
En sintonía con la política del gobierno de la ciudad de "recuperar el espacio público para los vecinos" (ay!), los jueces Rodolfo Pociello Argerich y Mario Filozof, de la Sala V en la Cámara Nacional en lo Criminal dictaron un fallo según el cual los grafitis "tienen carácter permanente sobre el bien y su remoción o quita exige una tarea material apreciable en dinero", por lo que constituye un delito de daño y puede ser penado con prisión (el fallo tiene una afortundad disidencia de Mirta López González). Por considerárselo un delito de daño, las penas que se prevén son de 15 días a un año de cárcel (cuando el Código Contravencional de la Ciudad, art. 80, prevé multas o trabajos comunitarios para quien manche o ensucie bienes de propiedad pública o privada).
Contra lo que dice el fallo, aquí insistimos, desde siempre, en ideas contrarias. Una es simplemente la reivindicación del graffiti, pero no entraremos en el tema, a esta altura. Por el momento, basta con repetir lo de siempre. Es decir, que el poder coercitivo estatal debe utilizarse con extrema prudencia. Cualquier movimiento del Estado, y muy en particular cualquier movimiento del Estado que implique el ejercicio de la coerción, requiere de un cuidado ejercicio argumentativo. Y no se trata sólo de dar algún argumento, sino de dar argumentos que sean capaces de persuadir a cualquier ciudadano preocupado de la cuestión. Mucho más cuando lo que está en juego es el empleo de la violencia penal, y más todavía cuando ella viene habitualmente de la mano -y según ratifica el fallo- del establecimiento de penas de privación de la libertad.
Los jueces argentinos -y éste es un nuevo caso al respecto- dispensan privaciones de libertad con absoluta liviandad; toman a la violencia y la prisión como la moneda corriente en el ejercicio de su función. En todos los casos, su actitud debería ser en principio exactamente la contraria: evitar la violencia, evitar la prisión (otro día podríamos hablar acerca de si debe haber excepciones a este principio. por ahora concedamos -sólo para seguir con la discusión- que sí).
Lo que hacen los jueces argentinos es producto, sin dudas, de muchas causas, pero una de esas causas es la siguiente: ellos tienen la absoluta certeza de que jamás serán objeto de la misma violencia estatal que irresponsablemente distribuyen. Se trata, entonces, de una certeza que proviene de la situación de privilegio en la que se encuentran ubicados. Es decir, se trata, entre otras cosas, del resultado de una desigualdad no justificada. Entonces es cuando se hace más importante señalar un último punto: en situaciones de desigualdad extrema e injusta, como la que distingue a nuestro país, el uso de la violencia estatal debería considerarse, en principio, como injustificado y, por tanto, como impermisible. Las razones que deberían dar los jueces, en tales casos, para justificar el uso de la coerción, deberían ser poderosísimas. Lo que nos dan, en cambio, son baratijas de ocasión, destinadas sólo a que no resulte manifiesto que estamos frente a un uso arbitrario de los poderes que se les han cedido.
(Ejemplo de elogios al fallo, por supuesto, y como es habitual, sin dar argumentos al respecto, acá )

