Viene una gran sesiòn, que mejor no perderse, sobre, derecho penal y desigualdad, en la que vamos a leer el gran texto de J.Murphy sobre "Marxismo y retributivismo." Comenzaremos recordando al propio Marx (en quien Murphy se basa), y la escuela penal que se abriò con èl, a partir de (y a pesar de) las pocas pàginas que Marx escribiò sobre el tema.
Empezaremos con la crìtica de Marx al consecuencialismo, que él resumió magistralmente en unas pocas lìneas (Marx pensò en cambio que había algo importante en el retributivismo, al que sin embargo también criticó, igual que Murphy). Dijo Marx sobre el consecuencialismo:
"El castigo ha sido defendido, de manera habitual, como un medio de mejoramiento o intimidación. Ahora bien, qué derecho tiene usted para castigarme con el objeto de mejorarme o intimidar a los otros? Más allá de eso, hay una historia –existen lo que llamamos estadísticas- que prueban con la evidencia más absoluta que desde Caín el mundo no ha sido intimidado o mejorado por el castigo. Más bien lo contrario. Desde el punto de vista del derecho abstracto, existe sólo una teoría del castigo que reconoce la dignidad humana en abstracto, y ésa es la teoría de Kant, especialmente en su formulación más rígida dada por Hegel. Según Hegel:
'El castigo es un derecho del criminal. Es un acto de su propia voluntad. La violación de un derecho ha sido proclamada por el criminal como su propio derecho. Su crimen es la negacion del derecho. El castigo es la negación de la negación, y en consecuencia la afirmación de un derecho, solicitada y exigida por el mismo criminal (Hegel, Filosofía del Derecho)'
No hay duda de que hay algo curioso en esta fórmula, ya que Hegel, en lugar de mirar al criminal como un mero objeto, un esclavo de la justicia, lo eleva a la posición de un ser libre y auto-determinado. Mirando más en detalle, sin embargo, descubrimos que aquí, como en otros casos, el idealismo alemán no ha hecho otra cosa que dar una sanción trascendental a las reglas que gobiernan a la sociedad."
Karl Marx, Capital Punishment, New York Tribune, 1853
"El castigo ha sido defendido, de manera habitual, como un medio de mejoramiento o intimidación. Ahora bien, qué derecho tiene usted para castigarme con el objeto de mejorarme o intimidar a los otros? Más allá de eso, hay una historia –existen lo que llamamos estadísticas- que prueban con la evidencia más absoluta que desde Caín el mundo no ha sido intimidado o mejorado por el castigo. Más bien lo contrario. Desde el punto de vista del derecho abstracto, existe sólo una teoría del castigo que reconoce la dignidad humana en abstracto, y ésa es la teoría de Kant, especialmente en su formulación más rígida dada por Hegel. Según Hegel:
'El castigo es un derecho del criminal. Es un acto de su propia voluntad. La violación de un derecho ha sido proclamada por el criminal como su propio derecho. Su crimen es la negacion del derecho. El castigo es la negación de la negación, y en consecuencia la afirmación de un derecho, solicitada y exigida por el mismo criminal (Hegel, Filosofía del Derecho)'
No hay duda de que hay algo curioso en esta fórmula, ya que Hegel, en lugar de mirar al criminal como un mero objeto, un esclavo de la justicia, lo eleva a la posición de un ser libre y auto-determinado. Mirando más en detalle, sin embargo, descubrimos que aquí, como en otros casos, el idealismo alemán no ha hecho otra cosa que dar una sanción trascendental a las reglas que gobiernan a la sociedad."
Karl Marx, Capital Punishment, New York Tribune, 1853
1 comentario:
es insolito que sigas sin decir palabra de las barbaridades que esta haciendo el macrismo con la justicia
un verdadero pecho frio
saludos
Mag
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