28 ago 2008
Intro
Ya que estamos en días de la obra colectiva (y a horas de partir por unos meses a dar clases al exterior), acá va el prólogo que lleva la misma, que en parte es una declaración de principios. Bah. Va. Chau, y espero que no perdamos contacto!
Introducción
La decisión de organizar esta obra surgió a partir de una dificultad, asentada a su vez en algunas convicciones. La dificultad era obvia y era seria, y tenía que ver con la imposibilidad de ofrecerles a nuestros alumnos un volumen en donde encontraran el núcleo de los temas que nos interesaba tratar, tratados del modo en que nos interesaba hacerlo. Las convicciones son más importantes, y quisiera referirme a ellas, aunque sea de un modo muy breve.
Por un lado, los miembros de la cátedra estábamos convencidos, como aún lo estamos, de que el derecho constitucional no se enseña del modo en que nos interesa hacerlo. El derecho constitucional es escrito y enseñado, de modo demasiado habitual, por abogados/as que no se dedican profesionalmente, y a tiempo completo, a la investigación y a la docencia. Los resultados de tal situación estructural –hoy por hoy casi inevitable- no son otros que los esperables. El derecho constitucional tiende a achatarse, comienza a parecerse demasiado a la práctica, y a perder buena parte de su potencia crítica. Ello es así por razones obvias. La más simple y contundente es que la falta de dedicación quita tiempo y posibilidades de estudio: uno termina repitiendo entonces, meramente, lo que estudió algún día o, en el peor caso, lo que aprendió en la práctica del litigio. Por otra parte, el interés obvio de quienes litigan es, más o menos legítimamente, el de ganar casos, antes que el de reflexionar críticamente sobre ellos. Finalmente, para quienes se dedican intensamente a la profesión, la crítica jurídica comienza a ser vista como un problema, antes que como una urgencia. Ocurre que la crítica no atrae la simpatía de funcionarios públicos y magistrados, que un litigante necesita contar siempre más bien de su lado. De allí que la genuina confrontación de ideas sea inhabitual en nuestro medio, y resulte tan comúnmente reemplazada por los prestos y mutuos elogios.
Por otro lado, nos interesaba marcar, como aún nos interesa hacerlo, un compromiso generacional con un modo diferente de acercarse al derecho, de escribirlo y de enseñarlo. De allí que –y ésta es una cuestión, sólo en principio, formal- todos los autores de esta obra puedan reconocerse como formando parte de una nueva generación de profesores de derecho constitucional. Es claro que no todos pensamos lo mismo, ni tenemos la misma formación, ni tenemos la suerte de dedicarnos, plenamente, a las actividades docentes. Sin embargo, a pesar de todo ello, resulta claro que la mayoría de nosotros nos encontramos vinculados por una mirada común sobre cómo entender al derecho constitucional: pensamos al derecho constitucional, según me parece, desde una fuerte vocación pública –una vocación crítica y favorable al cambio- y desde un punto de vista que pretendemos igualitario. Para ponerlo de un modo más claro, la mayoría de nosotros no toma al derecho constitucional como –digámoslo así- un deporte que puede practicarse más o menos profesionalmente, un par de veces por semana, o un medio de vida que se ejerce “neutralmente” o con total prescindencia del valor de las acciones que le dan contenido. Más bien lo contrario, vemos en el derecho constitucional un instrumento para pensar críticamente a la sociedad, y orientarla en dirección a un horizonte más igualitario. Finalmente, entendemos que la Constitución es la afirmación de un pacto entre iguales, y consideramos, en dicho marco, que nuestra tarea es la de ayudar a pensar, cotidianamente, acerca de los alcances e implicaciones de ese pacto entre iguales –un pacto entre iguales que, conviene reconocerlo, nos interesa hacer realidad en el marco de una sociedad que reconocemos como profundamente desigual. Este libro merece entenderse, por tanto, como parte de un proyecto de largo aliento. Dentro de dicho proyecto, el libro aparece como el tercer volumen de una cadena de reflexiones que encuentra como antecedentes más inmediatos otras dos obras publicadas por esta misma editorial (“Las acciones colectivas,” editado por Gustavo Maurino, Ezequiel Nino y Martín Sigal; y “El derecho a la igualdad,” editado por Marcelo Alegre y por mí).
Por último, la mayoría de los que aquí escribimos estamos unidos, también, por una común reivindicación de la teoría como lugar desde donde examinar críticamente al derecho constitucional realmente existente. Quisiera aclarar, sin embargo, las implicaciones de este compromiso. En primer lugar, reivindicar la teoría no implica abandonar la práctica y los casos concretos. Más bien lo contrario: queremos teoría para poder pensar mejor esa práctica y esos casos concretos. En segundo lugar, reivindicar la teoría tampoco implica, meramente, dedicar algunos minutos de una clase o algunos párrafos de un escrito a citar a alguna obra que leímos rápidamente, o a algún autor extranjero del que supimos antes que nuestros alumnos. La reivindicación de la teoría tiene que ver con el uso reflexivo, crítico, continuado, de cuerpos de pensamiento más o menos completos: teorías de la justicia, teorías de la democracia, teorías de los derechos, teorías de la interpretación constitucional, teorías sobre la función judicial. En tercer lugar, la reivindicación de la teoría no debe verse como sinónimo de la reivindicación de cualquier teoría. Muchos de los autores que formamos parte de esta obra colectiva hemos sido educados –más o menos directamente- a partir del pensamiento de ciertas autores (Carlos Nino, Genaro Carrió, Owen Fiss, entre ellos), y el convencimiento del valor de ciertas concepciones teóricas específicas (por ejemplo, teorías deliberativas de la democracia, teorías procedimentalistas sobre la función judicial). Solemos disentir –y aún pelearnos- respecto del valor que le asignamos a tales teorías y autores. Pero todos sabemos que encontramos en ellos referentes indispensables a la hora de argumentar: necesitamos, permanentemente, apoyarnos en ellos o justificar por qué no lo hacemos.
Como resultado de este tipo de compromisos, en el libro nos detenemos y prestamos atención a autores, criterios y temas que no suelen ser objeto de discusión habitual en los cursos de derecho constitucional más tradicionales: el derecho de la protesta, los derechos de los pueblos originarios, los derechos relacionados con la identidad sexual, los derechos reproductivos, un énfasis muy especial en los derechos humanos y en los derechos sociales, un enfoque –creemos- más complejo y completo sobre la interpretación constitucional, etc. Esta misma predilección por el razonamiento, el disenso y el pluralismo (que no implican, en ningún caso, una defensa del “cualquier teoría vale,” “cualquier nombre aporta”) es la que nos ha inclinado a ofrecer un examen razonado, antes que uno meramente dogmático, de las diferentes partes de la Constitución. Y esa misma vocación explica que hayamos reservado una sección especial del libro para “debates,” y otra a abrirle la puerta del derecho constitucional a enfoques abiertamente no tradicionales, como los que vinculan al derecho con la literatura o con la estética.
Para concluir, quisiera agradecer especialmente a los miembros de la cátedra que, en muchos casos, pudieron dejarnos algún aporte para el libro, y en otros casos no, pero que igual nos ayudaron en las discusiones de aquellos aportes que sí quedaron. En la cátedra, finalmente, defendemos la discusión tanto en la teoría como en la práctica, por lo que solemos reunirnos para debatir, y debatir entre iguales (cuestiones ambas –la de la discusión y la de la horizontalidad- no tan comunes en nuestro medio, en donde no es extraño que algunas cátedras se organicen y funcionen conforme a estamentos de tipo medieval). También quisiera agradecer a los muchos “amigos de la cátedra” a los que recurrimos, para cubrir el panorama más amplio posible de los temas que nos interesaba tratar. Muchos de ellos son amigos con los que nos vemos frecuentemente, y otros colegas por los que guardamos un enorme aprecio y respeto intelectual. Agradezco a Mary Pique, Victoria Ricciardi, y Cecilia Garibotti por el apoyo para concluir esta empresa. De modo muy especial, y antes de concluir, quisiera felicitar al equipo que trabajó más cercanamente en esta compilación, y que incluyó a Lucas Arrimada, Federico Orlando, y Nadia Rzonscinsky: ellos realizaron una labor excepcional en todo este tiempo. Es nuestro deseo que la obra sirva para ayudar a pensar un constitucionalismo distinto, un constitucionalismo siempre crítico en su contenido e igualitario en los principios que lo organizan.
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7 comentarios:
"Ocurre que la crítica no atrae la simpatía de funcionarios públicos y magistrados, que un litigante necesita contar siempre más bien de su lado."
Suena a esto:
"Hacéte amigo del juez;
No le des de que quejarse;
Y cuando quiera enojarse
Vos te debés encoger,
Pues siempre es güeno tener
Palenque ande ir a rascarse."
Mis tardías felicitaciones! Quisiera solamente recalcar lo alentador que es para mí leer párrafos como el siguiente "En primer lugar, reivindicar la teoría no implica abandonar la práctica y los casos concretos. Más bien lo contrario: queremos teoría para poder pensar mejor esa práctica y esos casos concretos."
Me ha ocurrido más de una vez discutir (en lo que parecía un diálogo entre sordos) acerca -por ejemplo- de la aplicación/fundamentación de der.soc. y que a la hora de empezar a ahondar mínimamente sobre teorías (del estado, naturaleza humana, libertad,etc) la respuesta casi reflejo sea,,,"aaa eso es muy teórico".
...Cómo si el estado al que tanto se le pide y contribuye no tuviese un fundamento teórico...
Bueno, repito mis felicitaciones y un abrazo grande
a) totalmente, es lo de hacete amigo del juez
b) totalmente, los que dicen es muy teorico despues mandan presa a la gente porque protesta, viendo a la protesta como un exceso de la democracia. eso es teorico tambien, pero horriblmente teorico
escribi un sueltito sobre le derecho y la docencia hace un tiempito
http://apuntessub.blogspot.com/2008/04/derecho-y-docencia.html
bueno y justamente hoy por la mañana han llegado a estos pagos ambos dos volumenes y nuestros alumnos estaran muy conntetos de que vayamos a robustecer las bibliografia de la catedra
salute
como llegaron los volumenes? los pidieron? porque yo pedi varios envios, pero no confio en ninguno de los que tenian que hacerlos. gracias por el texto!
abeledo perrot mando los dos volumenes en plan novedades a una libreria de aqui y ya los teniamos reservados
la foto es del "touring" de trelew, no?
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