19 feb 2011

Legalizar ETA-Sortu

No siempre estoy de acuerdo con él, pero aquí sí: Javier Pérez Royo, en El País de hoy, argumentando por qué no hay razones para ilegalizar a Sortu -la agrupación con que allegados a ETA intentan volver a la política electoral. Va el texto, que es importante cuando el propio gobierno español está haciendo todo lo posible para impedir que Sortu se convierta en un partido legal:


La interpretación más favorable al ejercicio de los derechos fundamentales es un principio consolidado en la interpretación jurídica en general y en la interpretación constitucional en particular en todos los países democráticos. La interpretación de las normas jurídicas debe favorecer y no obstaculizar el ejercicio de los derechos que la Constitución reconoce.

Empiezo recordando este principio porque observo que está casi completamente ausente del debate que se ha abierto tras la presentación en sociedad de Sortu y el depósito de sus estatutos en el Registro de Partidos del Ministerio de Interior. Con la excepción del artículo de Eduardo Vírgala, que decía con toda claridad que desde un punto de vista jurídico la única respuesta posible era la inscripción de Sortu en dicho registro, en el resto de las contribuciones que he leído u oído se tiende a privilegiar una interpretación diversa.

No puedo decir sin faltar a la verdad que me ha sorprendido el tono del debate. Han sido muchos los años de terrorismo, son muchas las heridas que todavía están abiertas, hay una desconfianza enorme y razonablemente fundada en las intenciones que pueda haber tras la presentación de este nuevo partido de la izquierda abertzale y un largo etcétera, que explican esa toma de posición renuente cuando no abiertamente contraria a su reconocimiento legal.

Políticamente es, pues, muy explicable que existan reservas e incluso oposición al reconocimiento legal de Sortu. Pero es muy difícil hacerlas valer jurídicamente. El derecho de participación política es el derecho constitutivo de la igualdad. Los españoles somos iguales porque participamos en condiciones de igualdad en la formación de la voluntad general en todos los niveles de nuestra fórmula de gobierno constitucionalmente definida. Por eso es un derecho del que están excluidos los extranjeros. Es el derecho a través del cual se hace real y efectivo el principio de legitimación democrática del poder, en el que descansa nuestro sistema político y nuestro ordenamiento jurídico. El derecho de participación es la expresión jurídica del derecho de autodeterminación constitutivo de una sociedad como democrática. Posibilitar el ejercicio del mismo es la primera exigencia de todo Estado democrático.

Ninguna de las personas que ha presentado al nuevo partido en sociedad o que han depositado los estatutos en el registro del Ministerio del Interior está privado del ejercicio de tal derecho y no hay nada ni en sus palabras de presentación ni en el texto de los estatutos que merezca el más mínimo reproche con base en la Ley de Partidos. Ni siquiera con la fundamentación jurídica de las distintas sentencias de aplicación de dicha ley.

Pero es que hay más. La inscripción en el Registro de Partidos de Sortu no supone un cheque en blanco para sus promotores. En el ordenamiento español hay instrumentos para controlar jurídicamente la actividad del partido una vez legalizado. En el momento de presentación de candidaturas y proclamación o no de las mismas por las Juntas Electorales Provinciales, contra cuyos actos cabe recurso contencioso electoral primero y recurso de amparo después. Se puede controlar, pues, el uso que hace Sortu de su reconocimiento legal en la confección de sus listas de candidatos. Tras el desarrollo de la campaña electoral y la proclamación de los candidatos electos también por las Juntas Electorales Provinciales cabe recurso contencioso electoral primero y recurso de amparo después. Se puede controlar, en consecuencia, qué es lo que dicen los candidatos de Sortu durante la campaña electoral. Y se puede controlar la actividad institucional de los representantes elegidos en las listas de Sortu, pudiéndose instar del poder judicial la pérdida de la condición de representante, concejal, parlamentario autonómico o estatal, si su conducta encajara en alguno de los supuestos tipificados por la Ley de Partidos conducentes a la ilegalización del mismo.

La vigilancia jurídica de Sortu no se limita, pues, al momento de la inscripción en el Registro de Partidos. El ordenamiento español contiene instrumentos para controlar no las intenciones de los promotores, sino la actividad de sus dirigentes, de sus candidatos y de sus candidatos electos. En el momento de la inscripción únicamente se puede hacer un juicio de intenciones. En los momentos posteriores es posible hacer un juicio de conductas, que es precisamente lo que la Ley de Partidos contempla para instar la ilegalización de un partido.

La legalización de Sortu no supone indefensión para la sociedad española. Todo lo contrario. Permite poner a la izquierda abertzale ante la prueba de fuego de qué actividad despliega tras la legalización.

13 comentarios:

Anónimo dijo...

Ilegalizar partidos por sus ideas es claramente antidemocrático.

tito

Anónimo dijo...

La ilegalización de Batasuna (brazo político de ETA) excede largamente el campo de las "ideas".
Desde ya que es un tema controvertido y largamente discutible, pero si se pasa por alto ese hecho, se ve el problema por la mitad y se cae en la conclusión falaz de que se persigue al independentismo.
No es así, el independentismo es absolutamente legal en España, sea vasco, catalán, gallego, canario o de donde sea.
Anónimo 912

Anónimo dijo...

Salvadas las diferencias, recordé el caso Colombiano. En los 80 se forma la UP, no como un declarado brazo político de las FARC, pero sí como una suerte de vocero. Otros grupos políticos legales criticaron las condiciones de desigualdad para la participación en que quedaban, pues la UP disponía de las garantías legales y al mismo tiempo disponía de un aparato militar. La UP usaba las ventajas del juego democrático pero sin renunciar a las ventajas militares. Otros marcaban la incoherencia de exigir garantías legales y paralelamente actuar contra la ley. También se dijo que era ingenuo pretender que sus 'enemigos' políticos no reaccionarían igual, es decir, utilizando las vías políticas legales y la violencia ilegal, lo cual le significó a la UP el exterminio a través de atentados personales a sus militantes. Creería que el problema pasa por saber si admitir en el juego democrático a un actor que tiene las ventajas de jugar y también de patear el tablero.

Miguel Osorio

Anónimo dijo...

http://www.youtube.com/watch?v=63ZcPA4n5fA

rg dijo...

todos pueden patear el tablero miguel

Anónimo dijo...

En esta no estoy para nada con vos, RG.
Ese "patear el tablero" ¿puede incluir extorsiones, atentados con bomba en supermercados, secuestros seguidos de muerte, asesinatos a quemarropa de concejales no nacionalistas?
Invito a buscar en Google "Miguel Angel Blanco", "Juan Priede", "Isaias Carrasco".
Ni hablar lo que hacen con los "traidores", como Yoyes.
Anonimo 912

rg dijo...

por eso, todo depende de que significa patear el tablero. yo no lo defino asi, ni me parecen aceptables esas acciones

Anónimo dijo...

Acepto, sí, que es discutible el tema de ilegalizar o no, pero me resulta inaceptable caracterizar a ETA y a sus satélites como inocentes idealistas. Incluso en las épocas en las que fueron legales, en los ayuntamientos que gobernaban se dedicaron a sembrar el terror a los opositores.
Además, la mayoría de los crímenes los cometieron en democracia.
A los antes mencionados sumo los de Ernest Lluch y de Francisco Tomás y Valiente.
Saludos
Anónimo 912

Anónimo dijo...

me parece que RG no discute si ETA es defendible, sino si quienes simpatizan con sus ideas tienen derecho de hacer un partido y ser elegidos.

La proscripción es una sanción penal q, por ende, solo debería ser consecuencia de una conducta típica; y creer en ciertas ideas no debería ser una de ellas. Al menos en un régimen basado en tesis liberales.

tito

Anónimo dijo...

Es que si la idea es el independentismo, no hay ningún partido que esté proscripto por eso. Más aún, partidos como EA, ERC o BNG formaron alianzas con el PSOE en gobiernos regionales.
El tema con ETA es distinto, y la proscripción de ciertas organizaciones tiene que ver no con sus ideas, sino con que se ha probado judicialmente que tienen relación con ETA.
Repito, es discutible, pero no hay proscripción por ideas sino por guardar relación con una organización criminal.
Saludos
Anonimo 912

Anónimo dijo...

Este tema es tan polemico que nunca me pude decidir por ninguna de las 2 posturas. Con mucho miedo diría que la democracia debería permitir la participación de grupos que estan en contra de la misma. La pregunta siguiente seria si deberia haber algun limite, alguna excepción. La siguiente, mas dificil aun, quien debe determinar tales limites. Sin ir mas lejos el caso de Biondini y sus partidos no reconocidos. A dicho personaje (absolutamente destestable, aclaro) no le fue permitido participar por querer armar un partido nacional-socialista argentino reivindicando a la Alemania Nazi.
Lo de quien determinaría supuestos limites tambien asusta, mas en la Argentina. La misma acción puede ser un reclamo legitimo o una manifestación golpista destituyente según si esta a favor de mi partido o de mi adversario. Podría haber algun proscripción disfrazada de defensa de la democracia.
Nico.

Anónimo dijo...

La diferencia entre Biondini y ETA es que Biondini, por más que sus ideas sean repudiables, no es, hasta donde se sabe, responsable de ningún crimen. Creo que la proscripción de los partidos nazis está basada en la idea de que reivindican un sistema criminal, y no necesariamente de que los que forman esos partidos tengan responsabilidad personal en crímenes.
El caso de ETA es un poco al revés, bellas ideas de libertad e independencia para lo que en el fondo es una organización que en la práctica actúa de modo similar a la mafia.
Además, la ilegalización de sus satélites es una forma de cortar vías de financiación.
El punto es ese, ETA, por más proclamas políticas que haga, en la práctica es una asociación ilícita. Y a los partidos ilegalizados, lo único que se les exige es que condenen explícitamente la violencia.
Tampoco es tanto ¿no?

Anónimo dijo...

Justamente el problema es que no es simple determinar quien no debe poder participar dentro de una democracia. Sin querer entrar en polemicas hay agrupaciones que hoy son gobierno y promueven la violencia. Yo creo que la mejor forma de combatir tales circunstancias es investigando dicho accionar ilicito (si fuesen legisladores quitandoles la inmunidad para que se investige) y no prohibiendoles personerias como agrupación. Despues queda en uno no votarlos como yo jamas votaria a nadie de ETA ni a Biondini ni nada de eso.
Nico