19 feb 2013

Democratizar la justicia 8: Clase política y pueblo

(publicado hoy en clarín)

El partido conservador no se convirtió en popular cuando sus dirigentes añadieron el término “popular” a su primer nombre, ni una reforma judicial va a convertirse en “democrática” porque algunos funcionarios la califiquen de ese modo. Por eso sigue siendo importante dejar en claro qué es lo que queremos decir cuando hablamos de “democratización de la Justicia.” Según entiendo, en la discusión que se ha abierto en nuestro país aparecen al menos dos visiones opuestas entre sí.
La primera versión se propone “democratizar” la Justicia politizándola, y“politizar” a la Justicia incrementando la influencia del partido de gobierno o la mayoría de turno sobre el accionar judicial. Es lo que se hizo en Bolivia, al convertir la “elección popular” de los jueces en una excusa para dejar la elección de los mismos, exclusivamente, bajo control del oficialismo (sólo la mayoría gobernante puede candidatear a los jueces que luego participan en las elecciones).
Esta concepción sobre la “Justicia democrática” es similar a la que viene impulsando el oficialismo en nuestro país (basta ver lo que lo que ya hizo, con la reforma del Consejo de la Magistratura, o lo que viene haciendo con la “Justicia subrogada,” o a través del bloqueo a la ley de acceso a la información pública).
La segunda versión sobre la “Justicia democrática”, en cambio, pretende aumentar el nivel de decisión y control populares en materias hoy reservadas para abogados y jueces. Esta segunda concepción, a mi entender, resulta en principio bien defendible -tanto como resulta indefendible la primera.
La diferencia entre ambas visiones es clara.
Tomemos como ejemplo el affaire que involucra al vicepresidente Boudou: qué habría pasado con la resolución de ese caso si el mismo hubiera quedado en manos de un jurado de composición popular, y qué es lo que habría ocurrido con el mismo si la decisión del caso hubiera sido deferido a un organismo dominado por el oficialismo. El mismo asunto, parece obvio, hubiera sido resuelto de dos modos completamente distintos.
Afortunadamente, quienes defendemos la democratización de la Justicia en el segundo sentido (es decir, la democratización de la Justicia como incremento de la influencia y control populares en materia jurídica) contamos con cantidad de propuestas imaginables de nuestro lado. Lo más importante, según entiendo, es poner fin a una justicia mayoritariamente clasista y sexista, permeando a la misma con miradas y voces habitualmente marginadas de la discusión judicial (una ausencia que, en mi opinión, explica el hecho de que países tan heterogéneos como el nuestro muestren cárceles tan homogéneas en su composición).
El jurado popular es sólo la propuesta más conocida (aunque, insistiría,el jurado popular, para ser interesante, no debería confinarse a las causas penales, ni el papel de la ciudadanía limitarse a decir “sí” o “no” en la resolución del caso). Pero hay muchas otras ideas disponibles. Por ejemplo, países tan distintos como Colombia, Costa Rica, Sudáfrica o la India diseñaron, en cuestión de minutos, sistemas de acceso a la justicia radicales, que facilitaron que grupos que nunca habían siquiera imaginado la posibilidad de litigar por algo, pasaron inmediatamente a ser escuchados por las máximas instancias judiciales -en la India se llegó a permitir la activación de casos ante la Corte Suprema, con solo presentar un escrito, en un papel cualquiera, por cualquiera (y no sólo por un abogado), en nombre de cualquiera (la famosa epistolary jurisdiction ).
Los resultados (en términos de acceso, y también en sus resultados, cada vez más “sociales”) han sido, más que buenos, excepcionales.
Los defensores de la justicia restaurativa cuentan con una batería de alternativas capaces de reemplazar a la violenta justicia penal por otra destinada a “recuperar el conflicto para la comunidad”.
Desde países como Noruega o Canadá se han diseñado sistemas de consulta obligatoria y veto, a favor de los grupos más postergados (samis, esquimales), para casos que les conciernen directamente, también con resultados óptimos.
Es decir, si lo que nos interesa es democratizar la Justicia (antes que someterla, todavía más, al gobierno de turno), las alternativas están, y son muy promisorias.

2 comentarios:

Juan N. dijo...

RG, una pregunta y una disgresión: la pregunta es si en el artículo defendés la participación popular en la etapa instructoria del proceso penal. Lo pregunto porque de tu mención al affaire boudou infiero eso.
La disgresión es que tu referencia a la ley de acceso a la información pública no es del todo precisa.
Trabajé en el Congreso en dos oportunidades en acceso a la información pública y la responsabilidad de que se trabara creo que también es de la oposición. Particularmente en una ocasión, el oficialismo pretendía que la ley alcanzara a algunos privados (entre ellos a las ONG's promotoras de la iniciativa) y la oposición, en ese caso, quería menos y no más información a disposición de la ciudadanía. En otra oportunidad, el oficialismo aprobó el proyecto en Senado y la oposición aportó lo suyo para trabarlo en Diputados.

Anónimo dijo...

Qué buen post. Los ejemplos que brindás de manera ilustrativa son una muy buena referencia para entender por dónde debe encaminarse la llamada "democratización de la justicia". En la misma línea -creo- está este artículo publicado hace poco por el juez Mario Portela en página http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-213824-2013-02-14.html
Quería preguntarte si, en lo sustancial, compartís su mirada. Saludos
Tomás