UNA MIRADA IGUALITARIA SOBRE EL CONSTITUCIONALISMO. Coordinador: Roberto Gargarella. CANAL YOUTUBE DEL SEMINARIO: https://www.youtube.com/channel/UCytpairtEH8asvyYRt6LQBg/
30 sept 2009
Constitución y ley de medios
(el link, acá)
En medio del agitado debate en torno de la ley de medios, convendría detenerse a reflexionar por unos instantes sobre las exigencias constitucionales existentes en materia de libertad de expresión. En tal sentido, podrían mencionarse algunas cuestiones y aclaraciones como las siguientes.
- Regulación o no regulación. La exigencia constitucional de no establecer restricciones sobre la prensa no debe entenderse como impidiendo toda regulación estatal en la materia. Ello, en principio, por una razón muy simple, y es que no existe un estado de cosas que pueda definirse como propio de la “no regulación estatal”. Desde el momento en que el Estado define las reglas de la propiedad privada, que permiten que se creen y queden protegidas nuevas empresas de diarios o televisión, por ejemplo, el Estado está regulando la comunicación. Lo mismo ocurre cuando el Estado define el derecho de los contratos, fija regulaciones laborales mínimas o impone principios para regular las quiebras. Es decir, no existe algo así como una situación de no-regulación estatal. Entonces, sólo nos queda por comparar unas regulaciones con otras, distinguir regulaciones mejores y peores, ver qué regulaciones se encuentran más o menos ajustadas a las exigencias de la Constitución.
- Constitución y expresión. ¿Cuál es el principio constitucional básico, en materia de libertad de expresión? Para algunos, la Constitución se contenta con reclamarnos la no-censura. Según muchos, sin embargo, tal pretensión representa una condición necesaria pero no suficiente de la idea constitucional de libertad de expresión. Según entiendo –y esto es lo mismo que sostuvo la Corte norteamericana, frente a un articulado constitucional básicamente idéntico al nuestro, en el caso más importante que resolvió en la materia (New York Times vs. Sullivan, muy citado por nuestros propios tribunales)–, lo que requiere la Constitución es que aseguremos un debate público “amplio, robusto, desinhibido”. Dicho debate necesita de la no censura (rechazaría tanto la censura directa, como –especialmente en un contexto como el nuestro– la indirecta, referida a la manipulación de las pautas publicitarias oficiales), pero también trasciende ese estadio. La Constitución quiere que nuestras normas sean producto del acuerdo colectivo, lo que significa decir que dichas normas no deben ser el mero resultado del lobby o la presión de unos pocos; y que no debe haber voces que queden indebidamente fuera de dichas discusiones públicas.
- El papel del Estado. Dada la inevitabilidad de la presencia estatal en materia de comunicación, y las exigencias constitucionales señaladas, al Estado le corresponde jugar un papel muy preciso como garante del debate público. Si fuera por el mercado, en cambio (y ello resulta obvio por definición) nunca tendríamos acceso a ideas y puntos de vista impopulares o poco populares. El ideal constitucional de la libertad de expresión, entonces, no queda satisfecho cuando es el mercado el que domina la escena pública. Ello no ocurre, tampoco, cuando el Estado permite la existencia de monopolios comunicacionales ni cuando existen voces omnipresentes o sistemáticamente ausentes del debate colectivo; ni –especialmente– cuando las regulaciones del caso permiten que el rol de garante que le corresponde al Estado quede ocupado por el gobierno de turno (del signo que sea).
- La diversidad de voces. En nuestro país compitieron, a lo largo del tiempo, visiones muy distintas y normalmente muy implausibles acerca de la exigencia constitucional de la diversidad de voces. En los primeros años del alfonsinismo, algunos consideraron que el requisito de la pluralidad de voces quedaba satisfecho, por caso, con la existencia de canales de televisión o radio diferentes, por más que tales medios pudieran resultar administrados, todos o casi todos, por distintas líneas internas del mismo partido político. Desde la época del menemismo, algunos quisieron inducirnos a creer que la pluralidad de propietarios equivalía a la pluralidad de voces, por más que todos esos propietarios insistieran con, o se negaran a hablar, de los mismos temas. En la actualidad, algunos nos quieren llevar a concluir que la presencia de alguna/s ONG, alguna/s cooperativa/s y/o alguna/s universidad/es en el ámbito de la comunicación garantizan –ahora sí– la ansiada pluralidad de voces. Pero no. Otra vez, poco interesa la figura jurídica en juego si las ideas que circulan son básicamente del mismo tenor político. Lo que seguimos necesitando es garantizar la pluralidad de voces y no de gerentes.
- La regulación de contenidos. Uno de los acuerdos que existe entre quienes piensan en la libertad de expresión en términos constitucionales se da en torno del principio de la no-regulación de contenidos. El acuerdo implica rechazar toda regulación estatal que signifique desplazar ciertas voces, ya sea las de la izquierda o la derecha políticas, las de los defensores o los críticos del mercado, las de los abortistas o a los antiabortistas. Sin embargo, conviene como siempre no confundir cuál es la cuestión en juego. Lo que se rechaza es la posibilidad de que una autoridad discrecional digite quiénes deben ser escuchados y quiénes no. Pero ello es compatible con sostener, en contextos de escasez, un principio como el que guiaba a la vieja “doctrina de la equidad”, y que exigía: (i) la reserva de espacio a cuestiones de interés público, (ii) la exigencia de que dichas cuestiones sean examinadas desde ópticas contrapuestas. En nuestro país, en cambio, la situación que existe resulta enormemente inatractiva, desde tales parámetros. Por caso, en la actualidad, en muchas provincias del país sólo se escucha la voz del partido político o grupo empresario dominante, con exclusión de las voces que se les opongan. Dicha situación debe verse, en la práctica, como una regulación de contenidos indebida, que bien podría contrastarse con exigencias como las impuestas por la “doctrina de la equidad”, que lo que requiere es que los contenidos den cabida a otras voces.
- Control judicial. Finalmente, ¿cuál es el papel que debe caberle, en estos casos, al Poder Judicial? Según entiendo, el mismo papel que definiera la Justicia internacional en casos como Red Lion (el caso en el que, valga mencionarlo, se reconoció la constitucionalidad de la “doctrina de la equidad” referida). Allí, y frente a la nueva regulación que avanzara el Congreso, la Justicia sostuvo que para la Constitución el punto de mira se situaba en la soberanía del ciudadano (televidente, lector u oyente) y no en el interés de las empresas. Más específicamente, la Corte mantuvo un principio a la vez pro-estatal y antigubernamental, sosteniendo que iba a aceptar la legislación en juego, que prometía fortalecer el debate público, sólo en la medida en que dicha legislación cumpliera con el propósito que anunciaba. Si ella servía, en cambio, para reducir antes que para ampliar esas voces, para quedar otra vez al servicio de un gobierno o grupo particular, entonces su prioridad iba a ser la de derribar esa regulación, tan pronto como le fuera posible. Eso es lo que implica, según entiendo, custodiar el valor constitucional de la libertad de expresión.
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29 sept 2009
Hoy foro intercátedras
Hoy estamos, con Lucas, y la cátedra de Daniel Sabsay, en la presentación del libro del amigo Julio Saguir
28 sept 2009
Barry Friedman
Finalmente, salió el esperadísimo libro de Barry Friedman, The Will of the People. Barry es uno de los Vice Decanos de la Facultad de Derecho en NYU. Persona joven, amigable, autor de una serie de trabajos extraordinarios sobre la historia de la objeción contramayoritaria. Trabaja también en el área de los derechos reproductivos.
Alguna vez debatimos con él, en la Revista de la Universidad de Palermo. Supongo que todo el debate está en la web (Juan GB nos puede ayudar a encontrarlo), pero al menos acá está su respuesta a mi crítica (acá).
Si don Barry hubiera puesto juntos sus varios trabajos sobre la dificutad contramayoritaria hubiera construido un libro fabuloso, pero se obstinó, volvió sobre aquellos textos y rehizo prácticamente todo de cero, para sacar este extensísimo libro (614 páginas), que comenta el NY Review of Books del domingo pasado.
La tesis central del libro, y de sus trabajos en la materia, es que la objeción contramayoritaria pierde fuerza -como acusación a los jueces por su carácter no electo, elitista, antidemocrático- a partir de la comprobación de una convergencia sistemática entre las opiniones de la ciudadanía y la orientación de las decisiones de la Corte. El "matrimonio" entre ambos, nos dice, suele ser más duradero, por lo demás, que el que se da con los legisladores y el presidente. Ello no significa que los criterios de jueces y ciudadanos estén siempre alineados, sino que tienden a alinearse siempre, con el paso del tiempo.
En tal sentido, podría considerarse al trabajo de Friedman como uno más, y muy importante, en la linea que aquí hemos ido comentando en torno al "constitucionalismo democrático" (corriente que encuentra cauce y expresión, por ejemplo, en el libro Constitution 2020, del que ya habláramos). Felicitaciones a don Barry!
Igualitaria
Bueno, no será el seminario de Dworkin-Nagel, pero es el que pudimos armar! Estuvo lindo, las dos mesas generaron un buen debate. Víctor bien como siempre, Paula Litvachky hizo excelentes comentarios a mi presentación, y Paola Bergallo y Gustavo Maurino también se lucieron hablando sobre el trabajo de Víctor. Marcelo Alegre fue el maestro de ceremonias. Bravo por el encuentro! Igualitaria vive, viva Igualitaria.
Llegando Dworkin-Nagel
El otro día prometí pero no colgué unas fotitos que saqué cuando llegaba Dworkin a su coloquio, seguido de Thomas Nagel. Y ya que estamos, aprovechamos y colgamos los trabajos que se discuten en ese seminario, acá
Entre los escritos, se encuentra el que presentó Peter Singer el jueves pasado. Para uno, una decepción, en su defensa del secreto filosófico-político en manos de una elite. El debate, en todo caso, estuvo muy bueno: era el gran encuentro de la filosofía contemporánea entre el máximo representante de una posición deontológica, y el más conocido de sus rivales utilitaristas. El jurado dice que fue victoria contundente del bando dworkiniano
Hoy/recuerden/igualitaria
Este lunes, desde la catedra y desde Igualitaria, un nuevo centro de
estudios que estamos armando con unos amigos-as, organizamos un seminario de discusion en torno a la idea de igualdad.
El seminario, que se hara en el Aula 1 de la Facultad de Derecho, lleva por titulo Debate sobre Igualdad, Castigo y Derechos Sociales.
De 3 a 430 habra una primera sesion, en donde yo expondre un trabajo sobre Castigo, que comentara Paula Litvachky, en una mesa que moderara Marcelo Alegre.
De 5 a 630 habra una segunda sesion, en donde Victor Abramovich hablara de Derechos Sociales y Litigio Estructural, en una ponencia que comentaran Paola Bergallo y Gustavo Maurino.
Ci vediamo
27 sept 2009
Indicios contradictorios
0123. Víctor Hugo Morales entrevistado por George Beautiful Fountain en ferpil, acá.
4567. Hermes Binner, al menos por ahora, niega todo proyecto presidencial, acá.
8910. Más sobre la jueza acarreada, acá, en Digital Critic.
1112. La polémica sobre Schmitt, recordemos el nazi que todos leemos, continua con un artículo, acá.
1314. Entrevista al Senador Terragno, quien solía ser (tal vez hace mucho tiempo) una de las personas más interesantes de escuchar del Radical Party, a pesar de su liberalismo conservador y perfil elitista, acá.
1516. Hermosa serie de Cartas de Lectores de The Nation. Pero no, no se me confundan, no este The Nation sino este.
1718. ¿Un poco de sorpresa e incertidumbre en la tan predecible política chilena?, acá.
1920. Sigan participando, acá lo tratamos antes. Otra reseña del nuevo broli de Armatya Sen, here.
2021. Eduard Van Der Kooy se concentra en el plan Kirchner 2011, acá, mientras tanto Blank sugiere que estamos en una dictadura (porque esa frase no era de la dictadura?), acá, en Carlín. Por otro lado, Mario W. compara sin anteojeras acá y HV tira señales de humo, acá.
2223. Terrabusi, importantísimo. El estado del conflicto, excelente nota, por Diego Martinez, acá y la acompaña La historia de la huelga, por Adriana Meyer, acá.
2425. Natanson le pifia siempre en algo, a pesar de tener una intuición orientada, comparando a Chacho y al Alfonso, acá.
2627. Santiago O'Donnell y Atilio Borón, sobre la empantanada Honduras, acá y acá, respectivamente.
0000. Confirmado: Es domingo. Tenían razón los diarios. Todas pálidas. Ni una buena noticia. Con lo que necesitamos un domingo de sol. Salud!!
26 sept 2009
Poemas Chinos
Alberto Laiseca, hasta hace poco tiempo era famoso por haber escrito -según se dice-, además de varias novelas y libros de cuentos, la más larga novela de la literatura argentina, titulada Los Soria (otra reseña acá). Dada sus 1350 páginas, la edición de la novela se hizo por encargo en el 2004 y quedan uno pocos ejemplares circulando bajo la amenaza de una improbable reedición. Tiempo después, Laiseca (del que habló RG al estrenarse la película El Artista, ver acá) se hizo verdaderamente famoso, públicamente famoso, cuando empezó su ciclo de cuentos de terror en I-Sat (acá uno de los mejores: Berenice de Edgar Allan Poe en versión laisequeana).
Su único libro de Poesía es Poemas Chinos (reeditado por Gárgola hace cuatro años aproximadamente) tiene como concepto una idea muy simple y lúdica, por ende, muy interesante de la ficción literaria que si se hace bien atrapa, gana. Quien lo lea y se haga un par de preguntas, caerá atrapado y así entenderá porqué. El libro reproduce también una serie de Poesías de claro perfil misógino propio de la supuesta "cultura imperial" china. Omitimos estos últimos, pero sólo por ahora. Ahí van los mejores:
La gran muralla
No es su costumbre,
pero la garza amarilla desplegó sus alas e inició anoche un
/vuelo nocturno
No es frecuente en China;
pero a veces ocurre que alguien desarma la Gran Muralla
para que el corazón quede expuesto
y pueda volver a amar.
Una verdad comprobable
Anoche soné con un Rey que vivió hace veinte centurias.
Estaba en un trono de oro, grave y silencioso.
Sus ministros, estupefactos, veían la escarcha en las
/ventanas.
Luego soñé con un país, de diez centuras atrás.
Hombres sin imaginación, con torpeza,
intentaban controlar la creciente de un enorme río.
Después soné con una mujer de la novena centuria que
/vendrá;
a su lado un hombre
y ambos habían cometido un error terrible.
El amor es una verdad que se comprueba,
y no entiendo por qué no despiertas para mirarme.
La Serpiente de Los Vientos
El mayor criminal de toda la Serpiente de Los Vientos
es quien mata a la mentira.
Porque las máquinas de la verdad
fabrican mentiras más grandes.
Se va la inocente poesía,
viene el faso realismo oculto tras parábolas mortíferas.
La ira de un Dios muy cercano
El cuerpo es un intermediario
y el Dios que tenemos más cerca.
Requiere cuidados, rituales y primicias.
Resiste toda provacación y es lento en el enojo;
pero si lo has desaguardado,
nada te salvará de su ira.
Un viaje difícil
No es un trabajo ajeno al hombre;
sólo resulta estéril, tal empeño,
en el mundo de la abstracción.
Pero es que, contrariamente a lo supuesto,
casi todo es imposible en el cuarto del pensamiento.
El moverse entre objetos reales
tendrá final afortunado.
Obtendrá un feliz termino el difícil viaje del redondo al
/cuadrado
y también el opuesto a ese camino.
Bajando el opuesto.
Insinúas con tu actitud
que mi excesivo interés te inspira rechazo.
Pero el movimiento es siempre un punto de vista.
Yo digo que es la terraza la que baja su vuelo
alejándose de la grulla.
Conociendo a una persona antes del momento adecuado.
Pocas desgracias pueden ser tan formidables,
como la de estar deslizado en el tiempo.
Cinco años puede ser todo lo que hace falta
para la diferencia entre el horror y la felicidad.
Salud!
25 sept 2009
Capitalismo
La fuimos a ver (dos datos curiosos: los rabiosos aplausos al final de una pelicula algo anti/capitalista; y la presencia de Michael Moore a la salida del cine). Es malisima, lo peor que ha hecho, exagerando todo lo malo de las anteriores: demagogico, autocentrado, dilettante, irresponsable, desordenado, falto de rigor, con cantidad de ninios/as, madres y obreros llorando frente a camaras, forzados por las camaras.
De todos modos, dentro del desastre, se salvan algunas cosas:
1) La entrevista al senador Bernie Sanders, de Vermont, el unico representante socialista en el congreso norteamericano. Como siempre, bien por Vermont (la patria del helado Ben and Jerry), y bien por Sanders (alguna info sobre Sanders, en su pagina, aca)
2) Los energicos y lucidos discursos de Marcy Kaptur, representante en el Congreso por Ohio, que se opone al uso de 700 billones destinados a saldar los rojos de Wall Street. Bien por Kaptur, lo que sale en la peli la deja muy bien parada (algo mas sobre ella, en su pagina, aca)
3) Imagenes del Presidente Roosevelt abogando por un "Second Bill of Rights," dedicado a los derechos economicos y sociales. La lista de los derechos por los que pedia Roosevelt, y que defiende Sunstein en su libro sobre A Second Bill of Rights, aca
4) La reivindicacion de varias experiencias de autogestion obrera en los Estados Unidos (algunas de ellas muy notables), y de un par de luchas victoriosas, por parte de grupos desaventajados: una familia afroamerican que recupera su casa en Miami, gracias a la pelea de todo el vecindario, resistiendo a la policia (LIFT, un grupo de ayuda comunitario); y una modesta victoria obrera en Chicago (Republic Windows and Doors), que el propio Obama supo alentar, y que estuvo liderado por unos cuantos latinos. Bravo por eso!
No hay
No hay mucho que decir ante estos supuestos (acá) pero sobre todo no hay nada que agregar ante esta lamentable situación (acá). El video impresiona cuando se la ve/escucha decir "Ganan 1.200 pesos para joder a la gente, ¡todas morochas, ni una rubia contratan!" y también cuando dice, algo así como, "Si venís a mi jurisdicción te meto 8 meses presa".
Ahora, hay formas más sutiles de ser autoritaria/o, de imponer jerarquía y de pasar por arriba a la gente, y por ende de dominar, de sacar ventaja, de imponerse. Esas otras formas pueden ser más peligrosas que estas versiones más evidentes, grotescas y, por ende, repugnantes. En fin.
No hay verguenza...
23 sept 2009
Seminario(s)!!
El seminario, que se hara en el Aula 1 de la Facultad de Derecho, lleva por titulo Debate sobre Igualdad, Castigo y Derechos Sociales.
De 3 a 430 habra una primera sesion, en donde yo expondre un trabajo sobre Castigo, que comentara Paula Litvachky, en una mesa que moderara Marcelo Alegre.
De 5 a 630 habra una segunda sesion, en donde Victor Abramovich hablara de Derechos Sociales y Litigio Estructural, en una ponencia que comentaran Paola Bergallo y Gustavo Maurino.
Creo que hay un link, aca
Todos mas que invitados. Salud!
(Y el martes tendremos otra jornada, para hablar sobre el libro de Julio Saguir que comentamos hace un tiempo en este blog. La reunion la coordinaremos con la catedra de Daniel Sabsay. Ya informaremos mas sobre este evento)
Tribunal Superior
El Tribunal Superior debe estar integrado por jueces/as idóneos y comprometidos con la vigencia de los Derechos Humanos y las garantías republicanas
Con motivo de la designación del magistrado/a que reemplace a Julio Maier quien renunció al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad, convocamos a organizaciones sociales, organismos de derechos humanos, sindicatos, universidades, colegios, profesionales, académicos, personalidades públicas y a la ciudadanía en general, a sumarse a una Campaña para solicitar al Jefe de Gobierno Mauricio Macri que él o la candidata que resulte del proceso de selección reuna elevadas condiciones de idoneidad técnica y moral, y acredite un un compromiso fehaciente con las declaraciones de principios y derechos establecidos en la Constitución de la Ciudad.
En este sentido, el pasado 10 de septiembre, la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), el Centro por el Derecho a la Vivienda contra Desalojos (COHRE), el Colectivo para la Diversidad (COPADI) y la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) impugnaron la candidatura de DANIELA UGOLINI propuesta por el jefe de Gobierno porteño. Las organizaciones consideraron que Ugolini no responde a las exigencias de idoneidad y compromiso con los derechos humanos, ya que en su trayectoria se expresa una concepción restrictiva del alcance de los tratados internacionales, tanto en cuestiones vinculadas a derechos civiles y políticos -el derecho a la libertad de expresión, a peticionar ante las autoridades y de reunión-, como en aquellas relacionadas con derechos económicos sociales y culturales.
Las organizaciones están especialmente preocupadas y alertadas ante esta posible designación porque significaría un fuerte retroceso en materia de derechos sociales en la Ciudad de Buenos Aires.
La Constitución de la Ciudad exige que la designación de magistrados del Tribunal Superior de la Ciudad cuente con un especial y extenso consenso social, y un amplio acuerdo político que comprenda al Poder Ejecutivo y Legislativo. Ninguna designación puede realizarse si no cuenta con el acuerdo de 2/3 del total de legisladores de la Ciudad respecto del/la candidato/a propuesta por el Poder Ejecutivo.
Las organizaciones convocantes consideramos que la candidatura propuestas por el Poder Ejecutivo no reúne las condiciones necesarias para contar con dicho consenso público.
El objetivo de esta Campaña es contribuir al conocimiento ciudadano sobre el perfil de la candidata propuesta por el Ing. Mauricio Macri y solicitar públicamente al Jefe de Gobierno porteño y a la Legislatura la reconsideración de dicha nominación a la luz de los antecedentes señalados.
El Tribunal Superior debe estar integrado por jueces/as idóneos y comprometidos con la vigencia de los Derechos Humanos y las garantías republicanas.
Para enviar su adhesión, hacer clik aquí
Leer documento de la Impugnación presentada
Resumen de la Impugnación
22 sept 2009
Nuevo libro
Con varios amigos, sacamos un nuevo libro comparando el accionar de los tribunales por aqui y por alla. Va el link amazoniano, y uno de la editorial
Amazon
Palgrave
21 sept 2009
Dworkin y la obligación política
En el libro que está por publicar (plazo de entrega del manuscrito final: marzo), Dworkin desarrolla la metáfora Isaiahberlineana en la que viene trabajando hace años, la del zorro y el erizo, como dos formas distintas de aproximación al razonamiento teórico (la metáfora le da título al libro, también). Dworkin trata de juntar todos los hilos de los que fue tirando en su carrera: su discusión con H.Hart en teoría del derecho, que lo llevó a involucrarse en la disputa reglas-principios, positivismo-iusnaturalismo (y, ahora, que abandonó la dicotomía) “interpretativismo” (todo el derecho es interpretación del derecho); su filosofía política igualitaria, con la que disputó, junto con John Rawls, al pensamiento político de utilitaristas, libertarios, conservadores, nihilistas y critical legal studies; su postura anti-originalista/anti-dinámica, expresada en su idea de la “novela en cadena;” su crítica a la “discontinuidad” entre lo público y lo privado, lo político y lo personal, la ética personal y la filosofía política. Aquí pretende reunir, en una teoría unificada, consideraciones sobre la ética personal, la vida buena, la moralidad interpersonal, la moralidad política, el derecho.
En su presentación de (un resumen de) el texto, Thomas Nagel dijo, con ironía, que se trataba de un escrito tan ambicioso y abarcativo como la República de Platón o el Leviathan de Hobbes, aunque más largo.
En el escrito, Dworkin va más allá de los lugares a los que solió llegar nunca antes. Ahora, la ley es sólo una provincia de la moralidad: la ley y la moral ya no pueden ser vistas como dos esferas diferentes; ni hay forma –para él- de reducir la disputa a una mera controversia conceptual, como pretende el neopositivismo. No es que hay una conexión entre derecho y moral, sino que la primera esfera forma parte de la segunda. La teoría legal es una mera rama de la filosofía política. La ley, así, nos refiere a un objeto sobre el que tenemos lecturas diversas y contrastantes, que debe ser interpretado necesariamente, tarea para la cual debemos recurrir inevitablemente al razonamiento moral.
Hay miles de temas interesantes, pero uno que me atrae en particular es su tratamiento de la obligación política. Otra vez, la obligación política no puede examinarse con independencia de la moralidad política: ambas ideas se superponen porque los ciudadanos de un estado deben buscar la justicia para llegar a la legitimidad, dice. Su gobierno los debe tratar como iguales, y ellos pierden la obligación de obedecer las leyes de las comunidades políticas a las que pertenecen cuando las reglas establecidas no pueden entenderse como tratándolos como iguales. Y si alguna ley aparece como notablemente injusta, la desobediencia se justifica. La obligación política se termina, para un grupo, cuando el mismo es tratado sistemáticamente como si estuviera ubicado en una categoría inferior: así los casos de los judíos en la Alemania nazi, la comunidad negra en la Sudáfrica del apartheid, los ciudadanos sometidos a la tiranía stalinista (yo le pregunté si lo mismo podía decirse en el caso de la pobreza, y el sin dudar dijo que sí, aunque obviamente entendiendo que la cuestión requería tener más información sobre el caso en cuestión). Y sigue y sigue y sigue (y cada una de las cosas dichas requiere miles de aclaraciones, que él hace, y que yo no incluyo por acá, aunque los trabajos que presentó el otro día se encuentran en la página de su coloquio en nyu, por si alguien queire leer esos avances).
(tengo algunas fotos del evento, pero recien las podre subir la semana proxima)
20 sept 2009
Medios y fines, domingo y diarios (...con agregados)
000. Entrevista de JF con Manuel Garrido en Ferpil, acá.
111. Carl Schmitt, el pensador nazi que inspira a Néstor K. (posible mensaje subliminal "el pensador nazi que inspira al nazi de Néstor K."), en digital critic, acá.
222. Inigualable actuar de la Corte Suprema en fundamental decisión para con el derecho de propiedad y aquellos ciudadanos que tengan (sobre todo, grandes extensiones de) propiedades ribereñas. El guardián de los derechos fundamentales resguardó la piedra basal del orden constitucional de una república blablablah, acá.
333. Discusión sin fin, ley de medios. En carlín, Kirschbaum acá y Eduardo Van Der Kooy acá
444. Los cambios que podrían llegar a venir con el proyecto de ley, si no llega el fin del mundo antes, acá, en ferpil.
555. Más sobre la media sanción de la ley de medios, entrevista con Damián Loretti, acá, junto a notas de Wainfeld y HV, acá. Perlitas de HV: acá. También, Mocca anticipa para dónde va la izquierda por acá y Giustiniani adelanta su voto no negativo en el senado, here.
666. Ayer Adrián Ventura en LN decía que la (posible) ley era totalitaria, acá, además de apelar al problemático artículo 32 de la Constitución Nacional. Y en la semana hubo más, si se animan a leer, están por acá.
777. Trata de mujeres y publicidad en diarios y revistas, acá una nota, como siempre muy interesante, de Mariana Carbajal, por supuesto, quién sino. Salud!
Plus! 888. B. Sarlo acá sobre otros aspectos de la ley de medios, especialmente, los medios públicos y el control del poder ejecutivo. Además Marcelo M. acá saca una supuesta imagen histórica de la "izquierda argentina" después de la votación en diputados.
999. Argibay, hace unos días, incentivando debates sociales con sus declaraciones sobre el aborto, acá. Toda la conferencia acá.
19 sept 2009
La siesta y la naranja.
La siestas y las naranja
De casa pobre, de habitación rosada
y cocina impaciente,
de rata ahogada en un charco gris,
de hormigas que comían las patitas
de las palomas del vecino
y el padre tuyo, grande, con despertador, llaves
y voz tierna cerca del desayuno pobre;
sí, de casa pobre tu niñez -escuela,
gorro frigio, cordilleras, el himno-
ibas creciendo dulce y oscuro, sin patio
sin begonias, sin amigos
de sonriente cumpleaños y velitas,
solo, vigilando el júbilo temprano del maíz,
la lluvia, el tren de Trancas, la esquina
donde se amaban los gatos, y el día bueno
tu domingo más claro y recién puesto.
Después el baldío de enfrente,
la mujer que arrastraba su largo batón triste
por las habitaciones destruidas.
Y tú allí, oscuro ángel -piel espléndida
y ramo para afligir mi sangre-
andando por tus calles profundas y apagadas
con ademán cansado y lenta luz de tarde.
2.
Diré tu infancia buena,
tus juegos junto a un girasol,
tu herbario, tu traje de domingo
y las siestas de explorador en África.
No sabías que más allá del tesoro escondido
y de los colmillos de elefantes en el fondo de un lago,
(más allá de África aún)
estaba un ángel triste preparando tu muerte.
3.
Te conocí pequeño, jugando
con carreteles que eran tranvías o trenes,
en el patio de tierra de tu casa.
A la escuela llevabas tu seriedad de perro,
un tintero, un cuaderno, un lápiz caramelo.
Niñez, hongos pintados y noches de terror
cuando a la mecedora volvía el quejido
del abuelo muerto.
En el patio aprendiste que las hormigas
hacen puentes de palo y comen los helechos
y que en la puerte cancel volaban trasparentes
los ángeles ambiguos del visillo.
Amabas, indolente,
la siesta y la naranja luminosas.
Pero afuera, con maternal paciencia,
la muerte te aguardaba en un balneario
para llevarte a un verano sin almanaques.
Yo no sé si niños bañistas te llamaron
o el agua prometía su fauna de sorpresas
o si el amigo cómplice te mostraba un caballo
para vencer la noche y el despierto presagio.
Ahora, qué seguras hormigas
por el patio mientras otro niño te llora y te dibuja
en su cuaderno de cenizas.
(Ya inauguras tu muerte, ya entretienes tu muerte
en un circo apagado, con ranas trapecistas)
4.
El negro cosechaba un fruto ácido
y sorbía su jugo con deleite y espanto
El negro olía la noche y el jadeo del mar
se confundía con el de su pecho alucinado.
El negro visitaba a la mujer callada
en su cubil de fiera: allí se amaban
entre luciérnagas, piojos y esqueletos de pájaros.
El negro miraba caer la lluvia sobre el asfalto
y recordaba aguaceros de su aldea natal.
Pobre corazón suyo con alas y hojas
añorando un paisaje de veloces antílopes
griterío de monos y panteras de azogue.
El negro golpeaba el caparazón sonoro
de una tortuga y cantaba con voz aguardentosa.
Lejos, la mujer callada
agitaba un pañuelo de luto en la ventana.
El negro, como un náufrago, en la cama.
--
Salud!
18 sept 2009
Ponerse a leer
Pero despues estan las obras vitales, con que algunos de los grandes pensadores de nuestro tiempo vienen a cerrar sus carreras academicas -obras en las que "tiran de todos los hilos al mismo tiempo" y tratan de dar forma definitiva -final- a su pensamiento. Hablamos algo, creo, del excelente libro de Gerald Cohen "Rescuing Equality and Justice," que era su critica ultima a Rawls, y su definitivo posicionamiento en el podio del igualitarismo contemporaneo. Hablaremos pronto del libro que Ronald Dworkin sacara en unos meses, juntando su teoria moral, su filosofia del derecho, su filosofia politica, su vision de la politica y la etica personal -su "teoria total" (estuvimos en la presentacion, el otro dia, con Dworkin bombardeado por los cuatro costados, y sacando misiles de taquito, sin despeinarse).
Y como teniamos poco, acaba de salir el ultimo libro de Amartya Sen, que tambien aparece como libro de "cierre de carrera," que se llama "The Idea of Justice," y viene a ser, de algun modo, la expresion de su propia "A Theory of Justice," en competencia o dialogo con la de Rawls.
Desde un comienzo, Sen diferencia dos tradiciones de pensamiento, una preocupada por definir los contornos ideales de la justicia perfecta, y que tiene por foco a las instituciones basicas de la sociedad (la tradicion contractualista, que va de Locke y Rousseau a Rawls). La otra, en la que se incluye, se preocupa en cambio por eliminar ciertas injusticias, y promover mejoras en la justicia existente. Esta es la tradicion en la que el se inscribe.
Un aspecto central de su libro -y no un argumento que extrapolo, o traigo tirandolo de los pelos- da justo en el clavo de la discusion que tuvimos por aca los otros dias. Se trata de un argumento que aparece desde el prefacio y la pagina 1 de su libro, su idea central:
Nuestra indignacion, nuestra pasion, dice Sen, no surge a partir de un reclamo abstracto por la justicia. No nos quejamos por el hecho de que no hemos alcanzado todavia la justicia ideal, la situacion de maxima justicia posible. No. Nos quejamos "porque enfrentamos injusticias evidentes que podrian ser superadas." Nos quejamos porque podemos identificar "injusticias removibles," a nuestro alcance. En sus terminos: "Lo que nos mueve, de modo razonable, no es que advertimos que el mundo no esta llegando a una situacion de completa justicia -algo que muy pocos de entre nosotros podria esperar- sino que hay injusticias claramente remediables a nuestro alrededor, que queremos eliminar." De eso se trata.
Marcos y los jueces
MN acaba de publicar en el blog del agente de CIPOL esta nota (también publicada en El Economista) acá , titulado ¿Una transición dominada por los jueces?
"Como sea, también en estos asuntos serán los jueces los que adquirirán un rol protagónico, y tendrán la última palabra sobre conflictos eminentemente políticos. Cuando eso suceda, tal vez los Kirchner terminen de arrepentirse de la que fuera su primera, más audaz y sin duda más progresista reforma institucional, la que permitió la formación de una Corte Suprema honesta e independiente como no había en Argentina desde 1990 a esta parte".
Más allá del análisis de una coyuntura más que volátil, nos podemos preguntar: ¿Es esperable que la Corte Suprema (o los miembros del poder judicial, pre y post reforma del consejo de la magistratura) pueda/puedan hacer lo que MN les ve haciendo con su supuesta independencia y honestidad?
16 sept 2009
14 sept 2009
Ahora dicen que... (con addenda)
Entonces, para los que nos decían de todo a los que criticábamos al proyecto por esa razón, les pediría que escriban 100 veces:
"No debo ser obsecuente con el gobierno. Cuando un proyecto de ley, enteramente o en parte, va contra mis convicciones, debo criticarlo en lugar de decir que debe aprobarse tal como está o se acaba el mundo."
p.d.: Ahora dicen que...también se cambiaría el otro punto que pedíamos cambiar: el referido a la autoridad de aplicación. Si esto es así, volvería a pedirle a los que nos desalentaban en esta pelea que se sienten a reflexionar sobre lo que nos habían pedido. Con una aclaración importante: No me interesa, ni a mí ni a tantos, hacer de esto una disputa personal, de gané o perdí (más allá de la ironía que sí tuve intención de trasmitir). Hay algo mucho más interesante en juego, y que tiene que ver con cómo se posiciona un ciudadano crítico, de izquierda, frente a un gobierno con el que tiene algunos acuerdos y muchos desacuerdos. Mi postura es que hay que ser implacable con la crítica constructiva: pelear para que se produzcan cambios conforme a las convicciones de uno (en este caso, por ejemplo, reforzar los poderes del Estado, reduciendo la discrecionalidad de cualquier gobierno de turno). Esto es decir, me parece criticable la postura que asumen muchos colegas, de convertirse en soldados acríticos del gobierno, como si estuvieran en guerra, y perdiendo así toda capacidad para distanciarse del poder de turno, y exigirle cambios que hasta el propio gobierno -nos demuestra- estaba dispuesto a hacer (contra lo que sus defensores nos auguraban). El ejemplo de esta ley es muy importante, porque si era por ellos, ganaban las telefónicas y la discrecionalidad del gobierno de turno cuando, queda demostrado, otro mundo mucho más interesante era posible, y estaba al alcance de la mano, como lo veníamos diciendo una y mil veces. El debate, para mí, es ése: persistir en una postura crítica de izquierda o convertirse en un soldado en actitud de obediencia debida.
13 sept 2009
Sol, domingo, mates y diarios
· Grande Pepe. Interesantísima entrevista a un político atípico, José "Pepe" Mujica, acá. El viernes estuvo en el Luna Park, muy carismático como es, con respuestas cortas al pie pero bien directas, con un lenguaje que lo caracteriza, responde: "La Constitución merece reformarse, pero no gastaría pólvora en chimangos si no hay acuerdo con la oposición: una cosa es reformarla y otra es tener una guerra interna. No vamos a partir el país por cambiar una letra a la que después le damos pelota más o menos. No creo en el progreso manuscrito." ¿Pelota más o menos? ¿Progreso manuscrito? ja
· Pacto de la anchoa. Nota sobre un "Pacto de la Moncloa Argentino", entre Eduard Duhalde y Rudolf Terragno, con notas de Rosend Fraga, mmmmmm, en la LN acá.
· La Nelly. Minyarsky sobre la hipocresía, del divorcio al aborto, entrevistada por Mariana Carbajal, aquí.
· Confusión en la nación. Todas las versiones sobre el episodio Afip-Clarín: en Clarín, en La Nación, en Crítica, en Perfil y en Página12 tanto Wainfeld como Verbitsky suman análisis pero poca información, pocas herramientas para entender.
· Fachos mal. La persecución de Alan Turing y un pedido de perdón oficial, acá en Digital Critic.
· El título no tienen nada que ver con el post. Lo sé. Suele pasar con los post de domingo. Salud!
12 sept 2009
El juicio original
Leer a André Breton es leer al poeta que fue expulsando, uno a uno, a sus disidentes dentro del movimiento político y artístico en el que confluían varios de los que hoy se consideran sus principales referentes, como por ejemplo Salvador Dalí o Antonin Artaud. A pesar de ello, esta poesía, traducida por Flora Pizarnik -mejor conocida como Alejandra Pizarnik- y escrita junto a Paul Éluard tiene mucho del aura y encanto que rodea(ba) al movimiento surrealista, ya totalmente absorbido por la poesía contemporánea. Ahí van:
El Juicio Original
No leas. Mira las figuras blancas que dibujan los intervalos que separan a las palabras de muchas líneas de los libros, e inspírate en ellas.
Certidumbre
Si te hablo es para oírte mejor
Si sonríes es para invadirme mejor
Si te abrazo es para continuarme
Si te dejo nos recordaremos
10 sept 2009
Gracias Ronaldo
Dworkin, acá, nos deja un excelente artículo sobre las audiencias confirmatorias de la Jueza Sotomayor, y el modo en que ellas se han convertido en una farsa, en donde los candidatos son acorralados hasta que digan aquello en lo que no creen; viéndose obligados a afirmar la triviliadad vacía y mentirosa de "sólo quiero ser fiel a la ley;" y a rechazar -por caso- el peso de los antecedentes internacionales (como fuente posible del derecho nacional), al costo de convertir a la práctica constitucional en una cada vez más insular, más parroquial.
Dworkin llena de elogios a Sotomayor, y lamenta que ella también haya tenido que ceder a la tentación de decir que sólo perseguía la "fidelidad a la ley." Reconoce que ella no tenía salida ("no decir lo que ellos querían oir hubiera implicado perder el premio mayor sólo por un candor que no tenía razón de asumir"). Sin embargo, señala que "la afirmación vacía" acerca de la "fidelidad a la ley" "perpetúa la ficción tonta y democráticamente falsa según la cual el juez puede interpretar las cláusulas abstractas de la Constitución sin efectuar juicios controvertidos sobre moralidad política a la luz de sus propios principios políticos." Y agrega -espectacular para nosotros- que una "genuina filosofía política" debe incluir al menos "un esbozo de teoría acerca de cuál es la mejor concepción de la democracia, que refiera también al mejor entendimiento sobre los derechos individuales que deben ser asegurados por la ley, como cuestión de justicia." Sí Ronaldo, sí, te estás jubilando y cada día estás mejor. Gracias Ronaldo, gracias, cuánto bien le has hecho al derecho, rompiendo las telarañas de tonterías con que se lo ha rodeado.
9 sept 2009
Una a favor: La ley de radiodifusión y sus enemigos
El ilustre Guillermo Mastrini, a quien se refiere Ramiro en el post de más abajo, es un joven (tiene más o menos mi edad, así que en realidad...) referente en materia de Comunicación (ex Decano de la Carrera), y tiene una postura favorable a la aprobación del proyecto oficial. Acá nos envía una nota de hace unos días, para seguir con el debate. Gracias Guillermo!
La ley de radiodifusión y sus enemigos
Hasta el momento no se ha escuchado ninguna voz que sostenga públicamente que no es preciso sancionar un nuevo marco legal para la radiodifusión. Resulta al menos curioso entonces que una ley contra la que nadie está en desacuerdo tarde más de 26 años en ser aprobada. Esto nos lleva a pensar que más allá de lo que se públicamente se dice, la sanción de un nueva ley tuvo y tiene enemigos, cabría decir, poderosos enemigos.
Uno de los aspectos positivos del debate que se ha instalado es que los argumentos contra la ley de radiodifusión han salido de las cavernas. Parece que ya no basta el infatigable transitar de los lobbystas de los grandes medios por los pasillos del Congreso, o incluso las llamadas directas a los legisladores al momento de las votaciones o despachos de comisión, como ha ocurrido habitualmente desde 1983. Frente al debate y a la conciencia social de la importancia de una regulación democrática de la información, los enemigos de la ley de radiodifusión no han tenido más remedio que desplegar una batería de argumentos públicos contra su sanción.
A favor de la ley, aparecen por primera vez con significativa presencia sectores de la sociedad civil, sindicatos, universidades, radios comunitarias articuladas en la Coalición para la Radiodifusión Democrática, que desde hace cinco años (con más paciencia que apuro) impulsan la sanción de una regulación democrática. Como bien señalara Mario Wainfeld, el burdo intento de deslegitimar a sus miembros con el mote de “ultras”, no resulta eficaz frente a la diversidad política e ideológica del amplio abanico social que sustenta la necesidad de sancionar un nuevo marco normativo.
Ahora que los argumentos de los enemigos de la ley son más públicos resulta interesante analizar cómo sus líneas argumentativas han variado según los gobiernos y coyunturas políticas. En lo que no han variado es en su permanente oposición a que se sancione un marco regulatorio democrático, que dificulte la discrecionalidad de la autoridad de aplicación y los acuerdos privados con las autoridades.
Tomaremos dos casos como ejemplos. El proyecto de Ley de Servicios Audiovisuales es, para los grandes medios, la ley “K” para controlar los medios. En muy pocas ocasiones, ninguna en el grupo Clarín, se da la palabra a quienes están a favor del revisar el marco legal. Todos los grupos sociales, sindicales, universitarios y políticos, que apoyan el proyecto son tachados de ultra K sin matices. Pero es no es nuevo. Durante el gobierno del hoy respetadísimo Raúl Alfonsín, el Consejo para la Consolidación de la Democracia (COCODE), elaboró a pedido del presidente un proyecto de ley. Los argumentos de las patronales de los medios agrupadas en la Comisión Empresarial de Medios de Comunicación Independientes (CEMCI) estigmatizaron al proyecto como un ataque a la libertad de expresión y presionaron a los diputados y senadores para evitar su sanción. La CEMCI es una suprapatronal gestada y gestionada por el grupo Clarín. El COCODE fue un organismo multipartidario en el que estaban representadas las principales fuerzas políticas del momento. Ayer frente a un proyecto de consenso, hoy ante uno surgido del seno de la sociedad civil y redactado por el gobierno, los enemigos de la ley de radiodifusión sostendrán que la reforma de la ley de la dictadura es un ataque a la libertad de expresión.
Otro argumento que recurrentemente se vocifera es la conveniencia de esperar al nuevo parlamento, que tendría la verdadera representación popular y por ende la mayor legitimidad para legislar. Agotaría el esfuerzo de varios días de investigación reseñar los cientos de leyes sancionadas desde 1983 en el período que transcurre entre las elecciones y la asunción de los nuevos parlamentarios. De todas ellas citaremos una, la que transformó radicalmente el sistema de medios argentino. En agosto de 1989, luego de la caída del alfonsinismo, pero antes de que asumieran los diputados electos, el parlamento aprobó las leyes de Emergencia Económica y de Reforma del Estado, conocidas como leyes Dromi. En uno de sus artículos se eliminaba el impedimento para que los dueños de medios gráficos pudieran ser licenciatarios de medios de radiodifusión. A partir de dicha modificación pudo constituirse el grupo Clarín. De esta forma, no sería arriesgado señalar que de sancionarse la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual tendría la misma legitimidad de origen que todos los grupos multimedia que existen en Argentina. Salvo que se utilice un criterio cuando el proceso favorece y otro cuando perjudica. Los enemigos de la ley de radiodifusión no parecen haber reparado en tal detalle.
Como todo proyecto o toda ley, la de Servicios de Comunicación Audiovisual puede y debe ser mejorada. Esa debería ser la tarea del parlamento. El proyecto presentado constituye una adecuada base para el debate con elementos hasta ahora inéditos en la radiodifusión argentina como es la presencia de minorías políticas en los directorios de la autoridad de aplicación y del sistema nacional de medios públicos. Su concepción se base en criterios de libertad de expresión asentados en los derechos humanos que supera ampliamente el sesgo autoritario de la ley de la dictadura vigente. La que los enemigos de la ley de radiodifusión procuran mantener.
El proyecto oficial frente a los "21 puntos"
Y Ramiro A.U., amigo, colega blogal, y uno de los mejores estudiosos que tenemos en derecho, sobre el tema, agrega unos apuntes sobre las relaciones entre el proyecto oficial sobre medios, y los "21 puntos" de la Coalición por la Radiodifusión. Acá van, mil gracias Ramiro!
Los medios, los elefantes invisibles y los caballos rellenos
Hace varios días que estoy tratando de plasmar por escrito algunos pensamientos en torno a la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Pero me resulta bastante difícil, por distintas razones. En primer lugar, la ley es muy compleja: evaluar lo mucho que abarca lleva su tiempo. En segundo lugar, el debate público parece estar acelerado de la mano de un Gobierno que no parece muy dispuesto a debatir en forma abierta, transparente y amplia.
Ahora acabo de ver a Victoria Donda (ex K, actual Encuentro Popular) y Fernando Sánchez (CC) discutir sobre la ley de Medios en Metro. Y ambos hicieron referencia a dos temas que me parecen cruciales para entender lo que divide a cierta oposición de ‘izquierda’ cuyos votos serán claves para que la ley se apruebe con legitimidad.
Estas dos cuestiones son los famosos 21 puntos para una radiodifusión democrática (21P) y la evaluación de las intenciones del Ejecutivo. Tanto Donda como Sánchez defendían los 21P pero destacaban inconsistencias entre estos puntos y la ley. Disentían, sin embargo, respecto de la validez o utilidad de mirar las intenciones del Ejecutivo.
Con respecto a los 21P. En estos días estuve releyendo Mucho Ruido, Pocas Leyes, editado por Guillermo Mastrini. El libro recorre la historia de la radiodifusión en la Argentina entre 1920 y 2004 y señala las formas en que el Estado y medios de comunicación fueron estableciendo relaciones en las que los empresarios se veían beneficiados con una amplia libertad de acción a cambio de controles en contenidos que aceptaban gustosos. Dos sectores rascándose mutuamente las espaldas.
En 2005, Mastrini culminaba el libro diciendo: “La historia recorrida en este libro demuestra que si un conjunto de sectores de la sociedad civil (…) no comienzan el debate forzando a los responsables políticos a asumirlo, será muy difícil que este proceso surja por mera voluntad de quienes pretenden representar al pueblo en el Congreso de la Nación”.
Hoy, ese proceso de presión e instalación del debate parece haber terminado, al menos para los propios miembros de la Coalición por los 21 puntos. Sin embargo, y como concuerdan diputados de distintos sectores como Donda y Sánchez, la ley muestra inconsistencias graves con los 21P.
Me interesa señalar tres de esas inconsistencias relacionadas con el punto 3 (independencia de los medios de comunicación), el punto 6 (no concentración) y el punto 12 (medios públicos no gubernamentales). Invito a leer el proyecto original del Ejecutivo, que contiene una interesante fundamentación que incluye la enumeración de los 21 puntos y una breve explicación de cómo la ley los satisfacería. El lector desprejuiciado encontrara, creo, que las respuestas oficiales a los puntos mencionados son deficientes.
El punto 3 y el punto 12 pueden ser tratados simultáneamente. El proyecto de ley crea autoridades de aplicación y directores de medios públicos que están bajo la exclusiva órbita del Ejecutivo, el que designa (sin ningún tipo de control del Congreso) a la mayoría de sus miembros. El Gobierno alega que el principio 3 que exige ‘independencia’ es satisfecho con una figura de control, como es el Defensor del Público. ¿Acaso una autoridad de aplicación autónoma, con composición plural y en el ámbito del Congreso no sería mejor para garantizar la independencia de los medios que un mero órgano de control? El Gobierno tambien omite mencionar otro de los reclamos del principio 3: la asignación arbitraria de publicididad oficial y subsidios. Si la ley no regula este aspecto, el principio 3 no es satisfecho.
Las relaciones económicas entre el Estado y los medios de comunicación (que van mucho más allá de la publicidad oficial) son la principal fuente de presión por parte del Estado a los medios pequeños y medianos, mayoría en gran parte del interior del país. Es en estas relaciones económicas dónde se esconde la mayor violación al derecho a la información de los ciudadanos: el desafío es hacer que el Estado y los medios se dejen de rascar las espaldas, y esta ley no lo hace.
Por supuesto, una ley no puede obligar a un medio a ser independiente y ejercer el periodismo de forma seria. Pero al menos puede crear incentivos para que lo haga o eliminar desincentivos. La ley, como está, no crea ningún incentivo para el ejercicio del periodismo independiente, sino que por el contrario, mantiene los desincentivos existentes. Pensemos en un dueño de un diario de una ciudad bonaerense cualquiera: ¿Es razonable criticar a las autoridades si puede ser castigado con el retiro de los fondos que le permiten sobrevivir? La obviedad de la respuesta me exime de explicitarla.
Y con respecto al punto 6, que llama a evitar la concentración, el proyecto también es deficiente. ¿Por qué es necesario permitir el ingreso de las telefónicas? ¿No se puede obligar a las telefónicas a dar las redes para que otros prestatarios no mega millonarios como ellas puedan prestar servicios de triple play y competir con el cable? Se les abre la puerta y se les pone límites, pero ¿por qué se les abre la puerta en primer término? Si se quiere, como se dice, evitar monopolios o concentraciones, por qué se le da entrada a dos empresas con espaldas que son dos (Telefónica) y tres (Telecom) veces más anchas que las del Grupo Clarín? ¿Acaso estas empresas serán una amenaza menor para los pequeños cableoperadores del interior que lo que fue un grupo Clarín desatado por todos los presidentes desde Carlos M. hasta Nestor K.?
Quiero que el oficialismo explique por qué es necesario abrir el juego a las telefónicas. Estoy interesadísimo en escuchar esa justificación con argumentos antimonopólicos. Espero sentado, comiendo pochoclo.
Estas consideraciones me llevan al último punto, relacionado con la intención del Gobierno. Victoria Donda estaba en desacuerdo y juzgaba inútil analizar las intenciones del Gobierno porque ella no es psicóloga: hay que leer la ley y punto. Sánchez pensaba que no mirar a esas intenciones es correr la vista del elefantazo que hay en el cuarto (a saber: la pronta puesta en venta de Telecom; la adquisición de Telecom por empresarios amigos que podrán salir de compras al jugoso shopping de medios que quede luego del proceso de desconcentración que la ley propone).
Me interesa reflexionar en la posición de Donda, porque me parece que es la de muchos diputados de izquierda, algunos oficialistas bien intencionados y la de la Coalición por los 21P. Hoy la ley está más cerca de sancionarse que nunca: quien conoce la historia de la radiodifusión en la Argentina sabe sin embargo que puede fallar. El escenario que se plantean es del tipo ‘ahora o nunca’.
Entiendo el temor pero no comparto: si la ley se debate adecuadamente, sin apresuramientos actuados y con seriedad, el oficialismo va a recoger muchas adheciones de gran parte de la oposición.
Esto, claro, si las intenciones del oficialismo son las que declama, y no las que se adivinan en su por ahora intransigencia respecto de puntos clave relacionados con el control y la independencia de medios y autoridades de aplicación. No hay motivos váidos para insistir en los puntos cuestionados: si se insiste en ellos, el oficialismo revelara sus intereses verdaderos. Las ventajas de discutir, que le dicen.
El riesgo de la Coalición de los 21P va a ser explicar los procesos de concentración que temen los más desconfiados; la creación de autoridades de aplicación discrecionales y la continuidad de mecanismos de presion a medios de comunicación. Mientras tanto, parece valioso señalar que es posible que adentro de este hermoso caballo se escondan algunos soldados griegos dispuestos a arrasar con la ciudad si les abrimos las puertas.
Ley de medios y algunas preguntas (+)
Acá, nota que saqué hoy en Clarín, sobre el tema de la ley de medios.
Y alguna reflexión nomás: cuál es el objeto de las audiencias públicas que se están haciendo??????? Se va a responder a las críticas que lleguen a ellas??? Va a haber medio -medio!!- cambio en la ley, a partir de lo que se diga en las audiencias??? Se van a dar razones de por qué no se tomen en cuenta las objeciones que aparezcan por allí (tal como era obligación insalvable en las viejas audiencias públicas)??? Porque sino, se tratará de la forma más vergonzoza de decir "discutimos, abrimos la ley a la sociedad" mientras se nos ríen en la cara, y piensan que desde la "sociedad civil" ya calmamos nuestra adolescente ansiedad participativa. El principal sentido de las audiencias es el de ayudar al decisor a recapacitar, pensar mejor, a corregir sus errores. Aquí, en cambio, se cree que las audiencias sirven para que ciudadanos y ongs hagan su catarsis y se queden tranquilos: "ya hablaron, ya participaron? chau, buenas noches, váyanse con sus proyectitos que ahora hay que ponerse los pantalones y decidir en serio."
La segunda reflexión es la siguiente: el gobierno está a un paso de armar una coalición interesentísima, que le permitiría pasar una ley de medios progresista, de avanzada. Tiene a su disposición cantidad de votos de la izquierda y centro-izquierda, que estarían con él si cambiara un par de puntos muy graves de la ley. Es decir, no es un multimedio el que impide que el gobierno pase una ley fuerte, ampliamente consensuada, sino la decisión del propio gobierno de armar su propia estructura de medios afines. Es decir: no hay coalición destituyente que le impida aprobar una ley progresista ya, sino su propia voluntad de no apostar por esa coalición, su propia decisión de apostar por una nueva concentración autoritaria.
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En lo que sigue, el texto que salió en Clarín:
Para no dar lugar a confusiones: es muy importante dictar una nueva ley de medios, ya que la que existe se encuentra afectada por gravísimos vicios de origen, y ha sido funcional a la creación de un estado de cosas constitucionalmente cuestionable e injusto. El ideal constitucional de la libertad de expresión no se contenta con la no-censura, sino que requiere del establecimiento de las condiciones para un debate público "amplio, robusto y desinhibido."
Pero carecemos del mismo, en tanto que los espacios para el debate son escasos; las voces sistemáticamente ausentes de la escena pública se cuentan de a millones; y la desigualdad de los recursos para expresarse resulta extraordinaria. En definitiva, el cambio es necesario y urgente.
Ante tal panorama, el proyecto de ley de medios presentado por el Gobierno representa un buen punto de partida para la discusión que debe llevarse a cabo en los días que siguen. Sin embargo, los muchos méritos del proyecto son compensados por algunas precisiones que se le han introducido, que son suficientes para convertir a la propuesta gubernamental en temible. Y no hay motivos para aceptar la ya habitual extorsión a las que nos somete el Gobierno: quedarnos con lo muy malo que existe, o aceptar lo inadmisible que él nos propone.
Hay espacio, tiempo, ánimo y voluntad colectiva suficientes para explorar alternativas diferentes a las propuestas. Sustantivamente, la idea de una Autoridad Federal de Comunicación, dependiente de la Secretaría de Medios y encargada de la asignación y revisión de licencias, crea riesgos extraordinarios para la libertad de expresión, contradice las exigencias de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y burla las recomendaciones de la Relatoría de la Libertad de Expresión de la CIDH: dicho órgano debe ser en todos los casos autónomo e independiente del gobierno de turno.
Por otro lado, el lugar que el proyecto reserva para las empresas proveedoras de servicios públicos viene a abrir espacio para la formación de grupos dominantes nuevos y amigos.
Notablemente, ambas propuestas, entre otras, contradicen de modo flagrante las recomendaciones acordadas en los valiosos 21 puntos de consenso firmados por la amplia "Coalición por una Radiodifusión Democrática" (que exige políticas para evitar la concentración de la propiedad de los medios; diferencia bien entre Estado y Gobierno; pide que la renovación de licencias esté sujetas a audiencias públicas vinculantes; exige criterios no arbitrarios en la distribución de la publicidad oficial).
Lo dicho me lleva al punto principal de mi argumento, que no se centra en lo más fácil -las violaciones legales sustantivas propias del proyecto oficial- sino en lo más complejo de defender: las inadecuaciones procedimentales en juego, que amenazan ya la constitucionalidad de la propuesta en trámite.
Todas las leyes, pero especialmente aquellas que tocan los nervios más sensibles de la Constitución, requieren estar precedidas de una discusión amplia y plural, y no de una ficción de discusión. Todas las leyes, pero especialmente aquellas que pueden hacer más difícil la alternancia en el poder, requieren de una justificación pública extraordinaria, a riesgo de ser fatalmente sospechosas de inconstitucionalidad.
Ello les cabe a reformas como éstas, sobre la ley de medios; a las reformas electorales; reformas que limiten los controles sobre aquellos que gobiernan; reformas que puedan socavar la participación política de la ciudadanía; reformas que vengan a limitar decididamente las protestas y quejas frente al poder; reformas que vengan a diluir las posibilidades de la competencia política. Todas las leyes, pero especialmente aquellas frente a las cuales la ciudadanía reclama intervenir, y ante las que la oposición tiene críticas y sugerencias que hacer, deben ser cuidadosamente examinadas en público.
El Gobierno, sin embargo, bastardea cada uno de los criterios señalados: alega a su favor la discusión que antecedió al proyecto, cuando dicha discusión rechazó aspectos esenciales de lo que hoy él proclama; bloquea ilegalmente la discusión parlamentaria del proyecto, en Comisiones que legítimamente se lo reclaman; convoca a audiencias públicas sin aliento, ridiculizando la apertura de la que se jacta; publica aceleradamente sus decisiones en el Boletín Oficial, delatando -como ya lo hiciera con su reforma al Consejo de la Magistratura- su disposición a actuar discrecionalmente, sin prestar atención a los dichos de sus opositores. Convendría avisarle al Gobierno: las picardías de las que se ríe en secreto configuran faltan graves, que dañan la validez jurídica de lo que está haciendo.
Hace muy pocos años, en una maravillosa sentencia, la notable Corte Sudafricana sostuvo, frente a una queja popular por una ley que no había sido discutida suficientemente en audiencias públicas, que "(la intervención legislativa del pueblo)... ayuda a contrapesar el lobby y las influencias avanzadas en secreto... y ayuda de modo especial a los más desapoderados dentro de un país marcado por las disparidades de riqueza y de influencia...."
Convendría avisarle al Gobierno: la Corte no hacía retórica, sino que impugnó la ley y ordenó dar la discusión que el Gobierno había escamoteado. Estamos a un paso de un cambio importante, y no hay razones para aceptar atropellos.
Discutir lo ocurrido en la Universidad Nacional de Colombia
El Rector de la Universidad Nacional de Colombia, Moisés Wasserman fue víctima el viernes pasado de una retención al interior de su vehículo, por casi 6 horas, motivada por una multitud de estudiantes (y otras personas ajenas a la Universidad, tal como pudo comprobarse por fotos y filmaciones periodísticas) quienes le exigían discutir la situación financiera de la Universidad.
Uno de los puntos hoy de debate en Colombia tiene que ver con la denominación, con la tipificación, de “secuestro” de la protesta de los estudiantes y las demás personas que retuvieron al Rector. La primera pregunta que debe responderse es, entonces, si se configura la actuación penal, si el tipo penal se adecua a la actuación que se examina. Quien retenga a una persona (sin su consentimiento, obviamente) incurrirá en prisión y en multa. Secuestrar implica conforme a nuestro ordenamiento, entonces, retener indebidamente a una persona. ¿Wasserman estuvo retenido? Si la respuesta es sí, Wasserman estuvo secuestrado.
Una pregunta que surge después es si la norma penal, no obstante adecuarse a la conducta examinada, encuentra en el caso concreto argumentos para derrotarse (como se dice dentro del neoconstitucionalismo), es decir, si no obstante encontrarse probada la actuación contraria a derecho en el contexto particular, se puede dejar de aplicar la pena prevista o se puede aplicar una menor. Que el acto haya desembocado en una incursión por parte de la fuerza pública en el Universidad para liberar al Rector, es una cuestión que debe mirarse por separado ¿siempre y en todos los casos de violación de algún derecho (como el de locomoción del Rector, por aludir al que no admite discusión aquí) al interior de un recinto académico puede ingresar la fuerza pública? “Brutal e intimidatorio acto contra la integridad física del rector Wasserman” lo llamó el diario El Tiempo, lo cual puede matizarse al considerar que la camioneta es blindada. Cierto. Pero que estuvo retenido, no está en discusión.
Defiendo la protesta, he presentado conferencias y publicado artículos sobre el tema, participé en las protestas por la penalización de la dosis personal, la restricción de derechos para la población LGTB, las víctimas de las Farc y las víctimas de crímenes de Estado (no fumo ni cigarrillo, no soy gay y no he sido víctima indirecta de crimen de la guerrilla o del Estado). Pero el que se cite a Gargarella, a Rawls y a Dworkin para justificar cualquier protesta, cobijando en todos los casos todo tipo de actos, es decir, dotando a la protesta de un contenido (retener a un rector) que no amerita ser revisado debido supuestamente a la legitimidad del fin (discutir la situación financiera de la U.), no lo considero admisible. Va incluso en contra de la idea de protesta.
Las continuas manifestaciones públicas que se registran en todo el mundo, a las que se les conoce genéricamente como “protestas”, son una buena prueba de las injusticias que se cometen en contextos particulares. Se constituyen por tanto en un termómetro apropiado para medir el grado en el cual los estados sociales de derecho están honrando tal modelo ideológico que los apremia a realizar los derechos de forma que se protejan los fundamentales mientras se garanticen los sociales, tales como la educación. La protesta, también, al evidenciar la existencia de graves deficiencias en un sistema que se muestra incapaz de corregir los males existentes, puede concebirse en este sentido como una caja de resonancia para que se escuchen las demandas de quienes no cuentan con otros medios para hacerse oír. El que existan grupos excluidos de forma sistemática del disfrute de derechos es un indicio de las falencias en los procedimientos políticos existentes. No es entonces un asunto menor dentro de las características actuales de nuestras democracias y no es por ello fortuito que una de sus manifestaciones más elocuentes, como la huelga, se hubiera consagrado en Colombia como un derecho fundamental en la Constitución de 1991.
La cuestión del derecho a la protesta es un blanco fácil de tratar legalmente pero extremadamente difícil política, e incluso, jurídicamente ya que a partir de una interpretación literal y restringida de la ley penal quienes cometen actos de protesta sencillamente son merecedores del rigor de la ley. Gargarella lo presenta de sin igual forma: analizar una protesta con el código penal en la mano o con la Constitución en la mano. De un lado muchos actos de protesta son sencillamente actuaciones punibles que deben ser sometidos por la fuerza pública y castigados bajo el régimen penal, pero del otro debido a la motivación que lleva a las personas a protestar, se pone de presente que la protesta es uno de los mejores ejemplos que pueden encontrarse para ejemplificar desde nuestros contextos, casos difíciles en los que se contraponen e incluso se enfrentan leyes penales y principios constitucionales. Esto no se encuentra en el caso de Wasserman.
Desconocer la transmisión de mensajes políticos por otros medios y enfocarse exclusivamente en la sanción de tales actos, es darle la espalda a una parte crucial del asunto en la medida en que tales actos que alteran el transcurrir normal de la sociedad son en su mayoría recursos desesperados que tienen como objetivo llamar la atención al resto de la sociedad en general, y las autoridades públicas en particular, sobre una cuestión importante para un amplio sector que ha sido descuidada y, por tanto, vulnerada. En los casos de protestas hay que reflexionar entonces sobre las oportunidades de los grupos desfavorecidos de las sociedades que cuentan con menores posibilidades de acceder a espacios que les permitan presentar sus reclamos. “En muchos casos, el medio puede ser bien el mensaje”, como se dijo en una sentencia se la Corte Suprema de EEUU.
Y esto me conduce a otro punto, ya que nos referimos a la defensa de la protesta respecto de casos concretos: el Rector Wasserman se ha caracterizado por, digamos, un deliberativismo y una actuación mucho más de cara a los estudiantes y demás estamentos universitarios que otros rectores, por lo que ni siquiera la dificultad de transmitir mensajes constituye en este caso una legitimación del acto.
Al distorsionar la realidad del otro, del que protesta, para encasillarla y reducirla a actuación criminal, no se hace más que cometer una injusticia. En la protesta por los crímenes de Estado un asesor del Presidente la condenó como una marcha a favor de la guerrilla. El derecho a la protesta debe respaldarse porque también en el disenso se apoya la democracia. Pero incluso ante un garantismo por las formas de exteriorización de la protesta, el fin claramente no justifica cualquier medio. Y así Wasserman no hubiere sido un comprometido con la deliberación estamentaria, retenerlo también hubiere sido en tal caso desproporcionado.
Si bien es difícil distinguir entre expresiones de un grupo movido por intereses legítimos y quienes se aprovechan de las protestas para delinquir, debe preservarse en la medida de lo posible el “componente expresivo” de estas acciones e individualizar las conductas criminales. Qué decir en un caso como este en el que el acto mismo fue de toda la gravedad, más que tomarse una vía o atarse a la puerta de una institución pública impidiendo el ingreso de los funcionarios. Cuando vienen presidentes estadounidenses siempre se registran protestas, pero la que se vivió en la carrera Jiménez de Bogotá cuando vino Bush no tenía precedentes por los daños y saqueos. En este caso lo constitucionalmente debido es individualizar las conductas delincuenciales en lugar de criminalizar la protesta en general. Estimo distinto el caso de la retención de Wasserman porque el caso mismo comportó una restricción de sus derechos que se puede considerar gravísima. No sucedió como en el primer caso que acontecieron actos, aunque delincuenciales, aislados, sino que el acto mismo, la protesta, fue retener(secuestrar) al Rector. Distinto hubiere sido si por la protesta se obstruye una vía en la que resulta retenido el Rector.
En muchos casos la respuesta usual del derecho es siempre la criminalización y, de la opinión pública, la condena. Tradicionalmente se ha tendido a reducir las protestas a actos punibles cualquiera que deben ser sometidos y juzgados como tales. El grado de marginación del debate público que padece un grupo, debe ser proporcional a la sensibilidad con la cual se juzgan las protestas que llevan adelante dichos grupos por sus demandas, sustenta Gargarella. Después de admitir la posibilidad de contar con protestas al interior de las democracias, se debería considerar si las demandas sociales expresadas por medio de la protesta merecen protección constitucional.
Si quienes protestan defienden sus actuaciones, cualquiera sean, por los fines que persiguen, la idea misma de protesta y su respaldo institucional y social, particularmente social, se desvanece, se desnaturaliza, por lo tanto hay que enfatizar que la protesta, como cualquier derecho, no es absoluto y tienen que observarse en cada caso las actuaciones y los fines, no sólo éstos. La proporcionalidad es un rasero para condenar en ciertos casos también la protesta, incluso allí donde los fines son legítimos.
Las teorías contemporáneas de la desobediencia civil, y así de la protesta, no pueden entenderse como defensas de la violencia, por muy legítimos que sean los fines: el medio, el acto de protesta, tiene que ser ponderado. La legitimidad de la desobediencia civil radica en que se trate de un acto no violento porque “herir y lastimar es incompatible con la desobediencia civil como un modo de proceder” (Rawls) en la medida en que se interferiría con las libertades civiles y se oscurecería la “calidad de civilmente desobediente” la cual, aunque “puede advertir y amonestar, no es en sí misma una amenaza”. ¿Tiene que ver esto en algo con el caso Wasserman?
La protesta revela con diafanidad cortedades y precariedades de nuestros sistemas institucional y democrático. En tal sentido, quisiera concluir glosando una aleccionadora frase de Robert Jackson: “Quienes comienzan por eliminar por la fuerza la discrepancia, terminan pronto por eliminar por la fuerza a los discrepantes. La unificación obligatoria del pensamiento y de la opinión sólo obtiene unanimidad en los cementerios (…) Si hay alguna estrella inamovible en nuestro firmamento constitucional es que ninguna autoridad pública, tenga la jerarquía que tenga, puede prescribir lo ortodoxo en política, religión, nacionalismo u otros posibles ámbitos de la opinión de los ciudadanos, ni obligarles en forma alguna a manifestar su fe o creencia en dicha ortodoxia. No conocemos ninguna circunstancia que pueda ser considerada una excepción a esta regla”. (West Virginia Board of Education vs. Barnette, 319, U.S. 624 (1943). Trad. propia)