7 abr 2014

Juicios de lesa humanidad

El sábado hubo un encuentro sobre Teoría Crítica en la Argentina en el Birbeck College (el lugar en donde enseñaba Eric Hobsbawm). Participé, sobre todo, de una mesa en torno a los juicios de lesa humanidad en la Argentina. El ponente principal, un investigador argentino que trabaja en el BC (no importa el nombre, porque el punto no es polemizar con él), defendió el carácter "revolucionario" (su término) de los juicios, en una presentación de donde destaco tres puntos, que también fueron enfatizados por él mismo (por supuesto, no fueron los únicos):

1) El carácter de los juicios es "revolucionario" y tal vez "único en el mundo" (su sugerencia), dado el modo en que los mismos se extendieron a personajes hoy situados entre los más poderosos del país (principal ejemplo que dio: el proceso contra Ernestina H. de Noble por un caso de apropiación de menores).

2) Para avanzar en los juicios de lesa humanidad se rebajaron ciertas garantías procesales, por caso en materia de prueba, lo cual generó algunas controversias sobre la indebida politización de la justicia.

3) Para muchos abogados/juristas provenientes de una tradición lindante con el abolicionismo (era su caso, nos dice), los juicios presentaron una dificultad adicional, porque en este momento ellos dan un apoyo férreo a los juicios, asumiendo políticas punitivistas que antes repudiaban, y defendiendo medios (la cárcel, principalmente) frente a los que antes planteaban respuestas penales alternativas. La única justificación que ofreció el ponente, para este cambio de postura, fue que (reproduzco de memoria) "si se defiende un sistema penal punitivista para todos los demás casos, referidos a los pobres que selecciona el sistema, no es posible asumir una posición abolicionista/alternativa justo en relación con los peores criminales".

Dado que se trata de una posición muy común entre colegas cercanos, presento una breve respuesta a tales puntos (algunos los sostuve durante la reunión):

Sobre 2) diría que me parece obviamente preocupante el hecho. Entiendo que para casos especiales debemos estar abiertos a tratamientos especiales (i.e., rebajar los estándares de prueba frente a difícilmente comprobables casos de violencia contra la mujer: ello, porque a través de la experiencia hemos aprendido que las agresiones, sobre todo sicológicas, contra la mujer, son muy difíciles de demostrar en un estrado). Pero, primero, es importante reconocer la gravedad del paso que se asume, haciéndolo explícito; y segundo, es necesario ser, por ello mismo, extra-cuidadoso con el modo en que se procede en tales casos. Mi impresión es que ninguna de las dos cosas ocurre en el caso de los juicios de lesa humanidad.

Sobre 3) me resulta claro que se trata de una contradicción o discontinuidad o inconsistencia injustificable. El debate (que remite al que se diera entre Zaffaroni y Nino, años atrás) es insoslayable, y la manera en que se está tratando de justificar la inconsistencia del caso es inaceptable. Quienes mantenemos una posición filo-abolicionista "todo a lo largo", de modo consistente, nunca defenderíamos (por eso mismo) que se apliquen soluciones alternativas para el caso de los juicios de lesa humanidad, y no para los casos de justicia ordinaria, que afectan siempre a los más pobres. Más aún, diríamos que, a la hora (hoy todavía utópica) de empezar a concretar en la práctica nuestra teoría sobre estos casos (y así, de una vez por todas, terminar con las situaciones de tortura hoy toleradas, léase la cárcel), debería comenzarse por los casos de los "pobres pelagatos," y recién al final, en todo caso, llegar al caso de los juicios de lesa humanidad (si es que hubiese que avanzar en el cambio hacia formas no punitivistas, "lentamente y paso a paso"). Es decir, no justificamos, en ningún caso, la discontinuidad que hoy muchos han empezado a asumir, en su ciega carrera hacia el híper-punitivismo. Jamás pediríamos soluciones alternativas a los casos de lesa humanidad, mientras se mantiene la barbarie para los demás casos.

Sobre 1) creo que el ejemplo que se ofrece, el de EHN, es justamente uno muy problemático, si lo que se quiere es demostrar el carácter "revolucionario" de los juicios contra los "poderosos". En este caso, es imposible no recordar, primero, el pacto entre Néstor K y el grupo Clarín, que duró años, durante los cuales el gobierno no motorizó ninguna persecución penal hacia los dueños del grupo, en razón de  causas de lesa humanidad. Segundo, debe recordarse que la acusación de "crimen de lesa humanidad" avanzó justo (oh casualidad) al calor de la ruptura del pacto entre NK y el grupo. Tercero, debe recordarse que la justicia se expidió al respecto (bajo una situación que incluyó presiones políticas obvias) admitiendo que no había podido probar la apropiación indebida. Decir esto es compatible con sostener que los juicios a los civiles involucrados con la dictadura deben seguir. Sin embargo, lo dicho me permite señalar, al menos, que este particular juicio impulsado por el gobierno (y utilizado en su retórica política cotidianamente, durante años, afectando de modo imperdonable a los inocentes involucrados, de modo dramático) merece muchos calificativos, pero ciertamente no el de "revolucionario." Se trató de un "banal" caso de justicia contra el enemigo, impulsado desde el poder.

Para terminar, llamaría la atención sobre el saludable nivel de crítica y auto-crítica que hubo entre los panelistas y el público, muchos de ellos involucrados, de un modo u otro, en el avance o el estudio de los juicios: interesante ver de qué modo las jóvenes generaciones de investigadores empiezan a tematizar estas terribles cuestiones más libremente, menos prejuiciadamente, más atentos a principios y convicciones.

19 comentarios:

Anónimo dijo...

"Sobre 2) diría que me parece obviamente preocupante el hecho. Entiendo que para casos especiales debemos estar abiertos a tratamientos especiales (i.e., rebajar los estándares de prueba frente a difícilmente comprobables casos de violencia contra la mujer: ello, porque a través de la experiencia hemos aprendido que las agresiones, sobre todo sicológicas, contra la mujer, son muy difíciles de demostrar en un estrado)"

Qué grande! Un profesor de derecho constitucional invirtiendo la carga de la prueba en materia penal! Muy bueno Roberto. Felicitaciones

rg dijo...

de ningun modo invertiria la carga de la prueba. me parece que leiste lo que tenias ganas de encontrar. el punto que hago es el tipico en relacion con los crimenes del nazismo, juzgados anios despues, frente a un poder criminal que se dedico a borrar las pruebas de lo que hacia: es necesario tomar en cuenta ese dato, particularmente cuando hablamos de un aparato estatal en buena medida dedicado a eso. no hacerlo seria el problema, mas que una simple ingenuidad

Anónimo dijo...

Comparar 6 millones de muertos como hecho evidentísimo con la cachetada de un golpeador a su mujer dentro de las 4 paredes de la casa? Ehmmm, en fin, sigamos

rg dijo...

yo puedo seguir sin problemas, pero supongo que tenes dificultades para discutir

rg dijo...

yo puedo seguir sin problemas, pero supongo que tenes dificultades para discutir

anonimous dijo...

anonimo corre por el ring! RG dice que aún tiene piernas. GONG!

Anónimo dijo...

RG: leo tu respuesta al punto 3 y... estás de acuerdo con el ponente argentino del BC. Habría que leer muy mal tu cita de memoria para pensar lo contrario. Cuando el ponente dice "si se defiende un sistema punitivista en el caso de los más pobres" no se refiere a sí mismo, sino al sistema y su defensa: habla en términos deconstructivos. ¿Qué hacer con los genocidas? Responde: "no es posible asumir una posición abolicionista/alternativa justo en relación con los peores criminales".

¿Por qué es tan difícil para los intelectuales partir de acuerdos mínimos (y no establecidos a priori, sino generados desde la reflexión crítica de nuestros dramas)?

Anónimo dijo...

Hola Roberto,

Creo que puedo atribuirme algunos de tus comentarios respecto a lo que sucedió el sábado en Birkbeck College en el workshop en el que me tocó exponer. Me siento un poco en la obligación de contestarte, no con la intención de polemizar (aunque tampoco me parecería tan grave, después de todo, ¿cuál otro podría ser el sentido de todo tu comentario?), sino porque siento que estas distorsionando un poco lo que dije, y estas añadiendo cosas que, por otra parte, nunca dije.

En la medida en que no creo que esto sea de mala fe, puedo atribuirme también el error en la transmisión del mensaje, e intentar aclarar un poco mejor que es lo que sí mencioné el otro día.

-Que el sistema penal, por primera vez en la historia esté persiguiendo en forma generalizada a personas con “poder” actual (no a alguien que en algún momento hubiera estado en dicha posición y ya no lo esté al momento del juicio) me parece algo bastante “revolucionario”. Ahora bien, con este término sólo intento señalar que está sucediendo algo que hasta el momento no sucedía, es decir, un quiebre con lo que por lo general hizo y hace el sistema penal argentino -y no sólo el argentino, también en otra partes del mundo. Es por eso que, desde mi punto de vista, éste es un fenómeno bastante “único”, sin ánimos de exagerar. Con relación a esto, no sólo cité el caso de Ernestina Herrera de Noble, sino también el caso “Ledesma”, y mencioné que periodistas y funcionarios judiciales estaban siendo perseguidos penalmente por casos de complicidad. Además, di algunas cifras cuantitativas acerca de esto. Así y todo, no entiendo cual sería el sentido del “enciclopedismo” en este punto…

-En relación al relajamiento de estándares de prueba, mi comentario era crítico y no apologético. En este sentido, intenté problematizar la cuestión, sugiriendo el peligro que podría implicar intentar trasladar estándares de lesa humanidad a otros casos de la “criminalidad compleja”. Coincido con vos en que debemos estar abiertos a ello, pero mi intención era justamente marcar los peligros de esto. Al margen de ello, no mencioné nada de la “indebida politización de la justicia”. Muy por el contrario, al comentario que hizo alguno de los asistentes (en relación a otro tema, relacionado con el proceso de verdad en Sudáfrica) contesté que me costaba pensar en algún tipo de justicia “a-política”.

-Con respecto a la afirmación de que los abogados progresistas o incluso abolicionistas ahora se encontraban ante la difícil tarea de defender los juicios de lesa humanidad, intentaba describir algo que sucedió y sucede en nuestro ámbito, pero en ningún momento justifiqué esa posición. Al contrario, hablaba de una posible re-legitimación del discurso punitivo a través de los juicios de lesa humanidad, y de que eso era preocupante cuando dicha justificación se podía ver a veces de parte de los sectores más progresistas que antes intentaban deslegitimar tanto a la prisión como al castigo.

Alexis Alvarez Nakagawa dijo...

Ahora bien, y de acá me parece que surge toda la “confusión”, que advierta estos peligros no implica que no crea al mismo tiempo que el fenómeno de los juicios de lesa humanidad haya traído también consecuencias positivas, y que argumente, tal como lo hice, que en muchos aspectos este fenómeno está generando nuevas formas de entender y practicar el derecho que son sumamente defendibles.

Es que, tengo la sensación de que en casos como el que estamos tratando, habría que hacer un intento de despegarnos de cierto “binarismo” o “maniqueísmo” estéril. Es decir, no me parece que en este caso las cosas se puedan definir globalmente como “blancas”/“negras” o “buenas”/“malas”. Estamos ante un fenómeno de cierta complejidad que, justamente, sería interesante problematizar. Por mi parte, solo intentaba sacar a la luz diversos elementos de los juicios de lesa humanidad y ver cómo podían articularse para saber cuáles eran las consecuencias que podían asomar de todo este proceso. Yo creo que vos llamas a esta forma de proceder “incoherencia” o “contradicción” -como me dijiste que te parecía que había en relación a este tema-; yo lo llamaría, al menos en mi caso, intentar no caer en un “binarismo” metodológicamente inútil; o más coloquialmente, un intento de problematizar el fenómeno sin rendirme al chantaje de un tipo de maniqueísmo disfrazado de “coherencia”.

De dicha problematización, el balance que saco de los juicios es positivo, lo que no hace que al mismo tiempo no pueda advertir los “peligros” que ya mencioné. No puedo explayarme aquí acerca de todos los aspectos positivos de los juicios –uno de ellos, justamente como ya mencioné más arriba, es que por primera vez, aquellas personas con “poder” actual están siendo investigadas-, e invito a quien esté interesado en explorar más el tema, a leer la compilación “Enseñanzas de los juicios de lesa humanidad” que próximamente estaremos editando bajo el sello Didot, junto a Iñaki Anitua y Mariano Gaitán.

En el fondo, sin embargo, sí quiero decir (para poner un poco las cartas sobre la mesa) que en todo este asunto hay una cuestión de “Justicia”, a la que alguien tan cercano al “igualitarimo” americano podría ser más sensible. La cuestión es muy simple, y dice como sigue: si estamos dispuestos a aceptar al castigo como herramienta para solucionar nuestros conflictos sociales (y nuestra sociedad parece que así lo hace), deberíamos aplicarlo sin excepciones, y empezar por los casos más graves.

Vos decís que un “filo-abolicionista” (todo a lo largo) empezaría descriminalizando los casos más leves, y a partir de allí, iría a los casos más graves. No tengo nada que argumentar contra eso; sin embargo, paradójicamente (y esto me parece muy sintomático), esta discusión no la estamos teniendo en los casos más leves (de “pobres pelagatos” como decís), sino justamente, en los casos más graves. ¿Por qué?

Alexis Alvarez Nakagawa dijo...

El pretendido “excepcionalismo” del que se indignan quienes argumentan contra el supuesto “revanchismo” al que se somete a los detenidos por delitos de lesa humanidad, no es más que la aplicación generalizada del sistema penal. Es decir, es la aplicación de las reglas usuales del sistema para aquellos que no estaban acostumbrados a ser captados por dicho sistema. Cualquier abogado penalista, es decir, cualquier abogado que haya ejercido el derecho durante algunos años, podría dar fe de que los detenidos por delitos de lesa humanidad no son los primeros en no recibir educación dentro de la cárcel, ni tampoco en no recibir la autorización para un arresto domiciliario, ni los primeros a los que se les deniega una exención de prisión, etc. Esta es la lamentable condición “normal” o “regular” del sistema que sufre cualquier “pelagatos”. Con esto no estoy defendiendo las condiciones actuales del sistema –creo que eso es bastante evidente-, sino justamente, intentando problematizar la cuestión para dejar en evidencia que el pretendido “excepcionalismo” que se argumenta que existe en contra de los presos de lesa humanidad, en realidad disfraza la intención de que justamente se aplique un “excepcionalismo” en su favor. De manera que, para mí todo esto implica tanto como empezar “descriminalizando” por los casos más graves, y no por los más leves.

Al margen de ello, que los juicios de lesa humanidad puedan utilizarse para justificar una re-legitimación del aparato punitivo (uno de los peligros que advierto), no quita también que el efecto pueda ser justamente el contrario. Si se quiere, este podría ser uno de los legados más importantes de los juicios de lesa humanidad. Poner en cuestión, paradójicamente, al propio sistema penal. Ahora que el sistema se cierne sobre aquellos que muchas veces lo usufructuaron, ahora que los que sufren sus “penurias” en carne propia ya no son solo “pelagatos”, puede ser que algunos (ojalá) se pongan un poco más “abolicionistas”. No es fácil hacer predicciones en esto, pero lo cierto es que existen síntomas y tendencias en los juicios que pueden evolucionar en una u otra dirección.

Tal vez para un “filo-abolicionismo”, lo más interesante sería intentar fagocitar las “tendencias abolicionistas” de los juicios, es decir, intentar algún tipo de apropiación estratégica de los juicios que nos permita marchar en la dirección buscada. Víctor Abramovich tiene una posición muy interesante al respecto, acerca de las potencialidades de estos juicios para poner en cuestión al aparato represivo del estado, y por esa vía, al sistema penal.

De este modo, como ya mencioné, no todo es blanco o negro, puede haber grises, y no todos nos podemos dar el lujo de “ser o no ser” abolicionistas; algunos, más dubitativos, con menos confianza en la certeza general de nuestras posiciones, creemos que vale la pena explorar los matices, aunque para ello debamos resistir cierto maniqueísmo disfrazado.

Bueno Roberto, gracias por tomarte el tiempo de hacer estos comentarios, que entre otras cosas, me permitieron aclarar un poco mejor mi posición. Una de las cosas que siempre admiré de vos es tu vocación “polémica” y tus ganas de discutir con otros tus ideas. Así que, como ya te dije el otro día, espero que podamos seguir esta charla en alguno de los hermosos pubs que hay por aquí; eso sí, en ese caso, con una buena pinta de por medio. Abrazo.

PD: sin perjuicio de que agradezco el anonimato conferido, estaría muy agradecido también de que, en la medida en que esto constituye una suerte de “derecho a réplica”, levantes mi comentario, y lo postees como entrada en tu blog (digo, para darle un espacio similar al de tu crítica). Muy agradecido en ese caso.

rg dijo...

hola alexis, gracias por comentar. no quise poner tu nombre, justamente, porque me parecía bueno tomar la posición, antes que la persona, y discutir con ella (acá mismo en el blog, pero en el país en general, todo me parece que está horriblemente afectado por el defecto contrario: todo pasa por quién dijo qué en qué lugar, y no por discutir qué dijo). pero en todo caso, ya que ponés el nombre y tu posición, vamos ahí. el término revolucionario me parece que es problemático para describir un accionar judicial que estuvo increíblemente motivado por venganzas políticas (el caso más obvio es el de clarín, y el que primero mencionaste y enfatizaste. hay otros, pero es difícil no ver que este mismo sistema que persigue a un magnetto protege a la banda de poderosos en el poder. ese no era el caso del mani pulite, por decir algo, en donde era el propio poder político el afectado: acá hay crímenes gravísimos en el gobierno -desde narcotráfico-efedrina a trata de personas, todos cubiertos por la justicia. es difícil llamar a esa justicia revolucionaria).

rg dijo...

sobre el tema estándares de prueba, coincido, ni quise poner otra cosa: vos problematizaste bien el tema, y así debe ser. me interesó sólo marcar la existencia de ese problema, no una tensión en lo que decías.
lo del tema del abolicionismo antes y punitivismo ahora, bueno, sí me parece un problema serio. ser coherente no quiere decir ser prolijo. se trata de ver cómo uno piensa la igualdad, pongamos, y ver si tenemos un acercamiento principista o cuando me conviene. aquí, me parece, hay que aceptar que es posible ser coherente "todo a lo largo", sin decir una locura. decir esto no quiere decir no tener un buen balance de los juicios, ni ser incapaz de rescatar cosas positivas de ellas. las hay, a montones, y por eso tengo un apoyo decidido a los juicios desde el minuto uno (no olvides que, a) soy mucho mas viejo que vos, y b) estuve vinculado a la gente que diseñó los juicios originariamente). lo que me incomoda es justamente la posición de gente a la que me siento afín, que empiezo a escucharle decir cosas que antes negaban. vos mismo enseguida decís que si muchos legitiman el sistema para los demás casos, cómo no legitimarlo para los màs graves. pero, como reconocés, ese no es mi caso ni el de muchos: no lo legitimo para ningún caso. vos decís, pero por qué discutimos estos casos y no el de los pelagatos. pero, otra vez, no me siento interpelado por la crítica. tengo tres libros sobre el derecho de resistencia, el derecho de protesta, la falta de legitimidad del castigo en sociedades desiguales, no sé, escribí mil cosas sobre "derecho penal y pelagatos." no tengo el mínimo problema de consciencia ahí.

rg dijo...

y el punto de que estos juicios hagan renacer vocaciones abolicionistas me parece muy muy problemático. por un lado, es una fea manera de tomar a algunos como medio: les hacemos algo horrible, pero tranquilos que esto ayuda a despertar las conciencias de lo malo que es la tortura¡¡ en absoluto¡ si uno está contra la tortura, está contra la tortura y punto, y sin matices. yo creo que sí, en estos casos debe ser uno binarista, radical, extremo, sí o no. y acá es no: no a la tortura, no a la cárcel como respuesta. mucho más cuando sabemos que hay respuestas alternativas, y mejores. bueno, hasta ahí me llega la nafta, gracias por debatir. e insisto, no quería dejarte a vos mal parado (por eso no quise poner tu nombre) sino discutir con una posición x. Pero bueno, se dio este primer debate y bienvenido. y seguimos con una cerveza (o un dalmore, un poco más caro pero insuperable) de por medio

Anónimo dijo...

Aclaro que no soy experto en estos temas. Pero mi intuición es exactamente la opuesta a la de Alexis. La debilitación de las garantías penales se expande a otros casos y legitima la violación de esas garantías.
Por ejemplo, en materia de prisión preventiva, ¿hacía falta tener preso a viejos de 80 años (por más abonimables que sean los crímenes que hayan cometido?) No era una buena oportunidad para demostrar la excepcionalidad total de la prisión preventiva y mandar un mensaje a todos los jueces inferiores y a la sociedad? Al convalidar la Corte estas medidas en estos casos, termina potenciando la legitimidad de la prisión preventiva. Al fin y al cabo, si un viejo de 85 años es peligroso, todos lo somos.
Pero bueno,es solo una intuición. Lejos estoy de ser experto en estos temas. Pero la relativización de las garantías penales es algo que no me convence.

Anónimo dijo...

Un placer leer el intercambio de posturas entre RG y Alexis. Así da gusto.
Humildemente, recuerdo que el plenario "Díaz Bessone" vino a insertar la buena doctrina en materia de prisión preventiva, pero justo en un caso de lesa, caramba, qué coincidencia. La paradoja del excepcionalismo inverso que busca privilegios que describe Alexis me parece irrefutable y es un peligro agazapado atrás de cualquier foja.
Saludos
Ernesto

Anónimo dijo...

Perdón RG, pero decir que rebajar garantías procesales es preocupante me parece como mínimo insuficiente. Es directamente gravísimo y convierte a esos juicios en nada muy distinto que un linchamiento.
Sobre el tercer punto que marcaste siempre me viene a la mente el episodio en el que la Universidad de Buenos Aires se negó a aceptar en sus programas a ex represores.
Saludos
Daniel

Anónimo dijo...

Gran intercambio.
El último comentario de Roberto me parece fulminante.
Es una locura pensar en los juicios de lesa humanidad como una forma de visiblizar la tortura y generar una suerte de antipatía en la sociedad respecto del sistema penal. El argumento de Alexis en ese sentido es de lo más utilitarista.
Coincido también con el aporte del anónimo. Creo que cuando se debilitan garantías todos los atrapados por el sistema penal salen perdiendo.
Tomás

Alexis Alvarez Nakagawa dijo...

Súper de acuerdo con vos Roberto en que es mejor discutir ideas, que impugnar personas.

Por eso me parece bien que no te hagas cargo de lo que no te toca; es cierto que vos escribiste mucho sobre “pelagatos”. El asunto es que también yo estoy discutiendo (no solamente con vos) sino contra ciertas ideas muy generalizadas. Por mi parte, lo que intentaba señalar (como bien mencionó Ernesto) es que sintomáticamente la discusión la estamos teniendo no con los “pelagatos” sino con los “Diaz Bessone”.

Con respecto al término revolucionario, ya expliqué más arriba el uso que le quería dar a esa palabra. En ningún momento dije que la justicia del actual gobierno era revolucionaria; esa es una discusión que me parece que estás dando vos con otras personas. De todos modos, meter todo en una misma bolsa (juicios de lesa humanidad, narcotráfico, corrupción, etc.) y hablar de una “justicia de los Kirchner” como bloque homogéneo, me parece que no resiste mucho el análisis.

Me alegra que digas que estás de acuerdo con los juicios, y que fueras de los primeros en defenderlos. Aunque no deja de sorprenderme también un poco. Digo, ¿según tus estándares estrictos de coherencia, eso no sería incoherente? Tanto ayer como hoy se hablaba de castigo, y para un filo-abolicionista tal como lo definís, el problema está ahí, en el castigo. Al fin de cuentas, creo que la crítica que me haces en cuanto a la falta de coherencia, yo también te la podría hacer a vos. ¿No? De todas maneras, como te digo, me pone contento que admitas estar a favor de los juicios, dado que creo que a partir de ahí, podemos encontrar una base común para tener una discusión constructiva.

Decir que los juicios son “tortura”, es cuanto menos, exagerado. Me parece aquí que la tendencia a “banalizar” los términos, viene un poco de la mano con el maniqueísmo chantajista del que te hablaba. Por mi parte, no defiendo la tortura, así que estamos bastante de acuerdo con esto.

Aclaro que la idea de “uso estratégico” no es mía, la expone Thomas Mathiessen (uno de los padres del abolicionismo) en Politics of Abolition. De todas maneras, nadie está queriendo “cosificar” o “mediatizar” a nadie. Me parece que ahí estas confundiendo lo que es un “juicio” y lo que es un “imputado”. Que uno le pueda encontrar una función a los juicios de lesa humanidad, no es lo mismo que decir que por ello estamos cosificando a los imputados (salvo que queramos admitir que también estamos cosificando al juez, al fiscal, etc.). Hay una diferencia clara, que cualquier procesalista admitiría, entre el “juicio” (al que obviamente le vamos a querer buscar y encontrar una función), y la utilización del imputado con el fin que sea. Nadie habla de utilizar al imputado, tan solo de encontrarle una función estratégica al juicio. Por favor, no caigamos en un kantismo de supermercado. Decir que los juicios no pueden cumplir una función de ningún tipo porque de lo contrario se estaría mediatizando al imputado, me parece tan absurdo como decir que el sistema educativo no puede tener una función, so pena de “cosificar” a los niños.

Bueno, sigamos la charla en unos días con una pinta o un dalmore. Abrazo.

rg dijo...

dale, nomas para aclarar alguna cosa, o dos. uno, me parece que hay una confusion entre juicio y castigo y cárcel. yo estuve desde el comienzo contra la impunidad, de cualquier tipo. y estoy a favor del reproche/reprobacion dura por lo hecho. eso todavia me deja muchisimo espacio antes de entrar a hablar de castigos, y espacio para seguir criticando a la carcel como respuesta. lo de la tortura que te digo, por otro lado gana sentido porque no estoy hablando del juicio sino del castigo. y aunque uso la idea de tortura como ejemplo para ayudar a pensar, si creo (aunque no sea mi argumento principal) que la cárcel tiene mucho que ver con la tortura (entiendo que es una especie de tortura, y no necesito forzar los terminos para decirlo). finalmente, el pensar que los castigos puedan tener muchos significados y objetivos no nos salva de justificarlos de algun modo. y sigo pensando que no hay justificacion para ciertos castigos. en fin, hasta aca llego. abrazo medalla y beso