24 dic 2009

Silvio Frondizi: Izquierda y reforma constitucional


Embarcados como estamos en la redacción de un libro sobre una Constitución igualitaria, elegí escribir algo sobre el artículo 22 -el que habla del pueblo que "no delibera ni gobierna." Entonces, y gracias a la prodigiosa memoria del amigo platense Miguel A.B., accedo a un pequeño texto del agudo intelectual Silvio Frondizi quien, a comienzos de 1970, es consultado sobre los artículos que reformaría en su Constitución ideal. Y, sorpresa y alegría para mí, Silvio menciona dos artículos fundamentales, como objeto de cambio: el 17, sobre propiedad privada, y el 22, sobre la soberanía del pueblo! Caray!

Y qué prosa! Qué dureza y qué lucidez en la pluma de don Silvio! Él escribe: "(La Constitución) fue concebida como expresión de un sistema económico, social y político liberal que ya ha dejado de existir...Incluso ha dejado de existir en el propio ámbito capitalista, dado que éste ha sufrido profundos cambios que lo han transformado en una estructura de tipo monopolista, que nada tiene que hacer con los orígenes liberales del sistema...por lo tanto la Constitución debe ser reformada o, mejor dicho, cambiada en su totalidad."

Y avanza en los fundamentos de las prioridades de cambio que propone: "Es precisamente porque creemos que la libertad es indivisible, que luchamos para conseguir la universalización de la libertad económica, como medio para alcanzar la libertad política y espiritual."

"La primera de las reformas que deben encarararse es la del artículo 17 de la Constitución Nacional, para establecer la socialización -o mejor aún colectivización- de los medios de producción. Y decimos socialización para que no se confunda con la estatización, que nos introduce en un posible capitalismo de Estado, último baluarte de la burguesía decadente." (Uppss! Ver texto de hace dos post, sobre el mismo punto).

"El otro aspecto y que se refiere al problema político, reside en la supresión lisa y llana de la norma contenida en el artículo 22...Es fácil notar que este artículo se encuentra descolocado en el propio texto constitucional, desde el momento que nuestra carta fundamental, hace referencia en más de una oportunidad a la soberanía del pueblo." Propone entonces reformas en la dirección de la democracia directa y, en donde la representación sea inevitable, mandato imperativo y revocación de mandatos. Qué cuadrazo don Frondizi!

7 comentarios:

Martín Juárez Ferrer dijo...

Roberto y Lucas, feliz navidad!!!
pregunta, en que txt de frondizi está esto?
abrazo fuerte
martín

rg dijo...

en doctrina juridica anio 1, n 0, 1972, abrazo y fn!!!

El criador de gorilas dijo...

Che, éste post no lo mandes a Clarín por las dudas...

rg dijo...

nunca mande ningun post che...lo tomaron sin mi permiso! salud, y que comas un rico pandoro!

Anónimo dijo...

Cogestion?, ni ahi, autogestion de los medios de produccion!

Anónimo dijo...

todo muy lindo, todo muy lindo pero para cuándo el tratado de derecho constitucional Gargarella?????? Yo quiero tratado, una obra de conjunto donde analices todo pero todo el derecho constitucional. quizas en varios tomos.
abandone todo y pongase con el tratado!!!!
feliz navidad,saludos, e.

Lucas A dijo...

MFJ, Feliz navidad y por más fernets cordobeses en el 2010!! Abrazoooooo fuerte. Lucas