29 jul 2014

Plataforma 2012: Pronunciamiento sobre la Ley de (Ir)responsabilidad del Estado


Pronunciamiento de Plataforma 2012 sobre la Ley de Limitación de responsabilidad del Estado

IRRESPONSABLES
Los integrantes del colectivo Plataforma 2012 repudiamos la ley de limitación de la responsabilidad del Estado frente a las demandas que pudieran presentar los particulares, que el oficialismo y sus aliados aprobaran de forma definitiva el pasado 2 de julio en el Senado Nacional.
La inconstitucionalidad de esta ley es manifiesta: se ha establecido una nueva clase con privilegios, violando la igualdad ante la ley al restringir irracionalmente la responsabilidad del Estado y sus funcionarios/as por los daños que sus conductas y omisiones pudieran causar a un particular
La ley transfiere las demandas contra el Estado de la justicia civil al ámbito más amigable de los tribunales administrativos; impide que la justicia establezca multas directas contra los funcionarios/as del Estado que no respondan a las obligaciones que se le impongan (multas como las que la justicia ha establecido en la causa de la contaminación del Riachuelo, frente a los funcionarios que incumplen con sus obligaciones de garantizar el saneamiento de la cuenca); considera que la responsabilidad del Estado por actividades legítimas es “de carácter excepcional”, que “en ningún caso procede la reparación del lucro cesante”, y que “el Estado no debe responder, ni aun en forma subsidiaria, por los perjuicios ocasionados por los concesionarios o contratistas de los servicios públicos”. Esto significa, por ejemplo, que si por insolvencia, la empresa concesionaria no invierte en frenos para el transporte público, y por dicha razón se produce un accidente, el Estado –frente a un concesionario que no cuenta con recursos para pagar por los daños causados por su culpa- no asumirá ninguna responsabilidad por lo ocurrido.
Repudiamos el dictado de una ley que va en dirección contraria a la exigida por la responsabilidad histórica del Estado; que viene a garantizar impunidad cuando lo que se requiere es asumir mayor compromiso estatal; que fue sancionada sin discusión técnica a pesar de la complejidad del tema, y de los reclamos recibidos al respecto, aún de parte de los legisladores; y que fue sustraída del debate y la atención pública, por las condiciones en las que se la aprobó. 
Para medir la dignidad o estatura moral de un gobierno, es esencial prestar atención al modo en que el mismo responde a los mayores dramas que enfrenta, ya sea un atentado, una catástrofe natural, un intento de ruptura democrática, o una tragedia como la que ocurriera en Once. Ésta es, finalmente, la respuesta más importante que ha dado el gobierno frente a lo ocurrido: limitar aún más su propia responsabilidad y la de los funcionarios oficiales, haciendo más difícil para la ciudadanía reclamar y obtener justicia frente a hechos respecto de los cuales el Estado es principal responsable.

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Repudiamos la ley de limitación de la responsabilidad del Estado frente a las demandas que pudieran presentar los particulares: Se ha establecido una nueva clase con privilegios, violando la igualdad ante la ley al restringir irracionalmente la responsabilidad del Estado y sus funcionarios/as por los daños que sus conductas y omisiones pudieran causar a un particular
• La ley transfiere las demandas contra el Estado de la justicia civil al ámbito más amigable de los tribunales administrativos;
• Impide que la justicia establezca multas directas contra los funcionarios/as (multas como las de la contaminación del Riachuelo, frente a los funcionarios que incumplen con sus obligaciones de garantizar el saneamiento de la cuenca);
• Considera que la responsabilidad del Estado por actividades ilegítimas es “de carácter excepcional”, que “en ningún caso procede la reparación del lucro cesante”, y que “el Estado no debe responder, ni aun en forma subsidiaria, por los perjuicios ocasionados por los concesionarios o contratistas de los servicios públicos”.
Esto significa, que si por insolvencia, la empresa concesionaria no invierte en frenos, y eso causa un accidente, el Estado –frente a un concesionario que no puede pagar por los daños - no asumirá ninguna responsabilidad.
Repudiamos el dictado de una ley que va en dirección contraria a la exigida por la responsabilidad histórica del Estado; que viene a garantizar impunidad cuando lo que se requiere es asumir mayor compromiso estatal; que fue sancionada sin discusión técnica a pesar de la complejidad del tema, y de los reclamos recibidos, aún de los mismos legisladores; y que fue sustraída del debate y la atención pública.
Es esencial prestar atención al modo en que los gobiernos responden a los mayores dramas que enfrenta, ya sea un atentado, una catástrofe natural, un intento de ruptura democrática, o una tragedia como la que ocurriera en Once.
La respuesta que ha dado el gobierno limitar aún más su propia responsabilidad y la de los funcionarios oficiales, haciendo más difícil para la ciudadanía reclamar y obtener justicia frente a hechos respecto de los cuales el Estado es principal responsable.

PLATAFORMA 2012

Anónimo dijo...

Lo único que podría llegar a controvertirse es el carácter "más amigable" para el poder del fuero contencioso administrativo. No olvidemos que ese fuero fue en los noventa un bastión de resistencia muy fuerte y al día de goy lo sigue siendo.
Lo grave del proyecto es que nos retrotrae un siglo atrás, es decir, a la extendida tesis (y práctica) de la irresponsabilidad del estado por actos ilícitos. Eso es lo grave