3 jul 2018

Otra perpetua

https://www.clarin.com/sociedad/nahir-galarza-condenada-perpetua-matar-novio-fernando-pastorizzo_0_By5vneKzm.html

Por primera vez se condena a perpetua a una menor de veinte años. Verguenza otra vez. Qué quieren lograr con esto? Qué lección quieren dar? Quién cree que va a perder algo? Cómo creen que se va a transformar la víctima? Qué medida de "merecimiento" toman. Horror más horror, horror doble.

7 comentarios:

Anónimo dijo...

Que medida de "merecimiento" toman? Bueno, matar a una persona es un acto irreparable, es casi inconcebible la idea de dejar de existir, de desaparecer de este mundo, por la acción intencional de otra persona. Como sociedad elegimos castigar esa conducta porque nos parece moralmente horrorosa. Respondemos, a través del castigo penal, a una intuición moral bastante simple, que es: resulta moralmente adecuado (incluso obligatorio) imponerle un mal a quien causó otro mal tan grave. No se trata de reparar, de unir, de prevenir, etc. Se trata de materializar un sentimiento de justicia que llevamos dentro. Por eso entendemos que quien mata "merece" ir 35 años a prisión. Por eso las familias, en términos generales, sienten algún tipo de alivio o satisfacción al escuchar este tipo de condenas. Los ejemplos de reconciliación o clemencia son excepcionales, y desde mi punto de vista, para nada virtuosos moralmente.
Tomás

Anónimo dijo...

https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2018/07/03/condena-a-cadena-perpetua-que-posibilidades-tiene-nahir-galarza-de-no-pasar-toda-su-vida-en-la-carcel/

Unknown dijo...

Estimado profesor, una vez que el delito fue calificado como agravado qué otra opción tenía el juez que la condena a perpetua?
Vale decir, si el Congreso decidió penar esa conducta con esa sanción, podía el juez apartarse de la letra de la ley?
Desde ya que no celebro la existencia de la prisión perpetua pero, asimismo, no veo con agrado cuando los magistrados deciden apartarse de lo que dicen las leyes.
Fuertes saludos.

Martha Casas dijo...

Estimado Tomás me sorprende que nadie te responda en este foro cnstitucionalista, lo harè yo que no soy abogada pero intento pensar una sociedad mejor.
En primer lugar la sociedad no puede estar al servicio de un sentimiento de venganza personal, que no estoy de acuerdo con vos en que es una intuiciòn moral, mas bien es un impulso biológico de retaliación que tiene sus bases en nuestra constitución animal. Mas precisamente andate a la amigdala cerebral mira alli y si queres te lo explico detalladamente pero no te voy a aburrir con eso.
Creo que la principal reparacion que espera la victima es que el crimen que sufrio no se repita, no creo que haya que hacer nada con la victima como dice roberto, no es un objeto o paquete a minipular. Y sí, a veces muchas de ellas quieren mirar al ofensor a la cara y preguntarle porque hizo lo que hizo. Y no, no creo que corresponda tampoco a la victima decidir la pena o liberar o lo que sea, en eso no estoy de acuerdo con este blog. Pero corresponde a la sociedad dar una respuesta racional al delito para prevenirlo y la venganza no lo es, nunca lo fue. Si la victima quiere hacer su venganza personal tal vez tenga el derecho ontologico a hacerlo pero yo como sociedad no lo voy a fomentar.
Tenia entendido que no se dictaban penas superiores a los veinticinco años de prision. No le veo sentido a la condena y que eso se base en un vinculo. Cuál vinculo? Sí se entiende el agravante en una pareja que ha establecido un compromiso. Vos de tu pareja no te defendes, ni te proteges, lo dicen los numeros las estadisticas. Pero en el caso d esta esta chica su vinculo era con su familia, un noviecito no es una pareja. Me parece un homicidio simple, el resto una demasìa fomentada tal vez por los medios.

Anónimo dijo...

Roberto, pregunto como lego, la constitución pide solo reinsertar al delincuente en la sociedad o también algun tipo de resarcimiento para la victima?
Saludos,
Luis

Anónimo dijo...

Yo estoy de acuerdo con que los jueces deben actuar conforme la ley, y si el congreso les impone la norma, la deben hacer cumplir.

Lo del vínculo, es bastante claro, ella no lo fusiló por ser un extraño, justamente lo hizo en el marco de la relación (adjetivenla como quieran) que los unía. La conformación social actual hace que muchos vínculos no tengan forma jurídica tradicional, por lo que me parece correcto admitir como agravante el vínculo de noviazgo.

Tampoco es cierto que sea la primera sub 20 condenada, ya han publicado otro caso similar y anterior en la misma provincia de Entre Rios.

El que rompe, paga.

Titin

Martha Casas dijo...

Llamar vínculo de pareja a un noviazgo entre adolescentes es lo más loco que escuché en mi vida. Y no te lo digo a vos titìn que no te conozco pero va para los jueces que al menos debieron asesorarse de alguna manera y sì tenìan responsabilidad de fallar bien. Precisamente un noviazgo es una relaciòn del tipo exploratoria para que dos chicos decidan si estableceràn o no un vìnculo.
No hay un proyecto de vida en comun como si lo hay en una pareja y que generalmente se da en la forma de los hijos. No hay un compromiso de atencion y asistencia mutua como si lo tienen las parejas establecidas al punto que la muerte de uno puede generar una enfermedad grave en el otro: no hay carga de estres mas grave que perder a la pareja, peor incluso que vivir una catastrofe.
No hay exclusividad ni preferencia en la comunicacion como si la tienen las parejas establecidas.

Realmente no se entiende la desproporción del fallo cuando otros crímenes tanto o mas aberrantes reciben condenas menores. Un caso de violacion seguida de muerte por estrangulamiento: once años. El caso de la amiga que mató a la otra de un martillazo en la cabeza con alevosía y premeditación ya está excarcelada. A Sebastian tablado por un caso similar le dieron 24 años. Porquè perpetua a Nahir? por ser mujer?