5 sept 2017

Educación religiosa en Salta: Qué son las categorías sospechosas?


Publicado hoy en La Nación, acá: http://www.lanacion.com.ar/2059655-nadie-puede-ser-obligado-a-hacer-publicas-sus-creencias-personales

Acaban de concluir las audiencias públicas organizadas por la Corte Suprema sobre la enseñanza religiosa en las escuelas públicas de Salta. Las audiencias demostraron, otra vez, tener un valor extraordinario: aprendemos a ver al otro como un igual en un proceso en el que estamos obligados a expresarnos a través de razones públicas, que todos puedan entender y aceptar. En honor a esas mismas deliberaciones, quisiera explicar por qué la enseñanza religiosa en las escuelas públicas es contraria a nuestro derecho.

El gran problema constitucional que enfrenta la educación religiosa en los establecimientos educativos públicos de Salta es que aquélla requiere, ante todo, clasificar entre alumnos -religiosos y no religiosos, católicos y de "otros" cultos-, lo cual implica indagar en las convicciones privadas de niños, que luego son separados para recibir un tratamiento diferenciado. Con el agregado de que ese tratamiento diferenciado ha sido pésimo en Salta.

El hecho de que las autoridades educativas de la provincia no hayan estado a la altura de las circunstancias -mostrando su incapacidad o indisposición para tratar de modo igualmente digno a los "no católicos"- ha generado una confusión entre muchos de los intervinientes en el debate (aun en algunos de los miembros del tribunal). La confusión consiste en pensar que lo que está allí en juego es un problema de "inadecuación de la práctica". Por supuesto, después de las audiencias, a nadie le quedaron dudas de que la práctica salteña es completamente inapropiada. Es un hecho que la provincia no dispone de los docentes, programas y recursos económicos e institucionales necesarios para implementar la educación religiosa en términos igualitarios.

Sin embargo, la confusión consiste en pensar que el problema se resuelve entonces con una puesta en práctica diferente de lo que ya está normativamente bien consagrado. Y no es así: citamos ya, al menos, tres problemas graves: una violación de la privacidad, vinculada con el uso de "categorías sospechosas", que se traduce luego en una práctica inaceptable. No se trata, entonces, de un mero "problema de adecuación práctica."


Para comenzar por la privacidad, debe recordarse que el artículo 19 de la Constitución nacional exige el máximo respeto sobre las convicciones y creencias personales que nadie tiene la obligación de revelar, sino el derecho de reservar para siempre en su fuero más íntimo (por eso también es que nuestro derecho no debe compararse, en esta materia, con el de países confesionales u otros que carecen de un artículo 19). De allí que cuando se le pregunta a un niño si es religioso o no, se lo obliga a expresar en público lo que tiene el derecho de guardar en privado. Dicha exigencia de confesar lo privado resulta muchísimo más grave cuando la revelación de las convicciones minoritarias implica -como en nuestro caso- un trato diferente por parte del Estado (y, por supuesto, también por los compañeros). Otra vez: hablamos aquí de convicciones que tenemos derecho a callar y no de meros gustos o pautas de consumo (como lo sería la cuestión de si alguien es "carnívoro o vegano", tal como señaló alguno en la audiencia, confundiendo irresponsablemente sagradas cuestiones de moral privada con preferencias de supermercado).

Para que se entienda lo dicho: imaginemos que, con toda amabilidad, un maestro de escuela pública les pidiera a los niños homosexuales del curso que levanten la mano, se identifiquen y se retiren amigablemente al aula vecina, con la idea de que cada grupo reciba una educación sexual sensible a su propia sexualidad. La exigencia de revelar en público lo íntimo, seguida de un consecuente trato diferenciado, constituiría un escándalo jurídico, una aberración constitucional idéntica a la que se hace presente en el caso de las escuelas de Salta.

¿Está dispuesta la Corte a avalar un maltrato semejante por parte del Estado?

Por lo demás, la cuestión de la "clasificación sospechosa" -que no refiere a una cuestión metafísica, sino a problemas histórica y contextualmente situados- resultó malentendida por muchos. Frente a leyes que distinguen entre grupos, lo que la doctrina propone es comenzar con una pregunta como la siguiente: "¿Se trata de grupos que, históricamente, nuestra comunidad ha discriminado?". Si es así, la doctrina propone tratar dicha ley como "sospechosa" y sujetarla al escrutinio más estricto: lo más probable, en consecuencia, es que la ley resulte invalidada. En los Estados Unidos, los jueces tratan como "sospechosas", típicamente, las leyes que distinguen entre blancos y negros, o entre heterosexuales y homosexuales, dada la historia de persecución que arrastran al respecto. Cuando se entiende esto, resulta insólito que alguien se pregunte si en el caso de Salta, referido a normas que distinguen entre católicos y no católicos, estamos o no frente a una "clasificación sospechosa". ¿Es que alguien tiene dudas de que el Estado salteño, y a lo largo de toda su historia hasta hoy, ha tratado peor a los no católicos? ¡Por supuesto, entonces, que estamos ante una "clasificación sospechosa"!

Una de las defensas más habituales del statu quo ha consistido en apelar a las costumbres y tradiciones locales. Un gran error. Lo cierto es que si los usos, costumbres y tradiciones locales favorecieran prácticas como las del machismo o la violencia de género, eso no nos daría un solo argumento a favor de dichas prácticas: seguiríamos teniendo sólo razones para rechazarlas.

Lo mismo ocurre con el argumento federalista y la renovada apelación a un "margen de apreciación local". El respeto al federalismo no puede invocarse como licencia para arrasar los valores de libertad y democracia que le dan sustento. Por eso, frente a casos como el del Monserrat, en que se prohibía el ingreso de mujeres a un colegio público de Córdoba, resultan inaceptables respuestas del tipo: "En esta provincia hacemos las cosas así" o "en nuestra cultura lo hacemos de este modo". Es decir: frente a graves violaciones de derechos, el argumento federalista no aporta ni cambia nada.

El derecho moderno llegó a su adultez a partir del caso "Brown", sobre segregación racial en las escuelas. En esa sentencia, tal vez la más famosa de la historia, la justicia puso fin a la vergonzante práctica de "separados pero iguales". Hasta entonces, blancos y negros tenían el derecho de ir a la escuela, pero no el derecho de concurrir a la misma escuela. En el caso Monserrat, la Corte puso fin a la situación de "separados pero iguales" que existía en la Argentina en materia de género. Quedó en claro, desde entonces, que discriminaciones de género como las que se daban en Córdoba no podían salvarse ni asegurando a las mujeres iguales facilidades en el colegio de al lado: no es así como funciona la igualdad en un país federal.

Hoy nos enfrentamos a una tercera variación del problema de "separados pero iguales". Ya no en materia racial o de género, sino en materia religiosa. No hay razón para que la respuesta que dé la Justicia en este caso difiera de la que ha dado en los dos casos anteriores. La Constitución protege a los niños que quieran guardar sus convicciones en silencio. No hay ni debe haber lugar en nuestro país para volver las agujas del reloj atrás y retornar así a la afrenta del "separados pero iguales".

24 comentarios:

Anónimo dijo...

simplemente brillante lo de confundir cuestiones de moral privada con preferencias de supermercado....
por lo que se trasluce, algunas intervenciones en las audiencias deben haber sido penosas.

otra cosa, dos páginas después en LN, hay una nota -con exceso de erudición- que parece más orientada a que se discuta, se hable o se mencione la religión como una dimensión humana innegable. Parece que el articulista viviera en la Polonia comunista de la década del 60!

Como si no hubiera espacios y ámbitos, tanto para chicos o adultos, para que esa dimensión religiosa de la gente pudiera manifestarse, sin necesidad de forzar a los chicos en un ámbito como la escuela primaria a tener que autoseñalarse como religiosos o no católicos, con los obvios riesgos que RG señala.



Anónimo dijo...

Excelente explicación, sobre todo asequible para "todo público", no estrictamente el jurídico. Ojalá la sociedad toda comprenda la importancia de la cuestión debatida.
(igualmente, es inevitable la mezcla entre bronca y risa que me generan los comentaristas de LN)

Sally McL

Sebastián Pagano dijo...

Quizas el ejemplo de comparar la elección de ser "carnivoro" o "vegano" con preferencias de supermercado y no como una cuestión de moral privada (en cuanto al vegano, ya que muchos carnivoros no nos cuestionamos eso -al menos no todo el tiempo-) este de mas. Enfatizo el quizas. No he tenido tiempo de leer a Peter Singer o a Kymlicka pero es desde la intuición que el comentario parte.

Abrazo

Anónimo dijo...

Gracias Sebastián por la data.

Consulté con Pete Seeger y él dice cantando:“…Viva la Quince Brigada…¡Ay Manuela!...” en lugar de decir y cantar:“…Viva la Quinta Brigada…¡Ay Carmela!...”.

Será esa una mala traducción o una adaptación sospechosamente caprichosa por parte de los brigadistas gringos?

https://www.youtube.com/watch?v=tqe7LpBUzqU
https://www.youtube.com/watch?v=-tvG7R3Rs2M


Unknown dijo...

Estimado Roberto,
sigo tu blog con alguna asiduidad, y siempre tus artículos me resultan esclarecedores, aunque vea las cosas con matices distintos a los que vos considerás.

Es creo la primera vez que escribo porque este tema me resulta particularmente cercano, una realidad que conozco como salteña y como egresada de colegio católico. Reconozco que siempre en Salta viví el catolicismo como parte de una identidad cultural, y obviamente también religiosa, sin conflictos, en ámbitos donde jamás me pareció que hubiera falta de tolerancia. Dicho esto, hace treinta años que ya no vivo en Salta, y el tiempo, la distancia, el conocimiento del mundo y en parte la formación profesional me hacen ver las cosas diferentes ahora.

Era hasta hace una hora de las personas que pensaban que la norma de la constitución salteña tenía muy serios problemas de implementación práctica, que daban lugar a este acción de amparo, pero no pensaba que fuera por si misma inconstitucional.

También pensaba hasta hace una hora que la identidad cultural salteña, tan ligada a esa religiosidad que siempre viví como tolerante, inclusiva y amorosa era algo muy difícil de transmitir y que cualquier análisis desde Buenos Aires (o desde otro lugar) hacía perder una perspectiva que para los salteños (ojo, para los salteños bienintencionados e inclusivos y no para religiosos recalcitrantes) era importante.

Después de leer tu artículo, me doy cuenta de que equivoqué el enfoque, y creo que tenés razón. Que desde el punto de vista jurídico el análisis exige tener en cuenta las categorías sospechosas y la protección del ámbito de intimidad, y que el factor cultural que tiene la religiosidad en Salta no puede abrir el flanco a la discriminación.

Gracias por un artículo tan clarificador.
Saludos,
Alicia Rivero

rg dijo...

muchísimas gracias Alicia. Sí, destacaría que -como en otros temas, o como pasó en Córdoba con el colegio Monserrat- no hay que apresurarse a despachar los argumentos sobre derechos con alegaciones sobre "lo propio de nuestra cultura", o "la identidad provincial." como si los porteños quisieran penas más leves contra la violencia de género, porque "acá en la capital somos bien machos, descendemos de los compadritos". el valor de ese argumento es CERO!
saludos y gracias de nuevo

Damian dijo...

Sencillamente brillante el articulo. Que bueno encontrar en tu opinion aquello que me hubiera encantado escribir a mi. En estos temas de derechos fundamentales es donde encuentro mayores coincidencias. Cuando el tema es la actualidad politica aparecen las diferencias de apreciacion. Felicitaciones. Un texto esclarecedor. Esperemos que la corte no retroceda tambien en este tema.

Anónimo dijo...

"De allí que cuando se le pregunta a un niño si es religioso o no, se lo obliga a expresar en público lo que tiene el derecho de guardar en privado."

Se les pregunta A LOS PADRES si quieren que los niños/as reciban reciban en la escuela pública la educación religiosa que esté de acuerdo con sus propias convicciones (art. 49 Const. Salta). Los padres pueden, por supuesto, negarse a responder, en cuyo caso no se les debería dar educación religiosa a los niños/as.

Sobre la "clasificación sospechosa". Supongamos que se clasifica a los alumnos en varones y mujeres. Los varones juegan handball, las mujeres hockey (se considera que es lo más adecuado desde un punto de vista de su bienestar). Eso sería una "clasificación sospechosa" por sexo?

Yo entiendo que lo que la ley no permite es discriminar, no clasificar. Si hubiera clases de religión católica en un horario extra-curricular, también los alumnos/as quedarían "clasificados" entre quiénes asisten y quiénes no.

El origen de las "categorías sospechosas" en la jurisprudencia norteamericana es Korematsu, sobre la validez constitucional de un Decreto del Poder Ejecutivo, dictado poco después del ataque, que prohibía a las personas de origen japonés residir en la costa oriental de los Estados Unidos:

"En primer lugar, debe ser señalado que todas las restricciones legales que limitan los derechos civiles de un determinado grupo racial son inmediatamente sospechosas. Esto significa que los tribunales las deben someter al escrutinio más estricto. Una urgente necesidad pública puede, a veces, justificar la existencia de tales restricciones; el antagonismo racial, nunca."

Acá no hay nada de eso, no hay ninguna prohibición por motivos religiosos. Lo que hay es un ofrecimiento por parte del Estado de dar educación religiosa a los niños/as de padres que así lo quieran, y dar una alternativa para los que no (puede ser otra religión, puede ser educación moral (que tampoco es científica!).

CV

rg dijo...

toda clasificacion dentro de una categoria sospechosa es sospechosa en principio, ese es todo el punto. luego puede decirse: ah, no, era un llamado para la obra "mujercitas," todo bien. en este caso, es para asignar posibilidades y derechos diferentes, y la historia pasada, actual y previsible, nos dice que a los catolicos se les asegura lo que quieren, y a los otros los dejan tirados, y no toman en serio sus pretensiones, ni de modo igualitario ni de modo respetuoso, por eso el derecho dice: esto ya lo vi, y las garantias que me prometes son muy dudosas a la luz de todo lo que hiciste en 200 años

Anónimo dijo...

"en este caso, es para asignar posibilidades y derechos diferentes" No me parece que se asignen posibilidades o derechos diferentes. Es educación conforme la concepción del bien que tenga cada familia (y hasta cierto punto, porque la CN habla de la "promoción de los valores democráticos" y puede haber familias anarquistas o monárquicas!)

CV

rg dijo...

para eso sirvieron las audiencias, para reconocer lo vergonzoso, por muy lejos,de todo lo hecho hasta ahora en la materia: católicos reciben educación sobre el creador del universo y la virgen, no católicos se quedan en el patio mirando el perro, o escuchando sobre el creador y la virgen. para no hablar de los 40 cultos restantes

Anónimo dijo...

Puede ser, pero lo veo como un problema de "inadecuación de la práctica". No se dan posibilidades y derechos legales diferenciados.

Yo no sé un carajo de educación de niños/as, pero vean lo que decía Locke (padre del liberalismo) en Some Thoughts Concerning Education en apartados § 136, § 137, § 139 y § 157, § 158, § 159.

http://oll.libertyfund.org/titles/locke-the-works-vol-8-some-thoughts-concerning-education-posthumous-works-familiar-letters

Saludos,
CV

GC dijo...

CV: "Puede ser, pero lo veo como un problema de "inadecuación de la práctica". No se dan posibilidades y derechos legales diferenciados."
Hay una distinción legal entre quienes pertenecen a un grupo y quienes no, hay asignación de derechos diferentes para cada uno (unos tienen clases religiosas, otros no se sabe bien) y, mirando esa distinción para atrás vemos que ha provocado injusticias (en el sentido de favorecer siempre a un grupo). El problema es claramente la distinción, si la distinción está en la ley, no es un problema de "inadecuación práctica". Ya van un par de cientos de años para intentar distintas adecuaciones prácticas y todo sigue igual, deberíamos probar con cambiar las leyes (en sentido amplio, constituciones incluidas).
GC

fahirsch dijo...

La discriminación y las ideas preconcebidas son interesantes: aqui lo lógico es wue los varones jueguen futbol y las mujeres hockey. Alla que las mujeres jueguen soccer y los varones hockey. Recuerdo la sorpresa de una madre cuando, casi cuarenta años atrás, desde la cooperadora le dijimos que no a su idea de poner un pesebre en el colegio [primario estatal] al que iban mis hijos mayores.

lucas dijo...

Roberto,

Me sorprende mucho que en este debate nadie hable de la educación religiosa en establecimientos privados cuyos programas tienen que estar admitidos por el Estado. El respeto al derecho de los niños implicaría que el Estado no puede admitir que por los azares de la voluntad paterna el niño se vea expuesto a estas doctrinas (llámese religión, brujería, astrología, etc) en establecimientos que regula.

fahirsch dijo...

Lucas: No creo que tu idea (subyacente en tu comentario) de que los padres no puedan educar a sus hijos en su fe prospere. Y dejarlo en manos del Estado es peligrosisimo. No tenemos que remontarnos demasiado en el pasado para encontrar ejemplos horribles. Y de cualquier manera un chico siempre puede pensar diferente de lo que los padres quieren. De hecho es común.
Otra es que los hijos tienen los nombres que los padres les imponen al nacer. Y cambiarlos es complicado en nuestro país.

Anónimo dijo...

Lucas, me extraña mucho tu planteo porque tengo entendido que tu postura es multireligiosa o algo por el estilo pero desde ya que no católica ortodoxa.
Nunca se dijo que los padres no tengan el derecho de inculcar sus valores religiosos a sus hijos ni que decidan por ellos exponerlos como practicantes de un culto determinado, que puede ser evangelista, judío de los santos y últimos días etc.
EL argumento de RG en la audiencia es que el estado no tiene derecho a pedir que el padre o el niño declaren sus preferencias religiosas. O que se aparte a un chico por causa de determinada elección o que quede individualizado como determinada elección sin haberlo elegido libremente él o su familia. Ponele que el chico es judío. O evangelista. O practica la wicca.
Qué se yo, pero de todos modos tu pregunta iba dirigida a Roberto que no para de censurarme los mensajes y no me deja expresar mi abierto anticlericalismo ni mis (capciosas?) críticas a su postura. Así que nada, es una opinión personal y lega y punto.
Saludetes.
m.c.

Pablo M dijo...

Roberto: Todo el argumento de aplicar la idea de "categorias sospechosas" al caso de la revelación de la preferencia religiosa del niño (o los padres) se basa en como decis en algun comentario pasado "que siempre que distinguieron en la materia, los no religiosos o de otros cultos la pasaron peor". Que casos de pasar peor concretos hubo? Especialmente desde el ambito estatal. Sino estamos ante un problema de intoleracia. No deberian pasar esos maltratos si la sociedad fuera tolerante. Hablo del desconocimiento. Tirate un link aunque sea para que nos aclare. Gracias. Ah, otro tema que (desde mi desconocimiento) no aparece en mi limitado conocimiento un analisis de cuanto cuesta presupuestariamente todo esto y si podria tener otros destinos superadores.

Anónimo dijo...

Pablo M, intentaré, voy a tratar de responderte de la manera más serena posible para que rg me permita pasar el msg. Ya que no estoy teniendo mucho éxito últimamente en q me publique.
Aunque la consecuencia de que los otros cultos la pasaron peor fuera solo una mirada desaprobatoria fuese sólo el rechazo oculto o la condena velada, eso sólo amerita el derecho que ampara el citado art 19 de la constitución.
Pero la historia de la humanidad está sobrada de casos donde los no católicos la pasaron mal, la inquisición y caza de brujas y herejes y el buen galileo lo testimonian. Y la historia reciente nos señala el caso de los judíos invitados a declarar su supuesta pertenencia "racial" con un distintivo, en los comienzos de su persecución. Ese sólo recuerdo nos debería llamar a ejercer la máxima prudencia.
Pero claro eso es muy lejano en el tiempo y el espacio a nuestro ser nacional.
Aunque vale también preguntarse en una provincia como Salta donde las oportunidades sociales y laborales van de la mano de los contactos y las relaciones, como en cualquier parte pero con mas fuerza donde todos se conocen. No pensaste que declararse fuera de esa mayoría dominante puede acarrear consecuencias?

Anónimo dijo...

Pablo M.

Me parece que los ejemplos son cotidianos. Todos los que no profesamos la religión católica los hemos vivido una y otra vez; sobre todo -en forma mas dolorosa- a través de los hijos. Te doy tres ejemplos concretos que he atravesado, con mi familia, en el pueblo de la Provincia de Bs As en que vivo:

1) Difusión dentro de la escuela en forma directa a los chicos de volantes "invitándolos" a asistir a catequesis.

2) Izado dentro de la escuela de una nueva bandera nacional con la presencia de un sacerdote católico no solo bendiciendo la bandera (que entonces correspondía al protocolo, si mal no tengo entendido derogado por Scioli) dirigiendo una oración religiosa a los chicos forzando así el rezo grupal de los mismos; dejando en "off-side" público a los chicos no católicos.

3) Colocación temporal de una imagen religiosa dentro de la escuela.

Cabe aclarar que la escuela es estatal y que todo esto ocurrió en años recientes; no corresponde al paleolítico...Todas esas iniciativas emanaron de la curia local y fueron aceptadas bastante pasivamente (sospecho, en gran parte, por temor a las represalias sociales) por las autoridades escolares pese a las protestas reiteradas de algunos padres (por supuesto minoritarios). La discriminación está al orden del día en la escuelas y, por eso, hay que asegurar que no haya ninguna oportunidad legal de volverla aún mas profunda.

Por otro lado, la historia argentina está llena de episodios en que los no católicos la hemos pasado mucho peor que los católicos (para muestra basta recordar la letra de la canción de difusión del operativo independencia "...sin piratas de rojas banderas y hombres que odian por no tener Dios..."; todo el proceso, recordar también opiniones periodísticas durante el atentado a la AMIA "murieron judíos y algunos inocentes", etc). Estas barbaridades están tan naturalizadas en la sociedad que, para muchos católicos, cuesta mucho darse cuenta de cuán difundidas están y el tremendo efecto que tienen.

Anónimo dijo...

El que sigan celebrando en toda la Nación de USA el “Día de Acción de Gracias “ a la fecha, el triunfo del abolicionista Abraham Lincoln-que creía que la esclavitud humana defendida por los esclavistas de los Estados Sureños, era contraria a la Ley de Dios-; sería una “categoría sospechosa” para Roberto? Dicha celebración,digo.

Pablo M dijo...

7:35 p.m. Mira, tus primeros ejemplos sobran porque pertenecen a una epoca de fusion estado-iglesia absoluta, entonces no aplica para el caso actual. Con respecto a "las oportunidades sociales y laborales van de la mano de los contactos y las relaciones", te comento que pase parte de mi primario (escuela estatal) y secundario (escuela religiosa) y lo que hay en Salta es una "religiosidad social" en el fondo bastante atea e hipocrita, mas que un sentimiento religioso profundo. En los "contactos y relaciones" que decis, priman otros criterios (de clase, de raza, etc. y no precisamente religiosos. Te puedo asegurar que un wichi por mas catolico que sea no va a conseguir "ni contactos ni relaciones".
8:43 p.m. Los tres casos que das no tienen nada que ver con el tema planteado. Son violaciones a la laicicidad de la escuela y entrarian en las categorias de "problemas de implementacion" de avances de otro tipo de la iglesia en la escuela publica. Yo estoy tratando de profundizar en la aplicabilidad de la idea de "categoria sospechosa" a este caso, por lo tanto "que siempre que distinguieron en la materia, los no religiosos o de otros cultos la pasaron peor" relacionados con este tema, no con la edad media, o con el Proceso u otros temas. Aclaro que para mi es solo una cuestion de interes conceptual. De hecho, no estoy de acuerdo con la "enseñanza religiosa" en las escuelas en Salta ni en ningun lado. Y en el caso de Salta se lo hice saber a un monton de salteños hasta un cura (actual) que fue compañero de primaria (escuela estatal).

Anónimo dijo...

Estimado Pablo,

Si, de acuerdo a lo mencionado por Roberto, la aplicación de categorias sospechosas descansa en la presunción de que hay un grupo discriminado (en este caso los no catolicos) los ejemplos de mas arriba parecen todos pertinentes. Son ejemplos de dos tipos a) los cotidianos que son con los que van a enfrentar -de modo similar- los chicos en los colegios y b) el clima social que sustenta la posibilidad de la discriminación que sigue viento en popa, mas aún en estos días. Los ejemplos son eso; ejemplos de lo mal que la pueden pasar los no catolicos y de la prevalencia de un contexto que invita a la discriminación activa o pasiva. De eso, si no entendí mal es que se hablaba con lo de incluir el asunto dentro del marco de categorias sospechosas.
Saludos,icos

Anónimo 8,43

Pablo M dijo...

Anonimo 8:43. Entiendo que lo que plantees son situaciones incomodas, irrespetuosas para los no catolicos o si queres llanamente discriminatorias. Pero fijate que no se dieron en un contexto de "educacion religiosa", por eso me tiento a colocarlas dentro de los "problemas de implementacion" que la sola introduccion del "tema religioso" podria traer aparejado en la escuela. En contraste podrian ser espacios para la vivencia de la diversidad. Hoy por hoy, creo que la Iglesia y lo "catolico" esta bastante desprestigiada por si y creo que el campo se ha nivelado bastante. No hay una tal "mayoria catolica", de hecho la participacion en templos o servicios religiosos es parejo entre catolicos y otras denominaciones (protestante, evangelicas). En realidad a lo que apunto con todo esto es que como es una ley vigente desde hace varios años en Salta (y no estamos debatiendo frente a una situacion hipotetica), seguramente se pueda saber de casos concretos de gente que la "paso mal" por ésta "educacion religiosa" concreta que esta en discusion. Todo ello con el fin de verificar o al menos cualificar factimente "la categoria sospechosa" del tema en este caso. Simplemente eso.