1 jul 2010
Ley de glaciares
APOYO A LA LEY DE PROTECCION DE LOS GLACIARES,
PRESENTADA POR M. BONASSO
"Veto Barrick" fue el nombre con el cual se conoció el rechazo de Cristina Kirchner a la ley de Protección de Glaciares 26.418 que el Congreso votó por unanimidad en octubre del 2008. De este modo, la presidenta desconoció la votación del Congreso y en medio del silenciamiento de la discusión, el oficialismo terminó impulsando un proyecto propio, de la mano del senador Daniel Filmus.
Gran parte de la sociedad argentina desconoce los intereses que están en juego con esta ley, que plantea la protección de nuestros recursos hídricos, la defensa del ecosistema de la cordillera de los Andes, en fin, la protección de nuestros bienes comunes, hoy amenazados por la actividad de la megaminería a cielo abierto. De modo más concreto, detrás del veto de esta ley se halla el interés de la compañía Barrick Gold y del gobernador prominero de San Juan, J.L.Gioja, de llevar a cabo el proyecto de Pascua-Lama, emplazado en la cordillera de los Andes, entre Chile y Argentina. Este proyecto es, además, el primero de una serie de megaemprendiemientos similares, situados en la región cordillerana, que dañarían de manera irreversible el ecosistema.
¿Cuáles son los ejes de la discusión? En primer lugar, y principalmente, el artículo 2 de la ley vetada establecía que "se entiende por ambiente periglacial el área de alta montaña con suelos congelados que actúa como regulador del recurso hídrico". En cambio, en el proyecto promovido por Filmus sólo se protege "dentro del ambiente periglacial, a los glaciares de escombros", esto es a los glaciares ocultos por la roca, pero no al ambiente en general como un ecosistema. El segundo elemento en discusión es qué sucede con los emprendimientos mineros y de otro tipo que actualmente están funcionando sobre glaciares y en ambientes periglaciares. En el texto de Maffei establecía 180 días como máximo para hacer las auditorías ambientales y en función del diagnóstico y "en caso de verificarse impacto significativo sobre glaciares o ambiente periglacial se ordenará el cese o traslado de la actividad y las medidas de protección, limpieza y
restauración que correspondan". En cambio, el proyecto Filmus establece en este artículo que la Auditoria Ambiental sobre los emprendimientos actualmente funcionando se realice "en un plazo máximo de 180 días a partir de la culminación del inventario de cada jurisdicción..." De este modo, con la nueva redacción, la Auditoria Ambiental es facultativa de cada provincia, la que realizará el Inventario de Glaciares que la propia norma establece, pero sin plazos determinados para dicha labor. Es decir, que si una jurisdicción omite o retrasa realizar el Inventario de Glaciares tampoco se realizará la Auditoria Ambiental sobre los proyectos actualmente en ejecución. En suma, de convertirse en ley este proyecto terminaría de legitimar a los presentes emprendimientos mineros que afectan a glaciares y a ambientes periglaciares, justo a la medida de Pascua-Lama y otros futuros emprendimientos.
Más aun, la reciente fotografía de la presidenta Cristina F. de Kirchner, en Canadá, junto a los directivos de la Barrick Gold y los gobernadores pro-mineros, deja a las claras que esta política de transnacionalización de la minería, altamente devastadora y contaminante, se ha convertido en una política de Estado, dispuesta a ignorar las voces de las poblaciones de 12 provincias argentinas, representadas por asambleas socio-ambientales, universitarios y diferentes especialistas, que hoy cuestionan abiertamente la megaminería a cielo abierto.
Desde Voces de Alerta, llamamos a intelectuales, científicos y académicos a pronunciarse en favor de la ley de protección de los glaciares, promovida por la exdiputada Marta Maffei, y clonada por Miguel Bonasso, que prontamente será debatida en el Congreso Nacional.
Maristella Svampa, Norma Giarracca, Alcira Argumedo, Mirta Antonelli, Horacio Machado, Andrés Carrasco, Pablo Bergel, Roberto Gargarella, Claudia Korol.
Suscribirse a:
Comentarios de la entrada (Atom)
23 comentarios:
iSeminario recien salido del horno!!!
Es un lector Rss del seminario, adaptado para moviles.
Lo encuentran aca: http://bit.ly/aAjLPj o aca http://mirrorgargarella.herobo.com/
Si quieren instalarlo en el movil solo tienen que pulsar el icono de mas y anadir a pantalla de inicio.
Me parece que con lo de movil fui un poco generoso, creo que solo funciona para iPhone y derivados y moviles que puedan navegar en html.
RG,
Otra cuestión importante es el OBJETO mismo de la ley (art.1°)El actual dictamen de mayoría -que recepta la vetada ley 26.418- dice:
artículo 1°.-“La presente ley establece los presupuestos mínimos para la protección de los glaciares y del
ambiente periglacial con el objeto de preservarlos como reservas estratégicas de recursos hídricos
y proveedores de agua de recarga de cuencas hidrográficas.”
Su carácter amplio no es un accidente. Por el contrario, establece una protección al glaciar como cosa total, en sí, y no por el valor de uso. Por eso se señala su importancia esencial como agua, sin entrar en particulares concepciones sobre su utilidad.
El diputado J.C. Gioja, en su proyecto original, le agregó:
“Como así también preservarlos como fuente generadora de energía y promoción del desarrollo
económico regional.”
No contento con eso, el senador Gioja (es asunto famialiar...) en su iniciativa presentada en julio, propuso:
“La presente ley (...)con el objeto de preservar su estado y conservación en función de los servicios
ambientales que brindan a la sociedad en su conjunto.”
Una vez más, Filmus receptó el interés representado por Gioja-barrick agregando: “La presente ley (...) como reservas estratégicas de recursos hídricos
para el consumo humano, la agricultura y las actividades industriales, como proveedores de
agua para la recarga de cuencas hidrográficas y la generación de energía hidroeléctrica, como
fuente de información científica y como atractivo turístico.”
Esto se presenta socialmente como “más preciso” y se infiere que por ello es más protectivo. Una falacia que va a quedar al descubierto cuando se discuta la semana entrante.
Legisladores del PRO, algunos del peronismo federal, y del MPNeuquino están dando vuelta su voto. Era esperable, hacen su doble negocio: por un lado votan en favor de la ley vetada porque su incentivo es vencer el veto del PEN. Luego, en la discusión en particular de cada uno de los artículos, votan en favor de la megaminería (lo que les da coherencia en función del interés que desde siempre han querido representar). Es una hipótesis.
abrazo
Bécquer
Sabe, si alguna vez tus labios rojos
Sacudimiento extraño
Saeta que voladora
¿Será verdad que, cuando toca el sueño
Si al mecer las azules campanillas
Si de nuestros agravios en un libro
Sobre la falda tenía
Solitario, triste y mudo
Su mano entre mis manos
Te vi un punto y, flotando ante mis ojos
Tú eras el huracán, y yo la alta
Tu pupila es azul y, cuando ríes
Volverán las oscuras golondrinas
Voy contra mi interés al confesarlo
Yo me he asomado a las profundas simas
Yo sé cuál el objeto
Yo sé un himno gigante y extraño
—Yo soy ardiente, yo soy morena
Una mujer me ha envenenado el alma
Afuera hay sol
ahora
Como el viento sin alas encerrado en mis ojos
EL MIEDO
ella se desnuda en el paraíso
Emboscado en mi escritura
En el eco de mis muertes
Este temporal a destiempo
Estos huesos brillando en la noche
FIESTA EN EL VACÍO
Han venido
He dado el salto de mí al alba
HIJAS DEL VIENTO
LA CARENCIA
LA DANZA INMÓVIL
LA JAULA
los náufragos detrás de la sombra
LOS TRABAJOS Y LAS NOCHES
Mensajeros en la noche anunciaron lo que no oímos
NAUFRAGIO INCONCLUSO
para reconocer en la sed mi emblema
POEMA PARA EL PADRE
SOLAMENTE
TU VOZ
Y fue entonces
ya comprendo la verdad
Yo no sé de pájaros
Pizarnik
CAMDEN, 1892
El olor del café y de los periódicos.
El domingo y su tedio. La mañana
y en la entrevista página esa vana
publicación de versos alegóricos
de un colega feliz. El hombre viejo
está postrado y blanco en su decente
habitación de pobre. Ociosamente
mira su cara en el cansado espejo.
Piensa, ya sin asombro, que esa cara
es él. La distraída mano toca
la turbia barba y saqueada boca.
No está lejos el fin. Su voz declara:
Casi no soy, pero mis versos ritman
la vida y su esplendor. Yo fui Walt Whitman.
Daniela te emocionaste con la poesia, pero me parece que le chingaste de blog...
Anda a postear cosas lindas a otro lado.
gracias
bueno y si empezamos por acá,análisis de la sentencia de la CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS. CASO MANUEL CEPEDA VARGAS VS. COLOMBIA. SENTENCIA DE 26 DE MAYO DE 2010(Excepciones Preliminares, Fondo y Reparaciones)
como para ir atando cabos consideremos que:
el art 22 inc 75 incorpora los intrumentos internacionales a la normativa internacional y que el sistema interamericano crea responsabilidad internacional a los Estados según los establece CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS SUSCRITA EN LA CONFERENCIA ESPECIALIZADA INTERAMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS
el Preambulo establece que "Reconociendo que los derechos esenciales del hombre no nacen del hecho de ser nacional de determinado Estado, sino que tienen como fundamento los atributos de la persona humana, razón por la cual justifican una protección internacional, de naturaleza convencional coadyuvante o complementaria de la que ofrece el derecho interno de los Estados americanos"
Artículo 1. Obligación de Respetar los Derechos
1. Los Estados Partes en esta Convención se comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.
perdón en el comentario 2, es adaptación a la normativa nacional
Gente, como en la playa, ponganse a aplaudir que me parece que hay una chica perdida.
Daniela no te preocupes, ya vamos a encontrar tu blog y te vamos a devolver.
rápido, porqué me estoy muriendo de tristeza
analizamos casos de la csjn y con enfásis en los desc ¿si son justiciables o no? y en caso de ser justicable ¿por cuál derecho llevaríamos un caso en desc?
discutir sobre desc implica considerar el contexto socio-político del país, ya que estamos hablando de litigio nacional
no agotados los recursos internos por razones de pobreza (no acceso a la justicia) el caso puede ser llevado a instancia internacional
si el caso no existe construímos un caso hipótetico y lo analizamos, como para empezar a considerar el derecho, ya que el periodismo brilla por su ausencia, por la soberbia del derecho, que a toda costa quiere domesticar el lenguaje
Acceso la vivienda. ¿derechos y deberes? No. Primero los derechos y reestablecer el Estado de bienestar como corresponde. Luego articulados nacionales para peticionar. Y consideración de los instrumentos internacionales que crean responsabilidad a los Estados ante el sistema interamericano. El sistema de NNUU plantea objetivos del milenio, como para empezar a leer y tener argumentos
cualquier consulta pueden consultar a expertos en temás de interés internacional y con mucha suavidad, por las flores pequeñas que se están educando
y mucho cuidado con lo pequeño, y se lo quitan a lo grande, que las flores recién comienzan
Què raro que aparezca esta/e troll Daniela Arripe haciendo cortina de humo a los comentarios.
¿Será que los comentadores K mutaron en Daniela Arripe?
¿Se pondrán nervioshos ahora que "se nos terminó el mundial" y la gente va a "despertar del sueño" y encima van a tener que seguir pagando la cuota del televisor de 5000 pulgadas y todos los aumentos que oculta el indec?
A lo mejor ahora la gente VE la fotito de la Presi con el CEO de la Barrick.
Publicar un comentario