18 feb 2014

La araña de la represión avanza: Sobre la protesta y la represión de la protesta en Inglaterra 1


No han faltado protestas sociales en Inglaterra, en los últimos años: desde los levantamientos de inmigrantes en Brixton, en 1981 (the “Brixton riots”); a las huelgas mineras en 1984-1985 (consideradas las protestas mas significativas en la historia inglesa); a fines de los 80, las protestas contra los “versos satánicos”; las dirigidas contra una legislación considerada represiva –la Criminal Justice and Public Order Act (las protestas conocidas como “Kill the Bill”); en los 90 -una década con menos protestas masivas- las protestas de grupos localizados, a partir de causas ambientales (por ejemplo, en Newbury, Twiford Down y Oxleas Wood); las demostraciones contra la globalización, a fines de los 90 y comienzos del nuevo siglo.

La respuesta, tanto de parte de los conservadores “tories”, como de los “new labour”, ha sido siempre durísima: una legislación creciente y consistentemente represiva. Las primeras normas anti-protesta aparecieron en 1986 (“Public Order Act”), se extendieron en 1994 bajo el gobierno conservador (la citada CJPOA), y con el laborista desde 1997 (la “Harrasment Act”); la “Crime and Disorder Act” de 1998; la “Anti-Social Behaviour Act” del 2003; o la “Serious and Organised Cime and Police Act” del 2005. Todo condimentado, del peor modo, con la “Terrorism Act” del 2000, que diluyó la distinción entre terroristas y manifestantes en protestas, como en la Argentina.

 Por ahora, mi reflexión es simple y doble:

i)                   En 1998, a través de la “Human Rights Act,” el Reino Unido incorporó a nivel nacional la más progresista “European Convention on Human Rights.” Los artículos 10 y 11 de la Convención reconocen, por caso, los derechos de protesta y asamblea. Sin embargo, nada de eso importó: desde entonces la legislación avanzó en la peor dirección imaginable, como si la Convención Europea no existiera. Curioso que haya crecido juntos la “Human Rights Act” y la legislación represiva. Como en América Latina en general, donde se aprueban Constituciones “progresistas” en contextos de ajuste de mercado; o como en México, en donde se introducen reformas constitucionales de avanzada en materia de derechos humanos, en el mismo momento en que se refuerza una práctica de combate al narcotráfico que arrasa con todos los derechos humanos, como si no existieran.

ii)                Gracias a la ayuda judicial a nivel nacional, la represiva legislación aprobada en estos años fue amplificada en sus alcances y efectos, a partir de interpretaciones siempre expansivas, que se aprovechaban de normativas sobre-abarcativas. Me pregunto si es posible contar con un derecho de avanzada, en la medida en que la interpretación del derecho siga quedando en manos de una elite judicial excluyente, intocable, incuestionable. Y aclaro: pasar a manos de la elite política tampoco va ayudar.

 

 

 

1 comentario:

Raphael Neves dijo...

No Brasil: http://www.estadao.com.br/noticias/cidades,governo-estuda-punir-mascarados-em-protestos-com-ate-dez-anos-de-prisao,1131442,0.htm