16 sept 2010

La Corte, derechos y política. El caso Santa Cruz



Un breve comentario sobre el caso del ex-procurador de Sta. Cruz, que me invitaron a hacer en el diario LN (acá), y en donde retomo cuestiones que discutimos en el blog, hace unos días. Lo reproduzco a continuación.

La relación entre la Corte Suprema y el poder político es, desde hace tiempo, conflictiva, y el reciente fallo condenando las inaceptables omisiones del gobierno de Santa Cruz, aumentan esa conflictividad. La situación resultante es, en todo caso, paradójica. Pocas cosas parecen tan importantes, para el máximo tribunal argentino, como la reconstrucción de su legitimidad, sobre todo luego de la catástrofe que siguiera a la crisis del 2001, con cientos de personas protestando indignadamente frente a su sede (cuando no, peor aún, frente a los domicilios particulares de los magistrados del tribunal principal). Lo ocurrido después del 2001 es su peor pesadilla –la pesadilla contra la cual, razonablemente, la Corte, y en particular, su presidente, aparecen trabajando todos los días. Con dicha motivación en mente, el tribunal principal cuida uno a uno sus pasos, e intenta dejarle en claro al poder político que su lucha no es contra persona ni gobierno alguno, sino otra destinada a afirmar su autoridad, su independencia, y su legitimidad popular (objetivos éstos, por cierto, no plenamente compatibles).

Sin embargo, a pesar de lo dicho, o por ello mismo, el poder político insiste, cotidianamente, en apuntar su dedo acusatorio contra el máximo tribunal, por actos en los que cree percibir actitudes conspirativas motorizadas por la justicia. Dicha agresiva actitud (proveniente, sobre todo, del Poder Ejecutivo nacional), ha probado ser relativamente exitosa. La Corte se muestra sensible frente a los gritos y señalamientos del poder político, entendiendo, seguramente de modo equivocado, que la hostilidad que ocasionalmente recibe desde la política socava su legitimidad, y así también, su autoridad. Por ello, frente a cada fallo que percibe crítico frente a lo que pretende el gobierno, se empeña en dejar en claro que ella es plenamente capaz de tomar decisiones de otro sesgo, favorables a los intereses de las autoridades políticas del momento. Éste resultado es, sin dudas, un triunfo del gobierno, que parece de este modo capaz de marcarle los ritmos, el énfasis, y en parte la agenda, al máximo tribunal.

A la Corte cabría decirle, entonces, que su autoridad no se resiente sino que se fortalece cuando mantiene su conducta vinculada estrictamente a principios, y fallando conforme a derecho, en los tiempos y con el rigor propio requeridos por la defensa de los derechos en juego. No se trata de que la Corte sea favorable o crítica frente al gobierno de turno, sino justamente que deje de lado esos cálculos de oportunidad, para mantenerse estrictamente apegada al derecho, pensando menos en los costos políticos propios de cada decisión que toma. Se trata, en definitiva, de inclinarse indefectiblemente por los principios, antes que por la política, como diría el notable jurista Ronald Dworkin.

En este contexto, el duro fallo emitido por la Corte Suprema contra la gobernación de Santa Cruz es un paso en la buena dirección. Pero otra vez: la decisión del caso es buena no porque de este modo la Corte ayude o perjudique, mucho o poco, a un cierto gobierno, sino justamente porque demuestra que puede tomar decisiones sin pensar tanto en ello.

5 comentarios:

gA dijo...

Roberto, de acuerdo con que algo había que hacer, tengo reservas con este fallo, algo escribí sobre eso.

1. La Corte tenía medios menos traumáticos y más efectivos para avanzar que la denuncia penal y el pedido de intervención. Citar a audiencias personales al gobernador, no tirarle una cédula desde la CABA como si fuera un título ejecutivo, nunca lo hizo. Al hacer lo que hizo ahora paradójicamente se desliga del caso, debía mantenerlo en su jurisdicción.

2. Fomenta algo horrible con lo que se tientan todos en oficialismo y oposición, penalizar cuestiones políticas.

3. Esto es incomprobable, pero: sospechamos que la Corte lo hace con Santa Cruz porque es una provincia chica. ¿Pediría la intervención de Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe? ¿En serio pensamos que lo haría?. Mirá, Mendoza no cumple con un fallo de la Corte desde 1987 (cuando se resolvió que el Río Atuel era interprovincial con La Pampa y no "propio", como alegaban ellos --el asunto fue este: pusieron represas, derivaron el río, y alegaron luego que "dejó de fluir por causas naturales"). ¿La Corte pediría la intervención de Mendoza? Si así lo hiciera, como damnificado del caso (un caso con un impacto ambiental que se mide en generaciones y miles de km2, muchísimo más grande que Osvaldo Sosa) a mí me parecería mal.

rg dijo...

es el caso y su historia gustavo. el caso se convirtio en simbolo de la desobediencia del poder politico y si, aunque sea inutil hacer el ejercicio, creo que haria lo mismo si un gobernador desobedece sistematicamente un fallo tras otro. la corte paso a tomar este caso (como tomo el del riachuelo, por otras razones) como caso test, en donde se juega algo importante. en ese sentido, coincidimos en el fondo (que es la forma): algo habia que hacer, habia alternativas, no queremos la alternativa penal. pero tenes que leer el caso a la luz de la historia y de lo que se aprende (lo que la corte aprende) con ello. mas alla de que, como hablamos alguna vez, hay un ejercicio de aprendizaje en tinieblas, sobre que hacer en estas situaciones limite

Anónimo dijo...

I. Los q se quejan de la minería no se escandalizaron con "Cerro vanguardia" (CS, 30/6/09) ni con las prórrogas de las concesiones a Britsh, Oxi, etc. Pero si se trata del ombligo de la Corte se desquicia el equilibrio de poderes, etc. etc. etc. ¿Q es lo relevante para un país?

II. Tiene razón RG en que la CS es tribunera y defiende su quintita. Pero ojo, el q presiona no es solo K; Clarín no se privada de nada: que ya están los 6 votos para confirmar la cautelar por la desinversión en la Ley de Medios, etc. etc.

III. Pero a mi juicio no tiene razón RG con "es la historia del caso". "Sosa" es un error de la CS de los '90. Solo Petracchi lo vio claro: NO HAY DERECHO FEDERAL y la sentencia será incumplible.

IV. Como leí hace tiempo...

¿existe derecho subjetivo a permanecer en un cargo que dejó de existir hace 15 años si a ese funcionario lo indemnizan?

¿Cómo oponer una sentencia a Espinosa q no fue parte del juicio?

¿Cómo hace el gob. para nombrar a alguien con acuerdo de la Leg. (previa remoción del que está) sin usar poderes de la legislatura?

¿La CS considera que ser "agente del gob. fed." transforma al gob. en un oficial de justicia para hacer levantar la mano una mayoría de la legislatura?

V. La reforma fue mal hecha, la demanda de Sosa defectuosa, la CS se metió en un callejón en los '90... y sigue sin salir luego de 15 años. Ahora reacciona histéricamente o, como el tero, grita en una lado...

VI. Seguramente habrá sobreseimiento y no intervención (¡intervención! ni Costa que ganó en 2010 la quiere...).

v.s.

A 2 dijo...

VS, está claro que no es derecho federal, que la Corte no debió haber entrado en su momento, pero ya está, hay un fallo válido y hay que cumplirlo. No hay que hacer nada de lo que vos estás diciendo, simplemente hay que poner en el cargo que tenía al tipo que sacaron. Tampoco nos hagamos los giles, lo que hizo el gobernador es dejarle la competencia penal a su procu amigo, para garantizarse impunidad para delinquir, y tirarle la competencia civil al procu díscolo. Eso es una tocada de culo, y está bien que la Corte no se lo banque. GA las soluciones alternativas que propones son geniales pero, en definitiva, la opción de la denuncia y la intervención tienen que estar a disposición. Tal vez RG nos pueda ilustrar al respecto, pero si no recuerdo mal la Corte Warren no hizo cumplir sus fallos en materia de integración racial con la buena voluntad de los gobernadores de los estados del sur, a la larga lo tuvo que hacer por la fuerza.

Anónimo dijo...

A 2.
1. "No hay que hacer nada de lo que vos estás diciendono" ¿q propuse?
2. Si coincidís en q el fallo no debió dictarse, no puede ser su ejecución una intervención federal
3. ¿para el q ocupa el cargo no se aplica la "doctrina Sosa"?
4. Lo de la política: dije q este tema era menor ante casos como el fallo "Cerro vanguardia" o las prórrogas a Oxi, Cerro Dragón a British etc, etc, donde las almas sensibles y escandalizadas de la CS, Grupo A, Clarín, juristas seguidores de noticias, opinadores y demás nada dijeron ni dicen.
v.s.