Estando lejos, estos días me llegaron comentarios de todos lados, de amigos, de no amigos, y de gente que no me quiere, diciendo que alguien me estaba maltratando, o que me había maltratado, en un Congreso de Filosofía en la UBA. Apenas llegado a Barcelona, el ex rector de la Univ. Pompeu Fabra, el amigo José Juan M., me dice "tuve que salir a defenderte, porque este personaje estaba hablando mal de ti."
Carlos Cárcova, principal representante, en el derecho local, de la teoría crítica, es el personaje en cuestión. Y aclaro: me da casi lo mismo recibir críticas académicas, ya que de esos debates vivimos, y están muy bien, los disfrutemos en el momento o los suframos un poco. Otra cosa es el maltrato porque sí, sobre todo en ausencia de uno. Mucho peor en los ámbitos académicos, en donde el lenguaje que debemos usar, así lo esperamos, es el de los argumentos. En todo caso, tomo el ejemplo porque es ilustrativo del modo en que "argumenta" parte de la teoría local.
Carlos C. avanzó su postura en el marco de una "crítica" a Jeremy Waldron (allí empezó a hablar de un "publicista argentino" -quien escribe- que "lamentablemente" seguía a Waldron). Pero, para no centrarme en mí, me centro en el modo en que Carlos C. lo criticó a Waldron:
1) Dice que la teoría del desacuerdo de Waldron "no quiere considerar la cuestión de los intereses", y se "desinteresa por las cuestiones de las diferencias sociales y la desigualdad". Insólitamente falso. Waldron ha sido, consistentemente, uno de los constitucionalistas más preocupados por la desigualdad. Es considerado un autor igualitario, alguien situado claramente a la izquierda del arco académico. Es así desde su mismo comienzo: ya su tesis doctoral y su primer libro versaron sobre una crítica a las justificaciones dominantes sobre la propiedad privada. Y hasta hoy: en uno de sus últimos libros, que volvió a dedicarse al tema de la propiedad, Waldron siguió cargando contra las nociones prevalecientes de propiedad, tomando como objeto especial de sus críticas las posturas que asumen los organismos internacionales y el Banco Mundial. Pero ello, además, en el marco de una carrera profesional jalonada a cada paso con artículos dedicados a pensar la desigualdad (inmediatamente antes del último libro sobre propiedad publicó otro, llamado "God, Locke and Equality", donde volvió sobre sus tesis igualitarias; y antes otro contra la tortura; y antes otro sobre los derechos humanos; y antes...). Es decir, Waldron asume, desde siempre, una posición asombrosamente política, dentro de la academia contemporánea, y una postura marcadamente de izquierda, dentro de una disciplina que no lo es. En otros términos: conviene leer algo de Waldron, si vamos a criticarlo.
2) Dice, inmediatamente luego, que le parece "curiosa" la posición de este "neocelandés", ya que en Nueva Zelandia los maoríes (¡¡¡) representan el 30 por ciento de la población, y están discriminados. Aquí le doy la razón a Carlos C. De todos modos, en el marco de la discusión del caso (y siendo Waldron el autor igualitario que es), la afirmación resulta tan relevante como decir que hay muy buen kiwi en Nueva Zelandia.
3) Dice (sugiriendo que hará una crítica a Waldron "desde Latinoamérica") que Waldron usa "maliciosamente" el concepto de poder "contramayoritario" para referirse al poder judicial (una afirmación que sólo puede explicarse a la luz del estado de la política argentina actual: qué oscuro interés le estará pagando a Waldron, para que diga lo que dice). Agrega que el aserto sobre el carácter contramayoritario de la justicia es "obviamente falso" porque no es cierto que las decisiones judiciales sean "siempre" contrarias a las mayorías. Bueno, aclaremos, por si hiciera falta, que el concepto "contramayoritario" no nació con Waldron, sino hace 52 años, con el libro de Alexander Bickel, The Least Dangerous Branch. Desde entonces, nadie hizo una defensa tan compleja de la crítica bickeliana como Waldron (analizando teorías interpretativas, teorías de la autoridad, teorías de los derechos, teorías de la justicia...), por lo cual, a) sugerir que Waldron critica a los jueces porque son "contramayoritarios", y b) pretender refutarlo diciendo que "muchas decisiones judiciales favorecen a las mayorías," es simplemente asombroso. Ni siquiera cuando ganó nueva vida este debate, hace 52 años, el punto que señala Carlos C. tenía vigencia. Es decir, su refutación no era pertinente ni hace medio siglo: ninguno de los participantes en el debate sobre la revisión judicial podría comprender a qué viene o qué pretende una afirmación como la citada.
4) Dice (para terminar de refutar a Waldron) que en la selección de los jueces interviene el poder político. El "argumento", muy común en los jóvenes que se acercan por primera vez al tema, nunca levantó vuelo: la crítica a las (comparativamente) débiles credenciales democráticas del poder judicial presumen el hecho que, para Carlos C., refuta la crítica "contramayoritaria". Su "aguda" intervención representa un dato asumido por todos, con el cual comienza la discusión.
5) Luego de su defensa del rol de los jueces, contra el argumento democrático y mayoritarista de Waldron, Carlos C. recuerda, para sus adentros, que en Argentina, y desde Carta Abierta, él critica al papel de los jueces. Por eso, rápidamente, cambia de registro y deja en claro que él no defiende "el gobierno de los jueces" porque en la Argentina "en los últimos tiempos" ya se han visto las "consecuencias negativas" que pueden derivarse de allí (y antes -le preguntaría yo- durante los tiempos de oligarquía y dictadura, no se veía bien?).
6) Finalmente, le aconseja a Waldron (y a mí) leer la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires (...), que incluye un sistema novedoso de control judicial. En lo que a mí respecta, le recuerdo que ese sistema estuvo en buena medida inspirado -y así consta en los debates constitucionales de entonces- en mis trabajos de crítica al carácter contramayoritario del poder judicial: ironías de la historia.
En todo caso, una buena metáfora acerca del estado de la teoría crítica argentina.
46 comentarios:
la verdad es que carcova ni merece respuesta roberto, el chico de los mandados de mari que heredo la referencia de la teoria critica argentina. asi estamos si señor.
gracias a los que comentaron hasta ahora. pero si los suyos incluyen insultos a don carlos c. , no los puedo publicar. respondamos académicamente
Un problema de los críticos en general, es que a fuerza se seguir una agenda desmitificadora, dsde afuera, (como quien va a un circo a desenmascarar los trucos del mago) han desaprendido sobre cómo argumentar en base a razones y de buena fe,desdeadenteo...y cuando quieren hacerlo....le crujen lar articulaciones mentales.
Salvo el grosso de Mauro B., que es un manantial.
pero no creo que sea eso, gus. la agenda de los critical legal studies fue, en buena medida, puramente desmitificadora, pero en la mayoria de los casos elaborada, profunda. acá lo que falta, pienso en el caso en cuestión, es estudio.
claramente, su critica a waldron se base en un parrafo mio sobre waldron. eso es todo lo leído sobre el autor, me juego
Comprendo. Tu punto es mucho mas profundo, veo, que el que me habia disparado inicialmente el post.
No apostaría en contra de tu hipótesis, me temo..
lo que cc dice de la adi es una doble tontería, porque: i) la elogia como contraria a tu concepcion (cuando fuiste uno de sus teóricos citados a su favor en el debate parlamentario); ii) dice que fue un éxito y eso es al menos cuestionable por la ausencia de casos. los legisladores de la ciudad simplemente aplican el self-restraint , creen en el control judicial y no en el deate entre poderes.
en fin, se tomó en serio lo de "trash the law."
Por estar fuera del mundo del derecho, no conocía al Señor Cárcova. Admito no entender mucho de los supuestos de la discusión que relatás, rg. Sin embargo quisiera decir dos cosas.
La primera, que es de terrible mal gusto utilizar una reunión académica para ensañarse con un colega que no está presente para defenderse, aclarar o responder. Una cosa es la crítica y otra distinta es la saña.
La segunda que, por lo que contás, parece claro que esta persona conocía poco y nada a Waldron. .... O si lo conocía lo entendió todo al revés.
Saludos
no, no dije saña. siempre tuvimos una relación cordial, pero supongo que por mi posicion politica hace un tiempo está molesto conmigo, y entonces aprovechó el evento para golpearme un poco sin mi presencia. eso. el tema con waldron, sí, me parece más sintomático
Estuve presente allí, creo que todo el auditorio advirtió el despiste en el que estaba incurriendo el Prof. Cárcova. Se lo hicieron notar desde las primeras filas, pero obsecado, redobló la apuesta.
Había una posición enojada, casi con una ira reprimida. El argumento histórico que dió, para decir que los jueces no eran contramayoritarios, fue que los jueces "nos devolvieron los depósitos" cuando el corralito. Sí, eso dijo.
La falta de lectura, para quienes estuvimos allí, era evidente. La falta de comprensión de la poca lectura, también. Lo impropio del comentario y el desacierto de insistir en él, un papelón.
*obcecado...
mira vos, gracias por la cronica. si abundas va bien
Perdón por mi ignorancia, pero nunca he leído nada de Cárcova. Pero este tipo dice ser un "crítico" y al mismo tiempo defiende al poder judicial como un poder judicial no contramayoritario? Hay algo que no me cierra.
no lo leiste pero haces una pregunta muy correcta
me cuentan que el susodicho carlos c. "cuando estuvo en la plata se presentó (a 'el mismo) como "un crítico de verdad," y a mí como un "roba-rótulo" (¡¡). parece que viene de largo esta crítica por detrás. qué tipo¡¡ digamos que me da gracia, que sino me enojaría
Roberto Gargarella recibió una crítica mía respetuosa e incidental porque en muchas oportunidades se ha manifestado a favor de las tesis de Jeremy Waldron en lo que concierne al carácter contra-mayoritario de los jueces y en la prístina representación popular que lucirían los representantes votados por la ciudadanía para que puedan ocupar cargos legislativos.
Me gustaría dejar en claro que no maltraté a Roberto en ningún sentido, me limite a afirmar que lamentaba coincidiera con Waldron en el especifico aspecto citado. Al terminar mi exposición J. J. Moreso me pidió ampliaciones y tuve en esa oportunidad la posibilidad de explicar precisamente mi opinion : a) Sostener que un poder de estado es contra mayoritario me parece un juego retorico mal intencionado. Podria decirse que no se elige a sus integrantes a través de elecciones generales, que el sistema de su elección no es el de las mayorías. Pero afirmar que es contramayoritario es falso y malintencionado. En nuestro país, por ejemplo los jueces deben acreditar su competencia moral y técnica ante jurados sorteados a tal efecto que integran académicos, legisladores, abogados, etc. Luego los preseleccionados deben pasar por una entrevista en el Consejo de la Magistratura, órgano que integran los representantes del pueblo que pertenecen a las dos cámaras. El Consejo eleva una terna al Poder Ejecutivo y éste remite una postulación al senado, que tiene la ultima palabra. Tengo la impresión que la representación popular esta presente en ese proceso de una manera adecuada. Dije que no parece dar lo mismo con los legisladores que lejos de ser elegidos por la ciudadania lo son, en cambio, en este país y en cualquier otro por las burocracias políticas de cada partido. Postulé que en las sociedades complejas en que vivimos me parecía conveniente la institucionalización de un sistema para la elección de magistrados que comprometiera la participación de los tres poderes y cité como un buen ejemplo el mecanismo consagrado por la Constitución de la Ciudad autónoma de Buenos Aires, cuando el Tribunal actúa en términos de un control concentrado de constitucionalidad. No sabía que Roberto había sido el inspirador de aquel mecanismo, pero en todo caso lo celebro.
Hablé dos veces, con posterioridad a la charla con Moreso y no me manifestó incomodidad de ningún tipo. Al contrario me dijo que estaba a favor del control de constitucionalidad por parte de los jueces y que había escrito sobre ella.
Así que, hasta aquí Roberto, ningún maltrato, apenas criterios disímiles. Por otra parte, tu ausencia no es una mácula. Vos viajas mucho y yo tenía un compromiso expositivo para ese día y no para tu regreso.
Para opinar sobre Waldron me basé en la lectura detallada y completa de “Acuerdos y desacuerdos” (Ed Marcial Pons, 2005, Madrid/ Barcelona) precisamente traducida por Martí y Quiroga y prologada por vos y por el nombrado Martí. En la nota nueve, se lee textualmente: “Es importante aclarar desde el principio que Waldron no piensa el pluralismo (o no primordialmente) en términos de un conflicto de intereses. Es cierto que probablemente deberíamos incluir también la existencia de un conflicto de intereses, como lo es de hecho la justicia”... Roberto, a confesión de parte relevo de pruebas. Es cierto que seguramente no he leído todo lo que has leído vos sobre Waldron porque es un autor que no me interesa. Pero he leído lo que era menester. ¿Cómo se te ocurre pensar lo contrario? No es lo mismo ocuparse de los quiwis en Nueva Zelanda que de los marginales que como digo suma una población del 30% de Maories y de otra gente que ha arribado de las islas vecinas y que no son europeas ni neozelanders.
(Continúa...)
Tu tercer párrafo resulta incomprensible. Yo le estaría pagando algo a Waldrón para decir lo que digo? Me hubiera bastado con decirte a vos y contestarte a vos. Hice el sacrificio de leer a Waldron nada mas que por una cuestión de seriedad. Que el carácter “contramayoritario” de la justicia es una pavada, lo sostengo yo, en contra de las posiciones al respecto por vos sustentadas.
Si vos crees que mis argumentos son simplones y los tuyos geniales te desafío a un debate público sobre el tema de la interpretación de la ley, en donde dijiste cosas muy desafortunadas en página 12, contestándole al Licenciado Axat y probando que de Teoría del Derecho sabes muy poco.
Roberto, yo no formo parte de “Carta Abierta” ni de ningún otro colectivo similar. Opino, sólo cuando es del caso, por mi propia cuenta, como lo vengo haciendo en esta Facultad hace 40 años, no con malos resultados.
De ninguna manera le aconsejo a Waldron, ni a vos, que lean la Constitución de la ciudad de Buenos Aires. La menciono, sin aludir a ninguno de los dos, como un buen mecanismo institucional.
Para finalizar vos no tenes la menor idea de lo que sostiene la Teoría Crítica en general y tampoco la de Buenos Aires. Bien te vendría asomarte a algunos textos de Marí, de Entelman, de Ruiz y hasta míos, a pesar de tus reservas. Encontrarías allí un mundo desconocido para vos de autores, problemáticas y conceptos.
Despues, hasta sería posible ponerse de acuerdo en algunas cosas.
Carlos, varios me mencionaron con asombro tu molestia conmigo, y a raíz de esta publicación supe que lo mismo había ocurrido en otros eventos. No tengo ningún problema que en este caso u otros disientas conmigo, como puedo disentir yo con vos, pero me incomoda saber, en esta u otras ocasiones, de críticas por cuestiones extra académicas. moreso, ya que lo mencionás, no te pidió "ampliaciones" sino que dijo que no le parecían apropiadas tus referencias a mí, y a waldron.
la idea de lo contramayoritario, insisto, tiene más de 50 años. reducir el argumento de waldron o de cualquiera que esté en el tema, a "un juego retórico mal intencioado," es realmente no reconocer la densidad de la discusión sobre el tema, que incluye centenares de libros y miles de artículos. Nunca a nadie se le ocurrió decir que aca´hay cuestión de malas intenciones o pura retórica. La discusión pasa por cualquier otro lugar, pero nunca por ahí. Nadie "desconfía" de las intenciones de quien argumenta sobre el tema, ni ve la cuestión como una de retórica. Waldron es uno de los que presentó una argumentación más compleja en la materia, insisto, pasando por teorías de la autoridad, de los derechos, de la interpretación, del lenguaje, de la democracia. Pensar que uno lo refuta, al menos parcialmente, hablando del proceso de elección de los jueces (en la Argentina) es no ver que la discusión pasa muy poco por ahí: todos cuentan con el dato de la elección en parte política delos jueces. La discusión supone ese punto, empieza ahí, y lo volvés a presentar, en cambio, como que diciendo eso está llegando al final.
La cuestión de los maoríes, por eso, me parece insólita. Como que Waldron te refutara hablando del kirchnerismo. Simplemente: no tiene nada que ver, nada que ver Waldron con la desigualdad en un país en que no vive, ni nada que ver académicamente, porque como te digo es un crítico de la desigualdad desde siempre.
El tema del pluralismo va por otro lado también, y otra vez, tu crítica por ahí va perdida: se trata de decir que Waldron no está adhiriendo a las teorías pluralistas de la democracia, que piensan en la democracia como choque de intereses. Otra vez: simplemente, nada que ver con la discusión del caso.
No aludo a mis argumentos, de ningún modo, aunque participo en la discusión desde hace 30 años. Sí digo que tus opiniones en la materia no están bien orientadas, y no encajan bien ni en los márgenes de la discusión. No hay problemas en que ello ocurra, porque nadie tiene que ser experto en todos los temas. Otra cosa es si pretendés derribar al argumento de Waldron, o de quienes "lamentablemente" lo seguimos.
Finalmente, si querès que discutamos sobre interpretación más que feliz de hacerlo. Es un tema que me apasiona y del que sé algo. Tomo la invitación, y espero podamos hacerlo a mi vuelta. Y también podemos discutir de teoría crítica, si te parece.
Estuvimos juntos en un montón de oportunidades, y me parece perfecto volver a estar sentados en la misma mesa. Un saludo afectuoso, más allá de enconos y diferencias
Roberto: se que has escrito algo más de lo que contesto. Pero me apuro en darte respuesta porque las discrepancias legítimas que vos y yo defendemos se han enturbiado en este caso con alcahueterias y otras yerbas. Hasta el presente nunca me he expedido formalmente en contra de opiniones tuyas, aunque discrepo con muchas de ellas. Moreso no hizo lo que te contó y tengo 500 testigos para ofrecerte. Muy respetuosamente me preguntó si yo no había simplificado mi crítica a Waldron, a partir del escaso tiempo con que contaba. Le contesté que si y que mi idea era plantear que las leyes en el marco de las sociedades complejas merecian para su sanción la intervención articulada institucionalmente de los tres poderes. Si te dijo que salió a defenderte miente. Entre otras cosas porque yo solo afirmé que lamentaba que estuvieras de acuerdo con Waldron. En cuanto a este último no me interesa su historia, critico su excesiva vocación mayoritarista. Volver sobre viejas discusiones, en un trabajo como el mio que te invito a leer in integrum, no me parece mal porque yo intenté explicar el estado de la cuestión acerca de la racionalidad juridica y presentar luego mis propias posiciones. Vos sin muchas reservas te referis al originalismo como método de interpretacion, que francamente suena antediluviano. Como quiera que sea nada de ofensas ni de criticas aviesas de mi parte. Yo siempre digo lo que pienso y en el debate intelectual trato de hacerlo con la altura que corresponde.
1) mirá, lo saco sin problemas a don moreso del medio, más allá de que le creo siempre. me faltan retirar varios otros testigos sin embargo, de este evento y de otros.
2) mas alla de que me parece curioso que desde la teoría crítica se haga una defensa del poder judicial frente a críticas "excesivamente" (??) mayoritarias (excesivamente??? waldron, un defensor de los derechos humanos como él?? me pregunto qué queda de crítica en la teoría, si no toma éstas, para salir en defensa de la revisión judicial), insisto en que no se trata de volver sobre viejas discusiones. lo que digo es que ni en las más viejas, la discusión se planteaba en los términos en que lo planteás: pasa por cualquier otro lado, siempre más interesante y complicado que decir "es obvio que no es un poder contramayoritario porque muchas decisiones son a favor de las mayorías, y los jueces son elegidos en un proceso en donde participa el poder político." éste es el estadio menos uno de la discusión, y en todo caso no es el estadio en el que trabaja waldron.
3) yo critico al originalismo. y no creo que sea antidiluviano hacerlo. la principal teoría constitucional está volviendo a discutirlo, aunque a mi no me guste. lo que es seguro es una cosa: es la teoría constitucional contemporánea la que habla de originalismo (más allá de que no entiendo por qué mencionás esto acá; como tampoco entendí antes lo que mencionabas de axat. no se qué debate tendrás en mente, porque no lo conozco o recuerdo).
cordiales saludos de nuevo
En primer lugar, voy a tener la impertinencia de meterme en este debate para tomarle la palabra a los dos. Creo que un debate sobre teoría de la interpretación, sin que andemos discutiendo quien es el verdadero crítico o interprete de waldron, resultará maravilloso.
Les pido que más allá del escenario de Buenos Aires, piensen en Paraná, la catedra de Derecho Constitucional a mi cargo, estará feliz de recibirlos, y en Córdoba, que no puede quedar atrás.
Personalmente, tiendo a coincidir con Carcova respecto a la crítica anglosajona al carácter contra mayoritario del poder judicial, aunque no la llamaría, ni retórica, ni maliciosa (no tengo elementos para eso). Me parece simplemente equivocada, o mal enfocada. Sin querer denostar la sofisticación de los desarrollos teóricos desde Bickel, que incluyen a Waldron y al mismo Roberto, sencillamente me toca decir que mi sentido común la repele. No solo porque mayoritariamente las decisiones judiciales son mayoritarias, sino también porque aquellas verdaderamente anti-mayoritarias,sin ambigüedades, nunca se cumplieron, desaparecieron de nuestro sistema jurídico, no fueron una razón para la acción de nadie, cómo me parece lógico que ocurra. Pero además, porque al menos un 50% de la tarea judicial, puede representarse (aunque cárcova pensara que erróneamente) como una mera aplicación de la ley conforme a la voluntad del legislador.
Es más, si Roberto tuviera razón respecto a que la elección de los jueces por parte de los órganos políticos no evita que sean órganos contra-mayoritarios, entonces todos los organismos de la ONU y OEA lo son, y sus producciones normativas tienen el mismo carácter, las cuáles al incluirse en nuestra constitución son de una raíz pecaminosamente contra-mayoritaria. Y tener una constitución explícitamente contramayoritaria es algo con lo que claro, un crítico puede sobrevivir, pero no se si podría la visión de Roberto. Es más, igualmente contramayoritarias serían cualquier decisión administrativa, desde la AFIP, ANSES, etc. Todas, decisiones de órganos no elegidos por el pueblo, sino nombradas por un órgano político.
mariela
1) antes que nada. parar criticar a waldron o a cualquiera hay que leer algo de ese autor. no necesitás leer todo. podés tomar un libro, un capítulo, un artículo, y decir: "criticaré, por razones de espacio o tiempo o lo que sea, sólo este texto," y está perfecto (a menos que tengas la ambición de sugerir que estás criticando "al autor"). pero leé ese texto y comprometete con ese texto, y da cuenta de ese texto¡¡¡ Decí: "la tesis central que presenta es tal, y está mal por esto y lo otro." En todos los párrafos que critiqué de CC no hay una línea que coincida en algo con lo que dice waldron (pongamos, en el traducido libro). waldron está ausente por completo. lo que está presente, en el mejor caso, es una versión sui generis de la idea de lo contramayoritario
2) sobre el tema, y frente a lo que decís: OBVIO, que el hecho de la elección por un funcionario político no convierte a un organo en mayoritario¡
3) Obvio también que, como decía Unger, nuestras constituciones son híper contramayoritarias (ahí está su "dirty little secret" que comentaba en un post anterior"
4) el punto (y acá va lo mayoritario contramayoritario) es que no importa si por azar o lo que sea, su decisión coincida con lo que dirían muchos. qué idea de la democracia es esa??????? y qué idea de la representación es esa¡??? todo el punto pasa (como diría el viejo jefferson) por los niveles de participación y control que el pueblo tenga en relación con lo que ese funcionario decide. si la respuesta es "ninguna" o "casi ninguna", sí, nuestro sistema es recontra contra mayoritario. es el caso, en mi opinión
5)pero, otra vez, decir que es contramayoritario, y que ello está mal (como diría unger, o como diría yo) depende del tipo de concepción de la representacion o de la democracia que tenemos. Y aquí lo que diría es: curiosa teoría crítica que parte de una idea de la democracia que no vea un problema gravísimo en esa falta de decisión y control populares¡ habría que ver si le podemos decir teoría, pero crítica seguro que no
addenda: mariela, me parece realmente rara la idea de decisión mayoritaria que defendés, al asociar a la decisión judicial con ello. en tu caso, lo que sostenés se parece a lo que alguna gente (pongamos b.friedman) dice, pero que a mí me parece insostenible: es mayoritaria porque, si vemos a lo largo de 50 años, el sentir popular y el cauce de la decisión judicial se acercan
a) qué idea de "gente" es esa??? de dónde sacaron que eso es lo que quería "la gente"?? cuándo le preguntaron algo?
b) gente está asimilado a "legisladores"??? acá parecen coincidir con cc. Yo diría que no me los igualen, también "mi sentido común lo repele"
c) si después de 10, 20, 30 años (dahl) el sentir popular (que no sé qué es) y el de los jueces se junta, no me quedó contento en absoluto: qué mayoritarismo es ese? yo quería descriminalizar la homosexualidad hoy, y resulta que tuve que esperar 30 años? (bowers, para dar un ejemplo de los mil posibles en los que podemos pensar)
Sin haber leido demasiados textos sobre los llamados "críticos", no entiendo bien de dónde surge ese calificativo (auto-impuesto, asumo). Digo, cualquier teoría de calidad es crítica (en el sentido de que ataca a otra anterior o confronta con otras posiciones que le son contemporáneas). Es muy difícil concebir una teoría relevante (proveniente de cualquier "escuela") que no tenga un elemento de disconformidad, de choque, un espiritu crítico. No veo que es más crítico en los autores críticos que, digamos, en autores analíticos. Lo único que distingo es que, mientras el análisis que llevan a cabo los segundos es mucho más minucioso, detallado y atento, el aparato conceptual y el modo expositivo de los primeros es más compatible con una charla de café.
Tomás
Lo que distingue, creo yo, a los críticos en términos de teoría crítica es una mirada un poco más conflictivista de la sociedad y del derecho, una mirada más de tipo marxista que aquella que sostienen otros autores que parten de un cierto consensualismo romántico y utópico y que, a su vez, prescinde de las fricciones propias de la sociedad de clases. Waldron, Ely y los deliberativistas parten de esa mirada consensual a la rousseau que los de la teoría crítica precisamente cuestionan por prescindir del componente de clase y fragmentario de toda sociedad histórica
bueno, pero fijate, en tu comentario se ve un poco el problema: mezclar todo con todo, como a uno le venga en gana, como si todo fuera lo mismo
1) teoria critica, conflictivismo y marxismo no es lo mismo. esa ensenianza no se si viene de chanta(l) mouffe, pero no es así.
2) que quiere decir conflictivismo? a) que el conflicto existe, una tontería. b) que el conflicto esta bien, otra tontería, c) que hay que ir hacia mas conflicto, otra tontería, d) que no hay que negar el conflicto, otra tonteria
3) todo lo mismo por el otro lado también: consensualismo, igual utopismo, igual romanticismo, igual ely, waldron, igual deliberativismo: asi el comentario es cualquiera, no tiene sentido discutir contra el cualunquimo
4) habermas es deliberativismo y es marxismo en parte, y es analisis de clase en parte. digo, solo para empezar. entonces: basta de mezclar todo con todo. me parece que hay un coctel en la cabeza que lleva a algunos a decir lo que se le ocurre, en base a los prejuicios no sujetos ni a revision ni a critica
La idea de Mariela (que RG vincula me parece que correctamente a lo que viene escribiendo Barry Friedman) es que --en general-- las decisiones de los jueces (especialmente la CS) tiende a estar en línea con las opiniones mayoritarias. Pero sobre eso diría un par de cosas.
En primer lugar, que eso no nos permite decir que la Corte Suprema es mayoritaria, ya que se trata de una institución que por diseño es contramayoritaria, más allá del vínculo indirecto con los representantes... Y ello es así porque, básicamente, un órgano con esa relación indirecta puede dejar de lado decisiones del órgano más representativo de la democracia como es el parlamento. Como decía Harold Laski, el éxito en las loterías no es un argumento a favor de las loterías.
Si esto es así, en todo caso podemos pensar (a) por qué hay esa relación entre decisiones / opiniones mayoritarias (descripción) y (b) evaluar si esa coincidencia es deseable (punto de vista normativo).
Para mi el punto (a) está empezando a ser explorado en EEUU, a través de los estudios del mismo Friedman y del constitucionalismo democrático, que tratan de descubrir los métodos a través de los cuales el pueblo incide en la discusión constitucional...
Y sobre el punto (b) los autores tienden a considera que es positivo --porque parten de cierta sensibilidad hacia la participación del pueblo en el desarrollo del derecho constitucional (lo anti dirty little secret). Pero para mí tienen un problema en que no son lo suficientemente críticos con los métodos de influencia que identifican (creo que por ahí vas Roberto en tu addenda). Ellos son difíciles de transitar, excepcionales, aleatorios y no necesariamente efectivos... Creo que al const. democrático le falta una crítica en ese sentido.
Pasaron días y recién veo como continuo esto. Es interesante que se vincule mi opinión a la de Freedman, cuyo libro conozco y tengo, pero sólo leí un par de capítulos.
Lo mio viene mas del lado de historiadores como Klarman, críticos de mainstreaam como
EL cap. 2 de mi tesis se extiende en ese sentido http://es.scribd.com/doc/156966140/Tesis-Mariela-Puga
Ver en particular, cap. 2, punto 5.a)
Los comentario sobre los críticos que hicieron aquí, me recuerda mucho a la anécdota que contaba un Peruano que leí hace muchos años. El profesor le pregunta al alumno: ¿que es una cofradía?, el alumno le dice no se, y entonces el profesor le da otra oportunidad y le pregunta, ¿que es una archicofradia?. el alumno desahuciado, le pide una ultima oportunidad, y el profesor se la da, y le pregunta: ¿cuál es la diferencia entre una confradía y una archi cofradía?
Casi toda la visión de los analíticos hacia los críticos es similar a la de ese profesor. Y en general, los críticos quedan en el lugar de que no leyeron nada y no entiende nada.
Que se yo, yo fui alumna de waldron (y de roberto), tengo una foto con el, pase muchas horas en su despacho y lo leí bastante. Fue entretenido, pero la verdad nunca más volví a un texto suyo, no me llamó la atención, no me parece que me esté dando ningún elemento para pensar la realidad que me interesa pensar, al igual que le pasa a carcova. Lo de la cofradía no nos interesa.
Supongo que eso me pone en el lugar de no saber que es una confradía, y por eso, Ramiro dice que yo entiendo que los jueces son "mayoritarios" (como si el profesor dijera que la respuesta del alumno de que no sabe que es una cofradía, es igual a equivocarse en la diferencia entre una cofradía y una archi-cofradia).
En fin, el asunto es sencillo. Yo entiendo mas o menos de que hablan cuando hablan de contramayoritarismo y mayoritarismo. Mi punto sencillamente es que eso no me sirve para nada. Esta mal enfocado. Cuando lo aplicas a los casos concretos es casi siempre un oximonon puro y duro.
Cómo idea teórica alguna vez me pareció un flash, un eureka...pero después, en la vida real, cada vez que la querés poner sobre la mesa te encontras frente a la inocuidad de la idea. ¿que sentido tiene decir que Badaro fue una decisión contra-mayoritaria porque vino de la corte? No necesito encuestas galup o tomarle el pulso al sentir popular, para que mi sentido común me advierta de que capaz que ahí hay una decisión judicial que si se votara, la mayoría estaría de acuerdo. ¿Porque esa intuición del sentido común no sería relevante para la teoría constitucional? ¿Porqué yo debería seguir repitiendo como una sorda que la decisión es contra mayoritaria?
Y tengo mucho mas que decir, pero imagino ya estoy hablando solo por haber aparecido a destiempo...
esta bien mariela, pero no hablamos de buena gente con buenas intuiciones, sino de por que las ciudadanas maria castaña tienen razones para deferir a un sistema que la quiere tranquilizar diciendole: "usted no se preocupe que a nosotros nos parece que esta decision usted la votaria." las maria castanias del mundo pueden decir: "fenomeno, pero la proxima preguntame directamente que no hay problema, en lugar de decidir vos, y para colmo en mi nombre."
en definitiva: el punto es institucional. tu argumento es uno que podria favorecer al dictador benevolente que podria decir (te copio casi textual): "¿que sentido tiene decir que mi decisión no es democratica porque vino de este bienintencionado hombre? No necesito encuestas galup o tomarle el pulso al sentir popular, para que mi sentido común me advierta de que capaz que ahí hay una decisión que si se votara, la mayoría estaría de acuerdo. ¿Porque esa intuición del sentido común no sería relevante para la teoría constitucional? ¿Porqué yo debería seguir repitiendo como una sorda que la decisión es anti democratica?" la respuesta tambien es sencilla: porque la organizacion de la vida en comun no debe depender de lo que vos o juan perez piensa o siente, aisladamente, sino de que el arreglo del caso sea uno en el que tengamos razones para confiar. y eso es independiente de que hoy ocupe el cargo un juez o un dictador benevolente, que ademas mañana puede dejar de serlo. que herramientas tengo entonces, para sacarlo?
en terminos comparativos, la revision judicial es menos temible que la decision del dictador benevolente, pero mas inaceptable que otros mecanismos mas democráticos. simplemente eso. no se trata de repetir como un sordo, sino de pensarlo y justificarlo ante quienes desconfien del arreglo
por lo demas, no tomo para nada la disputa con los criticos y los analiticos. yo tengo una relacion amistosa con la filosofia analitica, pero me considero un critico, un cls pleno, y me parece raro la actitud de algunos criticos, finalmente elitistas, de poner un alambrado y decir "vos aca no entràs," los críticos somos nosotros y declaramos que vos aca no perteneces. en todo caso, me parece buena también esta discusión: que es la teoria critica en la argentina, y luego, quien hace teoria legal critica, hoy en la argentina.
la ponencia en cuestión está en Internet. http://www.docdroid.net/ccp3/new.pdf.html
voy a honrar un principio de primacía de lo explícito para señalar algunos elementos textuales de la discusión que pueden incomodar un poco. según veo, tiene el sabor de que se trata más un ataque ad hominem que una crítica académica: al publicista en cuestión no se lo cita, no se discute con su trabajo sino que se lo reprueba, tampoco se desarrollan los argumentos de waldron, se le atribuyen malas intenciones (`malicia'); el argumento de los maoríes pretende dar cuenta de algún sesgo de waldron, etc.
la objeción contramayoritaria tiene que ver, if i'm not mistaken, con el diseño institucional de la judicatura, no con el resultado de las sentencias. sin embargo, aquí creo que hay un punto sostenible desde una posición "crit," sobre la irrelevancia que tendría el marco institucional para alcanzar la igualdad o algún otro criterio. esto localmente va muy en línea con lo que trabajan algunos teóricos posmarxistas y posmodernos que no piensan estos problemas en términos de diseño institucional, etc.
PIC, eso está publicado en el libro de ponencias de las jornadas o en otro texto diferente? Gracias
creo que proviene del libro de ponencias de la jornada. saludos,
Bueno, pasaron unos días y probablemente este debate haya perdido interés. Van igual mis dos centavos.
Leo muchos posts en los cuales se afirma que Cárcova se equivoca en su crítica porque analiza el "resultado" de las decisiones judiciales (que serían empíricamente mayoritarias) y no los arreglos institucionales que definen al Poder Judicial (que serían claramente contramayoritarios).
No es lo que yo leí en sus posts. Me parece que Cárcova está atacando por ambos flancos, y si bien dice claramente que los resultados de las decisiones judiciales pueden ser leídos en clave mayoritaria, también se ocupa de aclarar que hay un aspecto mayoritario en los mecanismos institucionales que definen al Poder Judicial (por caso, la intervención popular en el proceso de designación de jueces) y, también, que las Legislaturas no son en términos de arreglos institucionales, más mayoritarias o democráticas que los tribunales (vgr. los legisladores son elegidos por las élites políticas y no representan genuinamente al colectivo democrático).
Y si tomamos como parámetro para determinar cuál de los dos poderes es mas "mayoritario" en los hechos, el criterio de Gargarella referido al grado de participación y control popular sobre las decisiones, creo que la situación no mejora demasiado en favor de la Legislatura.
A su vez, me parece que -más allá de la importancia que tiene analizar las credenciales democráticas de los los procesos e instituciones-, también es sumamente relevante determinar, en la praxis real, el producto de esos procesos y ver si -en general- tienden a producir decisiones mayoritarias o contramayoritarias. Esto, creo, es bien cercano al pensamiento "crit".
En fin, si pensamos puramente en formas ideales, claro, la visión deliberativista gana por goleada. Pero si es llevada al extremo del "purismo" se queda en eso, una discusión romántica que, en mi opinión personal, tal vez ni siquiera refleja adecuadamente las relaciones de clases.
Ahora, si partimos de una visión más realista de las interacciones sociales actuales, la postura agonista parece mucho más atractiva para discutir un modelo de democracia real, perfectivo y, por supuesto, más igualitario.
Buen debate, saludos.
oootra vez. ante todo, si vas a criticar a waldron, léelo. nada de lo importante que dice waldron está en el artículo de c.c. Nada. El tipo hace 20 años que escribe sobre el tema, no lo podés ir a buscar con lo que decía tu tatarabuelo cuando empeza a ver que en la cuestión había un problema. Lo que me interesaba decir era eso: si vas a criticar a dios o al diablo, informarse primero, leer primero, estudiar primero, lluego tomar los principales argumentos y analizarlos. sino, vamos al baile de fiesta y está todo bien, pero no lo disfracemos de crítica académica. Ahora, sobre lo que decís. La legislatura siempre será mil veces más representativa y democrática que el poder judicial, simplemente por el hecho de que las elegimos y removemos cada dos o cuatro año. a los jueces no los elegimos, y no los removemos nosotros. Es falso lo que decís que a los políticos los eligen las elites políticas. De dónde sacaste eso? Podemos optar entre las ofertas de partidos de izquierda, derecha, centro. Nunca nada ni cercano con los jueces. Dicho esto, que no hay punto de comparación entre el carácter mayoritario de uno y no del otro, para mí es muy claro, y lo he dicho siempre, que democracia es mucho más que eso, y que por tanto mi crítica no termina ahí sino que por ahí va empezando. Pero insisto. La discusión era sobre Waldron, entonces vayamos a los argumentos de waldron, no inventemos lo que él no dice, si el propósito era criticarlo a él. Leer hace bien
Que macana que también vuelvo tarde (uno vuelve cuando se quedó pensando en el asunto y la discusión le pareción interesante, como en este caso). Sobre mi comentario anterior y el comentario de Mariela, sólo diría que me parece completamente legítimo que una discusión parezca poco interesante, cada cual se engancha con lo que puede / quiere. Yo le compro bastante a Friedman y más a Siegel y Post la parte *descriptiva* que habla de ciertos resultados mayoritarios de instituciones contramayoritarias o --mejor-- sumamente alejadas de la decisión directa de los ciudadanos. Pero cómo se llega a ese resultado es (en gran medida) un MI-TE-RIO, de ahí lo de las loterías. Y también me molestan algunas de las conclusiones *normativas* que sacan esos autores, pero esa es otra historia.
Super a destiempo de nuevo. Pero la verdad no me da para meterme en los post mas recientes sobre la cuestión de la teoría crítica, que me parece desabarrancaron un poco...
Roberto, en primer lugar, el dictador benevolente se puede valer de mi argumento, de la misma manera que el presidente tiránico y nefasto, se vale del argumento de que las decisiones judiciales son contra mayoritarias...creo que vivimos en un país que da elocuentes pruebas de eso. Ni hablar de las barbaridades para las que defensores de atrocidades K del último tiempo, han citado tu libro "La justicia frente al Gobierno"...estoy segura que vos llevas un mejor registro que yo al respecto.
Así que de la misma manera que me parece futíles los argumentos que me obligaban a mostrar mis credenciales de cercanía al mundo waldron para poder hablar, igual de futíl me parece el argumento de que "mi argumento" es utilizabe en un sentido horrible (estoy un poco cansada, como se que vos también, de que cualquier critica en estos días, sea pasible de contener el "gen" de servir a la derecha, o de ponerte en aquel renombrado lugar del "idiota útil").
Mi punto es en relación a un arreglo institucional que se asienta en un argumento (el mayoritarismo o contramayoritarismo de origen) argumento que critico por considerar mal enfocado o inútil. Y me parece injusto (una movida típica de la visión analítica), que mi critica sea caracterizada desde la misma perspectiva que critico. Es decir, que se sostenga que entonces estoy diciendo que las decisiones judiciales son mayoritarias.
Estoy criticando el idioma que se utiliza, y que me respondan que lo que digo significa X cosa en ese mismo idioma es, al menos, unfair. Me expulsa de la discusión.
Insisto, llamar contra mayoritarias a las cortes puede tener un sentido trivial que quizá a nadie interesa (como el que me dice Ramiro que nadie puede negar). Pero el sentido relevante por el cuál debatimos, es cuando a partir de eso, decimos que sus decisiones son contra-mayoritarias (por su vicio de origen) y de ahí sacamos consecuencias lógicas, tales como, no pueden decidir tal y cual cosa, no pueden pretender tal y cual cosa, etc.
Mi punto no puede ser mas sencillo. Poné eso en práctica, y te encontrás con los razonamientos más absurdos e indefendibles por el sentido común.
Mi conclusión es igual de sencilla: Una teoría política sobre que decisiones pueden tomar las cortes y cuales no, que se funde en juicios respecto al su carácter contramayoritario, presenta una cantidad tan grande e inumerable de verdaderas paradojas prácticas, que demuestra, su irrecurrible nececidad de ser revisada/abandonada/ o reducida a su sentido trivial.
Y ojo, no soy yo y mi inventiva crítica acá. Ver, por ejemplo, Corina Lain "The coutermajoritarian clasics: http://papers.ssrn.com/sol3/papers.cfm?abstract_id=1669560
Y mucho de lo que se viene aportando desde hace rato después de Bickel: Michael Klarman y su análisis histórico de Brown (y entre los hisotriadores jurídicos hay joyas increíbles que revisan la historia oficial), y el denostado, pero no contradicho, The Hollow Hope, que entre líneas da algunos interesantes indicadores de los procesos políticos detrás de las decisiones judiciales históricas.
Ah, y no sé quien es el último anonimo que llegó tarde, y con quien coincido 100%, y gracias por las aclaraciones a las que me sumo.
mariela, antes que nada: asumo que estamos buscando argumentos de buena fe, porque sino también se puede hacer otra cosa. ya sabemos que cualquiera puede decir cualquier cosa con el argumento del otro. pero no es lo que estamos haciendo. si alguien toma un párrafo mío en contra de la criminalización de la protesta y dice "como señala gargarella, se puede criminalidad..."'' miente y me toma el pelo. acá buscamos hacer otra cosa. lo que te digo es que tu argumento, exactamente como lo presentás, podría ser
utilizado, sin manipulación y sin mentira, para sostener lo que rechazarías. eso no tiene nada que ver con manipulación ni con mentira, y si la filosofía analíitica usa esas formas de argumentación, no es por tramposa ni mentirosa ni antikirchnerista, sino porque se interesa especialmente en ver si los argumentos se sostienen, si vos misma lo sostendrias si vieras que tiene, sin manipulaciones, sin mentira, sin exageraciones, sin distorsiones, implicaciones nefastas.
(nunca te diría la barbaridad de "apoyás la dictadura"¡¡¡ te digo: decime por qué deberíamos tomar como aceptable un argumento que dice en su esencia: "no me vengas con que esto es contramayoritario, porque estoy haciendo algo que en la sustancia apoyas", porque así puede decidir el dictador o el caudillo del pueblo, pero lo que uno impugna no es la decisión esta y aquella, sino EL MODO de decisión)
la cuestión mayoritario-contramayoritario es conceptual: el pj es un organismo contramayoritario, porque sus miembros no están sujetos a la elección y remoción populares, punto. si algo no es esto es trivial: hace más de 200 anios que discutimos sobre esto, no por vicio, sino por convicción, porque vemos que acá hay un problema.
ahora bien, recordemos siempre, como punto de partida, que el status quo está con vos y el contramayoritarismo: la doctrina dominante admite lo obvio (al juez no le puedo votar en contra en la elección que viene), pero dice "esto no importa, porque así funciona igual de un modo que es plausible (sobre todo porque las mayorías se equivocan mucho)". digo esto para reconocer y dejar en claro que, por distintas razones, uno está en minoría, pero también en contra del status quo institucional (cuestiono, cuestionamos los arreglos institucionales dominantes, por considerar que no son consistentes con lo que uno defiende, como demócrata).
dicho lo anterior: la curiosa "consecuencia lógica" que saco de todo lo dicho es que como demócrata prefiero que las decisiones las tomemos nosotros. alternativamente (pero no de cualquier modo) preferiría que las decisiones que más me importan la tome alguien a quien controlo directamente. (esto también implica decir: no digo "ganó la democracia" cuando este sistema legislativo, que también bloquea mis posibilidades de control sobre los representantes, expande su poder)
vos me decis: "por qué tanto lío, por què hinchar tanto con el lenguaje contramayoritario, no ves que a veces los legisladores toman decisiones que odiás, y los jueces decisiones que te gustan?" yo te respondo: pero esto, tan sencillísimo, no tiene nada que ver con lo que me interesa. no me importa si los legisladores muchas veces tomaron decisiones horribles y los jueces hermosas. me interesa pensar cómo arreglar las instituciones de un modo compatible con vivir más democráticamente.
como dice unger: nuestros arreglos institucionales están podridos de contramayoritarismo o, para decirlo más sencillo: democráticamente hablando, nuestro sistema institucional hace agua por todos lados. vos pedis que me conforme con lo que hay, y que abandone el discurso contramayoritario porque no sirve. yo digo: obvio que sirve, como le sirve a unger, o le servia a jefferson, o a cualquier democrata, para evaluar los grados de "democraticidad" del sistema.
el dia que los jueces no intervengan mas, o intervengan de modo distinto, en ciertas cuestiones, yo diré: mejoramos. pero no diré, estamos ahora sí en un sistema democrático aceptable, porque no saco como consecuencia que "menos decisión judiical, ahora sí estamos en democracia". sigo diciendo, como unger, que el sistema está infestado de arreglos contramayoritarios que no se justifican
dos aclaraciones mas: jamaaaas pediria que alguien muestra "las credenciales de cercania al mundo waldron" para poder discutir (digamos, que haya que haber hablado con el antes de argumentar sobre el¡¡¡¡). como podes decir eso¡ lo que pido (se lo pedí a cc) es tan sencillo como: "cc, si vas a criticar con esa dureza a waldron, leelo primero porque sus argumentos no pasan por ahí"
aclaracion 2: no banco un arreglo institucional diferente en base al argumento "contramayoritario" (menos entendido en su versión "los jueces deciden habitualmente contra las mayorías") sino por razones democráticas (quiero tener poder de decision y control sobre aquel que dice que va a decidir por mi. son razones democraticas que en todo caso bancan otra version del argumento contramayoritario)
Roberto, en primer lugar yo no te dije nada de lo que decís te digo, y pones entre comillas. Hubiera estado bueno que pongas entre comillas lo que efectivamente dije, y lo respondieras. Tampoco te pido nada de aquello que decís te pido, y renegas de concederlo. Lo aclaro porque me parece que deja en evidencia que me estás sobre-interpretando, y poniéndome en categorías de discursos, con los que seguramente discutís a diario, pero en esa operación, estas pasando por alto mi punto de vista. No es un reproche. Todos lo hacemos todo el tiempo. Pero la aclaración me parece necesaria para avanzar esta conversación.
Ahora si, un pedido, no me pongas en esa categoría y toma mis frases como vienen.
Clasificar conceptualmente el mundo no es una actividad inocua. Nombrar las cosas de una manera u otro tiene una carga política substantiva. Y en un marco teórico, es casi un pre-juzgamiento sin debido proceso... Casi ningún analítico ya negaría que las construcciones conceptuales no vienen de una relación esencial entre las palabras y las cosas, sino que son el producto de nuestras decisiones y elecciones arbitrarias. En materia de construcciones teóricas, esperamos que la elección de los conceptos que elegimos no sean tan arbitrarios, sino que tengan alguna capacidad pragmática de servir de herramientas para la toma de decisiones, para representar nuestras convenciones, o sentido común, etc.
Bueno, hay dos decisiones conceptuales aquí, que a mi me parece que hay que revisar. La primera es la de calificar a los poderes del estado en "mayoritarios" y "contramayoritarios". Si lo miras dos segundos, desapagadamente, esa forma de nombrarlos, tiene, desde la perspectiva de su retórica, un maniqueísmo extremo. Poca gente como vos (quizás también Pzerowsky) han puesto con tanta claridad de manifiesto los problemas de representación popular. Pero basta mirar la realidad para notar que esa forma de nombrar al poder legislativo y al poder ejecutivo, es concederle un título honorífico que les queda demasiado grande (Ya sé que vos dirías que la lucha es para tener poderes que se ganen el título de mayoritarios, pero la verdad que revisando la historia, desde lo que nos cuentan de la polis griega y algún cantón suizo, esa forma perfecta de representación de intereses mayoritarios nunca ha existido. De que nos sirve sostener un estándar así, y usarlo para condecorar ciertos poderes?).
También podría decirse, pero bueno, son mas mayoritarios que el Poder Judicial. Ojalá lo dijeras vos así, porque esa es otra discusión. Una en la que disminuye substantivamente el maniqueismo de la clasificación, y su potencial de distorsión en la representación de nuestros arreglos institucionales. Hasta yo, que en nada comparto esas clasificaciones maniqueas por su poder distorsionador del debate jurídico y político, aceptaría partir de discutir sobre niveles mayores o menores de mayoritarismo y contramayoritarismos en los arreglos institucionales que dan forma a los poderes del estado.
Me parecería una discusión mas razonable, y me atrevería a aceptar un lenguaje conceptual del que desconfío.
sigue..
La otro decisión conceptual que me resulta sospechosa, es la de asumir que las decisiones de un órgano, cargan con el pedigree del órgano, y named them after it. De ello surge la crítica de que decir lo contrario, es negar la justicia intrínseca que hay en reconocer el pedigree (mayoritario o contramayoritario) de los órganos para tomar decisiones.
Cuando ese pedigree es una construcción conceptual asentada en categorías maniqueas que distorsionan buena parte de nuestra percepción sobre la complejidad de los arreglos institucionales, ahí es donde me parece que la cosa nos lleva a extremos absurdos, y a tantos razonamientos fútiles. Un ejemplo, que seguramente habrás escuchado por ahi:
"Badaro fue una decisión contra-mayoritaria, por eso el Congreso no sancionó la ley cuando se la reenviaron, por eso las cortes no pueden tomar este tipo de decisiones que corresponden a los órganos mayoritarios"
¿Hay algo mas tristemente mentirosos - o por lo menos inasible para el sentido común- como estas explicaciones, verdaderas formas de encubrir la complejidad del pedigree de nuestras instituciones y de su accionar? Podría nombrarte cientos de otros ejemplos en nuestros debates contemporáneos.Pero va solo uno mas:Cuando el año pasado se discutió la reforma del Poder Judicial, y se intentó cortar las alas de los tribunales con la restricción a las cautelares contra el estado, el argumento del contramayoritarismo estaba en la boca de cada representante de "Justicia Legítima". Vos dirás que lo usaron de mala fe, pero la verdad que sonaba muy razonable en esos razonamientos.
El problema de estos conceptos que sobre simplifican, siempre será ese.
Y me parece muy importante remarcar, lo que vos también remarcas, que esta es una cuestión conceptual. Porque si lo olvidamos, terminamos pensando que cuando una ley es declarada inconstitucional, estamos quebrando la voluntad mayoritaria, porque desconfiamos de las mayorías, etc., etc. Y la verdad que rara vez es así en la vida real. Y si la vida real no nos interpela aunque sea un poco para revisar nuestras categorías conceptuales y sus lógicas de producción de decisiones, estamos realmente en problemas.
pero mariela, una cosa son los conceptos (obvio, construidos, no naturales¡¡), y otra como evaluamos lo que esos conceptos definen. y tambien, obvio, podemos decir protesto contra el concepto. por mi hagan lo que quieran. de todos modos, hace mas de 50 anios que se usa la categoria contramayoritario. si queres usamos otros terminos, pero me parece que designan algo que entendemos. pero por mi lo llamemos juancito y pepito. realmente me da lo mismo. recorda que propuestas como la que defiendo son minoritarias, son las derrotadas, las que no son dominantes, así que dar otra pelea no me preocupa.
asi que el discurso de que los conceptos vienen cargados y son políticos ya lo sabemos. el punto para mi es otro: desde estandares democraticos como los que defiendo (alguna version de la democracia deliberativa) este tipo de arreglos institucionales que tenemos son horrendos (que no es lo mismo que decir esta todo mal o todo me da lo mismo o todo es igualmente malo). es horrendo que no tengamos control efectivo sobre los legisladores. gracias a dios, al menos todavia tenemos la posibilidad de elegirlos y removerlos. eso nos da una cierta ventaja, en relacion con todo lo que hacen y no podemos hacer contra los jueces. la discusion para mi es esa. y es lo mismo que decia jefferson (lo cito para senialar simplemente que mi preocupacion tiene un pedigree democratico de doscientos anios): podemos evaluar a nuestros diferentes organos institucionales a partir del grado de decision y control que tenemos en relacion con ellos. es simplemente obvio , para mi , como para jefferson, como para waldron, que tenemos mucho menos control sobre lo que hacen los jueces. eso esta muy mal para mi. eso es todo lo que quiero decir.
esto no es lo mismo que decir lo que decís, que yo estaría asumiendo que cuando el juez decide contra el legislativo quiebra la voluntad mayoritaria. insisto, no lo diria nunca porque no tenemos razones institucionales para decir algo así: a eso no lo llamo voluntad mayoritaria, aunque es una decision mas controlable que la que toman los jueces (lo cual hace que esto ultimo me preocupe mas)
Muchos no han leído la Opacidad del Derecho (1998 - Ed. Trotta), por ende su prólogo, en consecuencia se han perdido de bucear lo que ha sido de allí, en la comunidad académica de aquí y de allá, y así comparar el nivel con el que se pueden llevar los asuntos que nos han juntado.
Significo "maltrato" al producido por todo un auditorio que aplaudiendo se mofó, de sujetos como Hegel, Marcuse entre otros sin hacer mención alguna, menos del tenor como las que aquí he leído, por lo tanto no logro entender el nivel de crispación que puede sentir un integrante de ese mismo auditorio, al nivel de tener que "...salir a defender[te], porque [este personaje] estaba hablando mal de ti..." al escuchar una opinión, como:"...activo publicista de nuestro medio..." y menos cuando ese mensaje llega a puerto.
Al despedirme cordialmente (de manera que espero, sean recibidas estas líneas) traeré palabras del mismo Morelo, que fueron dichas, en el evento en un panel anterior: "Now you´re telling me - You´re not nostalgic - Then give me another word for it - You who are so good with words", eso si la cita queda pendiente como tarea para el hogar, de aquellos que como resulta evidente,trasmiten palabras incorrectas.
Me despido como sigue, no por ser un admirador de Miss Buenas Maneras, sino por serle de Easton Ellis: "Uno de los mayores errores que cometen las personas es creer que las buenas maneras son sólo expresión de ideas felices. Hay toda una gama de comportamientos que pueden expresarse con buenas maneras. De esto se ocupa la civilización: de hacer las cosas con buenas maneras y no del modo opuesto. Uno de nuestros errores fue el movimiento naturalista roussoniano de los años sesenta, cuando la gente decía: «¿Por qué no puedo decir lo que se me pasa por la cabeza?» En la civilización debe haber ciertas restricciones. Si todos siguiéramos nuestros impulsos sin cortapisas nos mataríamos los unos a los otros." JUDITH MARTIN Miss Buenas Maneras
Cariños,
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* "Anónimo dijo:... la verdad es que carcova ni merece respuesta roberto, el chico de los mandados de mari que heredo la referencia de la teoria critica argentina. asi estamos..."
* "Blogger rg dijo...gracias a los que comentaron hasta ahora. pero si los suyos incluyen insultos a don carlos c., no los puedo publicar. respondamos académicamente..."
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