30 may 2013

Bolsa laboral. Profesor de Constitucional


Tareas a desarrollar:
Planificación y dictado de la materia “Derecho I: Derecho Político y
Constitucional”.
Preparación y dictado de clases.
Preparación y Administración de exámenes regulares.
Evaluación a los estudiantes durante el período de contratación y hasta dos turnos de evaluación posterior y entrega de actas y demás documentación. Carga de notas en actas de regularidad y de final.
Asistencia a reuniones de trabajo.



Perfil requerido:
Educación Formal: Licenciado en Derecho, Ciencia Política o Sociología con título de posgrado nivel master en Teoría del Derecho, Derecho Constitucional o Ciencia Política.
Antecedentes en docencia: No menos de cinco años de docencia universitaria en derecho político y/o ciencia política.

Otros:
Se valorará experiencia en docencia en el área temática del derecho político y constitucional. Se valorará: Investigación y producción en el campo de la investigación del derecho político y constitucional.
La recepción de los CV se realizará a por medio de esta casilla de correo electrónico
(busquedasidh@ungs.edu.ar) entre el 28/05/13 y el 11/06/2013 a las 12 hs.

IMPORTANTE:
a) Por favor colocar el código de referencia de la búsqueda en el asunto del mail.
b) Para más información sobre la UNGS y el IDH, su oferta académica y trabajos de investigación, consultar enwww.ungs.edu.ar.
c) A quienes cumplan con los requisitos mínimos se les solicitará un trabajo escrito cuyas especificaciones serán enviadas a los postulantes, oportunamente, vía correo electrónico.
d) El curriculum vitae debe ser presentado en español, y además de la información que usted considere pertinente al perfil y requisitos solicitados, debe consignar los siguientes datos en las secciones indicadas cuando corresponda.

DATOS PERSONALES
Lugar y fecha de nacimiento / Nacionalidad / Estado civil / Número de D.N.I. / Domicilio / Código postal / Teléfono/s / Correo electrónico
TÍTULOS ACADÉMICOS
*Título de posgrado (título / institución / lugar/ fecha / título de tesis / director de tesis) y/o estudios de posgrado en curso (título / institución / lugar/ fecha de inicio/ grado de avance)
*Título universitario (título / institución / lugar/ fecha) y/ o estudios universitarios en curso (título / institución / lugar/ fecha de inicio/ grado de avance)
*Título terciario (título / institución / lugar/ fecha / duración de la carrera) y/o estudios terciarios en curso (título / institución / lugar/ fecha de inicio/ grado de avance) CARGOS ACTUALES
*Docencia y/o investigación en el nivel universitario / en el nivel terciario / en el nivel medio / Otros
ANTECEDENTES DOCENTES (ordenar la información poniendo primero lo más recientes y después lo más antiguo)
*Docencia en pogrados / en universidades / en terciarios / en media (Cargo / tipo de cargo (regular, interino, contrato, etc.) / institución / lugar / duración / tarea docente involucrada)
*Cursos de capacitación y/o actualización (Título del curso / destinatarios del curso / /
duración / institución / lugar / fecha)
*Otros (Cargo / tipo de cargo (regular, interino, contrato, etc.) / institución / lugar /
duración / tarea docente involucrada)
ANTECEDENTES EN INVESTIGACIÓN (ordenar la información poniendo primero lo más recientes y después lo más antiguo)
*Título del proyecto (tipo de participación (director, investigador, asistente, etc.) /
institución que acredita y/o subsidia el proyecto / duración)
*Categorización en el programa de incentivos
ANTECEDENTES EN COORDINACIÓN (ordenar la información poniendo primero lo más recientes y después lo más antiguo)
*Tarea de coordinación desarrollada
*Diseño de programas y materiales
PUBLICACIONES (aclarar en todos los casos: autores, fecha de publicación, título, lugar de publicación, editorial, páginas, ISSN o ISBN)
*Libros
*Capítulos de libros
*Artículos
*Traducciones
*Actas de congresos
*Material didáctico
*Divulgación
*Referatos
PRESENTACIONES EN CONGRESOS, JORNADAS, ETC. (aclarar en todos los casos: autores, título de la presentación, modalidad de la presentación (ponencia, poster, etc.) nombre del evento, lugar, fecha)
ASISTENCIA A CONGRESOS, JORNADAS, ETC. (aclarar en todos los casos:
nombre del evento, lugar, fecha)
CURSOS TOMADOS (aclarar en todos los casos: nombre del curso, tipo de curso, nombre de la persona que lo dictó, cantidad de horas, lugar, fecha, y si se presentó trabajo final)
OTROS IDIOMAS (aclarar institución en la que se formó y el nivel alcanzado) OTROS ANTECEDENTES QUE CONSIDERE PERTINENTES


29 may 2013

Constitucionalismo Latinoamericano contemporáneo¡

Sale mi libro sobre constitucionalismo contemporáneo, albricias,

con muy buenos comentarios de los estimados Javier Couso, Mark Tushnet, Joshua Cohen y Adam Przeworski (comentarios que dan en la tecla de varias de las claves del libro)

http://global.oup.com/academic/product/latin-american-constitutionalism1810-2010-9780199937967?cc=us&lang=en&tab=reviews


"Roberto Gargarella provides a panoramic view of the structures of Latin American constitutionalism in the nineteenth century, and then shows how those structures were both preserved and transformed in the constitutional reforms of the twentieth and early twenty-first. This is a major contribution to the field."--Mark Tushnet, Harvard Law School
"A breathtaking panorama of 200 years of Latin American constitutionalism. The central argument-that implementation of social rights is impeded by the absence of political reforms-will undoubtedly provoke widespread debates well beyond Latin America."--Adam Przeworski, New York University
"An extraordinary achievement. Gargarella-widely recognized as one of the best constitutional scholars of our time-has come up with a path-breaking analysis of the Latin American constitutional tradition. Examining the constitutional issues that Latin American statesmen and jurists have dealt with in the last two centuries, Gargarella identifies patterns and insights which greatly illuminate our understanding of Latin America's constitutional trajectory. He skillfully links constitutional history, constitutional theory, and socio-legal analysis in a work destined to become canonical in the field of comparative constitutional law and theory. This is an indispensable book not only for scholars of Latin American constitutionalism and history, but for anyone interested in the current processes of constitutional reform in the region."--Javier Couso, Universidad Diego Portales Law School (Chile)
"Roberto Gargarella has written a wonderful, remarkably sweeping, forcefully argued book on Latin American constitutionalism. Drawing together philosophy, political science, history, and constitutional law, he presents a compelling analysis of Latin American constitutions and constitutional traditions. He complements that analysis with a powerful normative-practical thrust. Latin America, he says, needs to reject Presidentialist and centralist traditions and embrace an egalitarian constitutionalism that unites strong protections of individual autonomy with a subordination of power to norms of collective self-government. Moving in these new directions will require reformers to concentrate on how constitutions organize power, not simply how they enumerate rights."--Joshua Cohen, Stanford University

Scalia/ originalismo

Fuerte entrevista (en italiano) a Antonin Scalia, interesante para ver las implicaciones de su sobre influyente, oscilante y grave visión sobre el tipo de originalismo que defiende

http://www.corriere.it/esteri/13_maggio_27/il-supergiudice-americano-scalia-chiudere-guantanamo-un-ipocrisia-paolo-valentino_cddb507a-c686-11e2-91df-63d1aefa93a2.shtml

El canal público compitiendo por la audiencia

No voy a presionar mucho sobre el tema de haber retrasado el partido del domingo, sin importar en absoluto la seguridad de los hinchas, para tratar de tapar las denuncias de corrupción en el gobierno, que aparecen en otro canal. Es un obrar habitual de esta etapa: la gente (sobre todo si se trata de trabajadores tomando el tren, pobrecitos de pueblos originarios, o inocentes espectadores) no importa, y para solucionar cualquier problema aparece la billetera abierta.
Lo que me interesa remarcar es otra cuestión, que tiene que ver con el modo en que la dirigencia y el periodismo oficialista salieron a justificar la movida del cambio de horario, alegando razones de "rating", la necesidad de ganar audiencia. Dentro de poco tiempo, miraremos atrás esta época, llenos de vergüenza. En mi caso, propondré dentro de la lista de 10 hechos vergonzosos de la década esta nueva defección en los principios democráticos. Ahora, la televisión pública sale a ganar audiencia, mientras notas de terror como la siguiente baten las palmas.

http://www.pagina12.com.ar/diario/suplementos/espectaculos/8-28774-2013-05-28.html

28 may 2013

Corte y Consejo: Si no es ahora cuándo


La Corte tiene en sus manos un viejo caso referido a la primera e inconstitucional reforma del Consejo de la Magistratura. Desde una postura híper restrictiva en materia de control judicial, como la que defendemos desde este blog, entendemos que es EXACTAMENTE EN ESTE TIPO DE CASOS en donde la Corte debe intervenir, para frenar la decisión del poder politico, destinada a torcer en su favor las reglas de juego, sin acuerdo constitucional, sin consenso, sin debate público. Si en esta situación absolutamente límite que plantea el gobierno, la Corte no interviene para resguardar las reglas democráticas vigentes, no entiendo entonces para qué debería existir una Corte, o cuándo debería intervenir

p.d.: esas reglas democráticas, insisto, pueden cambiarse por razones de primera importancia, con un acuerdo constitucional, o amplísimo, y un apoyo social extenso y profundo, y no para aumentar las propias chances en el juego coyuntural.

Bolsa Laboral: ACIJ Programa Villas


El programa Derechos y Construcción Comunitaria en Villas de ACIJ incorpora un/a abogado/a full time.


Requisitos para la postulación:
         Haber finalizado los estudios de grado.
         Compromiso personal con la promoción de la igualdad social.
         Predisposición a realizar trabajo de campo en villas y barrios marginados.
         Conocimientos en litigio, específicamente en el fuero Contencioso Administrativo.
         Flexibilidad horaria
Preferencias:
         Experiencia en trabajo comunitario
         Experiencia en abogacía de interés público
         Conocimientos sobre derechos sociales
         Conocimientos sobre género y derechos
         Experiencia en tareas de educación en barrios.
Características del puesto:
Contratación con dedicación full time de 40 horas semanales.
Lugar de Trabajo: Ciudad de Buenos Aires y alrededores.
Cómo postular
Los/as interesados/as podrán enviar su CV, sin foto, y carta de presentación a busquedas@acij.org.ar, antes del 8 de junio. El asunto del correo deberá ser: “Búsqueda abogado/a Villas”

Más información
Twitter: @prensa_acij

27 may 2013

Justicia restaurativa, aún para los peores casos

http://politica.elpais.com/politica/2013/05/25/actualidad/1369499242_928460.html
Un camino largo por andar, que no se desanda a las corridas ni con voluntarismo. Pero al menos hay que saber hacia donde ir

Derechos sociales en el GBA


Felicitaciones a lxs amigxs de ACIJ¡

Democratizar la justicia 38: Publicado


Un par de semanas luego de enviado, y en el mismo momento en que la última reforma judicial que quedaba pendiente -la del Consejo de la Magistratura- era aprobada, en Página  12 publicaron mi texto de réplica a otro que publicaran, dedicado a criticar mi visión sobre la reforma. En fin, lo agradezco en todo caso, y agradezco en particular a quien medió por ello


http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-220918-2013-05-27.html

Un retroceso

Opinión
Por Roberto Gargarella *
Respondo aquí a un artículo publicado por este diario (el 13 de mayo pasado) en que Ezequiel Ipar defendía la reforma judicial criticando mi lectura interpretativa al respecto. En mi texto original sostenía que, repasando las principales teorías interpretativas del derecho (las hay a decenas), no hay manera de salvar la constitucionalidad de la reforma. Ezequiel no es un experto en teoría de interpretación del derecho, y no tiene por qué serlo. El problema es que objete las teorías jurídicas que invoco como si lo fuera, y para ello las transforme en lo que no son, es decir, en teorías políticas, lo que las compromete con significados que les son ajenos. De resultas de ello, Ezequiel critica duramente teorías que, lamentablemente, poco tienen que ver con las que menciono en mi texto.
El tema no era demasiado complejo. En teoría de la interpretación, el “textualismo” es, siempre, el primer paso. Se trata de ver qué es lo que dicen las palabras que aparecen en un texto. Normalmente, si las palabras no son claras, se presta atención a las intenciones (“originalismo”) de quienes lo escribieron. Siendo un crítico del originalismo, considero que es obvio que –hasta cierto punto, y para cualquiera– tales lecturas merecen algún crédito. Por ejemplo, cuando todos criticamos la “re-reelección” de Carlos Menem, lo hicimos señalando, primero, el texto de la Constitución, y luego, por si quedaran dudas, las intenciones explícitas de quienes lo escribieron. Ocurre lo mismo con la reforma judicial: si el texto ofrece dudas, las intenciones de sus autores no dejan huecos: la representación corporativa era unánimemente acordada por todos (incluyendo al juez Zaffaroni) los que lo escribieron.
La defensa constitucional del Consejo se sostiene aún menos si apelamos a teorías “procedimentalistas”. Lamentablemente, el procedimentalismo jurídico es directamente opuesto al que Ezequiel presenta en su texto. En primer lugar, el procedimentalismo no ve con malos ojos los cambios en las reglas de juego destinados a facilitar el acceso político de “los pobres, los negros y las mujeres”. Lamento recordarle que el procedimentalismo jurídico nació, justamente, peleando por ello. El procedimentalismo, por lo demás, defiende el más amplio espacio para la política y la discusión democráticas, a cambio de una condición muy obvia: que se cumplan las reglas de juego que permitan organizar esa política y esa discusión democráticas. Por eso mismo, el paradigma del procedimentalismo jurídico (tanto para John Ely como Jürgen Habermas) lo representa la Corte presidida por Earl Warren en los ’60: la que invalidó la discriminación política de los afroamericanos, la que forzó su integración educativa, la que expandió los derechos de los detenidos y de los presos, y la que –por el contrario– consideró inconstitucionales todos los cambios legales promovidos por el poder para expandir su propia influencia en el control de las reglas de juego (cambio en las reglas electorales, gerrymandering, reforma a las normas sobre partidos políticos, censura a las voces disidentes). Es lo que diferencia una reforma válida, como el decreto 222 promovido por Néstor Kirchner (a través de la cual el ex presidente ataba sus manos, por medio de un proceso más transparente, para la selección de jueces nuevos), de reformas inconstitucionales, hechas de espaldas al pueblo, como esta reforma sobre el Consejo, que permite que el oficialismo gane control sobre las mayorías del Consejo, a la vez que establece requisitos sólo al alcance del partido de gobierno. Como en el caso de la re-reelección de Menem, se trata de un cambio en las reglas de juego, empujado por el jugador dominante, y orientado a dejar en peor posición a todos los jugadores restantes. Como en aquella ocasión, no se trata de objetar el principio de soberanía política (invocado entonces por los defensores de la reelección), sino de tomarse en serio lo que la Constitución dice en su texto.
Ezequiel también se equivoca en su análisis de la reforma en las medidas cautelares. Contra lo que señala, el Estado sigue reservándose hoy el derecho de actuar contra grupos vulnerables: desde los piqueteros a las víctimas y familiares de la tragedia del Once, si es que se manifiestan contra los intereses económicos del Estado. Peor aún, la reforma sigue afectando a los más pobres, al exigirles a los jueces, para dictar una cautelar, condiciones de certeza que no se exigen ni para una sentencia definitiva. Ello, para no mencionar el modo en que la reforma en Casación perjudica a los trabajadores y a los jubilados (que pueden ver en esta reforma la muerte de sus litigios contra sus patrones o contra el Estado). Ezequiel no tiene por qué conocer el detalle de estos tecnicismos, pero no tiene el derecho de invocar a su favor lo que jurídicamente no es cierto.
Finalmente, critico a la reforma por no satisfacer ninguna de las tantas necesidades populares. Una pena, pudo haber servido para lo contrario: con el juicio por jurados, con tutelas, eliminando formalismos inútiles, con acciones colectivas y de clase, con derechos de legitimación hoy cerrados. No se trata de un primer paso, sino de un retroceso.

24 may 2013

Elster 2: Diseño institucional negativo/ Bentham contra Condorcet

"Securities Against Misrule", que iba a llamarse "Bentham against Condorcet," representa un paso más en lo que alguna vez llamara el "camino al escepticismo" de Elster. Pero no se trata de mero pesimismo, sino de tomarse en serio las preguntas básicas sobre diseño institucional. Para Elster, la búsqueda que han emprendido las personas interesadas en dicho diseño ha estado orientada siempre a la "producción de buenos resultados", lo cual es un problema, dada la dificultad de definir, normativamente, cuáles son esos buenos resultados, y sobre todo, la dificultad de definir las teorías causales necesarias para hacerlo. Elster toma por ello el camino de James Bentham, que a diferencia del camino condorceteano, requiere andar por el lado negativo de la cuestión: de lo que se trata es de "remover obstáculos," "limitar las limitaciones". Ello así, actuando sobre los "motivos" y las "oportunidades" de los agentes (en parte, dice Elster, como lo hiciera James Madison, en su momento, y en parte como lo aconseja John Ely, en la actualidad, en sus estudios sobre control judicial). Siguiendo a esa escuela, Elster reflexiona sobre tres procedimientos principales, dirigidos a actuar sobre la "ignorancia," el "secreto" y la "publicidad" de los actos. Los ámbitos a los que está dedicada su atención son fundamentalmente tres: los jurados, las asambleas, y las elecciones, y a través de ellos Elster vuelve a tocar algunos temas ya clásicos en sus estudios, como los mecanismos de lotería y los mecanismos de rotación obligatoria en los cargos,. Elster dedica un amplio espacio, también, a discutir sobre una cuestión también clave, para nosotros, en todo esto: por qué deberíamos pensar que los políticos encargados de este tipo de reformas se sentirían interesados a llevarlas a cabo?

Ford

http://www.cij.gov.ar/nota-11452-Lesa-humanidad--procesaron-a-ex-directivos-de-la-empresa-Ford.html

21 may 2013

Discutir con el CELS: Qom/ M.Ferreyra/ Lesa

Para muchos de nosotros, ésta es, por distintas razones, una época triste en la que terminamos disintiendo o enojándonos con amigos y gente cercana, por cuestiones que antes nos unían. Me ha pasado mucho, muy en particular en este último tiempo, en especial con gente ligada al CELS. Entiendo que los desacuerdos que tenemos son en parte mayores y en parte menores de los que aparecen, y sólo por eso quisiera aclarar algunos puntos en torno a los temas del título, sobre los que han aparecido más desacuerdos. En todo caso, si vamos a estar enojados, que sea un enojo bien dimensionado...

Antes de decir cualquier otra cosa, una aclaración, que no implica acariciar el lomo de nadie, ya que los desacuerdos existen. Dejo esto en claro: admiro y admiré siempre el trabajo que muchos han venido haciendo, desde el CELS (y no sólo desde allí), en causas cruciales. En una nota reciente (que fue retomada para el enojo, con completa ceguera sobre esta parte) me referí a muchos de ellos, diciendo que merecían el "eterno agradecimiento colectivo" por su comportamiento muchas veces "heroico," y en todo caso memorable. Es lo que pienso. Dicho esto, me centro un poco más detenidamente en los temas anunciados.

Qom. Mi posición sobre los qom ha sido siempre moldeada por diálogos con Félix Díaz, los testimonios de Pérez Esquivel y Nora Cortiñas, la amistad con algunos abogadxs que trabajan con la comunidad, y mi militancia en temas afines, relacionados con la defensa de los pueblos originarios, y en contra de las empresas mineras (militancia que me llevó cantidad de veces a hablar en asambleas públiacs y a manifestarme en el interior del país). Me consta del enorme y valiosísimo trabajo que ha hecho mucha gente del CELS en la materia. Sin embargo, tenemos y hemos tenido desacuerdos. Uno primero y muy importante surgió cuando los qom fueron removidos de la 9 de Julio, en la madrugada, con la gendarmería arreándolos como ganado, a los empujones, para montarlos en micros a las apuradas, y dejarle bien limpita la calle al gobierno. Se trató de una acción para mí salvaje, que fue garantizada y certificada por alguna gente del CELS (que tuvo un rol protagónico en la cuestión) -no por todos sus miembros. El acampe de los qom en la 9 de julio representó la acción más notoria y significativa de la comunidad en todo este tiempo, una movilización que atrajo una enorme y merecida atención pública sobre ellos. Hoy, luego de varios meses de lo ocurrido, sabemos el resultado: la remoción de los qom le sirvió hermosamente al gobierno, y los qom sólo (o fundamentalmente) han perdido con ello. El CELS, o algunas de sus autoridades, jugaron un papel contrario al que les correspondía jugar en ese caso. Otra vez, es lo que pienso.

Planteé este mismo desacuerdo (de distinto modo) en dos Asambleas Generales del CELS. Como en otras ocasiones, mi crítica se dio en soledad casi completa (salvo alguna dignísima excepción), seguramente porque estaba equivocado en todo. O tal vez no. Una pena, en todo caso, ver que mucha gente que compartía mis críticas, dentro de la Asamblea, no se expresara sobre el tema.

M.Ferreyra. El otro punto que planteé en Asamblea General del CELS -que, según entiendo, es donde debía plantearlo primero- se refirió al caso de Mariano Ferreyra. Ahí, sostuve que no podía asumirse que la policía se hubiera dado órdenes a sí misma, para liberar la zona. Por ello mismo, dije que debía ponerse especial atención en ese problema. La investigación siguió, llegaron luego las sentencias que conocemos. Discutí ya con Alberto Bovino sobre algunos puntos vinculados al tema, y vuelvo a aclarar (y en parte a corregir lo dicho) por las dudas: el trabajo de gente como Alberto fue como siempre honesto y excepcional, por más que este hecho real no borre algunos de mis desacuerdos. Un primer desacuerdo es el que mencioné en la Asamblea. El segundo desacuerdo se relaciona más con algunas diferencias que tuve con (alguna gente de) el Partido Obrero, al respecto: creo que es una locura seguir asimilando justicia con privación de la libertad, y justicia plena con condenas perpetuas. Tuve un largo intercambio con Jorge Altamira, sobre el tema, que también agradezco. Pero mi posición sobre el punto se mantiene.

Lesa. Acá hay un problema mayor, y de larga data, y que requiere algunas aclaraciones fundamentales. Primero, entiendo que lo ocurrido en esos juicios es de lo más importante que pasó en la historia jurídica mundial. Punto. Para el caso de la Argentina, creo que se trata de uno de los momentos más altos y dignos en la historia política del país. Punto otra vez. Y por si no queda claro: para el logro de ese hecho -uno de los más dignos, etc.- el trabajo de la gente del CELS fue fundamental. Segundo, el diseño de los juicios y las sentencias no empezaron con Kirchner (algunos se han olvidado de la cuestión), sino en los 80, y a través de Raúl Alfonsín. De mi parte, y por medio de Carlos Nino, estuve vinculado con el tema casi desde un primer momento. Sobre la cuestión, discutimos mucho con Nino, y hoy sigo discutiendo con mucha otra gente. Más allá del trabajo excepcional de Nino, Malamud, Rabossi, Genaro Carrió u otra gente, yo no estaba de acuerdo, y no estoy de acuerdo, con algunas cosas. Me chocaba, por caso,la lectura utilitarista que ofrecía Nino sobre el tema, y por supuesto que a la hora de la debacle no estuve de acuerdo (Nino en muchos casos tampoco) con muchas cosas: rechacé las instrucciones a los fiscales, repudié y escribí en contra de la obediencia debida y el punto final, marché contra esas leyes, me movilicé todo el tiempo contra los indultos de Menem, apoyé la reapertura de los juicios, estuve siempre a favor de terminar con la impunidad, aplaudí los juicios de la verdad, apoyo y sigo apoyando la marcha de los procesos. Dicho todo eso, las diferencias están y se mantienen, con muchísima gente, y por los temas más diversos.

Hay diferencias sobre los modos en que balancear los principios que queremos asegurar en la materia. Algunos se relacionan con la búsqueda de la verdad, otros se relacionan con la consecución de condenas. Me parece que el modo en que se diseñaron los juicios (e insisto, éste es un problema que no nace con Kirchner, sino que se remonta al primer alfonsinismo) ayuda mucho más a conseguir condenas que a producir verdad. Me parece que es un hecho obvio, y tenemos que ver si hoy estamos satisfechos con ello -con la maquinaria que hemos puesto en marcha. Supongo que la respuesta colectiva es que sí, pero eso no obsta a que podamos seguir pensando y cuestionando lo que se ha hecho en la materia.Entiendo que muchos familiares de las víctimas, como otra gente, preferiría privilegiar la búsqueda de información relativa a quién hizo qué, o dónde están enterrados los cuerpos. No soy dogmático en la materia, y por eso ofrezco esta posición como revisable criterio.

Hay una diferencia que ya aparecía en relación con el caso de M.Ferreyra (y que se vincula con una posición cercana al abolicionismo, que mantuve siempre, y que también tiene consecuencias -que dejé en claro por escrito- para los casos relacionados con piqueteros, y los casos relacionados con delito y pobreza, y que se ve por caso en mi libro "De la injusticia penal a la justicia social"). Distingo entre castigo y reproche, creo que tenemos todo el derecho del mundo a repudiar y condenar ciertas conductas, como creo que tenemos que repensar los modos en que nos acercamos al castigo. Hay un problema de consistencia en las posiciones de académicos/jueces como Zaffaroni, que Nino le señaló a aquél en la famosa polémica que se diera entre ellos. Si uno es un crítico radical del castigo, como Zaffaroni, luego no puede convertirse en hiperpunitivista, cuando llegan los juicios de lesa humanidad. Al menos, ahí hay un problema sobre el que debe argumentarse más de lo que se ha hecho.

Hay problemas que involucran las garantías básicas de los acusados, en sentido amplio, y que incluyen por caso la necesidad de reflexionar sobre los modos en que pensamos la prisión preventiva (pueden los procesados en estos juicios estar presos durante años, sin condena?); o el modo en que pensamos las condenas (se les puede negar la prisión domiciliaria a los más ancianos?).Quiere decir esto que uno está a favor de la impunidad, o que quiere que terminen los juicios? Todo lo contrario: las violaciones de derechos humanos ocurridas en los 70 representan tal vez la mayor verguenza de la historia Argentina; en la materia no hay nada peor que la impunidad; los juicios deben mantenerse; debemos seguir buscando la verdad; el Estado no debe perder oportunidad para dejar en claro su condena. Pero podemos seguir disintiendo, y necesitamos seguir pensando sobre la materia. Nos podemos enojar por estas cuestiones, pero espero que nos enojemos no por cuestiones innecesarias, sino por las razones correctas. Demasiado se perdió ya, en todo este tiempo.

Elster 1: Elster/Jazz/Lester Young

El último libro de Jon Elser, "Securities against misrule", se basa en un poco conocido trabajo de J.Bentham de 1822, titulado igual. El libro está dedicado a dos personas: un escritor de novelas policiales, Michael Gilbert (en el que encuentra un gran paralelo con su padre, que se ocupaba de lo mismo, y que como aquél, también escapó heroicamente de los alemanes durante la guerra), y un músico de jazz, Lester Young.

La relación del Elster académico, con el jazz, tiene larga data (su hermoso escrito autobiográfico, "Going to Chicago," toma el título de un tema de Count Basie -en español, el ensayo está publicado como introducción al libro "Egonomics"). En donde dicha relación queda más claro, creo, es en una sección de su libro 2 sobre los "precompromisos constitucionales": "Ulysses Unbound" (el libro en el que corrige mucho de lo que había dicho en su libro, bastante anterior, sobre Ulises y las sirenas y la Constitución como precompromiso. La sección se llama "Creativity and Constraints in Jazz," y ahí aplica sus estudios sobre el "atarse las manos" al análisis del jazz (JE me había dicho que intentó hacer lo mismo con el "dogma escandinavo" para el cine, pero que no pudo terminar de escribirlo). En esa sección, Elster da cuenta de un dato personal curioso: el tipo sólo escucha el jazz producido en seis años: de 1936 a 1942, y se concentra fundamentalmente en Billie Holiday, Lester Young, y Johnny Hodges con las orquestas de Basie y Ellington. Excepcionalmente, agrega algo de Louis Armstrong, pero sólo de lo que produjo en los 1920s. Dice Elster que escucha a Lester Young casi todos los días, desde 1955, y que pasó a escucharlo casi todo el día, mientras escribía este último libro.

20 may 2013

Huelga y protesta

Nuevo libro, editado y escrito por queridos amigos

Igualitaria: Nuevo libro/ Charles Epp

Nuevo librazo para la colección de Igualitaria/ Siglo XXI. Un autor y una obra que cambiaron el entendimiento sobre el litigio de derechos. Orgullosos de tenerlo con nosotros!

(de la presentación del libro):

¿Qué tipo de litigios son los que llegan a la Corte Suprema y pueden, por eso mismo, volver visibles ciertos temas, ampliar los derechos y las garantías e incidir en la interpretación del texto constitucional? A partir de los años sesenta, se advierte un cambio significativo en los máximos tribunales de varios países: si antes sólo accedían a ellos las corporaciones o los grandes empresarios, siempre que estaba en juego el derecho de propiedad o de contratación, en las últimas décadas esos tribunales comenzaron a admitir litigios cuyo propósito es defender o reivindicar derechos individuales como la no discriminación por género o raza, la libertad de prensa o expresión, los derechos previsionales, laborales y ambientales, el derecho de cualquier persona a un debido proceso administrativo o penal.
¿Qué hizo posible semejante “revolución de los derechos”? Charles Epp, un referente de los estudios jurídicos y políticos contemporáneos, sostiene que esta democratización del acceso a la justicia no surgió “desde arriba” sino “desde abajo”: no fue el activismo judicial el principal motor del cambio, sino los movimientos de la sociedad civil, las organizaciones que se especializan en los derechos, y las políticas públicas que apuntan a financiar agencias u organismos que permitan contar con recursos para litigar a quienes carecen de ellos. Epp saca a la luz un presupuesto olvidado: para sostener una demanda se requieren recursos, y si no hay un apoyo oficial a quienes no los tienen, sólo pueden litigar los poderosos o los millonarios. Contra quienes cuestionan este proceso de transformación, porque entienden que las cortes supremas se abocan a defender los derechos individuales en detrimento de las mayorías democráticas, Epp demuestra que los derechos no son un don sino que hay que luchar por ellos, y que es la sociedad civil, por su tenacidad para sostener y canalizar reclamos de justicia, la que puede garantizar el carácter democrático de esta apertura.
A partir de un estudio comparado de los sistemas de justicia de varios países, el autor logra situar las cortes y los derechos en el contexto social, político, cultural y económico de cada sociedad, para abogar por una más eficaz democratización de esos sistemas.

19 may 2013

El modelo sigue sin llegar a la comunidad qom

De Agencia R.Walsh, ante una nueva muerte evitable
http://www.agenciawalsh.org/aw/index.php?option=com_content&view=article&id=10680:el-qmodeloq-sigue-sin-llegar-a-la-comunidad-qom&catid=54:tobas&Itemid=84

Auyero: Violencia/AUH

Acerca del nuevo libro del sociólogo Javier Auyero, sobre la nueva violencia en el conurbano.
http://tiempo.infonews.com/2013/05/19/sociedad-102181-la-violencia-define-la-vida-de-los-pobres.php

Allí, JA se refiere también al impacto efectivo de la AUH en los sectores marginales. En su opinión,


–A veces me resulta extraño cuando leo en los diarios la perspectiva del progresismo hablando de la AUH. No sé si se han tomado el trabajo de ver qué lugar ocupa en el presupuesto de una familia marginada. Es una ayuda, una asistencia. Pero atribuirle efectos mágicos o empoderadores es, para hablar mal y pronto, delirante: en el mejor de los tiempos, cubre una semana de los gastos de una familia tipo. La AUH, para tener los efectos que se le atribuyen desde ciertas posiciones políticas, se debería multiplicar por diez. Debería ser un ingreso que cubra en serio las necesidades de los más pobres. Creo que es tan erróneo decir que los pobres no van a trabajar porque reciben la asignación, como atribuirle el efecto contrario: que es igualador, que empodera a los signatarios, porque eso tampoco se basa en la experiencia de quien la recibe. La gente que la cobra la valora mucho, es cierto. Es un programa que funciona, eso no hay duda. Pero no hay que sobredimensionar la cosa… en el país de los ciegos, el tuerto puede ser rey para la política, pero no para las Ciencias Sociales que investigan de manera cuidadosa.