15 nov 2009

Matrimonio gay, reloaded

Publicamos una nota en Página, sobre el matrimonio gay, que es versión expandida y más completa de la que colgamos por acá hace unos días. La nota de Página, acá

8 comentarios:

mm dijo...

dejo este link, tmb interesante.

http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-135342-2009-11-15.html

..mm

cuyin dijo...

Muy atinadas tus respuestas, Robert...respecto a la adopción de hijos por parte de matrimonios gay, ¿se seguiría la misma idea, no es cierto?
Quiero decir, sería injustificado negarla con argumentos del tipo "se está condicionando la elección sexual del niño" porque este tipo de argumentos presupone la idea perfeccionista de que la condición homosexual no es buena o también de que las parejas heterosexuales no "condicionan" a sus hijos en su elección sexual... ¿crees que es asi?
Un abrazo

rg dijo...

no veo dificultades en defender la adopcion, pero 1) si que requiere argumentos adicionales, y 2) no abriria la cuestion en este mismo momento, solo por el principio de "una exigencia por vez, para que no se caigan todas."

Anónimo dijo...

RG:
Qué pasaría si un tema como este se resuelve en la corte suprema? Creo que está claro que si el matrimonio gay llega a la Corte van a declarar la inconstitucionalidad de los artículos del CC. Ahora, no sería prudente que un tema como este se apruebe en el congreso? Qué pasa si el congreso cajonea la decisión incluso el año que viene? Va a tener q intervenir la corte?
Saludos
Sergio G

PIC dijo...

"El Estado debe dar explicaciones acerca de por qué es que trata peor a algunos individuos o grupos, cuando tiene la obligación de tratar a todos con igual consideración y respeto.

[A todos los individuos o a todos los grupos? Y en tal caso, a cuáles grupos? Cuál es el criterio para delimitar a los grupos que merecen un trato igualitario, y para desechar a otras organizaciones humanas que no lo merecen? Por qué no pagar salario familiar a los que pertenecen a la clase de vecinos de un consorcio?]

"El principio de trato igual es obligatorio para el Estado, en relación con personas revestidas de una igual dignidad moral [personas o grupos revestidos con una igual dignidad moral?], y cualquier desviación que quiera consagrar, a través de la letra de sus normas y/o en la práctica que promueve, debe ser considerada impermisible, a menos que tenga a su favor una justificación de peso extraordinario.

Me parece que tiene que justificar mejor si los grupos son agentes morales o si lo son los individuos. Y, en tal caso, por qué la tutela de ciertos grupos es instrumental a aquella de los individuos. De otro modo, creo que Gargarella incurre en ya en una falacia de composición, ya en una falacia de atingencia. Porque del hecho que los individuos deban ser tratados como agentes morales iguales en dignidad no se sigue lógicamente la protección de ciertos grupos.

Saludos,

PIC

M. Josué Vargas Estrada dijo...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
M. Josué Vargas Estrada dijo...
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M. Josué Vargas Estrada dijo...

Hola Doctor, comparto con ustedes una noticia aparecida en el diario "El País" acerca del matrimonio entre homosexuales en la Ciudad de México, saludos!

http://www.elpais.com/articulo/internacional/capital/mexicana/aprueba/matrimonio/homosexual/elpepuint/20091221elpepuint_17/Tes