11 sept 2018

Rosenkrantz en la presidencia de la Corte

Supongo que se viene una Corte minimalista, menos "activista" (en cualquier sentido del término -activismo social o conservador), y más deferente hacia el poder político nacional. En tiempos de un gobierno liberal-conservador, ésta no sería una gran noticia, ya que avalaría un alineamiento ideológico perturbador entre justicia y política. Me interesa todavía más, en todo caso, la pregunta acerca de qué pasará cuando el gobierno (éste o alguno que le siga) cambie de signo, y/o gire hacia posturas (todavía) más agresivas en materia de derechos individuales o sociales; o más hostiles (todavía) hacia la organización del poder y los procedimientos institucionales. Mi esperanza es que la Corte se muestre firme frente a los intentos de socavamiento político del sistema institucional. Mi preocupación es que no sepa resguardar bien un compromiso básico o "piso" "liberal" en materia de derechos individuales. Mi temor es que deje de lado su proclamada deferencia política, frente a gobiernos más activos en materia social. Está por verse. Por ahora: buena suerte, a él y a todxs. La necesitamos.

pd: entrevista que le hiciéramos a Rosenkrantz, muy reveladora, desde la Revista Argentina de Teoría Jurídica (la única entrevista que dio antes de asumir como juez de la Corte)

https://www.utdt.edu/ver_novedad.php?id_novedad=1897&id_item_menu=424

23 comentarios:

Anónimo dijo...

Hasta ahora Rosenkrantz solo mostró compromiso con el derecho de propiedad y una hostilidad marcada hacia los trabajadores en cuestiones laborales e imputados en casos penales. No puedo ser optimista

Anónimo dijo...

La presidencia solo es una cuestion administrativa. una tonteria creer que desde la posicion administrativa se puede determinar la politica de una corte. Un simplicismo que parece ocultar que la "corte ejemplar de Kirchner" sin excepcion ha sido una verguenza. Desde Zaffaroni (y sus olvidos cuasi delictivos) hasta Highton (designando a sus parientes) pasando por Argibay (la Sra. 280). Creer que la renuncia a una funcion administrativa implicará un cambio de linea politica es tan infantil como tus argumentos posteriores.
M.

rg dijo...

más allá de la arrogancia, creo que es un error muy serio no ver que las presidencias de las cortes han estado correlacionadas con líneas jurisprudenciales. está cerca de ir a imprenta una obra de tres volúmenes, sobre las presidencias de las cortes en la argentina, y yo creo que si algo demuestran es eso: la relevancia de lo que vos, de modo petulante, descalificás como infantilismo. pero en eso estamos: desde el anonimato cualquier cosa vale

Anónimo dijo...

Qué interesante la obra que comenta Roberto. Usted la dirige?

rg dijo...

no, vamos a ver cuándo salen. con suerte, en unos meses sale a la luz uno muy muy prometedor, que gira en torno a la corte presidida por carrió. pero no puedo adelantar mucho más :)

Anónimo dijo...

M. no comparto para nada tu opinión.

En primer lugar el Presidente de la Corte tiene facultades administrativas que no poseen el resto. A saber: puede firmar, con su sola firma, renovación de contratos de personal, de servicios, de Obras, de compras y adquisiciones. Adscribir personal a determinado lugar, pases, suspensiones, etc. Además, tiene el poder de llevar al Acuerdo el listado de causas que se firmarán. O sea, maneja la agenda de lo que sale y lo que no sale (pensá las consecuencias prácticas de todo esto que escribí).
Asimismo, por si eso te parece poco, es quien desde lo institucional las reuniones con los demás Poderes. Hace la apertura judicial (aunque ese fue un "invento" de Lorenzetti), baja línea política, y varios etc. Basta con leer las resoluciones diarias en la página de la Corte para que adviertas esto.

Por otro lado, sí a tus comentarios respecto de Zaffaroni y Hihgton. Respecto a lo de argibay no entiendo a qué te referís. Está mal "el 280"?. No creas, por las dudas aclaro, que es una "plancha". Hacer un 280, como se dice, puede llevar mas tiempo y mas páginas que una sentencia. Y la corte, pone 280 al 90% de la causas porque en este país se apela todo, pero se apela mal, y pocos logran demostrar cuestión federal suficiente y/o arbitrariedad que merite la intervención de la Corte. Sin mencionar que los recursos de queja pocas veces tienen fundamentación autónoma.

POr último, no hay dudas que el cambio de Presidente de la Corte traerá cambios políticos. Sin duda alguna. Esto no quiere decir que sea para peor, pero los cambios se notarán inmediatamente.

Saludos
Andrés

Addenda: me habían mencionado del trabajo que habla R.G. Es la demostración, casi absoluta, de la relevancia que tiene la presidencia de la corte. POr supuesto, no es lo mismo que la presidencia del POder Ejecutivo. La Presidencia que menos "fuerza" tiene, a mi modo de ver, es la del POder Legislativo. Sin dudas, la presidencia del POder Judicial es muy importante en todos los aspectos.


Anónimo dijo...

Coincido con Roberto en que la presidencia de la Corte no se limita a una mera cuestión administrativa. Lo que me llama la atención del post es este fragmento "Me interesa todavía más, en todo caso, la pregunta acerca de qué pasará cuando el gobierno (éste o alguno que le siga) cambie de signo, y/o gire hacia posturas (todavía) más agresivas en materia de derechos individuales o sociales; o más hostiles (todavía) hacia la organización del poder y los procedimientos institucionales." Me parece demasiado complaciente con el gobierno actual, como si el mismo no hubiera ya tocado fondo en materia de derechos individuales y sociales, como si todavía pudiera girar hacia peores posturas.
Tomas FF

rg dijo...

en serio lo decís? parecen los que hacen años eran llamados "apocalípticos". cada día nuevo se proclama "hoy llegó el apocalipsis" (lo que genera la pregunta de "y ayer entonces qué era?"). qué vamos a hacer entonces cuando los planes sociales, en lugar de aumentar, se anulen? qué cuando se censure a la prensa por poner un titular contra el gobierno, como hiciera Correa? cuando aparezcan los 3070 muertos por violencia institucional que, según correpi, dejó el kirchnerismo? qué cuando se actúe frente a las manifestaciones como lo hace ortega? estamos pésimo en materia de de derechos civiles y sociales, desde hace tiempo, pero muy muy lejos de "tocar fondo". me parece un comentario delirante.

Anónimo dijo...

Bueno, siempre se puede estar peor, eso desde ya...qué vamos a hacer cuando instalen el apartheid, te faltó decir. Pero creo que la situación actual es bastante grave: inflación descontrolada, caída del consumo, pérdida de trabajo, absoluto blindaje mediático (el único medio opositor, quieras o no, es tu vapuleado página 12), endeudamiento internacional masivo, etc. etc. Yo creo que dado todo eso, YA resulta preocupante la nueva composición de la corte, no necesito esperar el evento apocalíptico, la caída del meteorito, para empezar a preocuparme
Tomás FF

rg dijo...

de veras me parece un delirio. para criticar al gobierno no hay que decir "es la dictadura" o, como vos, "no se puede estar peor en materia de derechos, ya tocamos fondo". no ayuda a pensar, nos dificulta el pensamiento

Anónimo dijo...

Como que uno se carga toda la teoria del poder al sostener que la perdida de una potestad administrativa pasa por alto todas las otras formas de influencia posible. En fin, si quieren pensar eso, alla Uds. Luego Argibay Sra. 280 lo aplico para casos mal apelados, y para cuestiones sustanciales de fondo... Todo lo demas apunta a decir "esto va en linea con lo que planteo en mi libro" (metamensaje, lealo, comprelo), en fin, alla Uds.
M.

Anónimo dijo...

La Corte le acaba de revocar la personería jurídica a cinco comunidades indígenas neuquinas sobre la base de una lectura risible de la exigencia de "consulta previa", solo que aplicada en favor del estado provincial. Ya se empiezan a ver los efectos

andresvas dijo...

Se puede estar peor, no es una dictadura, lo que está pasando es gravísimo (fíjense el prudente silencio de los que proclamaban la frivolidad de la derecha moderna), hay que denunciarlo. No es tan complicado, cada uno sabe lo que hace (y lo que hizo).

Roberto de Michele dijo...

Querido Robert
Gracias por la entrevista a Carlos.

Se atribuye a Zhou Enlai la respuesta "es muy pronto para sacar conclusiones" cuando se le pregunto sobre las consecuencias de la Revolucion Francesa.

abrazo.
Roberto

Anónimo dijo...

M
a qué casos te referís cuando decís "...Luego Argibay Sra. 280 lo aplico para casos mal apelados, y para cuestiones sustanciales de fondo..."?. No se entiende.


potestad administrativa?. Lee el reglamento para la justicia nacional. Puede nombrar personal,
sancionar, adscribir, compras y adquisiciones. Te parece poco que pueda darle a un juzgado 10 personas y a otro nada?. O que pueda llenar secretarias de la corte con gente a su elección para que proyecten las futuras sentencias que después firman, obvio, todos los ministros?.

Es muy ingenuo tu planteo o te paraste en esa posición para solamente discutir con R.G. Esos esfuerzos que hacen algunas personas para siempre tener una postura distinta es ridículo.

Andrés

Anónimo dijo...

La Corte le acaba de revocar la personería jurídica a cinco comunidades indígenas neuquinas sobre la base de una lectura risible de la exigencia de "consulta previa", solo que aplicada en favor del estado provincial. Ya se empiezan a ver los efectos...

PODRÍAS SUBIR EL FALLO O PASAR EL ENLACE. NO ENCONTRÉ ESTO TAL COMO LO INDICAS.

GRACIAS
ANDRÉS

Anónimo dijo...

Hoy Pagni en su columna de "La Nación" cita el reportaje que le hicieron a Rosenkrantz en la Revista de Di Tella. Muy bueno RG!

Damián dijo...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
Damián dijo...

sobre el fallo de la ÇSJN de Comunidades ìndigenas:



En los textos (sobre todos de USA) en los que se trata el vinculo entre los derechos de las minorías y el sistema federal, se afirma que su relación fue "en el menor de los casos problemática". Otro autor clásico, Riker, dice que si sos racista debes amar el federalismo.
Con aborto, con derechos sexuales y pueblos originarios hace tiempo se ve lo mismo. El federalismo aparece para pedir/exigir dinero al Estado Nacional o como escudo contra las leyes nacionales de derechos (las de orden público, en algunos casos). Las provincias, en esos casos, gritan: en mi territorio no te metas.

Acabo de terminar de leer el último fallo de la CSJN sobre la temática (Neuquén c/INAI del 11/9/2018). Otra vez el federalismo, otra vez las consecuencias la pagan las minorías que en sus localidades, contrario a lo que promete el federalismo, ven aún más vulnerados sus derechos.

En este fallo, importante, la Corte sigue delineando su concepción sobre las competencias concurrentes entre el Estado Nacional y las Provincias. Se exige "coordinación" obligatoria.

Seguiré leyendo sobre federalismo, aún no pierdo las esperanzas sobre las promesas que traía ese sistema institucional, pero la realidad vuelve a traer la historia. Las peores leyes locales son defendidas bajo el escudo del federalismo.

Anónimo dijo...

Andrés: No me deja poner el link del fallo. Te mando la referencia subida a "Novedades" de la CS. A ello sumale el interesantísimo mensaje de Damián publicado más arriba para comprender el modo en que la Corte ha resuelto el punto. Saludos

Neuquén, Provincia del c/ Estado Nacional (Ministerio de Desarrollo Social - Instituto Nacional de Asuntos Indígenas) s/ impugnación de actos administrativos y acción declarativa de certeza (Registración de personería jurídica de las comunidades indígenas - Acción declarativa para que se ponga fin al estado de incertidumbre sobre la delimitación de las facultades concurrentes del Estado Nacional y de las provincias - Legitimación activa de una provincia para reclamar la invalidez de actos que vulneran atribuciones y poderes inherentes a su autonomía política - Facultades concurrentes - Distribución constitucional y coexistencia legislativa - Límites y alcances - Otorgamiento de personería sin la participación ni conocimiento previo de la provincia - Nulidad - Se declara la nulidad de las resoluciones dictadas por el INAI - Voto del juez Rosatti: Federalismo - Principio de la lealtad federal o buena fe federal - Modalidades de colaboración - Atribuciones del INAI)

Anónimo dijo...

Impecable el fallo en cuestión (unánime por otro lado, asi que nada que inferir sobre el cambio en la presidencia de la Corte). Es razonable que la Provincia sea consultada sobre una decisión que tiene impacto sobre sus recursos, las comunidades en la practica tienen la capacidad de frenar inversiones publicas o privadas, negociar beneficios con las empresas, etc...
Párrafo aparte para los estatutos que establecen que la CN y las leyes seran aplicadas solo si son compatibles con el propio estatuto...
Alejandro

fahirsch dijo...

El fallo referenciado más arriba: http://sj.csjn.gov.ar/sj/verdoc.do?method=verDocumento&id=112001

Alejandro Kafka dijo...

Dejo el comentario acá, pues se relaciona con la Corte Suprema.

https://www.pagina12.com.ar/147287-sin-lugar-para-los-debiles

Se conoce hoy este fallo y leyendo la fundamentación del voto en disidencia de Rosatti, según transcribe el periodista, uno se pregunta qué carajo habrán argumentado los restantes integrantes de la Corte para fallar tan miserablemente.