lo tengo bien prestado a GB- "La justicia y sus secretos" (Ed. del Puerto), 2007. El subrayado es mine.
Finalmente, siempre receptivos de consejos proyectamos poner una sección de revistas como Dissent, recomedada por Luis J. (también muchas gracias), para ampliar el espectro de links interesantes.
Carlos Lyra, la izquierda de la Bossa Nova
En estos días vengo escuchando a Carlos Lyra, la izquierda de la Bossa Nova. Autor de famosos temas como Maria Ninguém o Canção do Subdesenvolvido (transcripta abajo), y uno de los precursores de la Bossa, Lyra fue seguramente el más comprometido políticamente de entre los miembros de esta corriente. A comienzos de 1960, Lyra crea, desde la UNE (Uniao Nacional dos Estudantes), el Centro Popular de Cultura, destinado a difundir la música de los integrantes de su generación entre las clases populares. Él es responsable, también, de un viraje en los tonos y contenidos de la Bossa, que empieza a dejar de lado los temas más recurrentes de la felicidad y el amor, para tomar en cuenta cuestiones propias de la dura realidad social del momento. Como dicen algunos, con él el samba dejó su piso en la Zona Sur para subir al morro. Y al mismo tiempo, el samba empezó a bajar desde los morros a la ciudad, a través de artistas tan notables como el extraordinario Cartola (quien no lo conoce, se está perdiendo a un grande).
En 1964, luego del golpe militar, Lyra se exilia y pasa a vivir largas temporadas en México, hasta 1971. Desde allí, comenzaría a reconciliar a las dos ramas en las que se había dividido la Bossa. Lamentablemente, a los pocos años de retornar a su país, debe volver a marcharse, por la censura que sufre su disco Herói do medo (en donde hablaba , por caso, del enceguecimiento con el fútbol en tiempos de violencia y tortura militares). Músico talentoso y comprometido, casi desconocido en nuestro país, Lyra merece ser recuperado como una de las glorias de la canción latinoamericana.
Canção do Subdesenvolvido
Carlos Lyra
Composição: Carlos Lyra & Chico de Assis
O Brasil é uma terra de amores
Alcatifada de flores
Onde a brisa fala amores
Em lindas tardes de abril
Correi pras bandas do sul
Debaixo de um céu de anil
Encontrareis um gigante deitado
Santa Cruz, hoje o Brasil
Mas um dia o gigante despertou
Deixou de ser gigante adormecido
E dele um anão se levantou
Era um país subdesenvolvido
Subdesenvolvido, subdesenvolvido, etc. (refrão)
E passado o período colonial
O país se transformou num bom quintal
E depois de dadas as contas a Portugal
Instaurou-se o latifúndio nacional, ai!
Subdesenvolvido, subdesenvolvido (refrão)
Então o bravo povo brasileiro
Em perigos e guerras esforçado
Mais que prometia a força humana
Plantou couve, colheu banana..
Bravo esforço do povo brasileiro
Que importou capital lá do estrangeiro
Subdesenvolvido, subdesenvolvido... etc. (refrão)
As nações do mundo para cá mandaram
Os seus capitais desinteressados
As nações, coitadas, queriam ajudar
E aquela ilha velha ajudou também
País de pouca terra, só nos fez um bem
Um grande bem, um 'big' bem, bom, bem, bom
Nos deu luz, ah! Tirou ouro, oh!
Nos deu trem, ahhh! Mas levou o nosso tesouro
ooooh! Subdesenvolvido, subdesenvolvido... etc. (refrão)
Houve um tempo em que se acabaram
Os tempos duros e sofridos
Pois um dia aqui chegaram os capitais dos..
Estados Unidos
País amigo desenvolvido
País amigo, país amigo
Amigo do subdesenvolvido
País amigo, país amigo
E nossos amigos americanos
Com muita fé, com muita fé
Nos deram dinheiro e nós plantamos
Nada mais que café
E uma terra em que plantando tudo dá
Mas eles resolveram que a gente ia plantar
Nada mais que café
Bento que bento é o frade - frade!
Na boca do forno - forno!
Tirai um bolo - bolo!
Fareis tudo que seu mestre mandar?
Faremos todos, faremos todos...
E começaram a nos vender e a nos comprar
Comprar borracha - vender pneu
Comprar madeira - vender navio
Pra nossa vela - vender pavio
Só mandaram o que sobrou de lá
Matéria plástica,
Que entusiástica
Que coisa elástica,
Que coisa drástica
Rock-balada, filme de mocinho
Ar refrigerado e chiclet de bola
E coca-cola! Oh...
Subdesenvolvido, subdesenvolvido... etc. (refrão)
O povo brasileiro tem personalidade
Não se impressiona com facilidade
Embora pense como desenvolvido
Embora dance como desenvolvido
Embora cante como desenvolvido
Lá, lá, la, la, la, la
Êh, êh, meu boi
Êh, roçado bão
O meior do meu sertão
Comeram o boi...
Subdesenvolvido, subdesenvolvido, etc. (refrão)
Tem personalidade!
Não se impressiona com facilidade
Embora pense, dance e cante como desenvolvido
O povo brasileiro
Não come como desenvolvido
Não bebe como desenvolvido
Vive menos, sofre mais
Isso é muito importante
Muito mais do que importante
Pois difere os brasileiros dos demais
Pela... personalidade, personalidade
Personalidade sem igual
Porém... subdesenvolvida, subdesenvolvida
E essa é que é a vida nacional!
14 feb 2008
El gato Andrada y la dictadura
Todavía hay mucho que decir sobre las relaciones entre el fútbol y la dictadura, pero ésta no la tenía. Según Clarín
"El ex arquero Edgardo El Gato Andrada será llevado a la Justicia a partir de un dato terrible: el represor Eduardo Constanzo aseguró que el ex jugador fue agente de los servicios de inteligencia de la dictadura. Constanzo, quien cumple arresto domiciliario en su casa de Rosario, lo incriminó primero en una nota con radio LT 8 de Rosario y luego, el último viernes, ante el juez de San Nicolás Carlos Villafuerte Ruzo. Conocido como El Tucu, Constanzo aseguró que Andrada integró "la patota" que secuestraba gente en Rosario y además dijo que participó del operativo que terminó con la desaparición y la muerte de los militantes peronistas Osvaldo Cambiaso y Eduardo Pereira Rossi." Otro ídolo al que despedimos.
12 feb 2008
El derecho penal frente a los casos extremos
Las situaciones en que el derecho penal se enfrenta a casos extremos, de crímenes horrendos, a veces masivos, generadores de enorme conmoción social resultan, lamentablemente, cada vez más frecuentes. En los Estados Unidos, el poder judicial viene lidiando, con gran dificultad, con el tratamiento y persecución de los sospechosos de estar involucrados en actividades terroristas. En España, el Derecho Penal se ha vuelto a poner en marcha, con toda su fuerza, para salir al cruce de un aparente rebrote de la amenaza representada por la organización terrorista ETA. Conviene aclararlo desde ya: casos como los citados tienen una naturaleza muy diferente, y requieren de reacciones públicas también diferentes –es un riesgo, en definitiva, tratar a los mismos de modo conjunto. Sin embargo, quisiera incurrir en dicho riesgo para pensar a tales casos a partir de aquello en lo que están igualados: las dificultades que enfrenta el Derecho Penal para tratar situaciones excepcionales, de primordial gravedad.
Tomemos, por caso, el ejemplo de ETA en España. El juez Baltasar Garzón dispuso recientemente la detención de casi una veintena de dirigentes de Batasuna, bajo la razón de que ellos realizaban una “asamblea clandestina e ilegal” a última hora de la noche. La medida de Garzón vino a inscribirse dentro de una serie de decisiones más amplias que incluyen, decisivamente, al actual gobierno español -medidas orientadas a hacer sentir todo el peso de la ley (penal) sobre la organización terrorista. Esta nueva ofensiva estatal, como era de esperarse, fue tomada por los líderes de Batasuna como una “declaración de guerra.” De modo esperable también, jóvenes simpatizantes del movimiento separatista vasco salieron de sus casas para incorporarse otra vez en acciones de "lucha callejera" contra un Estado español al que consideran ilegítimo y opresor. Otra vez, España mostró sus fracturas con toda vehemencia.
Un ejemplo como el citado resulta importante para ilustrar algunos de los riesgos propios que aquí interesa explorar. Las preguntas que surgen, frente a éste caso y otros similares, resultan, en principio, comunes. Primero, una pregunta sobre la factibilidad: ¿Tiene poder el Derecho Penal para hacer frente a cataclismos sociales semejantes –procesos que abarcan a un número de gente tan elevado; problemas que cruzan de una punta a la otra al país; sucesos que incluyen tragedias familiares y sociales de una magnitud extraordinaria? Luego, preguntas sobre la eficiencia Por caso: ¿las herramientas con las que cuenta el Derecho Penal –castigos, imposición de dolor, prisiones- son las más apropiadas (¿o son las más torpes?) para hacer frente a crisis sociales como las referidas? ¿Son tales herramientas capaces de traer seguridad y tranquilidad colectivas, o más bien ayudan a lo contrario? Finalmente, una pregunta sobre el valor moral del emprendimiento: ¿Tiene sentido este tipo de iniciativas? ¿Tiene sentido el intento de resolver desacuerdos sociales tan profundos persiguiendo a más gente, poniendo a más gente presa?
La respuesta a tales interrogantes, según entiendo, es triplemente negativa: el Derecho Penal no tiene capacidad para lidiar con situaciones sociales complejas; cuenta con las peores herramientas para llevar a cabo una tarea que requiere de manos de cirujano, consenso y flexibilidad mayúsculas; y no tiene sentido, moralmente hablando, apelar al lenguaje de la violencia, la coerción y la cárcel para resolver desacuerdos tan amplios y situaciones socialmente tan divisivas. Sin embargo, nos estamos acostumbrando a festejar, por derecha pero también por izquierda, cualquier súbita aparición del Derecho Penal, especialmente si ella concluye con más y más gente procesada y tras las rejas.
Conviene, de todos modos, separar las cosas, para no caer víctimas de malentendidos y abusos de ningún tipo. Primero, resistir el uso del Derecho Penal es un deber de cualquier ciudadano, especialmente de aquellos comprometidos con una visión igualitaria de la democracia: debemos ser capaces de llegar a convivir por el convencimiento -el convencimiento de que el derecho está genuinamente al servicio de todos- y no por el miedo. Segundo, rechazar la imposición de dolor como estrategia de reproche estatal no debe verse en absoluto como sinónimo del rechazo a la búsqueda de justicia. Por el contrario, la cuestión es afirmar la justicia categórica e incondicionalmente, repudiando sin matices cualquier violación de derechos humanos, pero sin tomar justicia y privación de la libertad como sinónimos. Tercero, reivindicar una resolución político-democrática para los problemas sociales más divisivos tiene muy poco que ver con la idea de que tales problemas debe resolverlos, según su criterio, el presidente o la dirigencia política de turno. Ése es el modo en que aquí y en otras latitudes se quiere leer siempre cualquier invitación a la política. Sin embargo, la reivindicación de una construcción democrática debe entenderse como antónimo de cualquier tipo de discrecionalidad presidencial o acuerdo de cúpulas. Los conflictos que tocan a todos deben ser resueltos con la intervención de todos, simplemente eso.
11 feb 2008
¿Con miedo o con mucho miedo?
Hasta hace poco tiempo tod@s eramos seguidor@s del Show de Keith Richard. Eso fue hasta que apareció este nuevo y terrible humorista. Record en ventas de entradas de su espectáculo, ya tiene un club de fans como es común en su actividad. Reconozco que su humor internacional es algo chato. También debo confesar que al verlo no puedo dejar de pensarlo como una versión más alta -y menos querible- de Danny DeVito (Danny, perdoname, sos un genio!).
Este flexible, ágil, dinámico humorista devino una sorpresa dado que se inclinó, hace un tiempo ya, por la actuación en clásicos de H.P. Lovecraft, Bram Stoker o del suspenso más aterrador como el de E.A. Poe y, más cercano en el tiempo, Stephen King. Mutifacético, temperamental, apasionado, invariablemente de buen humor, siempre respetuoso hacia quienes lo tienen frente a sus ojos, un tipo que le da nuevos aires de supremacía a una actividad recurrentemente en baja. Dato curioso: sabemos que le gusta ir de caza con amigos.
Podemos ofrecer este video como muestra de su histrionismo y alto vuelo protagónico (perdón por el idioma, tal vez alguien nos puede sumar traducción y olviden por un segundo la cálida-d de la- audiencia). Realmente un performer que te deja petrificado:
Este flexible, ágil, dinámico humorista devino una sorpresa dado que se inclinó, hace un tiempo ya, por la actuación en clásicos de H.P. Lovecraft, Bram Stoker o del suspenso más aterrador como el de E.A. Poe y, más cercano en el tiempo, Stephen King. Mutifacético, temperamental, apasionado, invariablemente de buen humor, siempre respetuoso hacia quienes lo tienen frente a sus ojos, un tipo que le da nuevos aires de supremacía a una actividad recurrentemente en baja. Dato curioso: sabemos que le gusta ir de caza con amigos.
Podemos ofrecer este video como muestra de su histrionismo y alto vuelo protagónico (perdón por el idioma, tal vez alguien nos puede sumar traducción y olviden por un segundo la cálida-d de la- audiencia). Realmente un performer que te deja petrificado:
Junto con otros actores del escenario que comparte usualmente han transformado su entorno. Sus actuaciones, las ficciones que lleva adelante, me dan mucho miedo.
10 feb 2008
Test de españolidad
Según Mariano Rajoy, lider del PP español, a los inmigrantes que intenten quedarse en España habrá que hacerles un "test de españolidad." Con tal propuesta, Rajoy confirmó que merece estar en el equipo de los malos, en la lista de los detestables: por oportunista, por ser capaz de echar a su madre a la parrilla cuando aparecen las primeras dificultades electorales. Me gustaría saber qué tests deberán pasar los inmigrantes para mostrar su hispanismo: ser capaces de matar a sus hermanos en una guerra civil? Ejercer la violencia extrema y cotidiana con sus mujeres (España hace años que no puede bajar del record de una mujer muerta en manos de su pareja, por semana!)? Ir al estadio de futbol preparados para entonar consignas nazis? Abjurar de las iniciativas reformistas de la Iglesia, para abrazar sólo sus propuestas inquisitoriales? Estos fueron, para mí, rasgos centrales, definitorios (aunque por supuesto no únicos ni unánimes), de la España que conocí. Estarán estos requisitos entre los que integren el test? Así, al menos, se asegurarán de que el examen ingreso sea bien difícil. No todos podemos ni queremos ser como tantos de ellos.
El problema real (II)
No sé realmente si es la frase más fuerte de Carl Schmitt sobre el tema -dado que soy un schmittiano de mediana intensidad-, pero es la que resalté de una lectura de "Sobre el parlamentarismo" (Tecnos) publicado originalmente en 1923.
Para cambiar de perspectiva la discusión sobre el problema real (I).
“La situación del parlamentarismo es hoy tan crítica porque la evolución de la moderna democracia de masas ha convertido la discusión pública que argumenta en una formalidad vacía. Algunas normas de derecho parlamentario actual, especialmente las relativas a la independencia de los diputados y de los debates, dan, a consecuencia de ello, la impresión de ser un decorado superfluo, inútil e, incluso, vergonzoso, como si alguien hubiera pintado con llamas rojas los radiadores de una moderna calefacción central para evocar la ilusión de un vivo fuego”.
8 feb 2008
Un infierno
Ante unas nuevas declaraciones de Don Joseph Ratzinger (btw acaba de publicarse un libro que reproduce un resonante diálogo de JRz, que tiene unos tres años ya, con mi querido Jürgen H.) recordé rápidamente esta nota de León Ferrari.
7 feb 2008
El problema real
Gran frase final de un muy buen artículo de Fernando Atria :
“¿Qué caminos debemos tomar? Evidentemente depende de cómo evaluamos los riesgos que nuestra comunidad enfrentará en el futuro. Aquí es donde tenemos que bajar a nuestras realidades concretas. ¿Qué peligros deberían ser mayor causa de preocupación para los intelectuales latinoamericanos? A mi juicio, si miramos nuestras historias descubriremos que los enemigos más peligrosos de los derechos no han sido las mayorías dispuestas a oprimir a indefensas minorías (aunque por supuesto no negaré que en ocasiones ha ocurrido), sino victoriosas minorías militares. Realmente me intriga por qué tantos intelectuales latinoamericanos, especialmente abogados, son tan entusiastas para idear arreglos institucionales para proteger los derechos de la amenaza de las mayorías, están tan excitados con la naturaleza “contra-mayoritaria” de los derechos, cuando el problema real consiste en establecer el verdadero gobierno de las mayoría. Yo sugeriría que pospusiéramos nuestras preocupaciones contramayoritarias hasta que las mayorías gobiernen. Y entonces podríamos estar encantados de descubrir, si tenemos suerte, que puede haber emancipación a través de la política (la idea que define a la izquierda, a mi juicio) antes que a través de las cortes. Si no tenemos suerte, podemos pensar en mecanismos contramayoritarios”.
6 feb 2008
Regando recuerdos
Los primeros dos libros de derecho constitucional que compré, corrían fines de los años 90, valían 1 peso cada uno. Eran dos extraordinarios y bastante clásicos libros. Los encontré en la Librería Hernandez -El Libertador de la muy libresca y mágica calle Corrientes (Corrientes y Talcahuano) de Buenos Aires (no Liechtenstein)
Uno era publicado por Eudeba y tenía lo mejor del derecho constitucional -con proyecciones a la Ciencia Política-de los 80s y de la actualidad (cuando los hoy profesores titulares, jueces, políticos y figuras claves de la institucionalidad argentina eran sólo jovenes promesas abiertas dado que sus futuros estaban inciertos). Ese es uno de mis trofeos más preciados en mi biblioteca. Libro que generó que abriese y buscase muchos otros. Quizás, casi todos los demás. El otro era un libro clásico, de un autor que tomó notoriedad durante el primer peronismo, un revisionista -en el sentido de especialista- de Alberdi nacido en Santiago del Estero. El libro era sobre J.B. Alberdi, en efecto, editado (en 1950 aprox) por Fondo Cultura Económico.
Después de esa compra todo cambió, nada fue lo mismo. Todos los libros me resultaban caros.
La cuestión, en este nuevo intento, es superar la mera nostalgia. No sólo rememoro aquellos buenos y viejos tiempos cuando se podía comprar "El Futuro de la Revolución Liberal" de Bruce Ackerman, editado por Ariel (Buenos Aires/Barcelona, no recuerdo) a dos pesos, sino que la inauguración de este espacio (irremediablemente irregular pero que simplmente acontecerá de tanto en tanto) está pensada para homenajear aquel pasado. Un pasado en el que se podían comprar buenos, malos, discutibles, odiosos, pésimos, clásicos, excelentes, apasionantes; todo tipo de libros a precios de amigo, bien razonables.
Las reglas del juego son las siguientes. Lo que quiero evitar es que se entienda lo que viene como recomendaciones, consensos tácitos y preferencias preconfiguradas. Nada más lejos. Lo que haré no es recomendar libros sino señalar su existencia o su presencia inusual en las mesas de saldo y ofertas. Incluso de libros cuyos contenidos uno puede criticar. Ejemplos pueden ser una buena edición tapa dura de Capitalismo, Socialismo y Democracia de Schumpeter y/o Los Derechos en Serio de Dworkin. Dado que estas oportunidades tienen una muy caprichosa existencia y continuidad, incluso ubicación, hay que saber de ellas para aprovecharlas.
Lindo es empezar con estas colecciones de esta editorial incomparable. En dos coleccion clásicas de libros que siempre estuvieron a un buen precio, se puede conseguir,
Colección: Los Fundamentos de las Ciencias del Hombre.
- Ihering, de Arnoldo Siperman (se habló por ahí de Siperman),
- Radicales y Peronistas, El Congreso Nacional entre 1983 y 1989 (clásico!!!) de Liliana de Riz,
- Democracia y estado de bienestar, de Osvaldo Guariglia, María Julia Bertomeu, Graciela Vidiella.
- La Filosofía y el filosofar, de Guillermo Obiols y Eduardo Rabossi (comps)
- Derecho Natural y sociología, del gran Andrés Rosler.
- Teoría social y herméutica, de Adrian Scribano.
- De mujer a género, Teoría, interpretación y práctica feminista en las ciencias sociales, Cangiano-Dubois (comps)
- La racionalidad en política y en ciencias sociales, de José Fernando García.
- Teorías Jurídicas Alternativas, de Carlos María Cárcova.
Muchos de ellos estaban más de una vez, por eso la recomendación también. La colección tiene varios más, uno de Schuster sobre Epistemología, otro de Vasilachis sobre Métodos cuali-cuanti, y muchísimos más en una colección de más de 100 números, no sé si alguno de ellos están ahí.
De la colección Biblioteca Política Argentina:
- Derecho búrgues y derecho obrero, de Joaquín Coca.
- Momentos Institucionales y Modelos constitucioanles de Mario D. Serrafero.
Hay muchos más pero mi mirada siempre fue selectiva en esta última colección, al igual que mi memoria (estaban, creo recordar, los libros de Palermo-Cavarozzi, Bortnik sobre la Constitución, Godio sobre la Internacional Socialista, otro sobre constituciones de papel, algunos sobre educación) y esos son los que tengo a mano/en mente en este momento.
De ambas colecciones hay libros que no sólo son buenos libros sino reales reliquias y algunas extrañezas. Son dos colecciones que pertenecen a una etapa editorial dorada, según tengo entendido. Centro Editor de América Latina tiene excelentes libros -en colecciones- que he encontrado a precio de saldo, realmente imperdibles.
Están todos estos (varios repetidos incluso) y los que estoy omitiendo a un módico precio de 4 pesos en Librería "La Porteña" Juramento 1705 (Juramento y la vía). Hay que pararse en puntas de pie (por su ubicación en la librería), pasarles un poquito de alcohol y quedan como si lo hubieses comprado hace diez/veinte años pero hoy.
PD: Aprovechando, sin poder afirmar que continúen los ejemplares que vi en diciembre ahí, estaba el libro de Jorge Dotti sobre Rousseau en Corrientes (pegado al C.C. Rojas -nueva librería) a tres escaseantes monedas. Chequear también la sección Law there. En fin. La seguimos....
5 feb 2008
H. R. Larreta da sólo soluciones "de fondo"
El profesor Horacio Rodríguez Larreta volvió a insistir con su solución "de fondo" para el problema de los cartoneros: "zonas verdes" donde puedan reciclar el cartón. Yo le propongo la mía para quienes comen de los tachos de basura: hacer tachos y bolsas de basura transparentes, para que los hambrientos sepan cuál bolsa abrir. Sigamos con las soluciones de fondo! Están buenísimas! Son súper-divertidas! Gracias Horacio, sos un grande!
4 feb 2008
El derecho en los hospitales porteños
OPINION
Por Roberto Gargarella *
La iniciativa de darles prioridad de atención a los pacientes porteños en los hospitales de la ciudad de Buenos Aires es jurídicamente inviable, pero convendría reflexionar un poco sobre ella, para desterrar de nuestra comunidad –en cualquier nivel de su organización institucional– propuestas de una calidad semejante.
- La Constitución de la ciudad. Para empezar por lo más sencillo, el art. 20 de la Constitución de la ciudad sostiene explícitamente que el área de salud de la ciudad es prioritaria, y debe organizarse con criterios de “accesibilidad, equidad, integralidad, solidaridad, universalidad y oportunidad”. La idea de diagramar el área, entonces, a partir de criterios discriminatorios, insolidarios, particularistas y basados en distinciones arbitrarias, choca de bruces con aquel principio constitucional, al punto de tornar simplemente insostenible la iniciativa. La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires es extraordinariamente generosa y exigente, y no es fácil por tanto hacerle decir cosas que ella se niega explícitamente a decir, y menos hacerle afirmar lo contrario de lo que sostiene.
- La Constitución nacional, y la propuesta de considerar a los impuestos como base de los derechos. La iniciativa en cuestión afecta algunos de los principios básicos a partir de los cuales nos hemos organizado constitucionalmente. Para mencionar sólo un punto: el principio que guía la propuesta, hecho explícito por las autoridades porteñas, es la inadmisible afirmación según la cual, en el goce de los beneficios que la ciudad ofrece, debe darse un privilegio a los habitantes de la ciudad que son los que pagan los impuestos locales. Frente a ello, cabría decir que la ciudad no brinda servicios de salud, educación o seguridad en razón de que se pagan impuestos, sino porque es su obligación hacerlo –de allí que esos bienes deban asegurarse aun a aquellos que no pueden pagar esos impuestos–. Los impuestos explican el sostenimiento de los derechos, pero los derechos se justifican y distribuyen con independencia de tales gastos. Por tanto, no hay nada que agradecerle a la ciudad. Lo que está en juego es el sistema de garantías y de solidaridad federal sobre el que está montada la organización nacional. Simplemente entonces: los derechos deben garantizarse por mandato constitucional, y no por la posibilidad del contribuyente de presentar un comprobante de pago. Los derechos dependen sólo de nuestra igual dignidad, y no de nuestra capacidad contributiva.
- La lógica de los principios en juego. Principios idénticos a los que respaldan la inciativa del gobierno de la Ciudad le permitirían a ella, por caso, ordenarle a la policía que se ocupe del acto de violencia que ha sufrido un ciudadano porteño, en Recoleta o Almagro, antes que del robo a un micro que venía ingresando desde Entre Ríos o a unos puesteros que vienen a la Capital sólo para vender sus mercaderías. Esos mismos principios le permitirían decir que, en épocas de exámenes, los colegiales porteños deberían tener prioridad para retirar sus libros de las bibliotecas públicas, frente a las peticiones de alumnos llegados desde el Gran Buenos Aires, o estudiantes que viven en la provincia pero estudian en la Capital (tales principios exigirían preguntarle al estudiante, entonces, y antes de sacar un libro, dónde es que está viviendo realmente). Alguien podría decir que estos ejemplos son ridículos. Pues bien, a dicha persona habrá que aclararle que la propuesta del gobierno de la ciudad es tanto o más ridícula e injustificable que las situaciones expuestas: se trata de una propuesta administrativamente inviable, moralmente inaceptable y constitucionalmente inválida. En definitiva, el Estado se encuentra obligado a no hacer distinciones entre las personas a partir de hechos moralmente irrelevantes (la raza, el género, el lugar de nacimiento), y medidas como la propuesta lo hacen, para una de las situaciones más sensibles y significativas que pueden darse al interior de una comunidad: la atención hospitalaria.
- El derecho comparado. Obviamente, en el marco de este espacio resulta imposible explayarse sobre la materia, pero tiene sentido recordar al menos una situación parcialmente similar, que terminó dando lugar a una de las decisiones más importantes en la historia del derecho norteamericano: el fallo “Shapiro v. Thompson”. El caso en cuestión trataba de una iniciativa legislativa aparecida en California, y destinada a reservar los beneficios del sistema de “welfare” a quienes estuvieran viviendo en la ciudad, por lo menos desde un año antes. La Corte Suprema norteamericana fulminó dicha propuesta de un modo contundente, como pocas veces antes. Ella sostuvo, por un lado, que el criterio en cuestión le habría permitido a California denegar –también– el uso de las escuelas, los bomberos, etc., a los recién llegados, lo que resultaba inimaginable e inaceptable. Además, afirmó que la propuesta en cuestión incurría en una discriminación “odiosa”, que llevaba a privar a algunos, sin ninguna buena razón, de algunas de sus “necesidades vitales” más básicas. Por otro lado (y éste fue el argumento principal, en dicho caso), en un país federal como los Estados Unidos (o el nuestro), en donde los individuos tienen el derecho de moverse libremente de una provincia a otra (en la Argentina ello es así según el art. 14 de la C.N.), dicha medida resultaba constitucionalmente ofensiva.
La propuesta hasta aquí analizada quiso tornar posible un modo de trato jurídicamente no permitido. Y lo que es peor, quiso instalar una forma de relación entre las personas que, como colectividad, no merecemos, una forma basada en la desconfianza, el egoísmo y el poder del dinero.