13 jul 2016

Interpretación del derecho: Entre la “novela en cadena”, la "catedral," y la “catedral bombardeada” 2

La catedral

La metáfora de la catedral puede ser retomada, según anticipara, para repensar y reformular la imagen de la “novela en cadena” En la versión que me interesa estudiar, nos encontramos también –como en el caso anterior- con una construcción colectiva, consistente en este caso en una Catedral que una comunidad va desarrollando, generación tras generación. Pensemos, por caso, en la Iglesia la Sagrada Familia, en Barcelona, que la comunidad catalana viene erigiendo desde hace más de un siglo, y que aún no ha terminado. Imaginemos que ahora contratamos a un nuevo, prestigioso y vanguardista, estudio de arquitectos, para que retome las riendas del proyecto inconcluso. Nuevamente, la situación les plantea a los recién llegados una serie de limitaciones decisivas. Si ellos se propusieran revolucionar la arquitectura contemporánea, con la terminación de este proyecto aún no cerrado, posiblemente equivocarían su objetivo: la misión que tienen asignada no es la de desarrollar la más grandiosa Iglesia imaginable, sino una tarea muy diferente, que consiste en concluir una obra que la comunidad ha comenzado por Antonio Gaudí en 1882, y que pretende continuar, en línea con –antes que en desafío hacia- lo ya construido. 

Si pretenden cumplir debidamente con su tarea, los arquitectos recién llegados, como los intérpretes del derecho, deben entonces asumir que se han embarcado en una empresa colectiva, que se encuentra fuertemente marcada por el pasado –lo ya construido- y abierta al futuro –los arquitectos que, seguramente, habrán de continuar con la labor que ellos ahora comiencen. Una primera acción indispensable, entonces, es la que consiste en reconocer “el todo” de la obra, para determinar de qué tipo de construcción se trata: se trata, en este caso, de una Iglesia gótica, y no clásica o románica.. Determinar este estilo –el hilo conductor que recorre y explica cada una de las partes de la obra- es necesario estudiar al conjunto de lo ya hecho, hasta desentrañar su sentido. El punto es muy importante, para la construcción en curso, pero también a la hora de pensar el tipo de tarea a la que nos enfrentamos: advertir cuál es el “hilo” que recorre a la obra es una tarea indispensable, pero a la vez no imposible. Se trata de una misión (i.e., definir que estamos frente a una catedral gótica, de tales características) que está al alcance de cualquier “intérprete” con conocimientos básicos, y comprometido con su tarea. En consecuencia, cada columna o ventana nueva que se construya, deberá ser erigida en consistencia y en diálogo con lo que ya construido. Lo mismo en el derecho, y lo mismo para cada juez que se apreste a decidir un nuevo caso. 

En efecto, si el juez –como el arquitecto- mirase a su pendiente obra, con la certeza de estar en posesión de cualidades extraordinarias, ansioso por ponerlas en práctica, y con desdén hacia lo ya construido, simplemente equivocaría su tarea: su misión es la de continuar una construcción colectiva, y no empezarla de cero, deslumbrando al resto. En el caso de la catedral, el arquitecto deberá retomar esa construcción gótica, por más ínfulas y ambiciones que tenga. Quiere decir esto, entonces, que el arquitecto-juez no puede innovar? Quiere decir esto que no puede cambiar? Quiere decir esto que, de modo conservador, debe someterse a todo lo ya construido, por más inatractivo que esto fuese? De ningún modo. Es en este punto en donde la imagen de la catedral puede resultar todavía más clara que la de la “novela en cadena,” para entender la labor reconstructiva de quien recién llega a la obra.

Para entender el alcance de lo dicho, pensemos en una situación como la siguiente. Imaginemos que el estudio de arquitectos que hoy retoma la construcción de nuestra catedral gótica, se encuentra con que el estudio de arquitectos que lo precedió, malentendió su misión, y consideró que lo que tenía a su cargo era la continuación de una catedral románica (o pensemos, sino, que se trataba de un equipo vanguardista, que quiso imponerle a la obra su propio estilo, con completo desinterés por lo hecho por la comunidad durante casi doscientos años). En cualquiera de estos casos, el estudio recién llegado, comprometido con la continuación de una catedral gótica, haría bien en disimular, rehacer o –de ser necesario- tirar abajo, las columnas románicas elaboradas por sus predecesores, a partir de un completo malentendido acerca del tipo de obra ante la que se enfrentaban. Esto es decir, contribuir con una obra colectiva no implica “someterse” a cada una de las realizaciones –y gruesos errores- llevados a cabo por quienes han antecedido a uno. Lo mismo en el derecho. Una nueva administración de justicia –la Corte actual, pongamos- puede reconocer que las decisiones de alguna Corte previa –pongamos, declarando constitucional la denegación de la personería jurídica a la Comunidad Homosexual, en el caso CHA- se contrapone a los principios de igual consideración y respeto elaborados pacientemente por las administraciones anteriores, en una diversidad de casos (i.e., relacionados con la tolerancia, la libertad de cultos, el respeto a la disidencia, el pluralismo político, etc.). “Tirar abajo” dicha línea de jurisprudencia puede ser una tarea obligada, de forma tal de mantener la construcción en línea con lo que durante siglos se ha venido construyendo, en otro “estilo.”

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