1 nov 2013

(Fallo Ley de Medios 4) Don Gus M.

Dos artículos del amigo Maurino sobre el fallo. Curiosamente, en el mismo día, uno en Página, acá, otro en La Nación, acá

7 comentarios:

andresvas dijo...

un raro artículo normal en medio de tanta locura de gente cegada por el partido de los K vs los antiK

Anónimo dijo...

Con el enorme respeto intelectual que le tengo a Maurino, debo decir que sus textos me parecieron de una enorme ambiguedad. No termina de entenderse hacia donde pretende enfilar. Tal vez deba leerlos otra vez.

Anónimo dijo...

Una pregunta, rg: tu análisis sobre la aplicación de la "presunción de inconstitucionalidad" en el fallo de la Corte, me parece que se queda en el voto de Lorenzetti y Highton.

Si no leo mal el fallo, me parece que en el voto de Petracchi y Zaffaroni sí se aplica un "escrutinio estricto", pero no con la base teórica que vos apoyás (Ely, Corte EEUU, etc. etc.), sino con sustento en el criterio de la Corte Interamericana (me gustaría saber qué opinás sobre esto).

Y si eso es así, me parece que no podemos afirmar que "la Corte argentina" invoca a Ely, EEUU, etc., y luego no es consecuente en su aplicación. Porque esa posición no haría mayoría.

Silvina

rg dijo...

si puedo te contesto en un post

gustavo maurino dijo...

anonimo 11:03. tal vez deba escribirlos otra vez, jeje.
Creo que pretendìa enfilar hacia (a)la agenda de construcciòn de una comunidad constitucional -tàn simple como revolucionaria- (b)la valoraciòn de los aportes de la CS en se camino, a travès de fallos que merece que nos tomemos en serio (c) la existencia de razones -por sus precedentes, por los valores que debemos aceptar en el juego de la democracia constitucional, y por las circunstancias del fallo "clarìn"- para que nos tomemos a ese fallo y a la Corte como "nuestra" corte y "nuestro fallo" (d) la maravilla -que la corte està ayudando a construir, y que ojalà querramos construir todos- de vivir en una comunidad en la que nadie estè por encima de la ley democràtica y la constituciòn.

algo asì...(ademàs de marcar ciertas virtudes procedimentales y de razonamiento del propio fallo)
No aspiro con estas aclaraciones a preservar el respeto intelectual que generosamente me regala, jeje; pero ojalà no deje de merecer vuestro respeto moral.
salute

Anónimo dijo...

Gracias Gustavo por haberte tomado el tiempo en contestar. Con tus explicaciones y la relectura de las notas me quedó más claro. Por favor, espero que no hayas tomado mi comentario como un acto de soberbia. Saludos y gracias

gustavo maurino dijo...

de ninguna manera. gracias a usted, che.