1 oct 2007

Constitución y locura. La violenta irracionalidad de la interpretación constitucional



La Corte Suprema de los Estados Unidos acaba de aceptar un caso, que decidirá en los próximos días, sobre la pena de muerte (Baze v. Rees). El caso es idéntico a uno que suelo utilizar como ejemplo en mis clases sobre interpretación constitucional, para hablar sobre la irracionalidad a la que hemos llegado en términos de interpretación -sobre lo que a veces llamo la alienación jurídica. Se trata de un caso del que supe hace unos años, escuchando la radio en Cornell (Ithaca), y que me causó mucha gracia en su momento, cuando un profesor de derecho hacía referencia al mismo en términos hipotéticos. Cada vez que me refiero a este hipotético, en mis clases, todos reímos. Hoy el caso llegó a la Corte. La Corte va a decidir acerca de si el particular modo en que se aplican las inyecciones letales constituye una violación a la 8a Enmienda, referida a la prohibición de los castigos crueles e inusuales. Ello, debido a la "alta probabilidad de que se generen dolores innecesarios en la aplicación de las inyecciones." La Corte tiene que decidir si va a leer a la Constitución como ordenando sólo un cierto tipo de formulaciones químicas. Este tipo de casos no sólo me generan tristeza, sino el deseo de dejarlo todo, de abandonar el derecho de una vez. No lo abandono porque todavía la bronca es más fuerte que la tristeza.

20 comentarios:

Ramiro dijo...

El derecho es lucha, la bronca es un buen incentivo para dar esa pelea. Fallos como todos estos en dónde la Corte de USA interpreta la enmienda octava son buenos para generar esa bronca. Una frase de Wilde, en traducción libre:
"Uno está absolutamente horrorizado, no por el crímen que el malvado ha cometido, sino por el castigo que el bueno ha infligido; y una comunidad es infinítamente más brutalizada por el habitual uso de los castigos que por la ocasional ocurrencia de un crímen".

rg dijo...

Si, todavia gana la bronca, vamos a ver hasta cuando. Recien, despues de mucho tiempo, lo vi a don Joseph Raz, que provocativo, convencido y malvado como siempre dijo que para el ya la carcel era un cruel and unusual punishment
(p.d.: tenes la cita en version original, y de donde sale??)

Ramiro dijo...

Buceando en la entrada original dónda la había usado,
http://tinyurl.com/292dmh
encontrè que viene de esta página que está muy interesante (y en su version original in english):
http://tinyurl.com/3yr9eb

Heber Joel Campos dijo...

A propósito de este tema, me preguntaba cuantos de estos casos -absurdos, tontos e inútiles- se presentan a diario en nuestros tribunales de justicia, y cuantos de esos casos son alentados aún por enfoques conservadores, formalistas y prejuiciosos. Cuando uno es formado en esa tradición llega a creer que eso es el derecho, y peor aún llega a defender esa idea del derecho, como quien defiende un secreto, un ritual, o que se yo... una fe.
Leerte a ti, Roberto, es de alguna forma un estimulo para quienes todavía amamos el derecho. No todo esta perdido amigo, no todo esta perdido.

rg dijo...

Gracias Ramiro, gracias Joel. tal vez uno está exagerando la nota, pero no sé, hay algo que parece tan profundamente errado en el derecho. En fin, seguimos por ahora

Alberto Bovino dijo...

Roberto:

Coincido con Ramiro. A mí me sirve mucho la indignación para llevar casos, escribir, dar clases...

Por otra parte, si bien el caso es una locura, se asemeja bastante a las disidencias de Rhenquist durante la Corte Warren y sus posteriores "delivered the opinion of the Court" en materia de regla de exclusión, aunque no sea ningún consuelo.

Abrazo y alegrate que hoy ya es otro día.

AB

PD: Si querés más "consuelo" te podés entretener leyendo votos de Bisordi, Catucci, Riggi, Capolupo y otros casacionistas...

Dushyant dijo...

Disculpame pero no es "que se apliquen dolores innecesarios", creo that you are missing the issue. El tema es que se ha comprobado que las personas pueden quedar vivas despues que se aplican las inyecciones, o sea el tema es que la aplicacion de las inyecciones no le provocan la muerte instantanea comos se penso en un tiempo.
Ademas no veo que el tema sea para reirse en clase


Rex

rg dijo...

el tema esta planteado en torno a los sufrimientos innecesarios, y la pregunta que surge -una entre varias- tiene que ver con lo absurdo de a) pensar la idea constitucional de cruel and unusual no en relacion con la muerte que te provocamos, sino con relacion a las formas en que te matamos (esto es simplemente increible, en mi opinion); y b) sentarse a pensar -asi esta planteado- que tipo de muerte quimica quiere la constitucion. La risa viene no ante el caso real sino el hipotetico ("imaginense que un dia empezamos a discutir no que el asesinato en manos del estado es cruel, sino si el pinchazo de la inyeccion puede ser una crueldad")

Dushyant dijo...

Nuevamente no es el dolor del pinchazo sino que se usen metodos que no sean eficaces prolongando el sufrimiento.

El sistema carcelario esta abarrotado, nos cuesta 60 mil millones de dolares anuales a los contribuyentes. Hay mas de dos millones y medio de personas en prisiones federales y estatales. Cual es el sentido de seguir manteniendo con vida indefinidamente a los reincidentes de crimenes aberrantes?

Rex

rg dijo...

lo del pinchazo es la parte del chiste: exagerar un hecho ya dificil de creer. pero lo otro, de veras lo decis??? ahi ya ni estamos en desacuerdo, porque el desacuerdo presupone la posibilidad del acuerdo. me dejas con la boca abierta

Alberto Bovino dijo...

Estimado Rex:

El sistema está abarrotado porque ésa ha sido una decisión política no necesaria, tomada en primer lugar por los órganos que según el esquema jurídico estadounidense representan al pueblo.

¿Qué cuánto le salen al contribuyente? ¿Eso es lo más relevante? ¿Jamás pensaste que quien comete un delito y, además, es condenado, también es contribuyente, lo mismo que su familia?

¿Jamás pensaste que todos cometemos delitos, y mucho más en los EE.UU. donde prácticamente todo está prohibido penalmente?

¿Crees que el delito es un fenómeno natural, antes que un complejo entramado de prácticas y decisiones políticas?

¿No te parece irónico discutir si la inyección puede demorar más o menos en matarlo, invocando la cláusula contra las penas crueles e inusuales, cuando el objetivo del acto es matar a una persona absolutamente indefensa?

Te preguntás "¿cuál es el sentido de seguir manteniendo con vida a los reincidenets de crímenes aberrantes?".

En primer término, para aplicar la pena de muerte no es condición necesaria ser "reincidente de crímenes aberrantes". Y si pretendés eliminar a los que según un pronóstico serán reincidentes, las investigaciones de los mismos partidarios de este método (Morris, por ej.) señalan que cuando se trata de delitos violentos, en las mejores condiciones posibles, por cada futuro reincidente a quien se hace permanecer en prisión, se identifican dos "falsos positivos", esto es, dos personas que de ser liberadas no reincidirían.

Finalmente, en cuanto a crecimiento vertiginoso de la población carcelaria, éste no se debe a un incremento en la tasa delictiva, ino, exclusivamente, en la tasa de medidas represivas.

Saludos,

AB

Dushyant dijo...

Es dificil que haya posibilidad de acuerdo. La oposicion a la pena de muerte (y al aborto) es casi siempre basada en convicciones religiosas y con tu religion no me meto.

Rex

rg dijo...

Bovain, aplauso desde acá lejos, con independencia de la discusión en juego, y por el valor intrínseco de lo que decís.
abrazo también
(rex, ya encontraremos la forma de discutir, por ahora sigo con la boca abierta, estoy tratando de cerrarla)

Ramiro dijo...

AB: Clap, clap, clap, clap...

Alberto Bovino dijo...

Estimado Rex:

Aunque fuera religioso —soy agnóstico—, no veo cuál de mis dichos tienen que ver con el tema de las creencias religiosas.

Si partimos de la base de que el Estado, para limitar, restringir y, mucho más, exterminar un derecho, debe tener razones que lo justifiquen, me gustaría saber cómo justificás vos esa pena, cuando toda la prueba indica que la aplicación de la pena de muerte en particular, y de la pena en general, se realiza de manera absolutamente inequitativa en el país de la libertad.

Respecto de la tendencia imperante en los EE.UU. a partir de los años '80, se ha afirmado que "la observación menos discutible que se puede realizar hoy sobre el sistema de justicia penal estadounidense es que éste es altamente inefectivo, absurdamente caro, terriblemente inhumano y plagado de discriminación racial... Pero a pesar de las repetidas fallas e inequidades de la justicia penal, se está pidiendo más de lo mismo". Cf. ROTHMAN, David J., The Crime of Punishment, en "The New York Review of Books", 1994, nº XLI-4, p. 34.

Saludos,

AB

Alberto Bovino dijo...

ROBERTO:

¿A QUÉ NO ADIVINÁS QUIÉN "DELIVERED THE OPINION OF THE COURT"?

But maybe one of the most absurd interpretations recently performed by the Supreme Court was in Chapman v. United States, 111 S. Ct. 1919 (1991), where it was held that a court must weigh blotter paper, gelatin cubes and sugar cubes containing LSD along with the drug itself in determining an LSD's dealer sentence. When the case was decided by the Seventh Circuit Court of Appeals, Judge Posner wrote: "To base punishment on the weight of the carrier medium makes about as much sense as basing punishment on the weight of the defendant". See United States v. Marshall, 908 F2d. 1312, 1333 (7th Cir. 1990) (en banc) (Posner dissenting). For further comments on this case see Albert W. Alschuler, The Failure of Sentencing: A Plea for Less Aggregation, 58 U. CHI. L. REV. 901 (1991).


SALUDOS,

AB

rg dijo...

para mi el caso es similar a uno en donde la corte x (una corte orgullosa por el nivel de sus discusiones juridicas), recibe casos de tortura, y decide rechazar, en nombre de la constitucion, el uso de la picana, cuando ella se aplica sobre los genitales (pero no hay problemas si sobre la boca), o si considera valido el submarino, en la medida en que use agua tibiecita. no solo aparece entonces la cuestion del absurdo (la inyeccion si, en la medida en que se aplique de un cierto modo, teniendo la dosis letal precisa; la picana si, en la medida en que la apliquemos sobre lugares mas apropiados). lo grave es como esta discusion distorsiona nuestro sentido del derecho, y corrompe lo que hacemos como juristas o personas comprometidas con la reflexion sobre interpretacion constitucional. seguro que hay gente que da este tipo de batallas con las mejores intenciones, pero causa pena que se arrastre la constitucion al piso, y que en esa caida nos arrastren o nos arrastremos todos con ella. causa pena que nos fuercen a preguntarle a la constitucion si ordena o permite la tortura con picana sobre la boca o tambien sobre los testiculos. este es el tipo de preguntas que tendriamos que rechazar, el tipo de preguntas que deberian llevarnos a ponernos de pie, saludar y decir gracias muchachos, pero yo de este juego no participo.

Ulrich dijo...

La discusión es en sí abominable. Pero yo sospecho que es una especie de "entrismo", y eso es exactamente lo que temen los partidarios de la muerte.

Como no se puede atacar frontalmente la pena de muerte, se la intenta descascarar por aspectos accesorios y -aparentemente- ridículos. Así se iría debilitando el caso para mantenerla.

Es un poco pragmatismo jurídico, no es un mundo ideal, pero quizás sea el primer paso.

(lo mismo intentan los conservadores con el aborto: no pueden ir con todo contra Roe v. Wade, y por eso atacan con el partial birth, entre otros casos)

rg dijo...

Ulrich, con una gran diferencia: aqui a diferencia del aborto, si te dicen por esta puerta no, probas con las otras 1800 que te quedan abiertas (quiero decir, te dicen ponele una sustancia mas fuerte, o dormilo antes, y esta todo bien). Peor aun, entrando en la discusion uno concede que el problema del cruel and unusual no esta en la pena de muerte sino en la metodologia, y concede que hay metodos no crueles para matar, siendo esto aceptable a la luz de la Constitucion!

robespierre dijo...

en primer lugar lo felicito por su blog porque constituye un verdadadero canal para la deliberacion colectiva.
Con referencia al tema de la pena de muerte , ella a mi parecer puede ser rechazada a traves de diversos argumentos:- Autonomia:Como vemos la persona consta de autonomia entendida como la capacidad de eleccion de planes de vida y materializacion de esos planes.Esta autonomia debe ser respetada por cada uno de nosotros y el Estado debe ser su principal garante.SI bien se admite la interferencia estatal en casos que interfiera la autonomia de otro segun las circunstancias concretas.Sin embargo, ello no implica que deba suprimirse o eliminarse la autonomia que lo cual tendria lugar mediante la pena de muerte.
-Inconsistencia practica:Los Estados de Derecho como Usa afirman el derceho a la vida como un derecho fundamental.No seria una inconsistencia negar mediante la pena de muerte ese derecho y afirmarlo en la Ley fundamental
-Enemigo: La aplicacion de la pena de muerte es desconocer la calidad de persona , la cual aun asi en caso de la comision de un delito no se pierde .A lo largo de la historia han existido sujetos que fueron denigrados , reducidos, concebidos como el "otro inferior", cosificados: brujas, disidentes del monarca; colonizados,aborigenes, burgueses , judios, etc.
-Derechos personalisimos:Estos son vitalicios, inenajenables, imprescriptibles.La pena de muerte no seria desvirtuar la esncia de tales derechos.
-Totalitarismo: A mi parecer quienes defienden la pena de muerte conciben alguna realidad trascendental , un ser en si como ser :interes colectivo, orden publico , sistema, bien publico distinto de los individuos.En nombre de estos entes ,se sacrifica al individuo aun en sus derechos fundamentlales con el objeto de consolidar imagen o estabilidad de un sistema, estado.Esto que el estado es para el hombre y no el hombre para el estado.
-Crueldad:aqui la corte suprema de uas discute si se vulnera la octava enmida octava que prohibe castigo crueles. ¿Acaso la muerte no es el castigo mas grava que puede padecer un persaona?¿puede existir algo mas cruel que ser privado de la vida?
-sistema penal de estado: En forma encubierta privar a una persona de su vida no seria un sistema de estado derecho penal encubierto(es decirno se pune a la persona por su acto sino por su estado)en donde al inidividuo pr cosiderarlo implicitamente inferior¿ que justificaria sino la muerte?