En el fallo de Cámara que confirma el procesamiento de CFK, se cita -muy apropiadamente esta vez- al blogcito este. En verdad, citana un artículo periodístico que publiqué en Perfil y reproduje en el blog. El post/artículo trataba sobre el tema de las Cuestiones Políticas. Debo decir que era claro y bastante bueno :)
El fallo, acá: http://www.cij.gov.ar/nota-27625-La-C-mara-Federal-confirm--el-procesamiento-de-Cristina-Kirchner-por-asociaci-n-il-cita.html
El post, acá: http://seminariogargarella.blogspot.com.ar/2016/04/cuestiones-politicas-no-judiciales-y.html
Si desde acá ayudamos, modestamente, a cambiar la reaccionaria doctrina de las cuestiones políticas, habremos contribuido a que el derecho argentino de un pequeño pasito adelante.
Si desde acá ayudamos, modestamente, al reproche penal de la ex presidenta (que no es lo mismo que castigo, ni privación de la libertad), dos.
El fallo, acá: http://www.cij.gov.ar/nota-27625-La-C-mara-Federal-confirm--el-procesamiento-de-Cristina-Kirchner-por-asociaci-n-il-cita.html
El post, acá: http://seminariogargarella.blogspot.com.ar/2016/04/cuestiones-politicas-no-judiciales-y.html
Si desde acá ayudamos, modestamente, a cambiar la reaccionaria doctrina de las cuestiones políticas, habremos contribuido a que el derecho argentino de un pequeño pasito adelante.
Si desde acá ayudamos, modestamente, al reproche penal de la ex presidenta (que no es lo mismo que castigo, ni privación de la libertad), dos.
7 comentarios:
Releí el artículo y, en efecto, creo que está muy bien, y qué bueno que la Corte cite este tipo de notas (mejor sería directamente tenerte a vos en la Corte, RG).
Ahora bien, frente a quienes te reclaman que tus comentarios son especialmente enfáticos contra CFK y tibios contra Macri, difícilmente ahora puedas anteponer el argumento del "blogsito" irrelevante: los Supremos leen lo que aquí se escribe, y hasta recurren a este blog para fundar sus decisiones. No es para criticarte, simplemente creo que (a diferencia de lo que has sostenido en ocasiones contra algunas acusaciones) lo que escribis, y sobre lo que decidís escribir, sí importa.
En cuanto al último punto, me sigue costando entender la posición que defiende el reproche penal pero no el castigo propiamente dicho. Me resulta algo esquizofrénica. Entiendo que uno pueda estar en contra de la institución carcelaria y al mismo tiempo estar a favor de que determinadas conductas sean reprochadas, pero en todo caso si uno sostiene eso el reproche debería realizarse extra-penalmente. Supongamos que a CFK se la condena por un delito grave a la pena de 10 años. Sin embargo, no va a prisión. Mucha gente se sentiría indignada al ver que la condena ha sido "burlada" y sentiría que ha reinado la impunidad. Si uno está, de antemano, en contra de la pena privativa de libertad, qué sentido tiene festejar un procesamiento o una condena?
Tomas
tomas, 1) hay doscientos años de reflexión sobre la diferencia entre castigo y reproche, si alguien se confunde, le recomendaría tomarse un vaso de agua y leer del tema, está bueno; 2) sobre el blog, acá fue citado por una cámara. lo otro me parece un entendimiento sorprendente de la ecuanimidad: los dos primeros años del kirchnerismo me mantuve básicamente en silencio, los dos primeros años del macrismo fui super activo escribiendo en contra. los policías mentales me van diciendo ahora no que tengo que criticarlo, sino que tengo que criticarlo en tonos más fuertes. la próxima pásenme el guión, así no me equivoco y los cito directamente
1) la distinción castigo/reproche me parece conceptualmente clara (y algo he leído sobre ella). Lo que no comprendo es cómo el avance de un proceso me puede parecer algo bueno cuando yo estoy en contra de la consecuencia natural de ese proceso. Si lo que quiero decir es "me parece bien que exista un reproche, pero no le desearía la cárcel a nadie, por tanto preferiría que incluso Cristina ante una eventual condena grave no vaya presa" estoy avalando una suerte de inequidad ante la ley (ya que sabemos que si una persona común fuera condenada a la misma pena terminaría presa). Si, por el contrario, digo "me gustaría que Cristina cumpla su condena como cualquier ciudadano lo haría y vaya presa" entonces ya no puedo ser crítico de la institución carcelaria. En los papeles entiendo la diferencia entre el reproche y el castigo o la cárcel. En la realidad, y sobre todo en el marco de opinar acerca de un proceso penal concreto, no le veo el sentido.
2) no formo parte de los policías mentales. sólo recordé que alguna vez tuviste ese intercambio con alguien y ante la circunstancia referida en este post pensé, "bueno, pero se ve que lo que se escribe en este blog importa bastante!"
Tomas
Larga vida al blogcito.
Aunque la mayoría de las veces de manera silenciosa, hace años que es un lugar de paso obligatorio (sobre todo en estos últimos años). Que bueno que también lo sea para, al menos, una parte del poder judicial.
Gracias Roberto
No discuto el argumento tuyo sobre las cuestiones políticas, sí que sea penalmente reprochable la acción de pollítica económica de compra de dólar futuro me parece un verdadero mamarracho.
Perdón, entendí que te referíoas al fallo sobre dólar futuro, fuera de tema mi opinión anterior.
Roberto, más allá de tu análisis sobre la judiciabilidad de las cuestiones políticas; ¿tenés alguna opinión sobre la figura de asociación ilícita? No soy abogado, pero leí a muchos penalistas que la consideran una figura muy discrecional y, por eso mismo, con posibilidad de afectar garantías básicas.
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