Estuve en la India con una suerte de
seleccionado internacional de académicos dedicados a los derechos sociales –seleccionado
encabezado por el gran Frank Michelman. Los principales estudios que se
presentan provienen de países representativos de la jurisprudencia más avanzada
en la materia: Colombia, Sudáfrica, India. El panorama es desolador, luego de
i) los excepcionales años de la Corte Colombiana –creada en 1991 y por más de
una década; ii) el extraordinario período inaugurado por la (también nueva)
Corte Sudafricana –desde 1994, y con momentos notables, sobre todo en el
período en que fuera comandada por Pius Langa (2005-2009, acá); o iii) las
radicalísimas decisiones tomadas por la Corte India -particularmente durante el
tiempo en que fuera liderada por el juez Bhagwati (acá).
La Corte Colombiana, como sabemos, se
encuentra atravesando un largo período de pérdida de legitimidad, casos de
corrupción, y una composición desalentadora –ya no más el increíble equipo de
académicos que lideró su etapa radical, sino un grupo de abogados litigantes
comprometidos con intereses corporativos. La Corte Sudafricana –según nos cuenta
su noble integrante, Dennis Davis- no ha abandonado su interesante
jurisprudencia en materia de derechos políticos, pero parece completamente
retirada de su etapa activa en materia de derechos sociales. La Corte India,
por su parte, parece víctima de un período político también regresivo, en donde
el Estado deja sus obligaciones sociales de lado, delegándolas (horror¡) en la “responsabilidad
social” asumida por las empresas (los derechos sociales quedan así en manos de
la buena voluntad empresaria, es decir…).
Y entonces? Volver a la política, en manos reaccionarias desde hace décadas (retórica de avanzada, desigualdad creciente)? Apostar a las renovaciones judiciales por llegar? (el año próximo se renuevan 5 de los 9 jueces en la Corte Colombiana; pero 4 de los principales jueces progresistas de la Corte Sudafricana están por dejar sus puestos). Apostar a las soluciones dialógicas, que representan una gran promesa, mientras ofrecen una práctica marcada todavía por la discrecionalidad?
5 comentarios:
No sé qué te parece la siguiente idea:
pareciera haber un cambio de marco institucional en el avance de los derechos sociales. Mientras, como destacas en el post, los derechos sociales han sigo reconocidos, protegidos, o ampliados en las Cortes; quizá ahora, el avance (o la "lucha" por su avance) de estos derechos ocurre más en debates constituyentes (reforma constitucional). En el caso de derechos reproductivos de las mujeres, pienso en ejemplos como el derecho al aborto en 3 causales en Chile o el derecho a una maternidad segura/libertad reproductiva en la reciente constitución de Nepal.
Igualmente, creo que la crítica por una solución dialógica se mantiene para ambos marcos institucionales, el judicial y la reforma constitucional.
Cómo lo ves?
hmm, creo que lo que decìs implica generalizar la coyuntura chilena al universo. no dirìa. creo que las convenciones han ganado fuerza e importancia, y que la potencia de las demandas sociales ha, quizàs, aumentado, pero estamos en la coyuntura de tribunales o menos jugados o (lo que me parece) màs capturados en sus "excesos" denunciados por el poder polìtico (injustamente)
Hola. Podrias recomendarme lectura sobre la experiencia dialógica de la que hablás.
Abzo
mira, saque un libro en donde incluyo varios trabajos sobre el tema, esta publicado en siglo xxi, sobre el constitucionalismo dialogico
Cuando quieras recordar tu viaje a la India pasa por Tucucity, la isla de la intolerante fantasía del Sultan el oflador Manzur, el lugar inspirador del planeta de los simios, la patria de las castas al estilo Panikar, donde los hombres caminan con paraguas con alfajores en la cabeza al modo la India del siglo XIX, y donde los peluqueros de seccional son un oficio en ascenso ...donde el tiempo se detuvo y duerme el sueño de Buda...
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