Ayer lunes, Página 12 publicó a página entera un texto de Ezequiel Ipar, dirigido a defender las leyes de reforma de la justicia, a través de una crítica a mi interpretación constitucional sobre el tema. (confieso que me resultó llamativo que el diario dedicase una hoja entera a un solo artículo, escrito por un no especialista en la materia, y que erraba grueso en muchas de sus consideraciones principales, pero bueno, vamos para adelante con el debate, con la esperanza de que sea posible).
http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-219872-2013-05-13.html
En lo personal, completé y envié una respuesta a dicho artículo, pero aún no he recibido confirmación de que se publicará el mismo. Mientras tanto, entonces, adelanto unos breves comentarios para no dejar la respuesta en silencio.
I. Ezequiel no tiene por qué convertirse en experto en teoría interpretativa de la Constitución para escribir sobre el tema: la discusión constitucional no tiene por qué quedar en manos de expertos. Ahora bien, si va a dedicar su trabajo a criticar mi propuesta interpretativa, más le vale adentrarse en el tema, o al menos -al menos- no reconvertir las teorías que invoco en lo que tenga ganas, le siente mejor, y le quede más a mano para la crítica. Lamentablemente, Ezequiel hace exactamente eso, y de un plumazo (3er párrafo de la nota), transforma las 4 teorías jurídicas en 4 teorías políticas que le quedan más cerca, aunque ello implique distorsionar POR COMPLETO el sentido de lo que digo. De esta forma, Ezequiel presenta objeciones interesantes a algún otro autor, que desconozco, mientras en la nota invoca mi nombre para avanzar su crítica.
II. Para criticarme, Ezequiel tampoco está obligado a leer todo lo que escribo, ni muchísimo menos: la discusión sobre mi trabajo no tiene por qué quedar en manos de especialistas. Ahora bien, si va a señalar que hablo desde una preocupación por la "tiranía de las mayorías", cuando toda la vida escribí justamente en contra de esa lectura de la política y del derecho (desde "La justicia frente al gobierno", al comienzo de mi carrera, hasta el reciente "Los fundamentos legales de la desigualdad") entonces su presentación sobre mi trabajo aparece como irresponsable, sino como un acto de mala fe.
III. Para defender la reforma judicial, Ezequiel tampoco tiene que ganar dominio de todos los detalles técnicos de la reforma: la discusión sobre la "democratización de la justicia" no tiene por qué reservarse a los técnicos. Ahora bien, si va a defender las cautelares como lo hace (como si la misma no dejase desprotegidos a piqueteros y marginados protestando contra el Estado; como si la misma no le exigiese al juez que quiere dictar una cautelar a favor de grupos marginados, niveles de certeza propios del dictado de una sentencia definitiva), o si va a ignorar los modos en que la reforma del Consejo violenta las reglas básicas de cualquier democracia (cláusula de los 18 distritos), entonces sí conviene ponerse los anteojos y prestarle atención a los tecnicismos.
Un saludo a Ezequiel, entonces, que ha escrito o coordinado textos interesantes (uno sobre Glauber Rocha), aunque no sea éste el caso.