30 abr 2009
Pintar un graffiti no es un delito
En sintonía con la política del gobierno de la ciudad de "recuperar el espacio público para los vecinos" (ay!), los jueces Rodolfo Pociello Argerich y Mario Filozof, de la Sala V en la Cámara Nacional en lo Criminal dictaron un fallo según el cual los grafitis "tienen carácter permanente sobre el bien y su remoción o quita exige una tarea material apreciable en dinero", por lo que constituye un delito de daño y puede ser penado con prisión (el fallo tiene una afortundad disidencia de Mirta López González). Por considerárselo un delito de daño, las penas que se prevén son de 15 días a un año de cárcel (cuando el Código Contravencional de la Ciudad, art. 80, prevé multas o trabajos comunitarios para quien manche o ensucie bienes de propiedad pública o privada).
Contra lo que dice el fallo, aquí insistimos, desde siempre, en ideas contrarias. Una es simplemente la reivindicación del graffiti, pero no entraremos en el tema, a esta altura. Por el momento, basta con repetir lo de siempre. Es decir, que el poder coercitivo estatal debe utilizarse con extrema prudencia. Cualquier movimiento del Estado, y muy en particular cualquier movimiento del Estado que implique el ejercicio de la coerción, requiere de un cuidado ejercicio argumentativo. Y no se trata sólo de dar algún argumento, sino de dar argumentos que sean capaces de persuadir a cualquier ciudadano preocupado de la cuestión. Mucho más cuando lo que está en juego es el empleo de la violencia penal, y más todavía cuando ella viene habitualmente de la mano -y según ratifica el fallo- del establecimiento de penas de privación de la libertad.
Los jueces argentinos -y éste es un nuevo caso al respecto- dispensan privaciones de libertad con absoluta liviandad; toman a la violencia y la prisión como la moneda corriente en el ejercicio de su función. En todos los casos, su actitud debería ser en principio exactamente la contraria: evitar la violencia, evitar la prisión (otro día podríamos hablar acerca de si debe haber excepciones a este principio. por ahora concedamos -sólo para seguir con la discusión- que sí).
Lo que hacen los jueces argentinos es producto, sin dudas, de muchas causas, pero una de esas causas es la siguiente: ellos tienen la absoluta certeza de que jamás serán objeto de la misma violencia estatal que irresponsablemente distribuyen. Se trata, entonces, de una certeza que proviene de la situación de privilegio en la que se encuentran ubicados. Es decir, se trata, entre otras cosas, del resultado de una desigualdad no justificada. Entonces es cuando se hace más importante señalar un último punto: en situaciones de desigualdad extrema e injusta, como la que distingue a nuestro país, el uso de la violencia estatal debería considerarse, en principio, como injustificado y, por tanto, como impermisible. Las razones que deberían dar los jueces, en tales casos, para justificar el uso de la coerción, deberían ser poderosísimas. Lo que nos dan, en cambio, son baratijas de ocasión, destinadas sólo a que no resulte manifiesto que estamos frente a un uso arbitrario de los poderes que se les han cedido.
(Ejemplo de elogios al fallo, por supuesto, y como es habitual, sin dar argumentos al respecto, acá )
Fiss sobre Obama
Esteban H.C., colega en Colombia, nos hace llegar esta buena entrevista que acaba de salir en Semana.com, a Owen Fiss, sobre los primeros 100 días del gobierno de Obama. Reproducimos...
(Owen Fiss, prestigioso y crítico profesor de la Universidad de Yale, habló con Carlos Cortés para Semana.com sobre los primeros cien días de trabajo del presidente Barack Obama).
De paso por Colombia – invitado por la Universidad de Los Andes y la Fundación para la Libertad de Prensa a un seminario sobre libertad de expresión – se refirió a los primeros 100 días de Barack Obama en el gobierno, y habló de la perspectiva que ve para Latinoamérica en la nueva administración.
¿Cuáles son los aspectos positivos de los primeros 100 días de Obama como presidente de los Estados Unidos?
Creo que hablo por mucha gente cuando digo que estoy impresionado por todo lo que ha hecho en tan poco tiempo. Me impresiona su energía. Y no hablo solamente de las medidas que tomó para enfrentar la crisis económica. También me refiero a los viajes internacionales que hizo, entre ellos Turquía y México, de gran relevancia política, y su participación en la reunión del G-8 en Londres.
Por otro lado, es una persona muy transparente. Está en todas partes. No tengo las estadísticas, pero diría que ha ofrecido más ruedas de prensa y ha aparecido más veces en público que George Bush en ocho años. Creo que los norteamericanos sienten que Obama está disponible, y que está dispuesto a explicar sus políticas y defenderlas.
¿Y cuáles son los aspectos negativos?
Barack Obama siempre ha dicho que está en contra de la tortura. Una vez posesionado, ordenó el cierre de Guantánamo en el término de un año y las prisiones de la CIA donde se torturaba prisioneros. Su fiscal general también dijo que la asfixia simulada (‘waterboarding’) es tortura. Pero esto apenas responde a la pregunta sobre lo que debe hacerse en el futuro, y deja por fuera los abusos del pasado.
Le pongo otro ejemplo: otro de los abusos generalizados durante la administración Bush fueron las interceptaciones ilegales a sospechosos de terrorismo. Esto fue visto por mucha gente como un abuso del poder presidencial. En junio de 2008, el Congreso expidió una ley que legitimó esa práctica y Obama, como senador, la apoyó. Ahora como Presidente no ha dado señales de querer reversarla. Creo que los abusos del pasado tienen que enfrentarse, no sólo como un asunto de justicia de las víctimas, sino también para establecer las bases del futuro.
En relación con ese pasado, ¿qué responsabilidad le cabe a los jueces en lo que sucedió durante la administración Bush?
Lo que sucedió no fue responsabilidad exclusiva del Presidente, el Vicepresidente y algunos altos oficiales del gobierno. Todas las ramas del Estado fueron de alguna forma cómplices. Guantánamo se abrió en enero de 2002, y sólo hasta 2008 la Corte Suprema de Justicia dijo que las leyes expedidas por el Congreso sobre este tema en 2005 y 2006 violaban la garantía del habeas corpus. Fue una decisión débil y tardía. La Corte Suprema no estableció claramente qué derechos tenían los prisioneros de Guantánamo, y si acaso le dio un jalón de orejas al Congreso. En definitiva, no hubo un interés de respaldar los valores fundamentales de nuestra Nación.
¿Y bajo la administración Obama habrá un giro de la Corte o será un pulso constante?
En estos puntos que menciono, será un pulso constante.
Pasando a las relaciones internacionales, un periodista estadounidense señalaba recientemente que Obama tenía que asumir el liderazgo en el Medio Oriente y hacer la primera movida. Y que si no lo hacía pronto, la agenda la terminaría imponiendo Irán. ¿Cómo ve esto?
Habrá avances, pero será un camino pedregoso. La administración Bush le dio luz verde a Israel para que hiciera lo que quisiera. Hubo luz roja para bombardear Irán, pero verde para invadir Gaza y atacar Líbano. La luz roja en Irán continuará bajo la administración Obama, y seguramente no habrá luz verde para Israel en los demás frentes.
La administración Obama viene articulando una propuesta a favor de la solución de los dos Estados, entre Israel y Palestina. Que sea buena o mala la idea, no lo sé. Y digo que será un camino pedregoso porque acaba de haber elecciones en Israel. Aunque Benjamín Netanyahu es una persona pragmática, parte de su gabinete – concretamente su ministro de Relaciones Exteriores – se opone a la solución de los dos Estados. Va a ser un ‘baile’. Israel depende enteramente de Estados Unidos, y aunque Obama quiera empujar su propuesta, muchas decisiones, por ejemplo sobre ayuda militar, pasan por el Congreso de los Estados Unidos. Así que será un baile de tres.
Pasando a Latinoamérica, en la Cumbre de Trinidad y Tobago Obama dijo que habría una relación diferente con la región, y que estaba dispuesto a escuchar. ¿Habrá una diferencia real?
A excepción del Plan Colombia, fue poco el interés que Estados Unidos tuvo en Latinoamérica durante el gobierno de Bush. Hubo alguna ansiedad cuando eligieron a Lula, y las tensiones que conocemos con Hugo Chávez o Evo Morales. El talante de Barack Obama es otro.
El hecho de que haya estrechado manos con Hugo Chávez no es un simple show mediático. Esa es su naturaleza. Hemos visto la transformación de la política con Cuba y posiblemente veremos algo con Chávez, aunque es alguien mucho más difícil de lidiar. También creo que Estados Unidos tendrá una buena relación con Brasil.
Todo esto dependerá de muchos factores, empezando por las prioridades de Estados Unidos. De una u otra forma, Latinoamérica tiene que preguntarse qué quiere de Estados Unidos. Me pregunto si tal vez lo que más le conviene a la región es la indiferencia norteamericana (risas). Por supuesto que quieren respeto, cooperación y que Estados Unidos no ‘matonee’ a los países de la región. Pero se trata de una relación de lado y lado. Ya no estamos en los sesenta, no se trata simplemente de pedir ayuda.
En el caso de México, ¿cree que el presidente Obama busque replicar la experiencia del Plan Colombia, como algunos sugieren?
Me resisto a creerlo. Obama visitó México y reconoció que el problema de violencia y narcotráfico es una responsabilidad conjunta de ese país y Estados Unidos. Esa afirmación la repitió Hillary Clinton. Creo que debe buscarse una política conjunta, donde se comience por controlar el ingreso ilegal de armas a México a través de la frontera desde Estados Unidos.
Y por último, pasando a su especialidad, ¿cómo ve la libertad de expresión frente a la crisis económica y la crisis financiera de los medios de comunicación?
Durante los setenta y ochenta la libertad de expresión fue capturada por la ideología del mercado, y creo que la crisis económica debe ser la oportunidad para que se libere de esa captura.
La orientación individualista del mercado es problemática ya que ciertos objetivos sociales no se pueden alcanzar confiando en el mercado. Uno de ellos es la libertad de expresión como un derecho que fortalezca la determinación colectiva de la sociedad.
Durante las décadas que menciono, el objetivo era la desregulación, donde el Estado era visto como un enemigo. Pero ahora el Estado puede actuar como un amigo de la libertad de expresión, interviniendo para que el debate político florezca y se oigan todas las perspectivas. Esa es mi esperanza. Considero que todos tenemos el deber moral de tener esperanza.
P. 95. XXXIX. “Ponce, Carlos Alberto c/ San Luis, Provincia de s/acción declarativa de certeza”.
24 de febrero de 2005
VOTO DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON RICARDO LUIS LORENZETTI
Considerando:
Que el infrascripto concuerda con los considerandos 1° a 15 del voto de los jueces Petracchi, Belluscio, Maqueda y Highton de Nolasco, a los que remite por razones de brevedad.
16) Que ambas partes han invocado a la soberanía popular en el ámbito municipal como un principio para resolver esta causa judicial.
Que, sin dudas, la voz del pueblo de la Nación es la fuente más legítima para adoptar decisiones en una sociedad organizada democráticamente, ya que toma en cuenta la opinión del mayor número de individuos que se expresan sobre una cuestión precisa sometida a su consideración. El principio mayoritario está fundado en la Constitución y las decisiones de este tipo gozan de una presunción de razonabilidad y de prioridad argumentativa. La Corte ha respetado este límite respecto de las decisiones contramayoritarias al establecer el criterio de la no justiciabilidad de las cuestiones políticas (Fallos: 53:420) como principio general. Esta Corte se expresó en este sentido al sugerir a las partes la solución electoral en la audiencia conciliatoria convocada al efecto, pero en esta instancia se debe tomar una decisión para corregir la crisis institucional, lo cual no es incompatible con que ambos litigantes, en el cumplimiento de buena fe de esta sentencia, decidan consultar al pueblo, que es, en definitiva, al sujeto que ambos invocan como fuente de su legitimación.
Que es función de esta Corte fundamentar y proteger los consensos básicos para el funcionamiento de una sociedad en la que puedan convivir personas y grupos con opiniones diferentes. Este común sentir se edifica sobre algunas reglas que deben ser aceptables para quienes están distanciados por una controversia particular, y que lo serán en los conflictos subsiguientes cuando cambien sus posiciones de poderío o debilidad, y que serán aplicadas por las generaciones futuras porque se habrán transformado en una práctica constitucional consolidada.
En este sentido, no cabe duda alguna que los sectores enfrentados deberían estar de acuerdo en los principios básicos del Estado de Derecho y defensa de la soberanía popular en el ámbito de la autonomía municipal como esta Corte lo decide.
Que la Constitución no admite la validez de una voluntad popular expresada sin respetar los principios del Estado de Derecho ni permite que las mayorías puedan derogar principios fundamentales sobre los que se basa la organización republicana del poder y la protección de los ciudadanos.
La Democracia es Constitucional, y por ello la función de esta Corte en este caso no se dirige a imponer valores sustantivos a la comunidad de San Luis, sino a garantizar la vigencia de principios regulativos del modo en que ésta se expresa.
El escrutinio judicial de los procedimientos resulta esencial para robustecer las prácticas democráticas. Es por ello que esta causa y la decisión que en ella se adopte no solamente tiene en cuenta el propósito de remediar lo sucedido en el pasado, sino el de afirmar reglas que constituyan incentivos apropiados para los futuros participantes en la competencia electoral. El cumplimiento de los principios que constituyen el núcleo del Estado de Derecho es lo que orienta a una sociedad hacia una expresión madura y plural, mientras que su apartamiento condena al futuro a repetir un pasado que se desea mejorar.
Estas normas constituyen un presupuesto para que la decisión mayoritaria sea válida. Por esta razón, no es admisible modificar las reglas sobre la base de los resultados que surgen luego de incumplirlas. Un principio de estas características no podría fundar la competencia política, ya que ninguna persona razonable aceptaría formar parte de una sociedad organizada de esa manera.
Como conclusión de este primer aspecto, cabe afirmar que los principios del Estado de Derecho deben ser respetados como garantías para la expresión de las mayorías y una adecuada protección de las minorías.
Que dentro de estos principios deben mencionarse, por su importancia en el caso, la división de poderes, la descentralización institucional y la garantía que tiene el ciudadano a un rango de opciones electorales suficientemente amplio, así como al ejercicio de su libertad decisoria sin condicionamientos.
Que la división de poderes fundamenta la autoridad de esta Corte y la obligatoriedad de sus decisiones cuando ejercita la jurisdicción originaria. La tensión a la que se enfrenta esta Corte no se relaciona con la definición de una contienda electoral ni con la sustitución de la voluntad popular por la de los jueces. Se trata de determinar si los mandatos preventivos dictados para preservar el objeto de la litis y que se encuentran firmes, deben ser lealmente acatados por la demandada, o si pueden ser neutralizados mediante una serie de actos a los que se ha hecho referencia en los considerandos del voto de la mayoría. La respuesta contundente de esta Corte es que nadie está por encima de la ley y de su correcta interpretación judicial, puesto que afirmar lo contrario transformaría a la Constitución en un vano intento de limitar lo ilimitable.
Que la autonomía municipal debe ser interpretada como parte de un sistema institucional orientado hacia la descentralización y fundado en un federalismo cooperativo. Esta orientación fue promovida por el art. 3º, de la ley 24.309, que convocó a la reforma constitucional de 1994 con el fin de "fortalecer el federalismo" y se plasmó en los arts. 5 y 123 de la Constitución Nacional. La norma constitucional debe ser interpretada como un compromiso que asumieron las provincias de asegurar su régimen municipal, lo que importa no sólo el reconocimiento del estatuto municipal autónomo sino el de las facultades mínimas y necesarias para no desarticular su funcionamiento.
Estas normas permiten identificar un principio general de descentralización institucional, inspirado en el objetivo de lograr una sociedad más abierta y participativa. Como todo principio, constituye un mandato para lograr su máxima satisfacción compatible con otros que resulten aplicables al caso mediante un juicio de ponderación judicial.
En el presente caso se ha planteado un conflicto entre la Provincia de San Luis y su principal municipio, relativo al llamado a elecciones para elegir el intendente. No puede haber duda alguna que la solución debe estar guiada por la primacía de la autonomía municipal, conforme a los argumentos dados en el párrafo anterior. Ello no significa lesionar el funcionamiento del Estado provincial ni cristalizar de un modo definitivo la relación entre ambos, que debe ser, por el contrario, fundada en la cooperación y por lo tanto, dinámica. Se trata en cambio de dar una guía razonable para la solución de un conflicto particular de gran repercusión institucional.
Toda relación requiere como presupuesto el reconocimiento de la autonomía de la otra parte, y en este sentido esta Corte entiende que la intervención de la Provincia de San Luis, a través de sus poderes ha ido más allá de lo aconsejable. Si las autonomías municipales fueran despojadas de hecho de sus atributos principales, se produciría una concentración de las decisiones y una supresión fáctica de su ejercicio. Esa práctica es contraria al principio enunciado, el que manda perseguir, en la mayor medida posible en el caso, la diversidad, y el diálogo plural. En este sentido, la protección de la autonomía municipal tiene una máxima importancia ya que no sólo conlleva una razonable descentralización institucional, sino que permite una relación más inmediata entre gobernantes y gobernados.
Que finalmente cabe señalar que el ciudadano debe ser el centro de la atención de quienes tienen a su cargo la administración de los asuntos públicos. La existencia de dos intendentes, de dos consejos deliberantes, de actos de gobierno superpuestos, de una litigiosidad acentuada y de una falta de predisposición para llegar al acuerdo, muestran que ambas partes han sostenido las aspiraciones que consideraron legítimas sin la moderación que hubiera sido esperable. La prudencia es un valor inherente a la práctica constitucional, que obliga a todos los que tienen responsabilidades conferidas por el pueblo a encaminar sus aspiraciones en la senda del bien común.
Por ello y lo concordemente dictaminado por el señor Procurador General de la Nación, se resuelve: I. Dejar sin efecto todo lo actuado en las causas "Gobierno de la Provincia de San Luis c/ Municipalidad de la Pcia. de San Luis s/ demanda de inconstitucionalidad", registrada ante el Superior Tribunal de Justicia de San Luis como n° 27‑G.‑2003 ; "Partido Justicialista‑Distrito San Luis c/ Municipalidad de la Ciudad de San Luis s/ demanda de inconstitucionalidad", registrada ante el Superior Tribunal de Justicia de San Luis como n° 19‑P‑2003; y "Agente Fiscal N° 1 sol. declare nulidad s/ medidas", registrada ante el Juzgado Electoral Provincial de San Luis como n° 109‑A‑2003; así como en los incidentes tramitados como consecuencia de ellas. II. Dejar sin efecto la acordada 433, del 17 de octubre de 2003, dictada por el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de San Luis. III. Declarar abstractas las cuestiones planteadas en los recursos de hecho presentados ante esta Corte y registrados como G.48.XL "Gobierno de la Provincia de San Luis c/ Municipalidad de San Luis"; G.75.XL "Gobierno de la Provincia de San Luis c/ Municipalidad de San Luis"; P.83.XL "Partido Justicialista ‑ Distrito San Luis c/ Municipalidad de San Luis"; A.100.XL "Agente Fiscal N° 1 solicita declare nulidad s/ medidas expte. A‑109/2003" y P.262.XL "Pérsico, Daniel Raúl s/ plantea nulidad". IV. Hacer lugar a la demanda y, en consecuencia, declarar con respecto a la Municipalidad de la ciudad de San Luis la inconstitucionalidad del art. 8° de la ley local 5324 y de los arts. 2°, 5° y 8° del decreto provincial 117 ‑MGJCT‑/2003. V. Ordenar que se agregue copia de la presente en las causas mencionadas en el punto I y III. Agréguese copia a la presente causa del dictamen presentado por el señor Procurador General de la Nación en la causa que se menciona en el considerando 13. Reintégrense los depósitos por no corresponder, agréguense las quejas a los principales, notifíquese y devuélvanse. RICARDO LUIS LORENZETTI.
Desalojo afro
29 abr 2009
Perder el poder
Ojo que mañana se estrena Jardines de Otoño, del anarquista protegido por este blog, Otar Iosseliani. Buena entrevista al autor, acá . No es su mejor film, pero tiene sus datos básicos. Como dice la entrevistadora: "Jardines de otoño es un film celebratorio. En este caso, lo que se celebra es la libertad del poder. Pero no la de alcanzarlo, sino la de perderlo."
28 abr 2009
27 abr 2009
Evo, querido
Ambas charlas estuvieron fuertemente vinculadas con la dictadura, el pasado, la memoria y la figura de la tragedia. En ambos momentos, en ambas conferencias, esas palabras estaban ahí, presentes e insistentes.
Cianuro blanco, sanjuanino
Esta nota que apareció hoy en Página (acá) da cuenta de las actividades que desarrollamos en San Juan, con un grupo con el que intentamos poner en cuestión los modos en que se desarrolla la minería en la zona (modos que se acercan mucho a la peor caricatura, y que de tan extremos se hacen dignos de un capítulo más en "Las venas abiertas..."). La foto exhibe sólo un par de los múltiples pasacalles con que se nos recibió en la ciudad, y que son una muestra más de la caricatura: el gobierno y la compañía minera principal, sin firmar, inundaron el centro de propaganda pro-minera, con textos en donde destacaban que la minería era desarrollo, trabajo y medio ambiente!! Parece que el cianuro que tiran en el agua es biodegradable, de sabor dulce y con aroma a fresco.
Ética académica I: Ronald Collins.
No decimos nada nuevo cuando recordamos que sobre el tema se escribe y se discute poco y nada. Las Facultades de Derecho de la Argentina desde hace relativamente poco tiempo tienen (si tienen) ética profesional del abogado como materia (en la mayoría como materia optativa). El derecho procesal se estudia en absoluta disoaciación con la práctica y sus dilemas, sin los conflictos éticos que la práctica de la procuración y un proceso escrito pueden presentarnos. Un@ puede egresar perfectamente, sin saber que existe la ley del ejercicio de la abogacía (Ley 23.187), sin leer el código de ética del colegio en el que se matriculará (aunque nos recuerden que la ética depende más de las prácticas arraigadas de la comunidad de operadores -incluso los profesores- que de la lectura y el estudio de textos de ética) y lo que es más, tal vez, más funcional sin haber escuchado hablar de la responsabilidad social del abogado, de sus poderes, de sus posibles roles ante la sociedad y sin haber problematizado una de las miles de situaciones, existentes y/o potenciales, con conflictos éticos en el mundo del derecho.
Por eso es tan importante, además de destacable, que la Revista Academia en su primer número haya publicado uno de los debates más interesantes sobre Ética Académica (podría tener expansión con la ética periodística, con ética del abogado en general, tranquilamente) que uno puede conocer. Cabe destacar que no abundan estas discusiones, por aquí y por allá. En ese debate, Ronalds Collins escribe una carta/artículo sobre ética académica de las Law Reviews/Journals y de quiénes publican en ellas (pero nuevamente se pueden extrapolar de forma centrífuga, hacia fuera, a otras esferas). Collins dice así:
-Un “académico” escribe acerca de la Primera Enmienda sobre libertad de prensa, pero esconde el hecho de que él también trabaja como consultor rentado para periódicos comerciales y para sus anunciantes.
-Una “académica” escribe acerca de la Primera Enmienda sobre libertad de expresión y libertad de prensa, pero oculta el hecho de que a su vez realiza trabajos pro bono para grupos liberales con intereses públicos que se dedican al litigio de aquellos mismos temas.
-Un “académico” escribe sobre la reforma del régimen de los contratos y de la responsabilidad por daños, pero oculta el hecho de que es afiliado a un reservorio de pensamiento conservador que puja activamente por la reforma de dichas leyes.
-Un “académico” escribe acerca de la Segunda Enmienda sobre el derecho a portar armas, pero esconde el hecho de que es afiliado a un grupo lobbista en pro o en contra de la portación de armas.
-Una “académica” escribe sobre derecho laboral, pero oculta el hecho de que trabaja para sindicatos o para organizaciones patronales.
-Una “académica” escribe acerca de la “reforma” del sistema sanitario, pero oculta el hecho de que se encuentra ligada con una firma que hace lobby y litiga en dicha área.
-Un “académico” escribe sobre un caso particular o sobre un argumento legal determinado, pero oculta el hecho de que alguna vez trabajó como empleado judicial del juez cuyo trabajo él se encuentra (aprobadamente) comentando.
-Una “becaria” escribe acerca de un nuevo libro (diremos, sobre la ley antimonopólica), pero esconde el hecho de que es amiga o colega cercana de la persona que escribió el libro que (favorablemente) está reseñando.
La verdad lisa y llana: estos no son situaciones hipotéticas. En un sentido o en otro, todas estas cosas ocurren muy frecuentemente en el actual mundo de las revistas jurídicas"
Collins, más adelante en su artículo, sigue planteando ejemplos del problema, antes de dar su propuesta: "Por otra parte, considere lo siguiente. La profesora Smith, supongamos, trabaja como un consultor a sueldo para la empresa Jones. Publica un artículo en una revista jurídica que versa sobre un tema de gran interés financiero para la empresa Jones, a pesar de que no revela su filiación con la empresa. (Asumamos que la empresa no le paga de forma directa por escribir dicho artículo). Pasado un tiempo, un grupo de abogados de la empresa Jones, y otras empresas similarmente posicionadas, usan el artículo de la profesora Smith en sus escritos de demanda y en sus memoriales presentados a los legisladores. La profesora Smith indudablemente tiene conocimiento de lo que están haciendo. De hecho está orgullosa de ello. Todavía en esta situación el lector, o juez o legislador, no tiene conocimiento de las ligazones de la profesora para con la empresa. A pesar de que sus argumentos podrían ser buenos (aún más de lo que ellos esperaban), ella es no obstante la beneficiaria de una cuota no merecida de confianza como investigadora imparcial y neutral. Como se quiera que los mortales próximos arriben o no a la objetividad, tanto el ideal como el sentido resultante de confianza que podría generar son decididos considerablemente por los autores, que ocultan sus intereses externos, financieros o de otro tipo. Y cuando no los revelan, forzosamente los ocultan. Es así de simple".
Hacia el final de su breve artículo Collins hace una triple propuesta sobre cómo mejorar la transparencia, desvelar intereses al lector, confeccionando formularios de preguntas para los autores y así dar la oportunidad de expresar los posibles conflictos de intereses en todo artículo antes de la publicación de los mismos. En resumen, su propuesta, sin desmerecerla, ni pretendiendo ver su pertinencia, es mucho menos interesante que el problema que su artículo desvela.
Por eso mismo, parece más interesante y más útil pensar las situaciones identificadas por Collins extrapoladas a otros ámbitos del derecho -incluso podríamos llevarlo mucho más allá del derecho-. ¿Hay un real conflicto de interés en estos casos? ¿En qué otras situaciones similares estaríamos ante una omisión en poner "las cartas sobre la mesa"? ¿Qué intereses merecen o se deben exteriorizar? En estas situaciones o en sus similares ¿siempre estaríamos ante una falta ética? (Recordar que no estamos interesados en los casos individuales sino en las situaciones, en ejemplos, no en personas y/o casos particulares)
Para leer el artículo de Collins completo, estuvimos viendo si lo podíamos subir acá, pero nope, no hubo caso. Cabe aclarar, por si queda alguna duda, que no es el material para el lunes 4 de Mayo, ese, al costado, en el margen.
PD: El debate se completará con la respuesta, al año (1996), de Michael Sean Quinn en el que discute las propuestas de aquel y las -para Quinn supuestas- faltas a la ética que señala Collins. Así, su artículo, criticará la tesis sobre el deber de desvelamiento de los intereses. El artículo de Quinn obviamente salió en la Revista Academia N° 1. Ya viene! Salud!
25 abr 2009
Cuando piense en gente hecha mierda
en las puertas de las villas,
en los barcos piratas que los niños construyen
con las hojas de sus cuadernos
de gramática
Cuando piense en cárcel y escriba cárcel hasta la
Oasis de libros.
En el primer vistazo por la feria pudimos encontrar algunos oasis recomendables para recuperar algo de la magia perdida, de aquella sensación.
1. FCE tiene un stand de ofertas muy pero muy buenas, aunque hay que arremangarse, buscar y -desde ya- encontrar. Como siempre, los buenos libros se encuentran ensuciándose un poco las manos. Hay libros desde 3 pesos pero con un techo bajo.
Así, el azar hizo que nos lleváramos el único ejemplar de un libro sobre Wittgenstein que había en tapa dura a excelentísimo precio: "Una crítica de la filosofía linguística" del escocés C.W.K Mundle. También encontramos: "Valor, explotación y clase" de John Roemer (hay una sección de economía muy recomendable a buenos precios, con Hirschman y otros clásicos del 70/80), "Praxis y socialismo democrático" de David Crocker, "Democracia locales" de Bowman/Hampton, el libro "El presidente personal" de Theodore Lowi (que ya teníamos en fotocopias) y un broli en tapa dura sobre Ben Franklin, que pinta muy bien.
Gran adquisición: Pablo de Grieff y Gustavo de Grieff "Moralidad, legalidad y drogas" con artículo de Thomas Pogge, Jon Elster, Samuel Freeman, Carlos Nino y Jaime Malamud Goti, entre otros, a precio increíble! Drogas, adicciones, liberalismo y otras yerbas (todas muy sanas).
Destacado: Una traducción del pionero y primer trabajo de Carol Gilligan "La moral y la teoría. Psicología del desarrollo femenino". Un regalo.
Además, apelando a la memoria visual, podemos recordar que había un par de libros clásicos y -tal vez- de interés, como el libro sobre la Reforma del 1994, Consenso y Democracia, de Raúl Alfonsín. Otro, el texto de Agustín Squella sobre Norberto Bobbio y otro compilado en homenaje al mismo autor, NB. Y aquellos que les guste la fotografía, hay libros de fotografía en saldo, pero hay que pedirlos en el mostrador porque están ocultos, como si, raramente, no los quisieran vender (!).
Finalmente, las revistas El debate político y Confines a precios de amig@, para completar la siempre dispareja colección. Disclaimer: Seguro hay cosas que se nos pasaron o se fueron de nuestra memoria. Segundas miradas traerán una segunda lista.
2. En el Stand de Siglo XXI editores no pudimos encontrar el fantástico libro de Horacio Tarcus, Marx en la Argentina, en oferta pero hay buenas rebajas que no se deben desaprovechar. Muchísimos libros de Michel Foucault, Gilles Deleuze, Roland Barthes, Paulo Freire y Pierre Bourdieu, entiéndase "Pedagogía del oprimido" de Freire, un clásico de clásico, o sus "Cartas para aquellos que pretenden enseñar", a 15 pesos. "Vigilar y Castigar", "El nacimiento de la clínica" "Arqueología del saber", "Una invitación a la sociología reflexiva", y algún tomo de "Historia de la sexualidad" (ahora todos con nueva edición local, muy fashion) en la anterior edición mexicana, a un precio rebajado, casi, imperdible. Una oportunidad.
3. Por último, las dos últimas recomendaciones. Hacen bien si pasan por el Stand de la gente de Marcial Pons (que lamentablemente no nos puso ninguna oferta, lástima che) y Editores del Puerto, porque hay muy buenos libros -sobre todo de esta última editorial- a muy buen precio. Por ejemplo, la clásica revista Contextos se destaca, entre otros libros destacados. Por último, vale pasar por el stand de Katz, donde los textos de Cass Sunstein (Riesgo y razón) y Jon Elster (Rendición de cuentas) están rebajados, entre varios títulos más con sus lindas ediciones.
4. Presentaciones: Hoy a la noche, según la guía de la feria, está nuestro invitado al seminario M. Böhmer en un panel de presentación del libro de PNUD. 21:00 hs en la Sala Leopoldo Lugones.
5. Por venir: Encontramos, por supuesto, novedades, traducciones y clásicos reeditados, muchas otras cosas que comentar, todas interesantes aunque a precios menos razonables, por no decir, en varios reprochables casos, totalmente irrazonables. Ya las reseñaremos.
Si encuentran algo recomendable, por favor, nos chiflan. Actualizaremos. Salute!
24 abr 2009
Derecho y Barbarie II: Debate Zaffaroni - Raffin.
El índice de la revista incluye, desde ya, tanto artículos de ERZ y MR como de Rubén Dri y Atilio Borón, entre otr@s autores y temas de interés.
Entonces, Lunes 27 a las 18:30 hs en el Salón Auditorio (que está en el entrepiso o planta principal) de la Facultad de Derecho de la UBA.
23 abr 2009
LLEGANDO VA EL SEMINARIO
22 abr 2009
Populismo penal y democracia
Nota sobre populismo penal, que sacamos en The Clarin (link acá)
(Hoy estamos en San Juan, por el evento que anunciamos un poco más abajo)
Populismo penal y democracia
El populismo penal es un virus especialmente nocivo que recorre la Argentina de un extremo al otro, recurrentemente, cada vez que algún hecho criminal logra capturar la indignación colectiva. El populismo penal tiene una receta y una respuesta habituales frente al crimen –mayor violencia estatal- pero con una novedad llamativa: reclama dicha violencia en nombre de la voluntad mayoritaria. Se trata, por tanto, de un movimiento que promueve un Estado más duro, en nombre de la democracia: “la gente lo pide” –se nos dice-, o también: “hay un clamor popular que exige terminar con esto.” Ocultos detrás de lo que se presenta como el sentir democrático de la sociedad, los defensores del endurecimiento penal consiguen así un doble objetivo. Por un lado, ellos se resguardan frente a las críticas dirigidas contra sus propuestas (como si ellos no fueran quienes exigen mayor violencia estatal, sino sólo los voceros de un reclamo colectivo). Por otro lado, dotan a sus polémicas exigencias de un halo de irreprochabilidad, frente a las voces de sus opositores: nadie se siente cómodo hablando en contra de (lo que se presenta como) las demandas democráticas de la comunidad.
Los argumentos que uno podría dar contra las propuestas del populismo penal son numerosos (su reduccionismo, su simplismo, la probada inutilidad e ineficiencia de sus políticas, su moralidad dudosa, su pobre entendimiento de la naturaleza humana, su falta de humanismo), pero no es necesario, a esta altura, poner el foco sobre el contenido de dicho programa. Interesa por el momento algo previo, como lo es cuestionar las pretensiones democráticas del populismo penal –la idea según la cual existe una conexión íntima entre el populismo penal y el “sentir de la gente.” Para los propósitos señalados conviene hacer referencia al menos a tres cuestiones.
En primer lugar, quienes reivindicamos la idea de un derecho penal más democrático no tenemos que aceptar la idea según la cual quienes están mejor situados para decir qué respuesta corresponde dar, frente a un crimen, son las víctimas o sus allegados. Conviene enfatizar este punto dada la frecuencia con que, después de un crimen, las cámaras de televisión ponen sus impúdicos focos sobre el dolor de quienes han sido agredidos, mostrándolas como las voces más auténticas –y así, más auténticamente representativas- de la comunidad. Para no dar lugar a confusiones: es muy importante cuidar, proteger, amparar a las víctimas, darles contención, trabajar para reparar las (a veces irreparables) pérdidas que han sufrido. Sin embargo, ese máximo respeto no requiere ni implica convertir a aquellas en lo que no son, es decir en autoridades en materia penal. Más bien lo contrario: es difícil que pueda surgir una norma justa desde la (entendible) indignación que genera el crimen sobre quienes lo sufren desde más cerca.
En segundo lugar, a quienes dicen que hay que adoptar penas extremas (como la pena de muerte o la reclusión por tiempo indeterminado) argumentando que eso es lo que reclama –democráticamente- la sociedad, corresponde preguntarles qué es lo que entienden por democracia. Por supuesto, una manifestación en contra (o a favor) de la inseguridad puede ser una legítima expresión popular, pero no es lo mismo conocer las legítimas demandas de un grupo de personas en la calle, que reconocer la voluntad del pueblo o de la mayoría del pueblo. Asimismo, tampoco merece llamarse “voluntad democrática del pueblo” al mero resultado de alguna encuesta (una encuesta puede tener sentido para un empresario interesado en vender más jabones o autos, pero no para definir criterios sobre lo que es justo). La decisión democrática es algo diferente a todo ello –algo que se vincula finalmente con el sufragio, y que exige información plural, discusión e intercambio de ideas entre quienes piensan distinto sobre el tema en disputa.
Finalmente, y lo que es más importante. En países como el nuestro, tan marcados por la pobreza, la desigualdad y la permanente injusticia social, existen millones de voces que se encuentran marginadas de la comunidad y que son, no casualmente, las que más directamente sufren la violencia estatal. Por ello, resulta simplista e irrespetuoso sugerir que el sufriente testimonio de un puñado de personas, en la radio o frente a las cámaras de televisión, sintetiza los reclamos de las millones de voces silenciadas que existen en el país. Uno de los principales dramas de la Argentina contemporánea tiene que ver, justamente, con la negación de la palabra a secciones enteras de la comunidad. Tomar en serio lo que quiere “la gente,” en materia penal por ejemplo, debiera llevarnos a recuperar –con urgencia- las voces no escuchadas y silenciadas, antes que a dar autoridad a los reclamos de sus repentinos voceros o profetas.
21 abr 2009
El equilibrio de La Nación
Desde este blog, sostuvimos posiciones ni ortodoxas ni dogmáticas ni acríticas en la materia, y con esa modesta autoridad decimos que la nota del cronista es un espanto. Desde la primera línea, con aire de objetividad, simplemente afirma que desde el 2003"la justicia argentina se volvió parcial y, por eso, no se hizo justicia." Primer reproche por presentar como un dato objetivo una afirmación híper-polémica que necesita fundar mejor, sobre todo cuando es la persona que, supuestamente, viene a ayudar al lector a pensar sobre un tema difícil.
Luego pone en la misma bolsa a "el Gobierno, los funcionarios, los organismos de derechos humanos y los jueces que vienen enjuiciando a los militares de los 70" que aparecerían ensañados con los militares y no con los guerrilleros. Mal otra vez, porque aquellos a los que cita no están en la misma bolsa, y mal también porque uno de los grandes problemas que hoy confrontamos, en la materia, es la reticencia de la justicia a avanzar con los juzgamientos a los represores -algo demasiado lejos del sesgo anti-militarista de la justicia, que Ventura viene a denunciar.
Luego dice que "el falso progresismo vernáculo" se horroriza con la discriminación, en general, pero le parece "válido discriminar cuando se trata de juzgar a militares y esquivar el juzgamiento de montoneros y erpianos." Mal nuevamente por satanizar a todo el progresismo; mal por asumir que en el caso hay una discriminación; mal por sugerir, otra vez ligeramente, la hipocresía de quienes no piensan como él. Hay muchas razones para distinguir entre las muertes producidas desde el aparato estatal y las que llevara a cabo una organización guerrillera. No para decir que unas están mal y otras bien. No para decir que unas deben ser condenadas y otras no. Sino para pensar en niveles de condena; atribuciones de responsabilidad; plazos de imprescriptibilidad; reprochabilidad a nivel internacional. Se trata de que hay una pequeña porción de las atrocidades que se cometen en el mundo, que la comuidad internacional decide seleccionar entre "lo peor posible," para establecer luego, frente a ellos, medios especiales para evitarlos, y medios especiales de reproche. Pero que juzguemos de modo especial los crímenes que se cometieran, pongamos, en la ex Yugoslavia o en la Alemania nazi, no quiere decir -de absolutamente ningún modo- que los que se cometieron en Guatemala o en Hungría están bien. Lo que está en disputa es si los crímenes en cuestión califican dentro de la "elite del horror" que la comunidad internacional selecciona como crímenes absolutamente imperdonables. De allí que la operación, obvia y burda, de presentar al resto de los crímenes gravísimos como "crímenes buenos" debe ser calificada como...una maniobra muy muy fea, e ideológicamente muy sesgada (justamente en una nota que pretende venir a denunciar los sesgos de quienes no piensan como en la nota se sugiere que debemos pensar).
Agrego parte de la nota (aquella sobre la cual concentré mis comentarios), aquí abajo. El resto, se encuentra en el link que dejamos arriba.
Desde 2003, la justicia argentina se volvió parcial y, por eso, no hizo justicia. Acomodados en un falso discurso único y pseudoprogresista, el Gobierno, los funcionarios, los organismos de derechos humanos y los jueces vienen enjuiciando a los militares de los 70 por imperdonables delitos de lesa humanidad, pero esquivaron juzgar a los guerrilleros.
Ahora, la Cámara Federal de Rosario dio un paso en la otra dirección: si el fiscal requiere la instrucción de una causa penal, se podrá juzgar un gravísimo delito cometido por el Ejército Revolucionario del Pueblo contra el coronel Larrabure. Pero el proceso no será simple.
Los derechos humanos no son de izquierda o de derecha: los derechos humanos son para todos.
¿Cuál es la alquimia que permite que el falso progresismo vernáculo critique correctamente la discriminación en todas las áreas pero, a su vez, le parezca válido discriminar cuando se trata de juzgar a militares y esquivar el juzgamiento de montoneros y erpianos que cometieron delitos?
En los años 70, muchos hombres y mujeres que ideológicamente simpatizaban con las ideas del ERP y de Montoneros fueron injustamente secuestrados y torturados. Son víctimas que tienen derecho a justicia. Pero ¿no hay justicia para las víctimas de guerrilleros que sí cometieron crímenes? Larrabure fue torturado por el ERP durante 372 días y fue asesinado. ¿Acaso las torturas le dolieron menos?
* * *
En 2003, el ex presidente Néstor Kirchner tuvo la oportunidad de impulsar la justicia total de los crímenes de los 70, que sólo había logrado una satisfacción parcial cuando, en los 80, la Cámara Federal y la Corte Suprema condenaron a las juntas militares.
Pero Kirchner torció la historia. Y la Corte, que en el caso Simón (2005) consideró que los delitos de lesa humanidad cometidos por funcionarios del Estado son imprescriptibles, nunca admitió que el Tratado de Roma y las sentencias del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia (caso Martic, 2007) dicen que los delitos de lesa humanidad también pueden ser cometidos por organizaciones no estatales y que dañar a una víctima inocente en un conflicto armado interno es siempre un delito imprescriptible.
Gioja: no me contamines
El jueves estamos en San Juan con otros buenos colegas, en un foro ambientalista. Hablaremos un poco de la explotación minera en la zona, que me parece que no es muy cuidadosa, me parece. Va el detalle
FORO: PROTECCIÓN DE LOS GLACIARES Y DEL ECOSISTEMA ANDINO
Jueves 23 de abril de 2009, de 9 a 20 hs.
Sede: Rectorado, Universidad Nacional de San Juan.
Mitre 396 (e) Capital
Este Foro debate se realizará en el marco del 9no Encuentro de Unión de Asambleas Ciudadanas (UAC), que se desarrollará en la ciudad de San Juan del 24 al 26 de abril.
Programa.
9 Hs - Apertura y presentación del Foro: a cargo de la Asamblea Sanjuanina y de Javier Rodríguez Pardo (UAC). Salutaciones y agradecimiento al rector de la UNSJ
Coordinación General de las mesas: Unión de Asambleas Ciudadanas
9:30 - 11:00 Hs: El agua y la vida: Protección del medio ambiente y
Derechos Humanos
-Adolfo Pérez Esquivel; Premio Nóbel de la Paz , Serpaj Argentina
-Nora Cortiñas, Madres de Plaza de Mayo, Línea Fundadora.
-Lucio Cuenca, Director del Observatorio Latinoamericano de Conflictos Ambientales (OLCA-Chile)
-Cristina Johar (Chile)
11:00 - 11:30 Hs: preguntas y debate
11:30 - 13:00 Hs: La ley de protección de los glaciares
-Marta Maffei, ex diputada nacional, autora de la ley protección de glaciares votada por ambas cámaras y vetada por el Poder Ejecutivo Nacional;
- Miguel Bonasso, presidente de la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados de la Nación ;
-Fernando Pino Solanas, Proyecto Sur, cineasta, ex diputado nacional.
13:00 - 13:30 Hs: preguntas y debate
15:00 - 16:30 Hs: La ley de protección de los glaciares desde la perspectiva de los glaciólogos
-Alfredo Ricardo Villalba, director del IANIGLA (Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales).CONICET
-Hugo González, ingeniero en Minas-Ecologista miembro de la UAC
-Pablo Milana, geólogo, docente y glaciólogo cuyano,
-Carlos A. Seara, doctor en geología, hidrogeólogo ex consultor de la ONU.
16:30- 17:00 Hs: preguntas y debate
17:00 - 18:30: Derecho y defensa de los recursos naturales
-Antonio Gustavo Gómez, fiscal federal de Tucumán;
- Luís Zamora, Autodeterminación y Libertad, ex diputado nacional
-Enrique Matías Viale, presidente de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas (AA de AA).
- Dr. Jorge Daneri, abogado ambientalista, Paraná, Entre Rios.
-Roberto Gargallella, contitucionalista de la UBA.
18:30 - 19:00 Hs: preguntas y debate
19:00 - 20:00 Hs: Presentación del libro colectivo: Minería Transnacional, Narrativas del desarrollo y Resistencias Sociales.
-Maristella Svampa (Conicet, Universidad Nacional de General Sarmiento).
-Mirta Antonelli (Universidad Nacional de Córdoba).
-Norma Giarracca (Universidad de Buenos Aires).
-Horacio Machado Araoz (Universidad Nacional de Catamarca).
20:00 - 20:30 Hs: preguntas y debate
20:30 Hs: Cierre
Exposición del historiador y escritor Osvaldo Bayer, inaugurando oficialmente el 9º Encuentro nacional de la UAC
20 abr 2009
GK
GB sobre el debate Malamud/Maier.
El amigo GB nos pasó un resumen de un texto más extenso donde repasa una de las polémicas más interesantes del derecho penal pero seguramente con fuerza expansiva a otras esferas del derecho, su enseñanza, sus operadores y su prácticas. Lo editamos un poco nomás. Gracias GB! y -acompañando foto nuestra /stencil callejero/montaje nuestro, reflejo de los tiempos que corren- ahí va :
Hace algunos años un amigo me paso un texto de Jaime Malamud Goti que me pareció iluminador en muchos aspectos. Hace unos meses releí algunas cosas de esos textos que me siguen gustando como la primera vez. Se trata de la editorial que Malamud Goti escribió para la revista Nueva Doctrina Penal 2002/A que se llamó “¿Por qué resulta tan difícil tolerar a un penalista?” Allí Malamud Goti destaca cuestiones que son propias de nuestra academia penalística. Es un texto que obviamente está destinado a la polémica. Por suerte la polémica “se trabó” con nada más y nada menos que Julio Maier. No quiere entrar al centro de la polémica sino marcar algunos puntos sobre lo que empecé a pensar al leer el texto y que todavía me siguen interesando.
Malamud señala entre muchas otras cuestiones la falta de discusiones en el ámbito académico que generan graves consecuencias en las facultades de Derecho, creo que en particular su crítica se dirige a la UBA. Describe muy bien la situación que ocurre cuando los profesores que tienen cátedras a su cargo, generan una especie de división a partir de sustentos teóricos que, en muchos casos, se transforman en enfrentamientos personales, o viceversa. Las cátedras se transforman en equipos de fútbol, los libros y las teorías en banderas de enfrentamiento sin posibilidades de diálogo. Los profesores se rodean de estudiantes y seguidores varios a quienes denominan “discípulos” y con quienes se reúnen asiduamente para algún que otro trabajo que no tiene como fin la confrontación de ideas con otras cátedras o docentes.
La descripción de Malamud no puede ser más acertada. Grafica la cuestión de la irrealidad que a veces se vive dentro del ámbito académico cuando relata un hecho que ocurrió durante los años ’70 que causó gran conmoción entre los penalistas locales. Se trata de la reunión que mantuvieron en Río de Janeiro, Hans Welzel y Claus Roxin, dos grandes penalistas alemanes, uno ya mayor y el otro joven y crítico del primero. Esta situación fue observada con gran esperanza por esta comunidad penalística local dado que, se decía por aquél entonces, que Roxin quería destruir el tipo penal. La pregunta de Malamud es si es posible, y en su caso qué problema podría haber en que Roxin quisiera “destruir” una teoría, algo inocuo, que no existe, y que sólo tiene razón de ser en una facultad o en un aula de enseñanza.
Otra cuestión que advierte acertadamente Malamud, se vincula con que muchos penalistas sostienen el descubrimiento de ciertos aspectos de su teoría. Así por ejemplo, Welzel confunde con frecuencia planos del conocimiento, dado que en su manual de derecho penal alude a las consecuencias del “descubrimiento” de ciertos elementos del delito: los elementos subjetivos. En realidad, Welzel se refiere a cierta subjetividad que él mismo ha incorporado en su sistema conceptual a otra categoría de su sistema que es el tipo penal. La consecuencia de esta manera de razonar es la inevitable extrapolación de dos planos de la realidad, lo que conduce invariablemente a dos tipos de distorsiones. La primera es el esencialismo, la noción de que categorías ideales como delito (en el sentido conceptual) e historia “tienen” una determinada sustancia, que la intención criminal (el dolo) posee un contenido prefigurado que el teórico se limita a “descubrir.” No es entonces el autor quien establece el contenido de su “delito” o de su “historia”, sino que este contenido viene prefigurado por cierta naturaleza intrínseca de un Delito y una Historia.
Esto también les lleva a creer a los penalistas que una distinción teórica como la teoría del dolo y la teoría de la culpabilidad tiene un trasfondo de filosofía política evidente, cuando claramente si los argumentos que sustentan esta afirmación, no se exponen claramente, esto no puede ser correcto. Señala Malamud que una afirmación semejante es incorrecta en principio, por considerar que, en el contexto de una teoría de la intención criminal, ciertas nociones teóricas razonables sobre el error pueden afectar el estado de derecho. Algunas sociedades gozan del estado de derecho a pesar de contar con malos penalistas teóricos. Y el ejemplo inverso también es aplicable al caso: los malos juristas no son un rasgo distintivo de la sociedad argentina. Lo que resulta particularmente inusual es pretender probar empíricamente una concepción filosófico-política. Si este procedimiento fuese posible, habrían desaparecido del mapa la mayoría de los filósofos.
Esta crítica, fue contestada por Julio B. J. Maier, en el número siguiente de la misma revista “¿Penalistas intolerables o intolerantes?” en Nueva Doctrina Penal 2002/B. Maier defiende brevemente algunos de los puntos criticados por Malamud. Curiosamente Maier ve en la crítica de Malamud un ataque al derecho continental europeo en su totalidad, un ataque a una forma de concebir el derecho. Maier replica que aquélla academia anglosajona, que estaría defendiendo Malamud es la academia de países en donde se establecen criterios como la defensa preventiva y la violación masiva a los derechos humanos. Maier se refiere claramente a los Estados Unidos y al Reino Unido. Pienso que esta afirmación sólo reafirma lo que señala Malamud acerca de que la calidad de los académicos y sus comunidades no siempre van de la mano.
En definitiva el punto señalado por Malamud Goti es importante a tener en cuenta. Marca claramente las limitaciones que ofrece la dogmática y las consecuencias que se generan a partir de adoptar una posición semejante en la vida académica. Puedo resumir estos problemas en algunos conceptos breves y quizá erróneos: aislamiento de la realidad, discusión sectaria/elusión de la discusión pública y enjuiciamiento erróneo de su propia actividad. Vale la pena (re)leer este debate y ver claramente las tensiones que se generan en Argentina a partir de esta mezcla tan particular entre el Common Law y el Civil Law que rige en la academia local. GB.
19 abr 2009
Leyendo los diarios
17 abr 2009
De los poemas favoritos de mi amigo Félix O.
(escrito por el poeta cubano JOSÉ PÉREZ OLIVARES)
UN PEZ EN LAS AGUAS DEL MUNDO
Dicen que La Habana no está en las Antillas.
Que tampoco la baña, como de costumbre,
la dura espuma del Caribe.
Dicen que salió, con rumbo norte, hacia el Atlántico,
y una parte de ella
se fue al África,
la otra, en pos de Europa.
De ahora en adelante
no será necesario buscarla en los mapas,
bastará con cerrar los ojos
y señalar hacia cualquiera de los puntos cardinales.
La Habana estará aleteando, como un pez
en las aguas del mundo.
Hablaremos de Londres o París,
soñaremos con Ámsterdam o Bruselas
y nuestros pasos
tendrán el reflejo de otras calles,
aquellas que mueren al contacto con la brisa.
No tendremos que recordar a Lezama
para que el viento nos traiga la noche.
Ni habrá que vociferar frente a la bahía
para que irrumpa sediento
el fantasma de Casal.
Dicen que los cadáveres de mi ciudad
andan revueltos,
que es imposible encontrarlos
entre piedras invisibles.
Pero dígase La Habana
y un relámpago iluminará el perfil de una diosa.
Háblese de ella con un venablo en la mano.
¿Es que La Habana no es La Habana?
¿Será que sólo existe una ciudad
codiciada por todos los ejércitos?
Si preguntan por ella, responde: “no sé,
creo que anda de viaje”.
Y deja que se devanen los sesos
tratando de imaginar ese aire
entre bárbaro y gentil,
esa melodía ciega, ese gesto
como de paso de liebre
que salta en la sonrisa de todos los habaneros.
16 abr 2009
Dijo Dworkin
En el último número de The New York Review of Books, Ronaldo Dworkin critica, un poco, el (lamentable) último libro de Cass Sunstein que mencionamos (defenestramos?) por acá hace un tiempo. El texto de Dworkin es interesante porque reinstala la disputa entre "minimalistas" a la Sunstein (Cortes decidiendo de modo "superficial" y "estrecho") y "maximalistas" a la Dworkin (Cortes decidiendo a través de principios de profundo alcance y largo aliento, más allá del caso en cuestión). Además, Dworkin escribe el texto (y lo deja en claro desde el principio) consciente de que Cass es uno de los principales candidatos obamianos para llegar a la Corte.
Ronaldo termina su texto afirmando que:
"Se dice, de modo habitual, que las decisiones judiciales ambiciosas son arrongantes. Pero creo que la idea opuesta es la que tiende a ser verdadera. Lo que resulta arrogante es que oficiales públicos no electos declaren o denieguen ciertos derechos fundamentales, sin hacer ningún (o casi ningún) esfuerzo por apoyar su decisión en principios constitucionales amplios. El minimalismo resultaría una estrategia especialmente peligrosa para los jueces liberales que se propongan, en el futuro, corregir la radical restricción de derechos constitucionales que han fijado jueces conservadores, a través de una cobertura minimalista. Lo que necesitamos es el renacimiento de principios liberales dentro del derecho constitucional. Necesitamos opiniones fuertes y elocuentes, tal como eran propias de los grandes jueces del pasado -opiniones que puedan volver a poner en su sitio los fundamentos de una jurisprudencia constitucional liberal."
Dijo Cantet (con addenda)
El gran Laurent Cantet, director de la muy buena peli "Recursos Humanos," y de la recientemente ganadora en Cannes "Entre Muros" (recientemente perdedora en los Oscar), opinó sobre la peli que (le) ganó en los Oscar, "Slumdog Millonaire":
"La vi y la detesto. Me impactó mucho esa estética de la miseria y ese final donde los pobres del paíse se alegran porque uno de ellos logró salir de la pobreza. Creo que es muy chocante. Tengo mucha dificultad para comprender el porqué de su éxito"
Bien, por fin una verdad. Y que se haga justicia!
(muy lindo comentario sobre la peli de Cantet, en el anteúltimo n. de El Amante, firmado por el gomía G. Noriega)
Addenda: Y agregó sobre su propia peli: "Después de obtener la Palma de Oro en Cannes, empezaron a hacer declaraciones los ministros diciendo que la película representaba magníficamente la diversidad de la sociedad francesa. Pero (son) los mismos ministros que echan a los extranjeros y que les hacen la vida imposible a los que se quedan" Idolo!!!
14 abr 2009
Debate con Víctor: igualdad, derechos humanos, justicia internacional
Ayer tuvimos un debate sobre la reapertura de los juicios en materia de crímenes de lesa humanidad, organizado por el amigo Claudio Martyniuk. En el debate participaron Gastón Chillier, Eduardo Barcesat, Víctor Abramovich y yo. Y aunque todo tuvo interés, y me gustaría decir mucho sobre todos, me centro sólo en una parte del intercambio que tuvimos con Víctor, que es la que resultó más extensa y pólemica, en mi opinión.
En general, teníamos un acuerdo extendido en relación con el valor de la reapertura de los juicios; la importancia de la búsqueda de la verdad; la necesidad de reparación y atención especial hacia las víctimas; o lo necesario de un repudio y reproche severo sobre lo ocurrido, pronunciado claramente desde el Estado.
De todos modos, disentíamos al menos en dos puntos importantes, sobre los que tuvimos un largo y –creo que- fructífero debate, desde la mesa de debate, y que acá me costará reproducir, así que brevemente resumo.
1) El uso de los tribunales internacionales, y el valor de sus decisiones. Anticipando, tal vez, mis comentarios, y/u otras críticas que van por allí, Víctor salió al cruce de las acusaciones contra el déficit de legitimidad que afecta las decisiones de los tribunales internacionales, mostrando de qué modo, desde la recuperación de la democracia al menos, había habido decisiones de los órganos democráticos abriendo espacio al reconocimiento de la autoridad de los tribunales internacionales. Víctor insistió también en que no se podía derivar de un cuestionamiento a la legitimidad-transparencia de los tribunales internacionales, un cuestionamiento al valor de sus decisiones (no se podía, dijo "relativizar el carácter obligatorio de sus decisiones"), y dijo que si atacábamos la legitimidad de los tribunales internacionales, debíamos atacar la legitimidad de los tribunales locales (del mismo modo, si relaivizamos el carácter obligatorio de las decisiones de unos, deberíamos hacer lo mismo con las de de los otros).
Yo le dije que por supuesto que debíamos cuestionar el valor de las decisiones de ambos tribunales -locales e internacionales-, que no había ningún problema con eso. Y también repliqué que lo que estaba en juego no era la autoridad de los tribunales internacionales, sino el alcance de su autoridad. Por caso, reconocemos la autoridad de un comisario de la federal, pero dada la débil legitimidad democrática de su autoridad, el origen de la misma, etc., ponemos severos límites sobre el valor de sus decisiones, sobre lo que puede hacer legítimamente y lo que no. Para mí ocurre algo similar con los tribunales internacionales (o cualquier otra autoridad pública): teniendo en cuenta los límites y alcances de su legitimidad, etc. (me centro otra vez en los tribunales internacionales), marcamos reservas/límites en cuanto al peso que le damos a sus decisiones, a la vez que -por ello mismo- necesitamos abrir una discusión más amplia sobre cómo recuperar localmente –cómo descifrar, desentrañar localmente- el significado de sus decisiones. Dije que, en tal sentido, el ejercicio hecho por nuestra Corte en “Simón” era muy malo: mala argumentación, y –en el caso de Petracchi- recuperación del peor modo de lo decidido por la Corte Interamericana (“obediencia ciega” a una reconstrucción dudosa del caso “Barrios Altos” –aunque coincido con Víctor en que el voto de Petracchi, por sus peculiaridades, no debe tomarse como decisivo para entender la posición de la Corte al respecto. Víctor daba como buen ejemplo positivo el voto de Zaffaroni en “Bulacio”).
2) Igualdad y neopunitivismo. La otra diferencia, tal vez más importante, tenía que ver con este punto. Otra vez, lúcidamente, Víctor salió al anticipo de críticas como las que me interesaba hacer, diciendo que no se podía imputar a los organismos de derechos humanos, y especialmente a los tribunales internacionales, una presión punitivista en el área del juzgamiento por crímenes masivos. Mostró la cantidad de decisiones e iniciativas que se habían tomado a instancias de aquellos, justamente orientadas a reducir o poner límites al poder punitivo estatal. Y levantó el mismo argumento que me interesaba levantar a mí, el argumento de la igualdad: sostuvo que no se podía acusar a organismos y tribunales por su insistencia en el castigo, porque lo que pedían era igualdad de trato, ya que en el área de los crímenes masivos lo que había reinado era la impunidad, que creaba una situación social de aberrante trato desigual. De este modo, salía al cruce de una objeción muy importante: la que cuestiona el hecho de que organismos como el CELS pidan sistemáticamente por la reducción del poder punitivo estatal, pero que, en lo relativo a los juicios por violaciones masivas pidan más castigo y penas más severas (Barcesat, justamente, apareció defendiendo una postura fuerte al respecto: pedía prisión perpetua para todos los imputados, y limitación de garantías y beneficios, como el de la prisión domicilaria).
Mi argumento, como anticipaba, iba justamente por ahí, pero en el sentido contrario al defendido por Víctor. Ante todo, dije que el principio de igualdad debía regular en general la organización de nuestro derecho, y que debía estar muy particularmente presente en todo lo relacionado con la justificación de la coerción estatal. En la actualidad, se notaba -como señalaba Víctor- una enorme desigualdad, porque se utiliza el aparato coercitivo estatal para perseguir y castigar, fundamentalmente, a los más pobres, y no a los más poderosos, con lo cual el sistema penal aparece al servicio del mantenimiento de un orden político-social y económico fundamentalmente injusto. Sin embargo, y en lo central para el debate, sostuve era que el compromiso con la igualdad era -entonces- el mismo que Víctor él defendía, pero que corría en relación inversa a la que él sugería: ese compromiso no exigía un punitivismo extendido a todos los casos, sino en todos los casos anti-punitivismo (aquí aludí al viejo y buen debate Nino-Zaffaroni). En este sentido, critiqué lo que llamaba un “principio de discontinuidad” entre lo que pedimos para unos casos y para otros, y sostuve que debíamos ser consistentes con nuestra crítica radical al derecho penal: si pensamos –como pienso- que la respuesta penal habitual es irracional, ineficiente, brutal e inútil, no tenemos que dejar de sostener ello cuando los acusados son nuestros enemigos.
Lo dicho, de todos modos, exige al menos dos salvedades, a las que hice referencia. Primero, lo que sostengo requeriría un volver a pensar al derecho penal, y en esa transición, y por razones de igualdad, obviamente requeriría que los últimos “beneficiados” por este replanteo del derecho penal sean quienes han cometido los peores crímenes. Resulta urgente y prioritario terminar con las injusticias que afectan hoy, masivamente, a los sectores más vulnerables de la sociedad, foco casi exclusivo de la atención y hostilidad del aparato coercitivo estatal. Segundo, lo dicho (que encaja con una cierta visión de filosofía penal) es compatible con el repudio de lo actuado por la dictadura; la búsqueda de la verdad; la reparación y reivindicación del papel y dignidad de las víctimas; la condena y reproche absolutos a los represores. El punto es que reprochar, debemos recordar, no es igual a castigar de los modos en que solemos hacerlo. El punto es que no debemos claudicar en la defensa de principios anti-punitivistas. La izquierda penal –decía en la charla- no debe abrazar nunca el discurso del neopunitivismo; no debe suscribir ninguna forma del populismo penal; no debe acostarse nunca en la misma cama con los defensores de la “ley y el orden.”
p.d.: Esta es mi reconstrucción de la parte central del debate. Entiendo que Víctor podría querer reconstruir el mismo de otro modo. Reitero, en todo caso, que éstos son los puntos que más me interesaron, y no un reflejo de todo el debate.
p.d.2: Tengo una lista de objeciones a lo presentado por Gastón, en defensa de la postura del CELS, pero con él tuvimos poca oportunidad de extender y desarrollar nuestro debate, por lo cual dejo esos comentarios anotados para otra oportunidad.
Alfonsín y el mundo de las ideas
Reproduzco un texto escrito hace unos días por Juan Carlos Torre, autor de importantes trabajos sobre peronismo y sindicalismo, y -permítaseme- una de las voces más lúcidas y autorizadas en la historia de la sociología argentina . El texto, reflejo de su propia experiencia, refiere a la relación que supiera tejer Alfonsín con parte de la intelectualidad local. Ahí va
Formo parte de un sector de intelectuales que, a fines de los años setenta, inició un re-examen de sus creencias políticas, teniendo como telón de fondo el final trágico y devastador de la utopía revolucionaria. A través de ese re-examen comenzamos a valorizar la idea de la democracia, hasta entonces ausente de nuestro horizonte ideal. Considerada a la distancia, la reconversión de nuestras creencias políticas fue sin duda acelerada por el mensaje con que Alfonsín libró la contienda electoral de 1983: la defensa del Estado de Derecho y el respecto de los derechos humanos como los pilares de un patrimonio común a partir del cual cada uno de los argentinos podía perseguir sus intereses y realizar sus planes de vida. El mensaje no era novedoso desde un punto de vista conceptual ya que se nutría de los principios de la tradición liberal-democrática del mundo; sí, en cambio, era novedoso en términos políticos porque venía a proponer una ruptura con los usos y costumbres de la política argentina, durante largo tiempo dominada por el espíritu faccioso, el imperio de la fuerza, y en el límite, por el desprecio de la vida misma. Muchos fuimos los que, en pleno proceso autocrítico, vibramos al escuchar ese mensaje con un fervor cívico que no conocíamos, habiendo pasado nuestra experiencia pública en la periferia del sistema político, en pequeñas agrupaciones de la izquierda, y votamos por Alfonsín. Algunos dimos un paso más y nos incorporamos a su gobierno, respondiendo a su generosa convocatoria. Porque el político que llamaba a la construcción de una convivencia democrática era también un político que tenía una profunda simpatía con el mundo de las ideas. Este es el aspecto que me interesa subrayar en homenaje a su memoria. Los políticos profesionales de Argentina son, por regla general, escasamente inclinados al intercambio intelectual. Formados en la dura disciplina de la competencia política, su tiempo vital está monopolizado por el objetivo de ganar votos y conquistar posiciones, una ciencia que confían conocer y que se aprende en el contacto cara a cara o en los salones donde tejen sus acuerdos. Ciertamente, llegado el momento, suelen abrir las puertas del saber político también a la opinión de los encuestadores, y si alcanzan responsabilidades de gestión se rodean de expertos sobre los que descargan las tareas instrumentales. Visto desde este perfil de los hombres de partido, Alfonsín era un caso aparte porque estaba animado por una genuina curiosidad intelectual. Para quienes veníamos del mundo de las ideas encontrarnos con un político predispuesto a discurrir sobre las razones de la decisión política y a buscar su justificación en un proyecto ideal fue una experiencia excepcional y a la vez enriquecedora. En primer lugar, porque descansó sobre un respeto mutuo que no siempre nos deparaba el contacto con los hombres de partido. En segundo lugar, porque la franqueza con que encaraba el diálogo contribuyó a que comprendiéramos mejor los dilemas de gobierno en las difíciles circunstancias de la transición democrática. Al cabo de esa experiencia, tanto nosotros como Alfonsín salimos renovados. Nosotros, porque de allí en más a la hora de hacer un juicio político ya no lo hicimos desde las seguridades de la torre de marfil intelectual. Alfonsín porque, de vuelta al llano, y en paralelo a su pasión por la acción política se embarcó con entusiasmo en la lectura de la teoría política, tomó apuntes, escribió libros en los que volcó, ahora sobre papel, su compromiso de siempre con una mejor y más justa democracia.
13 abr 2009
Monos con navaja (lo sé, pobres monos)
¿En serio les pagan a los publicitarios por estas "ideas" para las campañas? Todo maaaaal!!!