Marcelo A. le replica, con razón, a H.V., por la nota que éste publicara, acá
Justicia transicional: Réplica a Horacio Verbitsky
Marcelo Alegre (UBA-Derecho)
En la nota editorial de Página12 del domingo 23 de agosto Horacio Verbitsky (“Pescado al dulce de leche”) critica un seminario sobre Derechos Humanos organizado por la Universidad San Andrés en el que participé como uno de los invitados. La nota presenta esta actividad como parte de una movida pro-impunidad. Temo que se me esté endilgando el delito de “asociación panelística”. En lo que se refiere a mi intervención la nota dice:
“El profesor de derecho de la UBA Marcelo Alegre cuestionó incluso el concepto de dictadura cívico-militar y la acusación a algunos jueces por complicidad con delitos de lesa humanidad, porque constituiría una “oblicua reivindicación de la dictadura”. Su barroca conclusión es que si se ignora que los jueces fueron irrelevantes y se los acusa por no haber investigado “se transforma la dictadura en una semi-república”.
También entiende que se intenta poner los Derechos Humanos al servicio de un proyecto anti-liberal, apropiándose del concepto liberal-democrático para combinarlo con otros elementos incompatibles, como la reivindicación de la violencia política, el nacionalismo, la militarización, y el hiperpunitivismo, lo cual constituye una “gran deformación filosófica”.
Un punto común a casi todas las intervenciones, que Alegre desarrolló con mayor detalle, es la reivindicación del juicio a las Juntas de 1985, como modelo antagónico a los actuales procesos, que no serían jurídicos sino políticos. Para ello pasan por alto que aquel juicio suscitó en su momento las mismas críticas que ellos dirigen ahora a la nueva etapa. Para Alegre, fue “el Cruce de los Andes de la democracia recuperada”. No está de más recordar que Raúl Alfonsín justificó la claudicación de la ley de obediencia debida con otra metáfora histórica: “No hemos tomado la Bastilla”. Ni el cruce de los Andes ni la toma de la Bastilla fueron momentos aislados, sino parte de procesos dinámicos que, con avances y retrocesos, construyeron la independencia y la democracia que hicieron posible, tanto el gran juicio del ‘85, como la reapertura posterior.”
En el panel participó gente que conozco y respeto y cuyo compromiso con la democracia y los DH es incuestionable, tales como Graciela Fernández Meijide, Carlos Peña (Rector de la Universidad Portales de Chile), Sam Ferguson (investigador de la Universidad de Yale), José Luis Romero, Robert Barros (Profesor de Ciencia Política y estudioso de la dictadura de Pinochet), Martín Sabelli (experto en reformas judiciales de EEUU), etc. Lamenté y así se lo dije al decano de San Andrés, que no hubiera gente que trabaje en los juicios actuales desde la perspectiva de los fiscales o víctimas para responder a las críticas a esos juicios de la defensora Verónica Blanco. Lucas Grosman me respondió que nadie del CELS había aceptado la invitación a integrar el panel por problemas de agenda.
He cambiado muchas de mis opiniones con el tiempo, pero no sobre el tema de la justicia transicional. Me opuse, como integrante de la Juventud Radical y en las calles, contra las instrucciones a los fiscales, el punto final, la obediencia debida, decisiones del gobierno de Alfonsín (que orgullosamente integré en posiciones muy secundarias). En aquella época la militancia juvenil no consistía en “bancar” al gobierno acríticamente. Por supuesto que apoyábamos fuertemente a Alfonsín, pero muchos jóvenes cuestionaban en voz alta diversas políticas del gobierno, en el terreno de los derechos humanos y en otros (tenencia de drogas, deuda externa, etc), sin que se pusiera en duda nuestra lealtad al radicalismo. Aspirábamos a ser la vida y la paz, no los soldados de nadie.
Durante los noventa apoyé, desde mi tarea docente, los distintos resquicios para vencer a las políticas de impunidad, incluyendo la nulidad de la ley de obediencia debida, y más tarde respaldé en mis escritos la jurisdicción universal en materia de violaciones de DH .
Mi posición sobre el concepto de dictadura cívico-militar y los juicios a jueces del Proceso está publicada en un libro de este año, cuyo elogio de contratapa escribió el propio Verbitsky. Cuestionar el concepto de dictadura cívico-militar no equivale a disminuir el cuestionamiento ético y político del terrorismo de estado. En breve, mi postura es que ningún sector participó del poder con la cohesión de las FFAA, que concentraron en las Juntas la suma del poder público, incluyendo el plan clandestino de represión. Esta conceptualización no obstaculiza en lo más mínimo la punibilidad de los civiles (que por supuesto los hubo) involucrados en la violación de derechos humanos.
En el panel rechacé enfáticamente la idea de la reconciliación, que había sido expuesta por Emilio Cárdenas previamente (aunque él fue claro respecto a la improcedencia jurídica de todo tipo de amnistía o indultos). Dije que no cabía trasladar al plano público un concepto eminentemente privado y que la reconciliación es el producto de decisiones personales y no puede imponerse desde el Estado. El Rector Peña disintió, cuestionando el carácter liberal de mi enfoque e insistiendo en que la reconciliación es un fin legítimo del Estado. Le repliqué invitando a Graciela Fernández Meijide a dar su opinión, preguntándole si ella aceptaría que el Estado sustituyera su voluntad de aceptar o no reconciliarse con los verdugos de su hijo. Graciela estuvo de acuerdo conmigo.
De ninguna manera afirmé ni creo, como dice la nota, que los juicios actuales sean políticos y no jurídicos. Lejos de descalificar la rendición de cuentas ante la Justicia de los funcionarios judiciales de la dictadura, señalé dos requisitos para que esos juicios cumplan el objetivo de hacer justicia dentro del estado de derecho. Por un lado, tomarse en serio la idea de la complicidad obliga a acusar a los jueces por los delitos que sin duda son de lesa humanidad y por tanto imprescriptibles: homicidios, tormentos, secuestros, etc. El resultado serían sentencias aún más severas que las que se dictarían en base a delitos cuyas penas son menores (incumplimiento de deberes, omisión de investigar, etc).
Por otra parte, es necesario tomar en cuenta el contexto de la conducta judicial que se investiga, en este caso el estado de terror imperante en la dictadura. Respecto de la “oblicua reivindicación de la dictadura”, me refería al riesgo de sobrevalorar el poder de los jueces en la dictadura. Si alguien asume que los jueces podían poner fin a la represión ilegal, eso implicaría que el poder militar estaba dispuesto a sujetarse a decisiones judiciales, lo que niega el carácter de autoritarismo extremo del Proceso. La noción de que la Justicia durante la dictadura fue más o menos irrelevante no es una originalidad. Por ejemplo, era la opinión de Raúl Alfonsín.
Mi posición es que los jueces dictatoriales deben responder en los casos en que se involucraron directamente en la represión clandestina (por ejemplo participando de interrogatorios bajo tortura, favoreciendo apropiaciones de niños secuestrados, etc) y sin que se formulen distinciones oportunistas con base en las posiciones políticas posteriores de los magistrados.
Luego de que Kirchner en la ESMA ninguneara el Juicio a las Juntas, y de la reescritura oficial del prólogo del Nunca Más, es perfectamente legítimo que quienes defendemos el legado extraordinario de Alfonsín reivindiquemos tanto la Conadep como el Juicio a las Juntas. Emparentar esta defensa con una campaña por la impunidad es un disparate, en línea con aquellas imposturas. No dije que el Juicio a las Juntas fuera antagónico con los actuales juicios, como la nota sugiere. Fue, simplemente, algo diferente y la razón que expuse es que aquel juicio apuntaba a terminar con la idea de que las FFAA estaban por encima de la ley y las instituciones. En mi opinión, y por fortuna, este objetivo de poner en caja a los militares ya no está en juego hoy. Sí opino que la trascendencia del Juicio a las Juntas es incomparable respecto del resto de los juicios.
También dije que la filosofía de los DH, o sea el liberalismo (con perdón de la palabra) es incompatible con varias posiciones con las que el kirchnerismo ha coqueteado o que ha asumido. La nota enumera la reivindicación de la violencia política, el nacionalismo, la militarización, y el hiperpunitivismo. Aludí también a la política de amigos y enemigos. Puedo equivocarme en este punto, como en el resto, pero no veo la conexión entre esta posición y un reclamo de impunidad.
38 comentarios:
Los que reclaman impunidad son Verbitsky y los K ahora que se les terminan los fueros. Van a ir todos en cana. Y no por razones políticas sino por chorros.
Gracias che. Es una discusión muy despareja, hay muchos más lectores de tu blog que de P12.
Me parece que el Ministro sin cartera necesita seguir exagerando su discurso frente a la llegada del libro que prueba sus espurios vínculos con aquellos a los cuales critica. Está muy nervioso y en algún punto es entendible.
Muy buena la réplica de Alegre. HV es un mercenario y un ególatra, de él sólo se puede esperar mala fe. Además, tiene un don para tergiversar y carpetear con medias verdades.
Como cuando dice que Grosman fue abogado de Clarín en el juicio de la ley de medios -se presentó como amicus con una postura favorable a ese grupo-.
Buena nota, Marcelo: reflexiva, cuidada y respetuosa.
No se puede decir lo mismo de HV, que reiteradamente hace uso de su poder de la manera más despreciable y chicanera: sugerir de manera muy berreta que grossman estaría de acuerdo con la impunidad de los milicos y la "reconciliación" por estar en desacuerdo con la regulación antimonopólica de la prensa que hace un gobierno contra un grupo mediático opositor (postura que obviamente le vino muy bien a clarín). O querer demonizar a la UCA y su ACDE no exclusivamente por sus ideas sino porque uno de sus egresados y miembros apuñaló a su esposa el fin de semana (!) es la movida más facista que he escuchado (apropiadamente a su facismo refiere a este episodio como uno de "inseguridad" sic! al mejor estilo Clarín/TN).
Por eso desacuerdo con Marcelo en su posteo. Es muy despareja la discusión, pero en contra tuya: HV tiene el poder de escribir cualquier cosa y hacerla circular entre los lectores de P12 de todo el país en espacio estelar de día domingo (y sin permitir comentarios abajo). Una réplica en el blogcito de un profe de derecho es subir al ring con las manos atadas y contra Tyson.
Si se lee con ciudado la columna, el punto central es que para HV -y su CELS, que no quiso participar por "problemas de agenda"- no existe la discusión académica, todo lo que hay es política de grandes trazos: el homogéneo movimiento K, y la derecha pro-milico. Cualquier planteo crítico o matización es hacer política por la impunidad (ídem si, ponele, estás de acuerdo con los juicios pero creés que deben extenderse a Firmenich y cía: sos "pro-impunidad"!!!). Hay pocas cosas más facistas que plantear la deliberación política en democracia de este modo: el mejor ejemplo reciente que veo es el de Bush diciendo "a los países del mundo desde ya les anuncia: o están con nosotros o están con los terroristas". Que triste noticia para la academia en argentina... tratar de generar reflexión y debate en una sociedad donde todo el que tiene poder lo aborrece.
Bueno, en el libro "Ud. tambien doctor?" se le agradece a HV, lo prologa Baltasar Garzon, etc.etc. yo creo que si te mezclas con esa gente, despues te pasan factura. En otras palabras, si vas a te haces el denunciante, tambien denuncia la beca de Baltazar Garzon, o la actividad de HV durante la dictadura. Ahora con respuesta larga te haces el disidente. Escribi tu articulo -muy bueno, por cierto- pero no lo publiques con ayuda de esa gente. Todo no se puede. Se hacen los dialoguistas, critican a X y despues aparecen en una obra colectiva y se excusan diciendo que es una obra intelectual, y no se que otro cuento. No publiques nada con esa gente, no te juntes con esa gente, o si no, jodete! Jose Maria.
Totalmente de acuerdo con José María. Obviamente que nadie más que Verbitsky es responsable de sus chicanas y su mala leche. Pero como dice José María, si te asocias con ellos aguantate la pelusa. Inclusive en su respuesta, Alegre casi que pide disculpas diciendo que preguntó por qué no estaba el CELS concediéndole a Verbistky más de lo que merece. No podes esperar grandeza de un miserable. Asociarse a Verbitsky, aunque sea compartiendo un capítulo de un libro, es tan objetable como asociarse a Pando.
Qué sensato que es Alegre!! Todavía queda gente pensante en este país.
Marcelo:
Quienes estuvimos involucrados en la organización de este evento nos propusimos promover la discusión sobre una cuestión que ha motivado reflexiones diversas en los últimos años. Creo que el debate que presenciamos, y del que vos participaste, fue muy rico y en absoluto monocorde. También creo, como vos, que hubiese sido deseable que más voces se sumaran, y con ese ánimo se invitó a varias personas del CELS o cercanas al CELS (Gastón Chillier, Carolina Varsky, Victor Abramovich, Paula Litvachky, Julieta Rossi), quienes lamentablemente no pudieron sumarse por compromisos previos. Lo mismo ocurrió en el caso de una funcionaria del Ministerio Público Fiscal con mucha experiencia en estos temas y en el de la Decana de la UBA Mónica Pinto, entre otras personas. Más allá de eso, es francamente absurdo pretender que cada uno de los panelistas o la universidad organizadora o los moderadores (yo fui uno de ellos) suscriben lo que otros participantes del evento dijeron. Como vos y yo sabemos, nada más lejano de la lógica académica. Un abrazo,
Lucas Grosman
Si se sabe que hv participa activamente en la dictadura. no se puede discutir con el. punto. Genio de la logica academica...., tan dificil es entender eso? Julian.
Muy buen articulo... Hace mas falta en el país de personas pensantes que indiquen cuales son los lineamientos a futuro junto con los errores pasados para poder definir estrategias que mejoren la calidad de vida... Invito a visitar mi blog donde se detallan algunas cosas esenciales y útiles para las personas... Les animo a seguir adelante con todos esos buenos propósitos...
Me causan gracia los tipos como Marcelo que con un aire de superioridad moral gritan: vos que escribiste un libro en el que también escribió Verbitsky ahora no vengas a hablar! O peor, en la versión de Julian, que dice con lógica irrefutable (?): "Si se sabe que hv participa activamente en la dictadura. no se puede discutir con el. punto. Genio de la logica academica...., tan dificil es entender eso?". Dejando de lado la cuestión claramente controversial (que HV haya participado o no activamente en la dictadura), el punto que se les escapa a ambos es otro: el debate, el intercambio de ideas es, justamente, mucho más rico, más productivo y útil, cuando contamos con varias voces disidentes, puntos de vista antagónicos y distintas posiciones ideológicas.
El ejemplo del post es muy ilustrativo: Alegre da una muy interesante respuesta (que despierta muchos puntos para pensar), que nunca hubiera sido posible de no haber existido un escrito (el de HV) que criticar.
Qué es lo que pretenden Marcelo o Julián? Que cada "bando" escriba sus libros, por su cuenta, y que se digan mutuamente "con vos no hablo"?...no suena como una perspectiva muy fértil para el crecimiento del debate público en temas trascendentales.
Tomás
No, viejo, no entendiste nada Tomas. No se trata de no dialogar, eso lo interpretas vos, y mal. Se trata de un mínimo reproche moral a eso que vos llamas "cuestion claramente controversial". No se trata de no dialogar, vos estas pensando en bloque. Me gustaria una facultad en la que los profesores pudieran tener la libertad de disentir incluso con esos gestos: aquí no me siento, con esta persona de eso no hablo, porque como sé que pretende embaucar a todo el mundo no me presto a ese juego. Si, eso también es parte de la libertad de expresión, aunque te cueste entenderlo.
Hablemos de lo que quieras, pero no de esos temas, porque sé que vos sos participe de eso, y tenes que rendir cuentas de lo que hiciste en otro ambito. Punto. Eso es parte de la libertad de decir que no. Y eso es lo que confundís. No se trata de tratarlo como un enemigo. Mi vecino me parece un tarado, y le retiro el saludo, no me pongo a escribir y a vendder libros con el. Punto. Es un tarado, pero no lo considero mi enemigo. Entre una cosa y otra hay un largo trecho. Reitero que me gustaria ver algun dia un gesto de esos, todavia no lo he visto. Marcelo.
Mmmm no convence nada lo que decís, Marcelo. La distinción que marcás entre el "tarado" que no merece mi palabra y el "enemigo" me resulta trivial, a la luz de las posibilidades que abre el intercambio de ideas entre dos personas. Decís que una manifestación de la libertad de expresión es poder decir "con vos no hablo, vos sos un tarado entonces no te saludo, con vos no me siento, con vos no escribo el libro", etc..
Bárbaro. Nadie te lo discute. Por supuesto que la libertad de expresión incluye todas esas posibilidades y nadie está proponiendo limitarlas en ningún modo. Pero me parece que asumir una postura así significaría un ejercicio triste, cobarde y poco enriquecedor de la libertad de expresión. No entiendo como uno podría preferir ponerse en un pedestal y decir "con vos ni siquiera discuto", en vez de asumir las diferencias, exponerlas, tratar de convencer al otro, tratar de demostrar por qué el otro esta equivocado y yo estoy en lo correcto, etc.
Creo que el que sigue sin entender nada sos vos, Marcelo.
Tomás
Lo que más me interesa de esta discusión es la cuestión de la i/relevancia de lo los jueces durante la dictadura. Casi todas las investigaciones en “¿Usted también, doctor?” tienden a demostrar la tesis contraria a la de Marcelo: la inmensa mayoría de los funcionarios judiciales fueron cómplices militantes o banales, y esto implicó una diferencia (negativa) para los derechos humanos de miles de personas. http://www.sigloxxieditores.com.ar/pdfs/bohoslavsky-usted-tambien-doctor.pdf Es algo que sucedió también con los jueces en Sudáfrica con el apartheid, en Alemania durante el nazismo, con Pinochet en Chile, etc., etc. Juan Pablo Bohoslavsky
Bueno, Tomas. Discutí entonces con A.F. que niega también la inundacion, solo para dar una clase demostrar que sos humilde. Los derechos no se ejercen siempre haciendo algo. A veces el silencio es suficiente argumento. Hubo varias marchas del silencio que también contribuyeron a algo en este pais. Eso no lo veo nada triste. Si eso te entristece tomate una cerveza, mirate una pelicula, cambia de canal y listo. Marcelo
Marcelo, pero claro que discutiría con A.F.
En vez de llamarme a silencio, tomarme una birra, y mirarme una peli, me parece una actitud mucho más digna, estimulante a nivel personal y productiva a nivel social, entrar en la discusión con aquél que está en las antípodas, y mientras mas obstinado sea el otro en negar lo que yo considero innegable, o en defender lo que yo considero indefendible, mayor será el esfuerzo argumentativo que tendré que realizar, y más rica será la discusión.
Hacerse el ofendido, dar por terminada la charla antes de empezarla, solo aumenta las diferencias y los vacíos (y no digo esto para hacerme el humilde).
Tomás
JPablo,
El libro confirma la tesis de la irrelevancia de la inmensa mayoría de los jueces y lo que acabás de decir también: "la inmensa mayoría de los funcionarios judiciales fueron cómplices militantes o banales, y esto implicó una diferencia (negativa) para los derechos humanos de miles de personas." Es decir, no impidieron ni obstaculizaron el plan represivo clandestino. Fueron irrelevantes. LQQD.
La pregunta interesante, normativa es ¿qué podían haber hecho?. Esa pregunta no puede responderse exclusivamente desde el cómodo presente. E iluminaría bastante la cuestión que se mostraran casos de intervenciones judiciales exitosas, que frustraron desapariciones, torturas y asesinatos durante el peor tramo de la matanza (76-79).
Just curious, ¿Promovés el enjuiciamiento de esa "inmensa mayoría de los funcionarios judiciales cómplices militantes o banales"?
Abrazo,
Marcelo Alegre
m???? no se a qué tesis mías se refiere Juan Pablo. claro que un juez complice reproduce un sistema injusto, qué se trata un concurso de obviedades???? yo digo que si las condiciones de discusion no están dadas, no se puede discutir, luego si quieren vender libros es otra cosa, porque para la editora si escribe pepo o juan vende as, bueno... pero por lo menos no me vendan eso como el ejercicio de una dialogo transformador o enriquecedor, la base de la combinacion es de indole comercial. Perfecto.
El articulo se puede publicar por un medio independiente, por qué recurrir siempre al Cels, si se sabe que hace más de una decada es una unidad básica. Es como ir a 6,7,8, a discutir. Si queres participar del show bueno, pero de ahi a creer que allí se discute, bueno... Yo creo que es participar del circo, y que, al contrario, si no se meterian en esa discusion, estos grandes y prestigiosos genios, no tendrian el vuelo que tienen, al contrario, a penas entrarian en el panel de 6.7.8, pero bueno... Marcelo
Marcelo,
No entiendo si sostenés que los jueces fueron particularmente irrelevantes en el contexto argentino, o si lo son en cualquier contexto autoritario.
Reconocer que fueron cómplices implica reconocer que de alguna forma facilitaron los delitos. Validar los estatutos, participar en consejos de guerra para juzgar civiles, falsificar expedientes para blanquear apropiaciones de niños, decidir no investigar frente a la presentación de habeas corpus colectivos, falsear razones de muerte. Todo eso contribuyó a legitimar al régimen y garantizarle impunidad.
En el libro se exhiben algunos (pocos) casos de resistencia, de abogados, juristas y funcionarios judiciales que pudimos registrar, pero seguramente hay varios más. Hay que seguir investigando. Que se registren pocos casos no nos dice que la decencia no era algo deseable ni exigible, sino que es elocuente de la calidad de los jueces de la época que no investigaban pero tampoco renunciaban al sueldo.
En las conclusiones del libro trato de explicar que toda esta discusión excede en mucho la responsabilidad penal, que debe reservarse para los casos extremos y groseros (hay casos de torturas aplicadas por los propios jueces). Desde los programas de estudio en las facultades de derecho hasta lo simbólico cuentan acá. Pero todo eso está en el libro.
¿Sobre el derecho aplicable? No estoy seguro que el principio de que los jueces no pueden contribuir a la comisión de delitos de lesa humanidad reconocido por los Tribunales de Nuremberg, cuando condenaron a varios jueces del nazismo, no haya sido relevante durante la dictadura argentina.
Abrazo,
Juan Pablo B.
Pero quien nadie discute que seas ingenuo tomas. Por otra parte, no entiendo la pregunta contrafactica de alegre, q por cierto contesta lo que quiere, bien por el! O si, no se, por empezar responderia mm m..... tal vez no escribiría prólogos o no me haría el denunciante en el cómodo presente si contribui por entonces con el régimen? Total escribir en grupo no tiene efectos distorsivos o disimulantes. Marcelo, el triste
Pido perdón por extra limitarme en la cantidad de comentarios pero me podría hacer el favor de explicarme que quieren decir por complicidad banal, por que si es banala no puede ser complicidad, y si no puede ser complicidad, me pueden explicar como distinguen entre banal y no banal para formular vuestra tesis??? Lal pregunta es importante porque quiero ver que concepto manejan para discernir responsabilidades. Gracias, Marcelo triste
JPablo,
Los jueces nazis condenaron a muerte a decenas de miles de personas, no es una situación extrapolable. La categoria de "complicidad banal" más allá de su impacto poético no provee lo que precisamos, criterios más o menos claros para delimitar el alcance de la criminalización de las conductas judiciales. Tu enumeración de conductas lo confirma ya que colocás el "falsificar expedientes para blanquear apropiaciones de niños" al lado de "decidir no investigar frente a la presentación de habeas corpus colectivos". Si no investigar debidamente es complicidad entonces el universo de jueces a investigar es muy grande, por eso mi pregunta. Insisto, sin criterios claros, se amplifica el arbitrio de la fiscalía y los riesgos de selectividad oportunista.
Igualitaria debería organizar una discusión...
Abrazo,
Marcelo Alegre
Reitero no aclaran q significa complicidad banal. La pregunta de alegre se refiere a la relevancia de los cursos causales hipotéticos en el derecho penal. La pregunta fue sugerida por guardia, aunque en forma invertida, bajo la tesis de amnistía para crímenes en masa respecto de algunos cómplices menores. Quisiera saber, Reitero z que se refieren con el sin sentido de complicidad banal. Gracias. Marcelo
Reitero no aclaran q significa complicidad banal. La pregunta de alegre se refiere a la relevancia de los cursos causales hipotéticos en el derecho penal. La pregunta fue sugerida por guariglia, aunque en forma invertida, bajo la tesis de amnistía para crímenes en masa respecto de algunos cómplices menores. Quisiera saber, Reitero a que se refieren con el sin sentido de complicidad banal? No se trata como dice alegre de ampliar el poder de la fiscalia imaginaria desde la que parte,sino de examinar la tesis de su libro! Marcelo
Tampoco se trata de organizar un seminario sobre eso, ese criterio tiene que estar claro desde el principio!!! Uffffff, caray que enseñan en el conicet!!! Marcelo.
Debo admitir que no leí el libro todavía, pero me llamó la atención este párrafo de Juan Pablo: "En el libro se exhiben algunos (pocos) casos de resistencia, de abogados, juristas y funcionarios judiciales que pudimos registrar, pero seguramente hay varios más. Hay que seguir investigando. Que se registren pocos casos no nos dice que la decencia no era algo deseable ni exigible, sino que es elocuente de la calidad de los jueces de la época que no investigaban pero tampoco renunciaban al sueldo".
Esto me hace un poco de ruido. Creo que la poca cantidad de casos de resistencia registrados nos dice mas de lo complicada que era la situación en ese momento -en la que los actos de resistencia individuales podrían ser calificados de supererogatorios, teniendo en cuenta los riesgos y las posibles consecuencias a las que se exponían quienes tuvieran voluntad de resistir- que de la calidad moral o profesional de quienes en ese momento ocupan cargos judiciales. No quiero decir que no haya habido funcionarios mas culpables que otros, y que algunos de ellos no merezcan un reproche penal, pero creo que debe prestarse especial atención a las posibilidades reales de acción que tenían los jueces en ese contexto.
Tomas
Los Tribunales de Nuremberg condenaron a jueces que participaron deliberada y conscientemente en un plan común de exterminio. La prohibición de la complicidad en delitos de lesa fue en todo caso incluida en la convención contra el genocidio en 1948.
El derecho internacional no te dice que metas presos a tod@s, sino que es ilegal dar una mano para cometer delitos de lesa. Habrá que ver en cada caso las consecuencias de esa ilegalidad. Vale la pena leer la sentencia de Tucumán.
La complicidad banal no es una categoría poética sino politológica, que puede tener implicaciones jurídicas (penales, y/o civiles, administrativas, constitucionales, laborales, previsionales), morales, políticas, académicas, simbólicas, etc. No circunscribamos la cuestión a si un juez cómplice debe ir preso o no.
En cualquier caso, es necesario seguir debatiendo.
Abrazo,
Juan Pablo
Hola gente, tanto tiempo. Coincido con Marcelo A. en que la noción de complicidad banal no es muy útil para intentar delimitar responsabilidades con criterios claros, porque parece vaga para esto.
Para dar un ejemplo hipotético, cubriría el caso de alguien que no era cómplice activo de la dictadura (que no estaba dispuesto a torturar o a falsificar él mismo) pero que simpatizaba tímidamente con ella, y que era consciente de que con sus pequeñas acciones contribuía a legitimarla. Esta persona además sabía que la manera de conservar su trabajo o incluso de ascender era congraciarse con ella. Por ende, rechazaba habeas corpus en serie. Sus simpatías y sus acciones estaban más o menos alineadas; la persona no llegaba a preguntarse por las consecuencias de adoptar otro curso de acción, pues aquella era la opción que (más o menos) prefería. Pero la categoría también cubriría el caso de alguien que simplemente no tenía otra si quería conservar su trabajo (si es que esto fuera así), incluso si estaba en contra de la dictadura. Solo al primer caso se le aplicaría la idea de banalidad, no al segundo.
Por supuesto, es sumamente difícil distinguir en casos puntuales entre estos dos supuestos (¿dónde meter los muchos casos conocidos de rechazos de habeas corpus, incluyendo el de Zaffaroni?), pero no son idénticos desde un punto de vista moral y político, y por ende no deberían ser idénticos desde el punto de vista jurídico, si es que quisiéramos hilar fino indagando sobre este tipo de responsabilidad. Y así es posible que haya otros casos y supuestos que acaso valga la pena distinguir, y que la noción de banalidad no permitiría.
Según entiendo, Marcelo intenta sugerir que los jueces fueron en su mayor parte irrelevantes y que lo que (en general) lo explica es que no tenían otra, salvo acciones heroicas. No tenían otra, dice Marcelo, justamente porque se trataba de una dictadura. Como intento decir en mi capítulo del libro, una cosa es decir que la actuación del poder judicial tuvo como efecto legitimar el régimen (dando cierta idea de normalidad) y otra es que los jueces hayan tenido la voluntad de hacerlo. Tal vez se trate de esto último, pero para concluir esto hay que investigar más, no suponerlo sin más.
Desde luego, una cuestión central en la discusión es qué quiere decir que “no tuvieran otra”. ¿Qué de otro modo perderían el trabajo? ¿O que de otro modo perderían la vida? Si el test que quisiéramos aplicar fuera el último, el ámbito de responsabilidad potencialmente se ampliaría bastante. Pero parece muy exigente desde un punto de vista moral y político (al menos según varias teorías morales y políticas), y por ende desde el punto de vista del derecho. Y, ya sea que apliquemos el primer o el segundo test, la respuesta no puede ser dada indagando acerca de lo que sabemos hoy de la época (es decir, con nuestro juicio histórico acerca de si, en efecto, los jueces de entonces hubieran perdido el trabajo o la vida en caso de hacer lugar a habeas corpus), sino teniendo en consideración las expectativas y el clima reinantes en el momento.
Sigo en el siguiente.
Yo sería cauteloso al usar la categoría de “banalidad”, que en todo caso es más filosófica que politológica. Dicho sea de paso, en el caso específico de Eichmann, hay evidencia reciente (tres citas debajo de mi texto) que desmiente a Arendt de manera muy categórica. No había nada banal en Eichmann, que era un señor absolutamente convencido de la necesidad de exterminar a los judíos, y que fue de manera consciente un elemento activo del aparato genocida (no era el burócrata guiado por el imperativo del deber profesional que vio Arendt). Como dice alguien, la categoría de banalidad puede ser útil incluso si el ejemplo principal (el de Eichmann) era claramente equivocado, pero esto tal vez muestra la necesidad de decir algo más acerca de ella, pues no parece muy nítida.
Bueno el debate.
Saludos,
j.
http://www.spiegel.de/international/zeitgeist/magnificent-new-german-film-depicts-hannah-arendt-a-876955.html
http://opinionator.blogs.nytimes.com/2013/07/07/misreading-hannah-arendts-eichmann-in-jerusalem/?_r=0
http://www.nybooks.com/articles/archives/2013/jun/20/how-ordinary-germans-did-it/
En el segundo párrafo, al decir "Solo al primer caso se le aplicaría la idea de banalidad, no al segundo", quise decir algo así como: "Creo que solo querríamos reprochar el primer caso, no el segundo".
Muy buena nota. Una sola reflexión: cuando decís que la reconciliación no puede imponerse desde el Estado porque se trata de un concepto que pertenece al plano privado y no al público, me parece que corres el riesgo de moverte en un marco tan estrechamente liberal de pensamiento que te impediría ver no sólo qué puede hacerse desde el estado en materia de justicia restitutoria sino también qué es lo que de hecho se hace desde el estado en materia condenatoria. La condena de un criminal no es un acto privado, es un acto público llevado a cabo por el Estado. Cuando condena, el Estado no habla en nombre de la víctima afectada por el delito; habla en nombre de la comunidad. En materia de reconciliación, si bien es cierto que la última palabra deberá tenerla siempre sólo aquél que está en condiciones de perdonar (únicamente la víctima), no es menos cierto cuánto puede hacer el estado para allanar el camino a fin de que las propias víctimas puedan arribar a una decisión al respecto. La reconciliación también es una búsqueda pública, aunque el acto final de reconciliarse descanse en una decisión particular inalienable.
El Imparcial del Norte
¿Pero por qué circunscriben la discusión a si la banalidad de un juez cómplice aporta elementos para determinar su responsabilidad penal? Discutir la banalidad de cómplices judiciales es una cuestión politológica: estamos hablando de cómo y por qué un grupo se plantaba (o inclinaba) frente al poder.
¿Acaso nos da lo mismo a la hora de designar un juez si fue cómplice o no de una dictadura? ¿O que un profesor que concursa haya aplaudido en sus aulas la subversión del orden constitucional? ¿Los cómplices judiciales tienen derecho a percibir una jubilación por su trabajo cómplice? ¿Cómo llegamos a tener una legión de jueces que no se plantaron frente la idea jurídica del golpe y prestaron sus nombres para que se forjara la imagen de un poder judicial funcionando?
¿No había opción? Cuando presentamos el libro con Leo F. en Rosario aprendimos, de boca de la presidenta del colegio de abogados, que muchos jueces rosarinos renunciaron al otro día del golpe. Eso es lo que se debe hacer, cómo mínimo, como se explica en uno de los capítulos jurídicos en ¿Ud. también, doctor?. El rol determinante del poder judicial para la consolidación política de los gobiernos autoritarios es algo bastante aceptado en la literatura (http://www.cambridge.org/us/academic/subjects/law/comparative-law/rule-law-politics-courts-authoritarian-regimes). Y está probado cuantitativamente que la mayor independencia judicial está asociada a menores niveles de represión política (http://www.upenn.edu/pennpress/book/14923.html ).
Lo más interesante/complejo del dilema ético del posible cómplice es cuando sus opciones provocan “bien” y “mal” en diferentes grados y momentos (http://ukcatalogue.oup.com/product/9780199677900.do) El médico frente al torturado, ¿debe curarle las heridas para que pueda así seguir la sesión? Pero en el caso de los jueces, ¿cuál es el posible beneficio para las víctimas derivado de rechazo in limine de habeas corpus colectivos y de percibir un salario por ello? Son todas para el juez!
Los jueces grises, que con desdén de las consecuencias de sus decisiones rechazaban habeas corpus sin realizar un solo allanamiento, priorizando su sueldo mientras hacían creer a todos que existía un poder judicial en pie, constituyen/han constituido un sector de la sociedad argentina que debería ser interpelado de alguna manera.
Abrazo,
Juan Pablo B.
Juan Pablo:
No podés conceder que la categoría de banalidad tiene problemas para justificar un reproche penal y al mismo tiempo utilizarla para fundamentar reproches como los que pensás (previsional, por ejemplo). Ambos aspectos son conceptualmente punición, ese es el punto. La división en "fueros" o "ramas" es meramente funcional y pedagógica. Lo que a la constitución y a la filosofía moral le importa es si lo que estás haciendo es un juicio de reproche con finalidades punitivas. Mirá CSJN, Malmonge Nebreda (1933).
Después hay una fricción áspera en tu manera de pensar --y creo que queda bien transmitida en los chispazos que hay en el libro-- entre (a) explicar para entender lo sucedido y (b) justificar o evaluar moralmente la conducta de determinados agentes para hacer un juicio de reproche. Tus preguntas aquí pretenden ser evaluativas, pero salteándose una razonable comprensión histórica (y te entiendo: por alguna misteriosa razón, cuando uno tiende a indagar en dirección (a) más difícil se hace perseguir una agenda en (b), y viceversa). Por ejemplo: preguntás cómo llegamos a que jueces siguieran en funciones el 24 de marzo para mantener la idea de un poder judicial funcionando, y la respuesta es tan pero tan obvia que me cuesta mucho entender cómo podés estar preguntándotelo a esta altura: este fue el sexto golpe de estado del siglo, y en los cinco anteriores había pasado exactamente lo mismo, merced a la arquitectura de la acordada de 1930 (obra de Repetto). Lo de los jueces de Rosario (que es sospechoso que tuvieras que esperar a presentar la investigación/libro para enterarte de algo que considerás una pieza fundamental del rompecabezas que estabas reconstruyendo: no lo tomes a mal, pero esto no habla nada bien de tu selección de contribuyentes). En fin, estos jueces eran jueces peronistas recién nombrados por la administración Cámpora/Perón/Isabelita/LopezRega que renunciaron en solidaridad con su movimiento político y pensando que tal vez se les venía una destitución como a los jueces que estuvieron en idéntica posición en 1955. Mi punto, que se ve bien aquí, es que cuando uno afina la puntería en (a) para entender mejor, se enturbia el juicio evaluativo (b): ya la actitud de estos jueces no fue tan heróica, ni la de los otros tan colaboracionista.
Lindo debate. Saludos
Los estatutos y jurisprudencia internacionales exigen para la responsabilidad el conocimiento de la facilitación del delito aunque este no sea el objetivo primario del cómplice. Hasta el estatuto de Roma prevé la responsabilidad de los miembros
de un grupo exigiendo el conocimiento del propósito criminal de dicho grupo.
Sostener que un juez que rechazaba en 5 mins. cientos de habeas corpus no debe asumir ningún tipo de responsabilidad (en ningún ámbito) simplemente porque no estaba alineado ideológicamente con la junta sino que lo hacía como un simple burócrata cobrando un sueldo, necesita más argumentación. Arendt no elaboró sobre la banalidad como eximente de responsabilidad sino para explicar qué inspira a quienes ejecutan y/o apoyan crímenes a gran escala. Los jueces después evaluarán si encaja algún tipo penal de acuerdo al caso. Insisto, hay que leer la sentencia de Tucumán porque discute estos hechos.
De todos modos, otra vez, ¿por qué obsesionarse con discutir todo desde la responsabilidad penal?
Por supuesto, mi visión sobre el tema está impregnada sobre la idea de que jueces están obligados a defender los derechos humanos en cualquier circunstancia, y si no pueden, deben evitar prestarle con su presencia legitimidad a un régimen haciendo creer a todos que hay una justicia en pie.
Juan Pablo B.
Quisiera agregar que la idea que sostengo (los jueces no pueden dejar de priorizar los derechos humanos aun en contextos no ideales, caso contrario deben renunciar, y si se quedan en sus cargos deben exhibir buenos motivos –como por ejemplo, que pueden ayudar a las víctimas, como lo hicieron algunos jueces franceses durante la ocupación nazi), es la tesis que sostuvieron los expertos en comportamiento judicial que redactaron los Principios de Bangalore de Naciones Unidas, sobre los cuales hay un amplio consenso global.
Parr. 108 de los Comentarios a los Principios: “(…) Un juez de la Alemania nazi podía no haber ofendido los principios de la judicatura al suavizar la aplicación de las Leyes de Nuremberg sobre discriminación racial. Lo mismo sucedía en el caso de un juez en la Sudáfrica del apartheid. A veces, dependiendo de la naturaleza de la judicatura en que se desempeña, un juez puede verse enfrentado a la tarea de aplicar leyes contrarias a los derechos humanos básicos y a la dignidad humana. Frente a tal situación, el juez puede tener que dimitir del puesto por sentido del deber antes que comprometer la obligación judicial de aplicar la ley. (…)”.
Abzo,
JPB
Perdón Juan Pablo, agradezco tus nuevas intervenciones pero... ¿vos me quisiste contestar?
Mas bien parece que querés llenar espacio con texto: te acabo de dar un argumento específico acerca de la debilidad de razonar implicancias punitivas separando ámbitos (penal, previsional) y directamente reproducís lo que dijiste antes.
Igualmente, te muestro las complejidades de entremezclar agendas explicativas y evaluativas, y eso es exactamente lo que se ve en tu extrapolación de la categoría de "lo banal" según Arendt: ella quiere explicar lo que pasa, vos justificar consecuencias punitivas. Yo también entiendo que hoy diría eso de un juez (que no es lo que ocurre, por cierto, sino deberían renunciar varios jueces de ejecución penal), pero esto no se hace cargo del problema: un juez que se encontraba con casos de la triple A en 1975, que descartaba como "enfrentamientos" y cajoneaba las investigaciones era, a los ojos de la época, exactamente lo mismo que un juez que le caía un habeas durante el proceso y sospechaba que no iba a salir nada del pedido de informes y lo dejaba ahí porque andá a saber...
El argumento del juez de los 5 minutos es una falacia ad populum, buscalo. Dialogar exige más que llenar espacio.
Anónimo 6:34pm
Y dale con intentar vincular la banalidad (que trata de explica desde la ciencia política un comportamiento frente/del poder) y el derecho penal. Nunca leído una imputación basada en la banalidad. En el libro hay un capítulo que elabora sobre los tipos penales relevantes en esta discusión, sea como partícipes/autores de los delitos el plan sistemático, o incumplimiento de los deberes.
Y para ir cerrando de mi parte, el sustento moral del reproche contra los cómplices banales podría estar basado en que no está ok priorizar la suerte profesional de un@ a costa de los derechos humanos fundamentales de quienes juramos proteger.
Juan Pablo B.
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