12 feb 2008

El derecho penal frente a los casos extremos





Las situaciones en que el derecho penal se enfrenta a casos extremos, de crímenes horrendos, a veces masivos, generadores de enorme conmoción social resultan, lamentablemente, cada vez más frecuentes. En los Estados Unidos, el poder judicial viene lidiando, con gran dificultad, con el tratamiento y persecución de los sospechosos de estar involucrados en actividades terroristas. En España, el Derecho Penal se ha vuelto a poner en marcha, con toda su fuerza, para salir al cruce de un aparente rebrote de la amenaza representada por la organización terrorista ETA. Conviene aclararlo desde ya: casos como los citados tienen una naturaleza muy diferente, y requieren de reacciones públicas también diferentes –es un riesgo, en definitiva, tratar a los mismos de modo conjunto. Sin embargo, quisiera incurrir en dicho riesgo para pensar a tales casos a partir de aquello en lo que están igualados: las dificultades que enfrenta el Derecho Penal para tratar situaciones excepcionales, de primordial gravedad.

Tomemos, por caso, el ejemplo de ETA en España. El juez Baltasar Garzón dispuso recientemente la detención de casi una veintena de dirigentes de Batasuna, bajo la razón de que ellos realizaban una “asamblea clandestina e ilegal” a última hora de la noche. La medida de Garzón vino a inscribirse dentro de una serie de decisiones más amplias que incluyen, decisivamente, al actual gobierno español -medidas orientadas a hacer sentir todo el peso de la ley (penal) sobre la organización terrorista. Esta nueva ofensiva estatal, como era de esperarse, fue tomada por los líderes de Batasuna como una “declaración de guerra.” De modo esperable también, jóvenes simpatizantes del movimiento separatista vasco salieron de sus casas para incorporarse otra vez en acciones de "lucha callejera" contra un Estado español al que consideran ilegítimo y opresor. Otra vez, España mostró sus fracturas con toda vehemencia.

Un ejemplo como el citado resulta importante para ilustrar algunos de los riesgos propios que aquí interesa explorar. Las preguntas que surgen, frente a éste caso y otros similares, resultan, en principio, comunes. Primero, una pregunta sobre la factibilidad: ¿Tiene poder el Derecho Penal para hacer frente a cataclismos sociales semejantes –procesos que abarcan a un número de gente tan elevado; problemas que cruzan de una punta a la otra al país; sucesos que incluyen tragedias familiares y sociales de una magnitud extraordinaria? Luego, preguntas sobre la eficiencia Por caso: ¿las herramientas con las que cuenta el Derecho Penal –castigos, imposición de dolor, prisiones- son las más apropiadas (¿o son las más torpes?) para hacer frente a crisis sociales como las referidas? ¿Son tales herramientas capaces de traer seguridad y tranquilidad colectivas, o más bien ayudan a lo contrario? Finalmente, una pregunta sobre el valor moral del emprendimiento: ¿Tiene sentido este tipo de iniciativas? ¿Tiene sentido el intento de resolver desacuerdos sociales tan profundos persiguiendo a más gente, poniendo a más gente presa?

La respuesta a tales interrogantes, según entiendo, es triplemente negativa: el Derecho Penal no tiene capacidad para lidiar con situaciones sociales complejas; cuenta con las peores herramientas para llevar a cabo una tarea que requiere de manos de cirujano, consenso y flexibilidad mayúsculas; y no tiene sentido, moralmente hablando, apelar al lenguaje de la violencia, la coerción y la cárcel para resolver desacuerdos tan amplios y situaciones socialmente tan divisivas. Sin embargo, nos estamos acostumbrando a festejar, por derecha pero también por izquierda, cualquier súbita aparición del Derecho Penal, especialmente si ella concluye con más y más gente procesada y tras las rejas.

Conviene, de todos modos, separar las cosas, para no caer víctimas de malentendidos y abusos de ningún tipo. Primero, resistir el uso del Derecho Penal es un deber de cualquier ciudadano, especialmente de aquellos comprometidos con una visión igualitaria de la democracia: debemos ser capaces de llegar a convivir por el convencimiento -el convencimiento de que el derecho está genuinamente al servicio de todos- y no por el miedo. Segundo, rechazar la imposición de dolor como estrategia de reproche estatal no debe verse en absoluto como sinónimo del rechazo a la búsqueda de justicia. Por el contrario, la cuestión es afirmar la justicia categórica e incondicionalmente, repudiando sin matices cualquier violación de derechos humanos, pero sin tomar justicia y privación de la libertad como sinónimos. Tercero, reivindicar una resolución político-democrática para los problemas sociales más divisivos tiene muy poco que ver con la idea de que tales problemas debe resolverlos, según su criterio, el presidente o la dirigencia política de turno. Ése es el modo en que aquí y en otras latitudes se quiere leer siempre cualquier invitación a la política. Sin embargo, la reivindicación de una construcción democrática debe entenderse como antónimo de cualquier tipo de discrecionalidad presidencial o acuerdo de cúpulas. Los conflictos que tocan a todos deben ser resueltos con la intervención de todos, simplemente eso.

14 comentarios:

Anibal - Magrio dijo...

¿Que herramienta legal, distinta al derecho penal, posee el estado moderno para verter contenido al termino JUSTICIA ante una violación a los derechos humanos? ¿solo reparación civil? Si una organización enquistada en el poder real viola sistemáticamente los derechos humanos, como lo evitamos? Planteas una idea abolicionista o reduccionista del DP? Si estableces un discurso minimalista del DP, que mejor caso para su aplicación que el de la violación de derechos humanos perpetrados por grupos organizados de poder?
saludos

rg dijo...

pero anibal, me parece claro que lo ultimo en lo que tenemos que pensar cuando pensamos en justicia es en el derecho penal, no? y si hablamos de violaciones de derechos humanos cambia mucho? pongamos: ante el hambre, comida; ante la falta de abrigo, techo. y que hacemos con los que hambrean? carcel? es esa la solucion? obvio que hay que reprochar severamente lo que hacen, pero el reproche debe ser el que acostumbramos a realizar cuando hablamos de derecho penal (es decir, nos ponemos a imaginar formas y extensiones de la privacion de la libertad?)

Ramiro dijo...

El caso de ETA es terrible: cuanto más reacciona el Estado español ilegalizando y persiguiendo a organizaciones políticas con supuestos vínculos a ETA, más jovenes (me imagino) se unen a sus filas.

Si se cierran las puertas de la democracia, ¿se abre el camino de resistencia a la opresión? La situación requiere más diálogo y democracia, pero el Estado español opta por la represión. A lo que se suma la lógica perversa de las elecciones y el famoso soft on / hard on de la política norteamericana pero trasladado a Rajoy y su sobreactuación derechista (que señalaste antes).

En fin, estoy en todo de acuerdo en lo que decís.

En el caso de ETA hay un reclamo por hacer en términos de libertad de expresión, que Estrasburgo tendrá que resolver próximamente.

http://tinyurl.com/2afzww

rg dijo...

ramira, de acuerdo, lo unico que me parece claro es que lo que se viene haciendo con eta no esta bien, ni es eficiente, ni es justo

Dushyant dijo...

Me resulta curioso que RG se preocupe tanto por ETA y no por las victimas del terrorismo.

Alberto Bovino dijo...

Rex:

Creo que la preocupación por las víctimas se puede dar por sobreentendida, nadie está aprobando el terorismo.

Más allá de ello, la pregunta misma de RG se vincula con ellas, pues la búsqueda de una solución efectiva que no vulnere los derechos humanos de los perseguidos es, precisamente, una expresión de la necesidad de dar salida a un grave conflicto social que afecta derechos de, entre otras, las víctimas. Pero sin generar nuevas víctimas.

Y al decir no generar nuevas víctimas hablamos tanto de los perseguidos como de las eventuales víctimas futuras que generará una espiral de violencia producto del uso y abuso de una herramienta tan irracional como un derecho penal altamente represivo e informado por la lógica de la emergencia.

Saludos,

AB

PD: RG, si solucionás este problema no solo nos vas a dejar sin trabajo sino que, además, los penalistas quedaremos como unos imbéciles. Pero el resultado lo justificaría.

rg dijo...

no Albert, ni idea que hacer. peeero, es bueno saber al menos que NO hacer, que se yo

Anónimo dijo...

roberto,
un abrazo desde punta del diablo, en donde estoy en mi descanso anual, con buen tiempo, linda playa y mucho argentino en la vuelta sin embargo no dejo de ver el blog y queria meter la cuchara en el tema que tiras
Sin dudas el tipo de interrogantes que haces, nos inquietan a todos.
A mi lo que me preocupa en los ultimos tiempos es que siempre hablamos de los violaciones de ddhh del terrorismo de estado y de los terroristas como casos en donde quedaria la duda de si el abolicionismo tendria o no sentido (algo de eso lo dice el viejo nils en sus ultimos textos) pero en nuestra region y en mi pais lo que cuesta hacer entrar al sistema penal a los genocidas de la dictadura no tiene nombre! Por eso me preocupa que sigamos dejando esa puerta abierta por las dudas si en algun momento son enjuiciados por el sistema penal los grandes represores. El tema es que en ese "Mientras" siguen callendo adolescentes y jovenes en las redes del sistema y bajo nuevas normas pensadas para los tiempos y realidades venideras de "terrorismo". Por eso en tanto no nos despojemos de la matriz de pensarlo todo en terminos penales, va a costarnos bastante afrontar nuevas formas de enfocar los conflictos que quizas sean mas eficientes en su respuestas a las victimas. Pero por ahora como quiero que caigan presos los torturadores!

rg dijo...

si luis, no hay que abandonar nunca la batalla para que se haga justicia frente a los represores, condenandolos, reprochandeles, marcando nuestras diferencias con ellos, mostrando que diferente es el proyecto de vida democratico del que ofrecen ellos. todo esto tambien es hacer justicia. mi problema, en estos casos tambien, es seguir identificando justicia con una sola solucion. pero en fin, la seguimos, segui descansando que por aca mientras cuidamos de que todo siga mas o menos en orden :)

Dushyant dijo...

AB

RG es un político, un poco de demagogia que hace con este tema de Derecho Penal. No creo en el tema de la espiral ya que los recursos del terrorismo (en el caso que nos ocupa ETA) no son ilimitados. Me parecería que el caso español se parece mucho al argentino cuando las mayorías lo rechazaron, y en ese sentido las FF.AA pudieron derrotarlo con el auxilio de la población. La diferencia estaría es que le toca ahora a un gobierno civil combatirlo, pero la impresión que tengo es que estos grupos están cada vez mas aislados y tienen el rechazo de los españoles.

Anibal - Magrio dijo...

Es es el problema, ante una violación a DDHH pienso en justicia y me aparece derecho penal, nada mas. No me pasa lo mismo con hurto, usurpación, cheques sin fondos, eso esta claro...pero con violación de DDHH perpetrados por un poderoso, lo admito, solo aparece el derecho penal como sinonimo de justicia. Me fluyen otras soluciones para evitar la violación, previo a su comisión, pero una vez que apareció...derecho penal.
Por eso te preguntaba, si encontras algo diferente a eso, sería bueno proponerlo, sino, mejor lo malo conocido.



pero anibal, me parece claro que lo ultimo en lo que tenemos que pensar cuando pensamos en justicia es en el derecho penal, no? y si hablamos de violaciones de derechos humanos cambia mucho? pongamos: ante el hambre, comida; ante la falta de abrigo, techo. y que hacemos con los que hambrean? carcel? es esa la solucion? obvio que hay que reprochar severamente lo que hacen, pero el reproche debe ser el que acostumbramos a realizar cuando hablamos de derecho penal (es decir, nos ponemos a imaginar formas y extensiones de la privacion de la libertad?)

GESEC dijo...

Creo que la actual situación –conflictividad social- no puede ser resuelta por el derecho penal ni siquiera por el derecho. Pensar las soluciones desde esa óptica, es justamente, lo que habría que evitar. Sin embargo, en la sociedad en la que vivimos y construimos –esto ultimo en alguna medida y con distintos grados de responsabilidades- la discusión se centra en el derecho penal porque es la solución fácil, simple, donde derecho penal en lo discursivo se ha homologado –las universidad tienen una gran responsabilidad en esto último- justicia como castigo. Esta concepción que esta enraizada en la sociedad y fortalecida por los medios de comunicación anula las posibles discusiones. Por la lectura que realicé, me parece interesante evitar los pares antinómicos.
Por dos razones, primero porque la lógica pares antinómicas es con la cual trabajan los medios de comunicación, y segundo porque esa lógica reduce las posibilidad de pensar alternativas y anulan discusiones posibles. Creo poder imaginar algo intermedio entre lo bueno y lo malo.
Y si bien rg plantea los riesgos -¿me gustaría conocer con mayor precisión a qué riesgos se refiere? - que supone igualar una acción de la ETA con una situación de robo a mano armada, creo justamente que se puede evitar correr esos riesgos al no hacerlo. Por qué? Porque los discursos enunciados son materializaciones de un no quiero igualar pero lo igualo.
Creo que se pueden plantear soluciones posibles a la configuración justicia –privación de la libertad, de hecho hay poblaciones indígenas en Costa Rica que no tienen la privación de libertad como justicia, y si por ejemplo la acción de devolver aquello que se “robo”. Son algunas ideas que me despertó la discusión, por cierto muy buena, daniela

Alberto Bovino dijo...

ESTIMADO REX:

¿LO DE RG ES POLÍTICO? Te juro que si no me lo advertías hubiera seguido pensando que se asemejaba a nuestras posturas, más vinculadas a la física cuántica y a las ciencias duras.

¿Y por qué es demagogia?

Demagogia y falta de información es comparar el conflicto España-ETA con lo que ocurrió aquí en la última dictadura militar.

Los recursos de ETA, como los del Estado español, no son ilimitados, pero el nivel de violencia de, hecho, ha variado, así que tu proposición sobre la escasez de recursos solo puede aplicarse a un ejemplo como el de la imposibilidad de la ETA de atacar Madrid con misiles nucleares.

Sin ánimo de ofender, creo que tu discurso es pura demagogia.

Saludos,

AB

Mariana dijo...

Hola, disculpen mi ignorancia respecto a ciertos temas.
Mi pregunta es: ¿Que plantea el Abolicionismo frente al terrorismo de Estado?. Si bien sabemos cuales son las propuestas de cada autor de ésta teoría frente a la criminalidad, no termino de entender la postura Abolicionista frente a los Crímenes de Estado y al terrorismo.
Desde el punto de vista del Abolicionismo, ¿Cual sería el tipo de resolución de conflictos en estos casos particulares?