28 mar 2013

Derechos sociales 4: Incoherencias


O. Ferraz dio un gran panorama sobre la reciente jurisprudencia del máximo tribunal de Brasil (que, me interesa agregar, está en línea con el tipo de preocupaciones que expuse en Derechos Sociales 3). Su conclusión fue devastadora. Cito una parte de la misma, que perfectamente puede extenderse a una mayoría de tribunales (claramente, en América Latina, pero no sólo):

“En materia de derechos sociales, el tribunal decidió, virtualmente, sobre todos los tópicos imaginables, incluyendo salud, educación, vivienda, beneficios sociales, salario mínimo. He intentado construir mi análisis a partir de esta jurisprudencia, y lo que veo que emerge es una jurisprudencia incoherente, y en muchos casos preocupante. A pesar de la retórica unánime de todos los jueces reconociendo que los derechos sociales dependen de recursos limitados y políticas públicas complejas que deben ser definidas primariamente por las ramas políticas, y la extendida idea de que los jueces van a interferir con tales decisiones sólo en situaciones excepcionales…la realidad es que el supremo tribunal ha aplicado dicho principio de un modo por completo errático, y que a veces no lo ha seguido en absoluto, sin ninguna justificación clara y consistente.”

Y agregó: “En áreas tales como salud, cuidado de menores y educación, el tribunal ha encontrado violaciones de la Constitución de modo casi automático, desestimando por completo la cuestión de los recursos limitados. No hay ningún esfuerzo destinado a analizar las circunstancias concretas del caso…el debate permanece abstracto, superficial en algunas ocasiones, pleno de presupuestos no probados y evidencias anecdóticas.”

Otra vez, nos preguntamos (le pregunté también) qué es lo que explica este dato, que no es anecdótico sino estructural: Desinterés por parte de los jueces? Oportunismo? La naturaleza colectiva del tribunal? Su particular, pragmático conservatismo?

5 comentarios:

Anónimo dijo...

Bueno, una respuesta posible es que el marco de análisis del observador se pierde de algo fuerte. La incoherencia puede ser una forma de concluir negativamente ante el fracaso de nuestra empresa interpretativa, echando las culpas al objeto, pero preservando la herramienta de análisis.
Quizás bajo parámetros no dworkineanos, por así decirlo, cada decisión fue la mejor posible en cada momento concreto.

rg dijo...

dworkin diria, con razon, que eso implica una violacion atroz de la igualdad, del derecho a ser tratado como un igual

Anónimo dijo...

y que contesto?

Vanice Lírio do Valle dijo...

Como profesora de Derechos Fundamentales y abogada pública en Brasil, tendría mucho a decir cerca de la incoherencia de las decisiones del Supremo Tribunal Federal, pero creo algunos tópicos se podría adelantar.
Por primero, STF en Brasil es un colegiado que no tiene por tradición erigir sus decisiones en una práctica dialógica con sus propios precedentes. Así, lo que se dice hoy en el STF cerca del derecho a la vivienda no será el presupuesto, o el punto de partida para las demás decisiones.
Pero un segundo elemento muy importante es la circunstancia de que los Tribunales Superiores – y por supuesto, el STF – en Brasil, diferentemente de lo que se pasa en Colombia, por ejemplo, no examina los hechos del litigio; en nuestro sistema, la materia de hechos es competencia de los Tribunales locales – de lo que resulta una análisis, en los temas de derechos socioeconómicos, muy empobrecida. Así, la Corte Constitucional, impedida de formular una anticipación de las consecuencias de sus decisiones, se muestra tímida en la construcción por agregación del contenido de las clausulas constitucionales cerca de derechos sociales. Las decisiones son aisladas, sin una coherencia interna o mismo sin una preocupación sistémica con lo que se ha dicho en lo tema.
La idea de conexidad, desarrolladla por la Corte Constitucional de Colombia parece – para el observador externo de Brasil – estrategia que permite una visión más amplia de protección a un conjunto, cuasi un sistema de derechos sociales. En Brasil, por lo contrario, a cada derecho social se ve como algo aislado, sin una reflexión cerca de la interconexidad de los derechos fundamentales – lo que refuerza la incoherencia entre lo decidido.

Vanice Lírio do Valle
Profesora de Derechos Fundamentales
Universidad Estacio de Sá
Rio de Janeiro - Brasil

Anónimo dijo...

RG: será posible acceder a los papers del encuentro? suenan muy interesantes, especialmente el que comentas en este punto, que es muy cercano a nosotros
Gracias.
Fabián Parque Lillo