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22 mar 2009

Derogación de calumnias e injurias

Nos llegó una muy buena y esperada noticia sobre un proyecto de derogación de los tipos penales de calumnias e injurias presentado Marcela Rodríguez. Ahí va!

Expediente Nº 946-D-09 - 19 de marzo de 2009. La Diputada Nacional de la Coalición Cívica, Marcela Rodríguez, acompañada por diputadas y diputados de la mayoría de las bancadas parlamentarias, recogiendo las observaciones que han hecho la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Relatoría para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y ONG’s como el CELS y la ADC, presentó un proyecto de derogación del Titulo del Código Penal relativo a los llamados delitos contra el honor, esto es, la derogación de las figuras de calumnias e injurias.

Rodríguez, señaló que “Nuestros sistemas democráticos exigen que seamos extremadamente cuidadosos con las restricciones a la libertad de expresión, esto –principalmente- por que la libre expresión es la herramienta necesaria para que la ciudadanía pueda elegir, valorar y controlar a quienes dirigen los asuntos públicos”. Resulta evidente que si una persona no conoce a los candidatos y fuerzas políticas involucradas en una elección, no puede elegir libremente. Pero lo mismo sucede si no conoce las críticas que los candidatos y funcionarios reciben. La crítica puede ser mordaz, descalificativa, malintencionada, es cierto, pero con la sana intención de inhibir a este tipo de críticas, también se terminarán inhibiendo las que enriquecen el debate.

Añadió Rodríguez que “Las figuras de calumnias e injurias se han convertido en una forma de censura sutil, así como la arbitraria distribución de las pautas publicitarias oficiales, entre otras medidas ya denunciadas por la SIP. Esto, en una democracia es absolutamente inadmisible.”

Los lineamientos principales del proyecto son:
- Elimina las disposiciones y sanciones penales por lesiones al “honor” (calumnias e injurias).
- Deriva al fuero civil todos los conflictos que afecten la dignidad, autoestima o reputación de las personas.
- Agrega a las indemnizaciones de carácter pecuniario, el mecanismo de retractación y de rectificación publica como formas de reparación del daño.
- Recepta legislativamente la doctrina de la “Real Malicia”, sostenida por la Corte Suprema, para su aplicación en sede civil. Según esta doctrina, tratándose de asuntos públicos, los funcionarios sólo podrían exigir indemnización, rectificación o retractación, si acreditaran que quien los ofendió obró con mala fe o manifiesta falta de diligencia.

“La construcción del objeto de estas figuras penales ha generado muchísimos problemas, en verdad, no sabemos muy bien que significa el “honor” para los tribunales,” agregó la Diputada.

Por ejemplo, en determinado caso un juez podrá decir que se trata de la reputación de las personas, en otro que se trata de su autoestima y en otro, que en realidad la prohibición de las calumnias y las injurias viene a afirmar las expectativas sociales de que lo que se diga públicamente es cierto y justo. De alguna manera, los tres jueces tendrían razón en el sentido que tienen buenos motivos para sostener eso, pero el problema que aquí surge es que la población no puede ajustar su comportamiento a la ley, si no sabe con precisión cuál es la conducta prohibida.

También aparece una dificultad asociada a la administración de justicia que este proyecto aspira resolver. En la actualidad quien actúa en sede penal por calumnias e injurias rara vez espera que el imputado vaya preso. En general, la amenaza penal tiene por función intimidar y es utilizada: en la mayoría de los casos que involucran a funcionarios, para amedrentar a críticos y periodistas y así evitar nuevas críticas; en otros, para recibir una reparación económica en sede civil o por vía extrajudicial. Esta duplicación del proceso es costosa y estéril, entorpece al funcionamiento de la justicia sin brindar beneficios que los justifiquen. “La justicia penal está lo suficientemente colapsada y debe utilizarse para aquellos casos de graves violaciones de derechos, y no para que los funcionarios intimiden a quienes los critican”, finalizó Rodríguez.

El proyecto presentado, por otra parte no deja desprotegida a la población frente a las agresiones verbales o las campañas difamatorias. La propuesta deriva este tipo de conflictos exclusivamente al fuero civil, de manera tal, que los ciudadanos que se sientan afectados en su dignidad, puedan recurrir a un proceso civil, de la misma manera que hoy sucede con las afectaciones a la intimidad, situación para la que no se prevén sanciones penales.

Los/as Diputados/as que acompañaron el proyecto de Marcela Rodríguez son: Diana Conti, Fernanda Gil Lozano, Héctor Recalde, Vilma Ibarra, Norma Morandini, Nora César, Pedro Azcoiti, Victoria Donda Pérez, Emilio García Méndez, Alicia Comelli, Rubén Lanceta, Fernando Sánchez y Laura Sesma.

23 feb 2009

Marcela Rodríguez y el control de la CBP

Llegó esta gacetilla de prensa de alguien que todos por aquí respetamos mucho, en muchos aspectos, sobre todo, por su activa labor parlamentaria. Además fue inevitable recordar un -muy recomendable- debate sobre derecho penal y feminismo, entre MR y Alberto Bovino, blogger que con ejemplar fair play, hizo lo mismo que nosotros en su blog. Vale la pena leerlo y difundirlo. Ahí va!

Gacetilla de Prensa - La diputada Marcela Rodríguez (Coalición Cívica) entregó hoy a la presidenta de la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo (Ley 26.122), senadora Marita Perceval, un pedido solicitando que informe si ingresaron a la Comisión los decretos "S" Nº 162/04 y "S" Nº 628/2008, firmados por el ex presidente Nestor Kirchner y la presidenta Cristina Fernández de Kirchner respectivamente, y que beneficiarían a la empresa Lockheed, concesionaria de la fábrica de aviones militares del Area Material Córdoba, con millonarias transferencias de dinero.

Además, la diputada solicitó conocer si las normas suscriptas por la jefa de Estado y su antecesor (decreto secreto firmado en 2004) fueron consideradas por ese cuerpo ya que, como cualquier modificación a los contratos de un servicio concesionado, deben realizarse por una ley del Congreso.

La legisladora de la Coalición Cívica exigió esta información considerando que "la Constitución nacional no establece ninguna excepción en relación con los decretos secretos y que son de necesidad y urgencia. El Gobierno tiene la obligación de enviarlos al Congreso".

"De ninguna manera se nos puede negar a los legisladores la información solicitada y menos aún negar que deban ser sometidos a nuestra consideración" agregó Rodríguez.

Por último, solicitó que, en caso de que los decretos no hubieran sido remitidos a la Comisión por el Poder Ejecutivo Nacional, la Presidente de la Comisión solicite a la Jefatura de Gabinete de Ministros su remisión a fin de que se los someta a consideración de la Comisión, tal como dispone el artículo 99 inciso 3º de la Constiución Nacional.

El diario Crítica de la Argentina había revelado en su edición del miércoles 18 de febrero de 2009, que Néstor Kirchner en 2004 y la Presidenta el año pasado firmaron decretos secretos que beneficiaron a la empresa que fabrica y mantiene los aviones de la Fuerza Aérea. Según menciona esa investigación, la compañía tiene la concesión desde 1995 gracias a otro decreto secreto, dictado por Carlos Menem. Según denunció en varias oportunidades el propio Gobierno, desde el inicio de la concesión la Lockheed incumplió con sus obligaciones contractuales. Además de no fabricar la cantidad de aviones que debía, tampoco logró comercializar en el exterior el avión Pampa –el caza de diseño nacional–, que formaba parte del contrato. Tampoco desarrolló nuevos proyectos ni obtuvo contratos de reparación de aeronaves comerciales. Se agradece su difusión.