12 abr 2008

La píldora del día después en Chile

Por varios lados, fue surgiendo el tema de la restricción que planea el Tribunal Constitucional chileno a la distribución gratuita de la píldora del día después (i.e., en hospitales públicos). Cabe advertir que esto significa que si usted tiene un poquito de dinero, el Tribunal no tiene problemas con que vaya y compre la píldora en su farmacia amiga. Es decir, una decisión -una más- gravísima, entre otros puntos de vista, desde la óptica de la igualdad. Hoy se publica una encuesta (acá) donde la mayoría de los chilenos encuestados reconoce lo obvio: el carácter discriminatorio de la medida. Valdría la pena, cuando se produzca, señalar y no olvidar el significado de este tipo de decisiones en una sociedad que quiere ser democrática.

5 comentarios:

Heber Joel Campos dijo...

talvez serìa importante conocer de primera mano la sentencia. Ayer escuchaba a algunos abogados chilenos decir, que en realidad la prohibiciòn era una que vinculaba no sòlo a los hospitales o dependencias pùblicas, sino tambièn a los negocios privados. Hasta donde sè ellos arribaban a esa conclusiòn tras una lectura màs o menos extensiva de los alcances de la sentencia, debido a que èsta no dice nada expreso al respecto.

PIC dijo...

cuanto vale la pildora?

Unknown dijo...

Esta información es producto que la parte resolutiva de la sentencia "se filtró" en los medios. Ante esto, el TC se vio obligado a publicitar la resolución del fallo (no el fallo completo) para evitar, supongo, los malentendidos en la opinión pública.

Lo que resolvió el TC es:
- No es inconstitucional métodos anticonceptivos como el DIU (sí, el requerimiento señalaba que debía ser prohibido tanto para instituciones públicas como privadas)
- No es contrario a la Const. que el gobierno realice planes de control de la natalidad en hospitales públicos masificando métodos como la píldora del día después y el DIU.
- Sí es contrario a la Const. que el Estado distribuya a menores de edad la píldora del día después sin consentimiento de sus padres. Pero no es inconstitucional que se venda privadamente.

En el fondo hay un doble o triple juego. Por un lado, el TC sostiene que hay alguna razón (porque es abortivo?) por la que la PDD no puede ser suministrada por el Estado. Por otro, dice que aun cuando sea abortivo, los privados pueden comprarla. Y el tercer juego es que claro, para comprarla hay que tener receta médica.

O sea, la mujer pobre en Chile, para poder evitar un embarazo no deseado a través de la PDD tiene que primero pagar por una consulta médica (esperar que el médico no sea conservador) y luego llevar esa receta a la farmacia y pagar el dinero que cueste la famosa PDD.

rg dijo...

gracias claudio, cuanto mas informacion, bienvenida

Pablo dijo...

El Requerimiento está disponible en la web del Tribunal Constitucional, en el buscador indaga por levonorgestrel: http://www.tribunalconstitucional.cl/index.php/sentencias/busca_basico

precisamente:

http://www.tribunalconstitucional.cl/index.php/sentencias/download/pdf/108

ojo es el requerimiento, el fallo no está en la web aún.