14 ago 2013

Dos de la Corte

Dura resolución contra Gils Carbó, acá
Muy bien convocando a una audiencia pública en el caso Ley de Medios, acá

7 comentarios:

Anónimo dijo...

Designaciones directas?? No era que Gils Carbó promovía un acceso más igualitario y transparente al ejercicio de los cargos? No confeccionó las listas que ordena la ley de Ministerio Público? La democratización no llegó hasta ahí? O era toda una treta para la gilada?
No me olvidaría de otra resolución de la Corte del día de hoy. Aquella por la cual se arroga la facultad de ser ella quien ponga en marcha e institucionalice las nuevas Cámaras de Casación.
La lucha de poderes recién comenzó. El fracaso electoral del gobierno avivó el fuego. Veremos cómo sigue...Se está poniendo muy divertido esto...

Alejandro Kafka dijo...

Excelente! La Corte entiende que la LSCA es de gran trascendencia para la ciudadanía. Ideal sería que autorizara y hasta alentara que la audiencia pública fuera televisada.

Flowy dijo...

RG una pregunta, (no vi si posteaste) ¿qué catzo significa que lo vuelvan a acusar a Fernando Carrera? ¿no lo habían absuelto, si estaba requete demostrado que todo había sido armado? me gustaría una opinión tuya al respecto, y saber si se puede hacer algo para colaborar en la causa. muchas gracias. Flor Lindenboim

Anónimo dijo...

Las audiencias de la Corte son televisadas en el CIJ.

Anónimo dijo...

No se pueden perder esto!
Página 12 vendiendo la decisión de la corte contra Gils Carbó como una victoria, es descojonante:

"El presidente del alto tribunal, Ricardo Lorenzetti, y los ministros ... declararon la “ilegalidad” de la designación de Cordone Roselló, aunque decidieron “mantener la validez y eficacia” de sus acciones al frente de la Procuración Fiscal ante la Corte hasta la jornada de ayer. En definitiva, rechaza de plano la solicitud del demandante, es decir la “nulidad” pedida."

http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-226810-2013-08-15.html

Anónimo dijo...

La decisión es clara. Declara la ilegalidad de la resolución pero, no obstante y como en "Rosza", le atribuye validez retroactiva a los dictámenes que firmó Cordone. No es una victoria para la PGN ni nada. La Corte lo dijo clarito: esa funcionaria debe ser apartada como así también todos aquellos otros que hayan sido designados subrogantes sin respetar el procedimiento del art. 11 de la ley 24.946. Sólo magistrados y abogados que estén dentro de la lista. No designaciones directas.
Pagina 12 o Abal Medina -el que les escribe el libreto-, fiel al autismo casi psicótico de CFK, ven victorias donde no existen. Very grosso

Anónimo dijo...

Hola RG. ¿Viste la sentencia "Canicoba c/Acevedo"? ¿Qué opinás?
Tito.