UNA MIRADA IGUALITARIA SOBRE EL CONSTITUCIONALISMO. Coordinador: Roberto Gargarella.
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no hay ningún motivo para que Zaffaroni sea apartado de ninguna causa.
Aun siendo profundas las reflexiones de Petracchi en su disidencia en "Magariños" lo cierto es que autorizadas las actuaciones académicas y educativas a los magistrados no se les puede prohibir opinar sobre el derecho.
Además existe un error en considerar que dar una opinión de derecho es anticipar opinión en un caso. Ese error, por ej., se ve cuando en Argentina a un candidato a la CS se le pregunta en el Senado qué opina sobre cierto tema y dice "no puedo anticipar opinión". Una locura ! Si no se lo elige por sus opiniones... ¿lo elegimos por la cara?
Son bienvenidos todos los comentarios y críticas, aún los más extremos, pero no así los agravios hacia otras personas o grupos. Para los debates que desde aquí se promueven, no se aceptan mensajes de personas anónimasCANAL DE YOUTUBE DEL SEMINARIOhttps://www.youtube.com/channel/UCytpairtEH8asvyYRt6LQBg/
1 constitucionalismo dialógico DIXON GARGARELLA; 2 derecho penal y democracia GARGARELLA; 3 Dworkin MAURINO; 4 Seminario intercátedras; 5 McKinnon MCKINNON; 6 De la ESMA al INDEC La justicia frente al poder ALEGRE
Constitucionalismo popular/Constitucionalismo democrático, por Reva Siegel y Robert Post (De Robert Post y Reva Siegel, Constitucionalismo democrático, Buenos Aires, Siglo XXI-Igualitaria 2013, con introd. de L.García Jaramillo)
6 comentarios:
Zaffaroni explica "Cerro vanguardia"?
Seguro que ERZC va a hablar de la tesis Gaia y cómo los indígenas ya tenían una cosmovisión ecologista.
Lo escuché decir estas cosas una vez.
Lista la recusación de Zaffaroni en cualquier causa relativa a minería!
Para el anónimo, ERZ no firmó "Cerro Vanguardia"...
Hernán, votó en disidencia?
Ulrich, ¿lo decís en serio?
no hay ningún motivo para que Zaffaroni sea apartado de ninguna causa.
Aun siendo profundas las reflexiones de Petracchi en su disidencia en "Magariños" lo cierto es que autorizadas las actuaciones académicas y educativas a los magistrados no se les puede prohibir opinar sobre el derecho.
Además existe un error en considerar que dar una opinión de derecho es anticipar opinión en un caso. Ese error, por ej., se ve cuando en Argentina a un candidato a la CS se le pregunta en el Senado qué opina sobre cierto tema y dice "no puedo anticipar opinión". Una locura ! Si no se lo elige por sus opiniones... ¿lo elegimos por la cara?
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