26 ene 2009

La Constitución socialista de Bolivia?

La Nación titula hoy en primera plana y cuerpo principal del diario: "Aprobó Bolivia la Constitución socialista" (acá). Sabiendo el tipo de lectores al que se dirige, uno se pregunta por qué eligen titular de ese modo, cuando la Constitución no establece el fin de la propiedad privada, ni crea un sistema de soviets para el gobierno. Más bien, diría, la Constitución -que merece ser discutida- está muy lejos de esos ideales: el sistema de gobierno sigue siendo presidencialista y estando muy concentrado; la propiedad privada sigue viviendo feliz, aunque se limiten los latifundios, el uso improductivo de la tierra, o la propiedad de la tierra basada en la explotación de mano de obra esclava. Si a eso le llamamos socialismo...En fin, merece que discutamos si la Constitución de Bolivia es buena o no; merece que discutamos a qué vamos a llamar sistema socialista. Pero titular así, en ese contexto, sin dar ningún -ningún- apoyo genuino a lo que se dice, es una irresponsabilidad, un puro ideologismo tendencioso.

16 comentarios:

Natalia Sobrevilla dijo...

Justo venía revisando la constitución boliviana de 1831, la primera después de la vitalicia, y veía como Santa Cruz incluía una cláusula especial sobre las garantías constitucionales para todos los bolivianos, entre ellas la libertad, la propiedad, la igualdad, y la libertad de imprenta (en ese orden), así que parece que algunas cosas no han cambiado demasiado. Sobre el tema indígena y la constitución, no esta demás recordar, de paso, que esta, la de Santa Cruz y Calahuana, fue firmada entre otros por el representante de Chuquisaca, Manuel María Urcullo.
saludos

Unknown dijo...

Dónde se consigue el texto de las reformas?

Gracias.

Anónimo dijo...

Aclaro, pongo anonimo porque no tengo usuario. El socialismo no propugna la desaparicion de la propiedad privada. De todos modos adhiero a que la constitucion de Bolivia no tiene una socialista, y que solo se usa ese adjetivo por una cuestion de imagen y de retorica.

Miguel Godoy dijo...

Si no estoy equivocado, el texto de la nueva Constitución de Bolivia es lo que había sido aprobado en deciembre de 2007 y sometida ahora al Referendo. Puede ser bajada en el sitio del gobierno boliviano - http://www.presidencia.gob.bo/asamblea/nueva_cpe_aprobada_en_grande_en_detalle_y_en_revision.pdf


Colgo abajo algunos trechos interesantes, sobretodo para nosotros defensores de una democracia deliberativa:

Artículo 183
I. Las Magistradas y los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia serán elegidas y elegidos
mediante sufragio universal

Art. 349. Los recursos naturales son de propiedad y dominio directo, indivisible e imprescriptible del Pueblo boliviano, y corresponderá al Estado su administración en función del interés colectivo.

Art. 352. La explotación de recursos naturales en determinado estará sujeta a un proceso de consulta a la población afectada, convocada por el Estado, que será libre, previa e informada .

Se garantiza la participación ciudadana en el proceso de la gestión ambiental, y se promoverá la conservación de los ecosistemas, de acuerdo con la Constitución y la ley. En las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos, la consulta tendrá lugar respetando sus normas y procedimientos propios.

Sigamos!

Anónimo dijo...

... "sobre Imagen y Retorica"...
La imagen del Diario La Nacion y su retorica esta, a mi sospechoso y periferico modo de ver elaborado como esas joyas de critalerias en los reductos esotericos de sus think tanks. No por perspicas sino por periferico sigo con sospechas: crean un lenguaje, eso camuflado de imagen o retorica tiene un lector sin camuflaje y para el esa constitucion es de un "Indio Socialista!"
Pero para no abundar en subjetivas sospechas, la reciente Constituciona plebesictada OFICIALIZA 36 IDIOMAS. Esto al lector sin camuflaje lo podra tomar con liviandad; "No van a dejar de hablar castellan" podra pensar, en su derecho. Pero es segun "mi sospechas" es mas que importante, es un modo de ver, hacer y sentir un mundo que se les ha vuelto ajeno (SCIM)
Saludos
Cariños

llantuh

Anónimo dijo...

... "sobre Imagen y Retórica"...
La imagen del Diario La Nación y su retórica esta, a mi sospechoso y periférico modo de ver elaborado como esas joyas de cristalerías en los reductos esotéricos de sus think tanks. No por perspicaz sino por periférico sigo con sospechas: crean un lenguaje, eso camuflado de imagen o retórica tiene un lector sin camuflaje y para el esa constitución es de un "Indio Socialista!"
Pero para no abundar en subjetivas sospechas, la reciente Constitución plebiscitada OFICIALIZA 36 IDIOMAS. Esto al lector sin camuflaje lo podrá tomar con liviandad; "No van a dejar de hablar castellano" podrá pensar, en su derecho. Pero es según "mi sospechas" es mas que importante, es un modo de ver, hacer y sentir un mundo que se les ha vuelto ajeno (SCIM)
Saludos
Cariños

llantuh

Anónimo dijo...

Y bueno, es un diario bastante facho y gorilón La Nazi On.

Lo peor fue el otro día, con esa lamentable y repugnante frase de Berlusconi, que algunos lectores no veían "cual fue eso tan grave que dijo".

Anónimo dijo...

si bien la constitucion de bolivia se manteniene como forma de gobierno el presidencialsmo contiene una serie de elementos valiosos para la democracia deliberativa como algunos qeu citare de modo aribitrariao y enunuciativo dada la extension que llevario ello.: -consagracion la libre detrminacion de los pueblos indigenas lo cual seugen esta esta abarca su derecho a autonomia ,autogobierno..(ar.2) el art 11 establece la forma de gobierno es democratica representativa participativa y comunitaria.AL PRECISAR QUE SIGINIFICA pariticipativa:entre los medios por los cuales tiene lugar se nombran asmbleas y cabildos y se agrgan que tieen un cracter deliberativo.
en el captiulo coprrepsondiente a los derechos de los pueblos aborigenes se menciona el derecho a consulta de los pueblos aborigines en el caso de medidas qeu puedan afectarlos por parte del estado;derechos de participacion en los beneficios de la explotacion de recursos natiurales en su territorio y paricipacion en organos del estado.
-ademas de consagrar el principio de autonomia individual en su aspecto negativo ,se ven una clara consagrasion al aspecto positivo de la misma cmo al reoconocer derechos a servicios :agua potable ,gas,alcantarillados asi como la cosngracion del derecho a la salud y su deber de promocion del mismo de pliticas publicas. es mas parece asumir un compromiso irrenuciable al sostener que los biene sy servicios de la salud public a no podran ser privatizados .tambien se observa lo antes dicho en la cosngracion del derecho de seguridad social grautito..
-la designacion de jueces del tribunal supremo a traves del sufragio universal
-reconocimiento de justicia de pueblos originarios pero señlando limites precisos evitnado caer en un comunitarismo absoluto: dercho a la vida y demas derechos fundamentales...
sin embargo tiene aspectos a mi parecer disvaliosos ademas del presidencialsmo y del unitarismo;
tambien digamos asume cierto posicion originalista en materia interprettiva cuando establece que en su funcion interpretativa ,el tribunal constitucional aplica como criterio de interpretacion de preferencia la voluntad del cosntituyenbte,de acuerdo cono sus documentos,actas y resoluciones.

Unknown dijo...

Me parece muy productiva la constitucion boliviana en aspectos como la limitacion a la propiedad de tierras improductivas o la fomentacion de la participacion de los indigenas. Pero creo que hay que saber diferenciar en lo realmente valioso y en lo que solamente tiene apariencia de esto. Por ejemplo a mi no me agrega nada que este materializado en la CN que los pueblos indigenas tengan derecho a Gas o agua potable.. para mi esto por mas que este escrito o no es un derecho que como sujetos todos tiene derecho,al margen de ser indigenas o no..
Ademas que este estrictamente estipulado no quiere decir que sea operativo de forma directa, claro ejemplo de esto son todas las normas constitucionales que nadie respeta...
saludos

Sebaskur dijo...

tambien digamos asume cierto posicion originalista en materia interprettiva cuando establece que en su funcion interpretativa ,el tribunal constitucional aplica como criterio de interpretacion de preferencia la voluntad del cosntituyenbte,de acuerdo cono sus documentos,actas y resoluciones.
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Pero el mecanismo de reforma de la CN debe ser blando no?

Que tipo este anonimo. Hay gente que solo sabe hacerse ver por la violencia y que lo unico que terminan haciendo es detenriorando todo lo que tocan.

Anónimo dijo...

yo creo que la cosntitucion sea igual a texto formal ni mucho menos ..para mi mas bien es una practica social consecuencia de un precedmiento legitimo que no es otro que el democratico.
sin embargo como texto no se puede dejar de reconocer que es valioso desde el angulo de la concepcion de autonomia que asume, es decir no solo abarca el aspecto negativo(no inteferencia en la eleccion de proyectos individuales a menos que limiten la autonomia de otros) sino el aspecto postivio es decir condiciones materiales que permiten ejercen ese plan invidual de vida como :acceso a servicios vivienda ,educacion,salud,pro todo formadiscriminacion,derecho a un ambiente sano(incluso es interesante la consagrsacionde un organo jurisdiccional agroambiental)etc .esto reocnomocimento de que los derechos no solo se vulneran por accion sino tambien por omision ..y en ese sentido veo una concepcion bastante robusta de los derechos sociales...ahora su vigencia dependera de la practica constitucional.

Anónimo dijo...

Xavier Albó, em entrevista ao jornal "Folha de São Paulo" afirma que esta é a Constituição que mais avançou no sentido de reconhecer o pluralismo étnico do país.Com relação à palavra "socialista", realmente me parece muito equivocada! Talvez a intenção fosse dizer sobre a constituição de um Estado que se quer ver construído como democrático, plural e includente!Oxalá o seja!
Abraços

Anónimo dijo...

Xavier Albó, em entrevista ao jornal "Folha de São Paulo" afirma que esta é a Constituição que mais avançou no sentido de reconhecer o pluralismo étnico do país.Com relação à palavra "socialista", realmente me parece muito equivocada! Talvez a intenção fosse dizer sobre a constituição de um Estado que se quer ver construído como democrático, plural e includente!Oxalá o seja!
Abraços

Sebaskur dijo...

Ant te preguntaba si conocias el mecanismo de reforma porque decis que hay un cierto originalismo y una prevalencia del constituyente. UNA DE LAS MANERAS de contrarrestar eso es a traves de un mecanismo blando de reforma. Bueno, deja, todo bien.

Anónimo dijo...

perdon sebaskur no quise ser descortes pero no vi la pregunta..como bien planteas esa concepcion originalista que adpota en materia de interprteacion constitucional jurisdiccional puede ser contrarrestrado si la ocnstitucion es flexible..pero desafortunamente es rigida la constitucion porue estblece un mecanismo asi como organo diverso que el rquerido para leyes ordinarias ,consignando 2 situaciones:reforma total por medio de asamblea la cual es impulsada por un referendo que tiene lugar por medio de iniciativa popular(20 por ciento del electorado en firmas al menos),mayoria absoluta del PL o por el poder ejecutivo.ademas agrega que para la vigencia del texto que surja de la misma se requiere referendo constitucional aporbatorio.
-reforma parcial:en este caso la asamblea solo puede ser activada por referendo convocado por el PL(misma mayoria que el caso anteriror) O iniciativa popular(misma cantidad de firmas que en el caso anterior).tambien requiere el texto que nazca de la asmablea un referendo aprobotario.
saludos ant

Sebaskur dijo...

ok gracias. Igual està buenisima la nueva Const.